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PL PROTECCIÓN DE LA CALIDAD DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO EN MELILLA (GPS)
Vie 4 Feb 2011 - 15:09
Ley de Protección de la Calidad del Suministro Eléctrico en Melilla.
A tener en cuenta que el Gobierno de Melilla posee competencias exclusivas en materia de comercio y en materia de instalaciones de producción, distribución y transporte de energía, cuando este transporte no salga de su territorio y su aprovechamiento no afecte a otra Ciudad o Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la competencia exclusiva del Estado.
Preámbulo
La presente Ley tiene por objeto regular y garantizar la seguridad del abastecimiento, la regularidad y la calidad del suministro de energía eléctrica, optimizando las características del mismo e igualmente, mejorar la atención y relación con los usuarios hasta alcanzar y mantener niveles de calidad satisfactorios y homogéneos en todo el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Melilla, que redunden en una más eficiente utilización de los recursos, fomentando el ahorro energético.
Artículo 1
Los límites máximos de variación de la tensión de alimentación a los consumidores finales será de ± 7 por 100 de la tensión declarada.
La calidad de servicio implica que el suministro eléctrico debe prestarse por las empresas autorizadas con las características técnicas y comerciales.
Artículo 2
Las empresas distribuidoras deberán disponer para el control de la calidad del servicio de un equipo registrador de las incidencias de la calidad por cada 5.000 abonados, con un mínimo de dos equipos por empresa.
Artículo 3
Las empresas eléctricas elaborarán y presentarán ante la Administración competente (Consejería de Medio Ambiente) para su estudio y aprobación, un código de conducta medioambiental.
Artículo 4
Calidad en la relación con el cliente, que debe ser tratado con el debido respeto y deferencia por parte del personal al servicio de las empresas distribuidoras y comercializadoras.
Mónica Cortés
GPCDI Asamblea de Melilla.
A tener en cuenta que el Gobierno de Melilla posee competencias exclusivas en materia de comercio y en materia de instalaciones de producción, distribución y transporte de energía, cuando este transporte no salga de su territorio y su aprovechamiento no afecte a otra Ciudad o Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la competencia exclusiva del Estado.
Preámbulo
La presente Ley tiene por objeto regular y garantizar la seguridad del abastecimiento, la regularidad y la calidad del suministro de energía eléctrica, optimizando las características del mismo e igualmente, mejorar la atención y relación con los usuarios hasta alcanzar y mantener niveles de calidad satisfactorios y homogéneos en todo el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Melilla, que redunden en una más eficiente utilización de los recursos, fomentando el ahorro energético.
Artículo 1
Los límites máximos de variación de la tensión de alimentación a los consumidores finales será de ± 7 por 100 de la tensión declarada.
La calidad de servicio implica que el suministro eléctrico debe prestarse por las empresas autorizadas con las características técnicas y comerciales.
Artículo 2
Las empresas distribuidoras deberán disponer para el control de la calidad del servicio de un equipo registrador de las incidencias de la calidad por cada 5.000 abonados, con un mínimo de dos equipos por empresa.
Artículo 3
Las empresas eléctricas elaborarán y presentarán ante la Administración competente (Consejería de Medio Ambiente) para su estudio y aprobación, un código de conducta medioambiental.
Artículo 4
Calidad en la relación con el cliente, que debe ser tratado con el debido respeto y deferencia por parte del personal al servicio de las empresas distribuidoras y comercializadoras.
Mónica Cortés
GPCDI Asamblea de Melilla.
- Jorge J. Churchill
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Re: PL PROTECCIÓN DE LA CALIDAD DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO EN MELILLA (GPS)
Vie 4 Feb 2011 - 15:09
Presidencia de la Asamblea de Melilla
Tienen 48 horas para debatir.
Tienen 48 horas para debatir.
- Alejandro Valderas
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Re: PL PROTECCIÓN DE LA CALIDAD DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO EN MELILLA (GPS)
Vie 4 Feb 2011 - 15:40
Mónica Cortés
Leyendo el articulado de la ley queda suficientemente claro.
Un trato más cercano con el cliente, y evitar engorrosos trámites en caso de deficiencias del servicio ofrecido, garantizar una mayor calidad de este servicio y en caso de que esta calidad del servicio se vea afectada haya unas mínimas garantías de reestablecimiento. Estos son los tres pilares básicos de la ley...
Leyendo el articulado de la ley queda suficientemente claro.
Un trato más cercano con el cliente, y evitar engorrosos trámites en caso de deficiencias del servicio ofrecido, garantizar una mayor calidad de este servicio y en caso de que esta calidad del servicio se vea afectada haya unas mínimas garantías de reestablecimiento. Estos son los tres pilares básicos de la ley...
- Jorge J. Churchill
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Re: PL PROTECCIÓN DE LA CALIDAD DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO EN MELILLA (GPS)
Mar 8 Feb 2011 - 19:15
Asamblea de Melilla
Tienen 24 horas para votar.
Tienen 24 horas para votar.
- Jorge J. Churchill
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Re: PL PROTECCIÓN DE LA CALIDAD DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO EN MELILLA (GPS)
Mar 8 Feb 2011 - 19:16
Enrique Ortega
El GPP vota ABSTENCIÓN.
El GPP vota ABSTENCIÓN.
- Jorge J. Churchill
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Re: PL PROTECCIÓN DE LA CALIDAD DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO EN MELILLA (GPS)
Vie 18 Feb 2011 - 14:26
Presidencia de la Asamblea de Melilla
Con 13 abstenciones y ningún voto a favor o en contra no se aprueba la PL.
Con 13 abstenciones y ningún voto a favor o en contra no se aprueba la PL.
- Ley de Protección de la Calidad del Suministro Eléctrico de Extremadura (CDI)
- Ley de Protección de la Calidad del Suministro Eléctrico en Canarias (CDI)
- PL PROTECCIÓN DE LA CALIDAD DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO EN CEUTA (GPS)
- JUNTA DE PORTAVOCES
- Proposición de ley protección calidad del suministro eléctrico//Debate y Votación.
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