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J.Luis Sánchez Carpintero
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TS. Guillermo Köhler contra César Alarcón Empty TS. Guillermo Köhler contra César Alarcón

Mar 3 Mayo 2011 - 22:51
Guillermo Canalejas escribió:A la Sala de lo penal del Tribunal Supremo

Yo, Guillermo Canlejas, en nombre y representación de Guillermo Köhler, como mejor quepa en derecho, DIGO:

PRIMERO.- Que por el presente escrito mi representado ejerce acción penal por delito de injurias y la acción civil que nace del delito contra el sr. César Alarcón, con causa en los hechos que a continuación se relatan.

SEGUNDO.- Que esta Sala es competente para conocer de esta causa, puesto que el querellado está aforado a este Tribunal por ser diputado al Congreso.

TERCERO.- Que los hechos son los que siguen:

A.- El sr. César Alarcón hizo un viaje a Venezuela durante su estancia en Cuba con motivo del congreso del Foro internacional comunista. Durante ese viaje visitó varios pueblos venezolanos que habían sufrido las consecuencias de la actual guerra, en la que España es parte beligerante.

B.- A raíz de esto, la Secretaría de Comunicación del Partido comunista de España, de que es secretario general el sr. Alarcón, publicó una nota en que se citaban palabras del sr. Alarcón tachando a mi representado de "colaborador de mercenarios", entre otras cosas.

C.- Que a su vuelta a España, el sr. Alarcón hizo declaraciones a la prensa en las que calificaba al sr. Köhler de "niño pequeño" e "incompetente", y advirtiendo que no lanzaría acusaciones "pues ya sabemos como responderan también". Más tarde añadió:"usted será la primera cabeza que pase por el Tribunal Internacional por crímenes contra la humanidad" y "Usted comunista no es, pero retrógrado tiene bastante, obvio en una figura que utiliza el insuto barato, partidista, y que debe de haber servido como mercenario".

CUARTO.- Que de esta relación de los hechos se deduce claramente que concurren los elementos de un delito de injurias:

A.- Se trata de unas expresiones que sin lugar a dudas menoscaban su fama y lesionan su dignidad, puesto que las palabras empleadas no tienen en este contexto un significado denotativo, sino que pretenden imbuir en los terceros receptores del mensaje una mala estima del querellante.

B.- Estas expresiones son tenidas en el concepto público por graves, atendiendo a las circunstancias, dado que el querellado es ministro del Gobierno y se trata de calificativos que se predican ordinariamente respecto de políticos que han incurrido en las más graves formas de responsabilidad política; y porque se trata de expresiones vulgares, impropias del lenguaje político.

C.- Del conjunto de las declaraciones se deduce el ánimo de injuriar.

D.- Además, concurre el agravante de publicidad, pues estas declaraciones han sido transmitidas por los medios de comunicación social.

QUINTO.- Que no media perdón del ofendido.

SEXTO.- Que el bien jurídico protegido por estas acciones es el derecho fundamental al honor, lo que ruego tenga en cuenta el Tribunal al valorar los hechos.

SÉPTIMO.- Para la comprobación de los hechos, se interesa se practiquen las siguientes diligencias de prueba:

A.- Incluir en los autos las declaraciones del sr. Alarcón (I y II) y la nota de prensa de la Secretaría de comunicación de su partido.

B.- Requerir al Partido comunista de España o al querellado para que aporten a los autos el correo electrónico por el que este último se comunicó con el primero durante su estancia en Venezuela, según se deduce de la nota de prensa referida.

C.- Citar al sr. Alarcón para que preste declaración

Y por todo lo dicho, SOLICITO de esta Sala: tenga por presentada esta querella y abra el proceso correspondiente, sirviéndose acordar las diligencias de prueba solicitadas y en su día condene al querellado a la pena que en Derecho proceda.

