(D-V) PL DE APERTURA AL PÚBLICO DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN (GOBIERNO)
Sáb 9 Feb 2013 - 13:16
Juan Ignacio Herrera
PL DE APERTURA AL PÚBLICO DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN (GOBIERNO)
PREÁMBULO
Aumentar a trasparencia de las sesiones parlamentarias de las Cortes de Castilla y León es fundamental para un sistema democrático. Así mismo, es findamental el acceso de la ciudadanía castellanoleonesa a las instituciones de decisión democrática, para garantizar así el acceso a la información directa sobre la actividad de las Cortes.
TÍTULO I. DEL RÉGIMEN DE VISITAS A LAS CORTES
Artículo 1.- Todo ciudadano puede acceder a las Cortes de Castilla y León en régimen de visita en cualquiera de sus sesiones parlamentarias.
Artículo 2.- El ciudadano ha de ser mayor de edad como regla general.
Artículo 3.- El ciudadano deberá solicitar permiso siguiendo el procedimiento siguiente:
- Solicitar un viernes en la recepción de las Cortes que se le dé autorización para acceder al régimen de visitas de alguna de las sesiones parlamentarias de la semana activa siguiente.
- Presentar el DNI.
Artículo 4.- Tendrán prohibido el acceso al régimen de visitas aquellos ciudadanos con antecedentes por terrorismo, pertenencia a banda armada, violencia callejera o de traición y contra la paz o la independencia del Estado.
Artículo 5.- Podrán acceder al régimen de visitas menores de edad acompañados de un adulto, y grupos escolares de menores de edad acompañados de algún profesor del centro docente. El responsable de los actos del menor en las Cortes será el adulto o el profesor que le acompañe.
Artículo 6.1.- Las personas autorizadas por el régimen de visitas deberán guardar el orden dentro de las Cortes. En las sesiones parlamentarias deberán permanecer en el máximo silencio posible y respetar el orden de la sesión.
Artículo 6.2.1.- El Presidente del Parlamento puede llamar al orden a las personas en régimen de visita en caso de que interfieran en el normal desarrollo de la sesión parlamentaria, pudiendo proceder a su expulsión de la Cámara en caso de violación grave del orden plenario.
Artículo 6.2.2.- Se entiende violación grave del orden plenario el hablar reiteradamente en voz alta, manifestarse, mostrar carteles o cualquier otro soporte con reivindicaciones políticas. Se considerará también violación grave del orden plenario el difamar, injuriar, calumniar o atentar contra el derecho al honor de cualquier miembro de las Cortes.
TÍTULO II. DE LA JORNADA DE PUERTAS ABIERTAS
Artículo 7.- Se celebrará la Jornada de Puertas Abiertas de las Cortes de Castilla y León anualmente el 23 de abril, en conmemoración del Día de Castilla y León.
Artículo 8.- En la Jornada de Puertas Abiertas de las Cortes de Castilla y León podrá acceder libremente a las Cortes todo ciudadano que lo desee de 10:00 a 20:00.
Artículo 9.- Los ciudadanos podrán entrar en grupos de un máximo de 80 personas y serán guiados por un guía.
Artículo 10.- El ciudadano que se comporte de manera desordenada puede ser expulsado de las Cortes por el guía. En caso de menores, se aplicará el artículo 5 del presente proyecto.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente PL entrará en vigor en el momento de su publicación en el BOCyL.
Aumentar a trasparencia de las sesiones parlamentarias de las Cortes de Castilla y León es fundamental para un sistema democrático. Así mismo, es findamental el acceso de la ciudadanía castellanoleonesa a las instituciones de decisión democrática, para garantizar así el acceso a la información directa sobre la actividad de las Cortes.
TÍTULO I. DEL RÉGIMEN DE VISITAS A LAS CORTES
Artículo 1.- Todo ciudadano puede acceder a las Cortes de Castilla y León en régimen de visita en cualquiera de sus sesiones parlamentarias.
Artículo 2.- El ciudadano ha de ser mayor de edad como regla general.
Artículo 3.- El ciudadano deberá solicitar permiso siguiendo el procedimiento siguiente:
- Solicitar un viernes en la recepción de las Cortes que se le dé autorización para acceder al régimen de visitas de alguna de las sesiones parlamentarias de la semana activa siguiente.
- Presentar el DNI.
Artículo 4.- Tendrán prohibido el acceso al régimen de visitas aquellos ciudadanos con antecedentes por terrorismo, pertenencia a banda armada, violencia callejera o de traición y contra la paz o la independencia del Estado.
