Proyecto de Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido ((GOBIERNO DE ESPAÑA))
+3
José Manuel Barroso Clos
Martí Casas
Administrador Ocampo
7 participantes
- Administrador OcampoAdministración
- Cantidad de envíos : 20969
Fecha de inscripción : 05/08/2009
Proyecto de Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido ((GOBIERNO DE ESPAÑA))
Sáb 23 Jul 2011 - 22:10
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
Presidente del Congreso, Felipe Olivenza
Buenos días, se abre la sesión para la votación del siguiente Proyecto de Ley del Gobierno de España:
- Spoiler:
MINISTERIO DE ECONOMÍA
LEY DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Exposición de Motivos
La modernización fiscal y tributaria es parte esencial de la reforma económica y general que atraviesa España. La derogación definitiva de todo el sistema impositivo vigente se hace imperante para dar paso a la creación de un sistema simplificado y concreto de nuevos impuestos de criterio y razonabilidad económica. El IVA es el primer impuesto que se presenta para dar conformación al futuro sostenible de la España moderna. Por ello se dispone:
TÍTULO I. CARÁCTER Y FUNCIONAMIENTO
Artículo 1
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se grava indirectamente sobre el consumo mediante un tipo impositivo fijo, aportado o financiado por el último consumidor del bien o servicio.
Artículo 2
El IVA es percibido y gravado durante toda la transacción comercial del bien o servicio, desde su creación en materia prima hasta su elaboración final y venta al público, minorista o mayorista. Los vendedores intermediarios reembolsarán el impuesto a sus compradores -siguientes vendedores- en concepto de crédito fiscal, que restará a su débito fiscal -al impuesto que le ha sido transferido por sus vendedores-. La diferencia entre el crédito fiscal y el débito fiscal es el monto total que deberá aportar a la administración pública. Los consumidores finales pagarán el impuesto sin reembolso del mismo.
TÍTULO II. TIPO IMPOSITIVO
Artículo 3
El tipo impositivo regular, o tasa normal, del IVA es de 15%. Grava todos los bienes y servicios normales e inferiores, exceptuando los que la presente Ley considere exentos o bajo la órbita del tipo impositivo reducido o superreducido.
Artículo 4
El tipo impositivo reducido del IVA es de 7'5% para los siguientes bienes y servicios: bebidas refrescantes; animales destinados a consumo humano y reproductores. Importaciones de objetos de arte, antigüedades. Servicios de peluquería. Entrega de viviendas, incluidos garajes y anexos. Servicios prestados por artistas y técnicos. Servicios de asistencia social. Servicios deportivos. Servicios culturales y recreativos, exposiciones y ferias. Hostelería y restauración, limpieza en vías y jardines públicos y recogida de basuras. Transporte de viajeros y de utilización de autopistas.
Artículo 5
El tipo impositivo superreducido del IVA es de 3'5% para los siguientes bienes y servicios: Libros. Bienes utilizados en actividades agrícolas, ganaderas o forestales, como semillas o fertilizantes. Asistencia sanitaria, servicios dentales. Aparatos como lentillas, gafas graduadas, elevadores para minusválidos y para el diagnóstico de enfermedades. Servicios funerarios.
Artículo 6
Quedan exentos del IVA los siguientes bienes y servicios: Pan común. Harinas panificables y cereales para su elaboración. Leche, en cualquiera de sus variantes y certificaciones, producida por cualquier especie animal. Quesos. Huevos. Frutas, verduras, hortalizas, legumbres y tubérculos naturales. Libros, periódicos y revistas sin contener única y fundamentalmente publicidad y elementos complementarios que se entreguen conjuntamente. Medicamentos para uso humano, sustancias medicinales, formas galénicas y productos intermedios utilizados para su obtención. Medicamentos para uso animal. Vehículos especiales para el transporte de personas minusválidas en silla de ruedas. Prótesis y órtesis e implantes internos para personas con minusvalías. Construcción de viviendas (entre promotor y contratista).
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
Quedan derogados los decretos y leyes que se opongan a lo establecido en la presente Ley.
DISPOSICIÓN FINAL.
Esta Ley entrará en vigor desde el Primero de Enero de 1978.