Guillermo Canalejas
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TS. Guillermo Köhler contra César Alarcón Empty Re: TS. Guillermo Köhler contra César Alarcón

Mar 3 Mayo 2011 - 22:54
Se ha remitido una petición a las Cortes o "suplicatorio" para que el señor César Alarcón pueda ser juzgado

Este juicio no comenzará hasta que la inmunidad del artículo 71 de la Constitución Española le haya sido levantada al señor Alarcón, esperamos pues la autorización de las cámaras

Esperen con paciencia señores


Última edición por J.Luis Sánchez Carpintero el Mar 3 Mayo 2011 - 23:08, editado 1 vez
Guillermo Köhler
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Mar 3 Mayo 2011 - 22:58
En breves la enviaremos. Solo decirle que el Señor Alarcón no tiene ningún problema en venir, él lo ha dicho personalmente, pero se hará legal, no lo dude.
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Miér 4 Mayo 2011 - 15:30
A LA SALA DE LO PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO

Con la venia, señorías:

Esta parte procesal solicita que, supuesto que el Congreso levante la inmunidad del sr. Alarcón, se celebre antes del juicio oral una audiencia preliminar en la que la defensa proponga las diligencias de prueba que entienda precisas y en la que cada parte pueda presentar alegaciones a lo pedido por la otra. Al término de dicha audiencia preliminar el Tribunal acordaría la prueba a practicar.

Creo que es necesaria porque la acusación desconoce las pruebas que la defensa pretende emplear, y ésta a su vez no ha podido alegar nada a las solicitadas por la acusación. Con esta audiencia preliminar se reestablecería el equilibrio procesal.

Esperamos atentamente su decisión.
J.Luis Sánchez Carpintero
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Miér 4 Mayo 2011 - 16:23
Guillermo Canalejas escribió:A LA SALA DE LO PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO

Con la venia, señorías:

Esta parte procesal solicita que, supuesto que el Congreso levante la inmunidad del sr. Alarcón, se celebre antes del juicio oral una audiencia preliminar en la que la defensa proponga las diligencias de prueba que entienda precisas y en la que cada parte pueda presentar alegaciones a lo pedido por la otra. Al término de dicha audiencia preliminar el Tribunal acordaría la prueba a practicar.

Creo que es necesaria porque la acusación desconoce las pruebas que la defensa pretende emplear, y ésta a su vez no ha podido alegar nada a las solicitadas por la acusación. Con esta audiencia preliminar se reestablecería el equilibrio procesal.

Esperamos atentamente su decisión.
FDP: No vamos a complicarnos la vida, no vamos a hacer esto como si fuera un juicio "real" al 100%...

Esperemos a que se levante la inmunidad y así César tiene algo de tiempo para prepararse la defensa...
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Jue 5 Mayo 2011 - 1:36
MENSAJE DEL PRESIDENTE DEL CONGRESO AL PRESDENTE DEL SUPREMO:

Fabián de la Torre escribió:Señor Presidente, los resultados de la votación son los que siguen:

VOTOS EMITIDOS: 218/350
A FAVOR: 15
EN CONTRA: 203
ABSTENCIONES: 0

El Suplicatorio ha sido rechazado por el Congreso de los Diputados.

Ante esto simplemente decir que resulta sorprendente cómo una amplia mayoría del Congreso ha impedido hacer a la justicia su trabajo. Si verdaderamente esta mayoría del Congreso cree que es inocente el señor Alarcón, lo más apropiado sería que hubiesen permitido que se le juzgara para que se demostrara esta presunta inocencia. Pero esto de impedir que nisiquiera se le juzgue me parece aberrante.

Repito, es sorprendente, ya que lo más "democrático" hubiera sido que se hubiera aceptado dicho suplicatorio, porque al fin y al cabo el "suplicatorio" no es más que un mero trámite que en teoría ha de pasar sin problemas para que la justicia haga su trabajo, pero que se rechace este trámite me parece un nuevo atropello al poder judicial.

Pero en fin, el Congreso ha hablado, es mi deber archivar este caso.
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TS. Guillermo Köhler contra César Alarcón Empty Re: TS. Guillermo Köhler contra César Alarcón

Jue 5 Mayo 2011 - 12:27
Es sin duda sorprendente la denegación del suplicatorio; tanto más cuando el Congreso está votando la creación de una comisión de investigación de los hechos denunciados por el sr. Alarcón. En cualquier caso, la acusación manifiesta su intención de que el día que el querellado pierda su inmunidad se reabra la causa.
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Jue 5 Mayo 2011 - 15:57
El PP avanzará en competencia de Justicia, viendo este caso, como han podido ser otros casos.

Recuerdo que el Señor Alarcón dijo públicamente que él no tenía ningún problema para defenderse aquí. Curioso que no haya pedido al Congreso que le dejasen ir al juicio. En definitiva, ya sabemos que clase de persona es.
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