Artículo 5.- Podrán acceder al régimen de visitas menores de edad acompañados de un adulto, y grupos escolares de menores de edad acompañados de algún profesor del centro docente. El responsable de los actos del menor en las Cortes será el adulto o el profesor que le acompañe.
Artículo 6.1.- Las personas autorizadas por el régimen de visitas deberán guardar el orden dentro de las Cortes. En las sesiones parlamentarias deberán permanecer en el máximo silencio posible y respetar el orden de la sesión.
Artículo 6.2.1.- El Presidente del Parlamento puede llamar al orden a las personas en régimen de visita en caso de que interfieran en el normal desarrollo de la sesión parlamentaria, pudiendo proceder a su expulsión de la Cámara en caso de violación grave del orden plenario.
Artículo 6.2.2.- Se entiende violación grave del orden plenario el hablar reiteradamente en voz alta, manifestarse, mostrar carteles o cualquier otro soporte con reivindicaciones políticas. Se considerará también violación grave del orden plenario el difamar, injuriar, calumniar o atentar contra el derecho al honor de cualquier miembro de las Cortes.
TÍTULO II. DE LA JORNADA DE PUERTAS ABIERTAS
Artículo 7.- Se celebrará la Jornada de Puertas Abiertas de las Cortes de Castilla y León anualmente el 23 de abril, en conmemoración del Día de Castilla y León.
Artículo 8.- En la Jornada de Puertas Abiertas de las Cortes de Castilla y León podrá acceder libremente a las Cortes todo ciudadano que lo desee de 10:00 a 20:00.
Artículo 9.- Los ciudadanos podrán entrar en grupos de un máximo de 80 personas y serán guiados por un guía.
Artículo 10.- El ciudadano que se comporte de manera desordenada puede ser expulsado de las Cortes por el guía. En caso de menores, se aplicará el artículo 5 del presente proyecto.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente PL entrará en vigor en el momento de su publicación en el BOCyL.
Re: (D-V) PL DE APERTURA AL PÚBLICO DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN (GOBIERNO)
Sáb 9 Feb 2013 - 15:04
Héctor Fernández
Señores procuradores, el Gobierno de Castilla y León les propone una apertura democrática de la actividad parlamentaria de estas cortes. Presentamos un proyecto mediante el cual se ofrecerá la oportunidad a los ciudadanos de visitar regularmente nuestras cortes y además, proponemos un día de puertas abiertas, para ampliar el acercamiento de las instituciones castellanoleonesas a los ciudadanos de la región.
Creemos que este proyecto será un instrumento de normalización del aparato institucional castellanleonés, así como un medio para ampliar la aceptación de la introducción en la vida de los castellanoleoneses de su autonomía. Así, les pido su apoyo. Muchas gracias.
Creemos que este proyecto será un instrumento de normalización del aparato institucional castellanleonés, así como un medio para ampliar la aceptación de la introducción en la vida de los castellanoleoneses de su autonomía. Así, les pido su apoyo. Muchas gracias.
Re: (D-V) PL DE APERTURA AL PÚBLICO DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN (GOBIERNO)
Sáb 9 Feb 2013 - 15:04
Juan Ignacio Herrera
- Carlos Vara
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Re: (D-V) PL DE APERTURA AL PÚBLICO DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN (GOBIERNO)
Dom 10 Feb 2013 - 19:59
Pilar Mendoza, portavoz del GPS-Castilla y León:
Señor Presidente,
señorías.
El proyecto que se nos presenta por parte del Consejo de Gobierno, nos parece bueno y positivo, pues viene a dar apertura a la sociedad castellanoleonesa de su cámara y de su casa. No obstante, desde el PSOE creemos que podemos enriquecer más este proyecto y por eso vamos a presentar una serie de enmiendas.
Enmienda 1: (Modificación)
Artículo 2: Tendrán derecho a la visita de la Cámara todos los ciudadanos tanto nacionales como extranjeros que así lo deseen, indistintamente de cualquier tipo de condición personal o social.
Enmienda 2: (Modificación)
Artículo 3: El ciudadano deberá informar con caracter general de la visita a la cámara con un periodo de 3 días de anticipación a la fecha en la que desee realizar dicha visita. Se podrá realizar una visita a cámara sin previo aviso si no se pone supone ninguna perturbación del orden de la Cámara o de la institución que representan las Cortes de Castilla y León.
-Presentar el DNI o documento análogo de identicación del sujeto.