Esteban Armada Oliver
Presidente del Gobierno
Javier Mayo
Ministro de Economía
- Administrador OcampoAdministración
- Cantidad de envíos : 20969
Fecha de inscripción : 05/08/2009
Re: Proyecto de Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido ((GOBIERNO DE ESPAÑA))
Sáb 23 Jul 2011 - 22:10
Presidente del Congreso, Felipe Olivenza
Los Grupos Parlamentarios tienen 48 hs para emitir su voto.
- Martí Casas
- Cantidad de envíos : 7991
Edad : 31
Localización : Barcelona/München
Fecha de inscripción : 16/06/2011
Re: Proyecto de Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido ((GOBIERNO DE ESPAÑA))
Sáb 23 Jul 2011 - 22:18
Gonzalo Rubalcaba
El Grupo Parlamentario Socialista (116) vota EN CONTRA.
- José Manuel Barroso Clos
- Cantidad de envíos : 384
Fecha de inscripción : 18/06/2011
Re: Proyecto de Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido ((GOBIERNO DE ESPAÑA))
Sáb 23 Jul 2011 - 23:28
RAFAEL CORTEZ GIL, PORTAVOZ DEL GP POPULAR
El Grupo Parlamentario Popular, con 5 escaño(s), vota A FAVOR.
El Grupo Parlamentario Popular, con 5 escaño(s), vota A FAVOR.
- Armando Aznar
- Cantidad de envíos : 1846
Edad : 97
Fecha de inscripción : 17/01/2011
Re: Proyecto de Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido ((GOBIERNO DE ESPAÑA))
Sáb 23 Jul 2011 - 23:44
Portavoz PSD
EL psd(26) vota a FAVOR
EL psd(26) vota a FAVOR
- Julián González
- Cantidad de envíos : 905
Fecha de inscripción : 20/06/2011
Re: Proyecto de Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido ((GOBIERNO DE ESPAÑA))
Dom 24 Jul 2011 - 1:50
El GPNI, con 8 diputados, vota EN CONTRA.
- Albert bordoñez
- Cantidad de envíos : 192
Fecha de inscripción : 26/06/2011
Re: Proyecto de Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido ((GOBIERNO DE ESPAÑA))
Dom 24 Jul 2011 - 16:04
La Lliga (17) EN CONTRA
- Jose Trotsky
- Cantidad de envíos : 5558
Edad : 33
Localización : Ciudad Real/Granada
Fecha de inscripción : 06/02/2009
Re: Proyecto de Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido ((GOBIERNO DE ESPAÑA))
Dom 24 Jul 2011 - 16:29
Santiago Mercader
El PCE con 38 escaños, vota en contra
El PCE con 38 escaños, vota en contra
- Administrador OcampoAdministración
- Cantidad de envíos : 20969
Fecha de inscripción : 05/08/2009
Re: Proyecto de Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido ((GOBIERNO DE ESPAÑA))
Lun 25 Jul 2011 - 15:29
Jaime de la Vega, Portavoz del GPL
El Grupo Parlamentario Liberal Demócrata (127) vota A FAVOR.
- Administrador OcampoAdministración
- Cantidad de envíos : 20969
Fecha de inscripción : 05/08/2009
Re: Proyecto de Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido ((GOBIERNO DE ESPAÑA))
Lun 25 Jul 2011 - 15:30
Presidente del Congreso, Felipe Olivenza
Finaliza la votación. Resultados:
VOTOS EMITIDOS: 338
VOTOS NO EMITIDOS: 12
A FAVOR: 158
EN CONTRA: 180
ABSTENCIONES: 0
El Proyecto de Ley queda RECHAZADO. Se levanta la sesión.
- Contenido patrocinado
- Proyecto de Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido ((GOBIERNO DE ESPAÑA))
- DEBATE/VOTACIÓN//Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido (CDS)
- Real Decreto 10/1977 del Impuesto sobre el Valor Añadido
- Proyecto de Ley del impuesto sobre sociedades ((GOBIERNO DE ESPAÑA))
- Proyecto de Ley del impuesto sobre sociedades ((GOBIERNO DE ESPAÑA))
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.