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Maximiliano Salas
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Jue 6 Ene 2011 - 4:11
Bueno, primero, las asistencias se miden por los votos emitidos, La sentencia de los ultimos jueces dio un gran precedente DDP en la cuestion a tratar. Se puede no tener quorum en las sesiones, pero si en la votacion, y si pasa, no se llega al "acuerdo" aun. Y toda norma a aplicar debe tener previo aviso, precendente del echo de la reforma Laboral. Solo erea dejar claro ambos puntos, con precedentes y juriprudencia aplicable a tal efecto.

PD Sugiero cerrar el tema.
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Jue 6 Ene 2011 - 19:19
La jurisprudencia no tiene competencia para cambiar la Constitución. He leído con más detenimiento y la única forma de dejar sin quorum una sesión es que la misma no pueda ser convocada, es decir, sino puede ser constituída. Para que una sesión en el Congreso sea válida, se necesita la mayoría absoluta de los miembros.

Ahora bien, a la hora de votar, a menos que los Grupos Parlamentarios especifiquen explícitamente que se retiran del hemiciclo, se entenderá como abstención o no emisión de voto, pero si están presentes pues en ningun momento habían dicho lo contrario.

Esa ley fue tratada en quórum y en votación se sigue el reglamento.

Además aclarar a la administración que espero que se tenga en cuenta la intentona de bloquear el Congreso por parte de ciertos sectores de la oposición, porque en las elecciones las actitudes que violentan a la institucionalidad, los diputados que no van a trabajar y que buscan mediante la desidia perjudicar la agenda de Gobierno, son castigados duramente.

Desde luego, eso es perjudicial únicamente a quienes lo hacen, pues yo aplicaré Real Decreto como salida constitucional e institucional al bloqueo con propósito, y como el RD solo necesita de ratificación y no de acuerdo previo en una sesión de debate, no es necesario el quórum.
Maximiliano Salas
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Jue 6 Ene 2011 - 21:32
Justamente, no puedes aplicar una norma, sin previo aviso. Recien lo dices, no antes.

En realidad, en AENA, por ejemplo, te has cabado la fosa solo, al no avisar de la nueva norma. Ni diste tiempo a debatir(al menos yo, hasta ayer tuve debates fuertes), ni la diste a conocer. Resultado, ni siquiera nosotros pudimos apoyarla cuando estabamos de acuerdo con ella.

PD Resulta claro que nos opondremos si la sacas por RD, y tomaremos las reglas oportunas a tal caso.
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Jue 6 Ene 2011 - 21:49
Yo no tengo que darte a conocer nada, si tu no conoces la Constitución no es un problema mío, sino tuyo. No está en mi obligación decirte ni aclararte, sino en tu obligación conocer los procedimientos legisaltivos.

En AENA he dado 48 hs para debatir y nadie ha intervenido, pues queda sin quórum la sesión y ya.

Y naturalmente puedes oponerte al RD, pero te opones entonces a un procedimiento y no a una política, o dices eso para no apoyar la política en sí.
Maximiliano Salas
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Jue 6 Ene 2011 - 23:26
Es que el conocimiento no es el problema, es su interpretacion. Si ya se hizo algo antes, de esa manera, y se bloqueo quorum, de esa manera, tanto autonomicos como en el Congreso, es claro que se comprendera "eso". Tienes el derecho de "aclararlo" o cambiarlo, pero debes avisar antes.

Fue tambien el caso de los portavoces, si ya se dieron y se aceptaron casos donde votaba una persona que no era portavoz, no se puede aclarar la norma, sin avisar o advertir antes la enmienda.

Y si, no estoy de acuerdo con el procedimiento, no con la accion que se propuso asi.

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Jue 6 Ene 2011 - 23:35
Porque yo admito que había un agüjero negro en la interpretación, pero eso porque estábamos observando el reglamento que no habla con claridad de ello, y no en la Constitución que si lo dice con claridad. Ahora bien, el juez que ha dictado eso, desconoce el artículo 79 de la Constitución.

Bueno, no se que quieres decir con aclarar, si hacer un cartel de dos metros avisando xD
Maximiliano Salas
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Jue 6 Ene 2011 - 23:40
Creo que con un "vamos a tomar el quorum desde el inicio de la sesion hasta la votacion" al principio del post, sobraba y aclaraba todas las dudas.

Tienes que tener en cuenta que hay normas en el sim, que pasan a la Constitucion. En este caso, o en el caso de los portavoces o hasta en las sesiones de investiduras mismas. Las "doctrinas" las establecio cada Presidente de Asamblea y se las cumplio asi.
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