Enmienda 3: (Adición)
Artículo 8: Se podrá modificar el horario de las jornadas de puertas abiertas si la Presidencia de las Cortes así lo entiende, previa deliberación de la Mesa y con el fin de que todos los visitantes puedan disfrutar con paciencia y detenimiento de las Cortes de Castilla y León.
Enmienda 4: (Inclusión)
Dispocisición Adicional:
La visita a las Cortes y todas sus sedes es gratuita para todos los visitantes, no pudiendose establecer ningún tipo de gravamen.
Señor Presidente,
señorías.
El proyecto que se nos presenta por parte del Consejo de Gobierno, nos parece bueno y positivo, pues viene a dar apertura a la sociedad castellanoleonesa de su cámara y de su casa. No obstante, desde el PSOE creemos que podemos enriquecer más este proyecto y por eso vamos a presentar una serie de enmiendas.
Enmienda 1: (Modificación)
Artículo 2: Tendrán derecho a la visita de la Cámara todos los ciudadanos tanto nacionales como extranjeros que así lo deseen, indistintamente de cualquier tipo de condición personal o social.
Enmienda 2: (Modificación)
Artículo 3: El ciudadano deberá informar con caracter general de la visita a la cámara con un periodo de 3 días de anticipación a la fecha en la que desee realizar dicha visita. Se podrá realizar una visita a cámara sin previo aviso si no se pone supone ninguna perturbación del orden de la Cámara o de la institución que representan las Cortes de Castilla y León.
-Presentar el DNI o documento análogo de identicación del sujeto.
Enmienda 3: (Adición)
Artículo 8: Se podrá modificar el horario de las jornadas de puertas abiertas si la Presidencia de las Cortes así lo entiende, previa deliberación de la Mesa y con el fin de que todos los visitantes puedan disfrutar con paciencia y detenimiento de las Cortes de Castilla y León.
Enmienda 4: (Inclusión)
Dispocisición Adicional:
La visita a las Cortes y todas sus sedes es gratuita para todos los visitantes, no pudiendose establecer ningún tipo de gravamen.
Re: (D-V) PL DE APERTURA AL PÚBLICO DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN (GOBIERNO)
Lun 11 Feb 2013 - 21:08
Héctor Fernández
Re: (D-V) PL DE APERTURA AL PÚBLICO DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN (GOBIERNO)
Lun 11 Feb 2013 - 21:10
Juan Ignacio Herrera
Re: (D-V) PL DE APERTURA AL PÚBLICO DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN (GOBIERNO)
Lun 11 Feb 2013 - 21:11
Héctor Fernández
- Carlos Vara
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Re: (D-V) PL DE APERTURA AL PÚBLICO DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN (GOBIERNO)
Miér 13 Feb 2013 - 18:57
El Grupo Parlamentario Socialista con 27 diputados vota A FAVOR de las enmiendas.
Re: (D-V) PL DE APERTURA AL PÚBLICO DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN (GOBIERNO)
Jue 14 Feb 2013 - 1:14
Juan Ignacio Herrera
A FAVOR: 28
EN CONTRA: 55
ABSTENCIÓN: 0
Queda rechazadas las enmiendas. Pasamos a la votación del proyecto original con as modiciaciones aceptadas por el GPPC. Tienen 48 horas.
Re: (D-V) PL DE APERTURA AL PÚBLICO DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN (GOBIERNO)
Jue 14 Feb 2013 - 1:15
Héctor Fernández
- Félix Tortuga
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Re: (D-V) PL DE APERTURA AL PÚBLICO DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN (GOBIERNO)
Jue 14 Feb 2013 - 12:19
El diputado de FE-JONS(a) integrado en Grupo Parlamentario Mixto vota A FAVOR
- Juan Lara
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Re: (D-V) PL DE APERTURA AL PÚBLICO DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN (GOBIERNO)
Vie 15 Feb 2013 - 0:16
El GPC (16) vota A FAVOR
- Carlos Vara
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Re: (D-V) PL DE APERTURA AL PÚBLICO DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN (GOBIERNO)
Vie 15 Feb 2013 - 1:01
El Grupo Parlamentario Socialista con 27 diputados vota A FAVOR.
Re: (D-V) PL DE APERTURA AL PÚBLICO DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN (GOBIERNO)
Sáb 16 Feb 2013 - 1:17
Juan Ignacio Herrera
A FAVOR: 99
EN CONTRA: 0
ABSTENCIÓN: 0
Queda aprobado el proyecto. Se procederá a su publicación en el BOCyL. Se levanta la sesión.
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