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Ley de la prohibición de ocultamiento del rostro en edificios o recintos públicos. (PP)//DEBATE//VOTACIÓN//FINALIZADO
Sáb 18 Sep 2010 - 14:05
Ley de la prohibición de ocultamiento del rostro en edificios o recintos públicos. (PP)
Preámbulo.
Desde el Partido Popular creemos que es necesaria esta ley ante el debate en la sociedad, para la mejor identificación de las personas y mayor seguridad de todos los ciudadanos.
Título 1. Prohibición
Articulo 1-Se prohíbe las prendas o cualquier otro objeto que cubran totalmente o parcialmente el rostro de una persona sea hombre o mujer, en espacios o acontecimientos públicos, tengan o no una finalidad estrictamente religiosa el uso de velos integrales ('burka' o 'niqab') así como cualesquiera otros atuendos que oculten el rostro y dificulten la identificación de la persona y la comunicación visual, por tratarse de una discriminación que no está amparada por la libertad religiosa al ser contraria a la dignidad de las personas y la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres, en nuestra comunidad.
Título 2. Lugares
Articulo 2-La prohibición se aplicará en: centros administrativos, educativos, sanitarios, instalaciones deportivas… no se refiere a la vía pública (calles, plazas parques…) de la Región de Murcia.
Título 3. Sanciones
Articulo 3-Se multará a las personas que incumplan la ley con una cantidad de 150 a 200 euros.
Artículo 4-En el caso de los velos (burka o niqab) se multará a los hombres que obliguen a su mujer a usarlo con una cantidad de 10.000 a 15.000 euros y con una pena de cárcel entre 3 meses y 12 meses.
Disposición final.
Esta ley entrara en vigor una vez que se haya publicado en el Boletín Oficial de Murcia.
Preámbulo.
Desde el Partido Popular creemos que es necesaria esta ley ante el debate en la sociedad, para la mejor identificación de las personas y mayor seguridad de todos los ciudadanos.
Título 1. Prohibición
Articulo 1-Se prohíbe las prendas o cualquier otro objeto que cubran totalmente o parcialmente el rostro de una persona sea hombre o mujer, en espacios o acontecimientos públicos, tengan o no una finalidad estrictamente religiosa el uso de velos integrales ('burka' o 'niqab') así como cualesquiera otros atuendos que oculten el rostro y dificulten la identificación de la persona y la comunicación visual, por tratarse de una discriminación que no está amparada por la libertad religiosa al ser contraria a la dignidad de las personas y la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres, en nuestra comunidad.
Título 2. Lugares
Articulo 2-La prohibición se aplicará en: centros administrativos, educativos, sanitarios, instalaciones deportivas… no se refiere a la vía pública (calles, plazas parques…) de la Región de Murcia.
Título 3. Sanciones
Articulo 3-Se multará a las personas que incumplan la ley con una cantidad de 150 a 200 euros.
Artículo 4-En el caso de los velos (burka o niqab) se multará a los hombres que obliguen a su mujer a usarlo con una cantidad de 10.000 a 15.000 euros y con una pena de cárcel entre 3 meses y 12 meses.
Disposición final.
Esta ley entrara en vigor una vez que se haya publicado en el Boletín Oficial de Murcia.
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Re: Ley de la prohibición de ocultamiento del rostro en edificios o recintos públicos. (PP)//DEBATE//VOTACIÓN//FINALIZADO
Sáb 18 Sep 2010 - 14:05
Hay 48 h. para el debate.
- MANUEL ALDEANO
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Re: Ley de la prohibición de ocultamiento del rostro en edificios o recintos públicos. (PP)//DEBATE//VOTACIÓN//FINALIZADO
Sáb 18 Sep 2010 - 14:05
Desde el Partido Popular creemos que es necesaria esta ley ante el debate en la sociedad, para la mejor identificación de las personas y mayor seguridad de todos los ciudadanos.
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Re: Ley de la prohibición de ocultamiento del rostro en edificios o recintos públicos. (PP)//DEBATE//VOTACIÓN//FINALIZADO
Lun 20 Sep 2010 - 16:37
Hay 48 h. para la votación
- MANUEL ALDEANO
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Re: Ley de la prohibición de ocultamiento del rostro en edificios o recintos públicos. (PP)//DEBATE//VOTACIÓN//FINALIZADO
Lun 20 Sep 2010 - 16:39
El GPP (31) votos, A FAVOR.
- Roberto Solbes
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Re: Ley de la prohibición de ocultamiento del rostro en edificios o recintos públicos. (PP)//DEBATE//VOTACIÓN//FINALIZADO
Mar 21 Sep 2010 - 15:52
Portavoz PS
CDI con 11 EN CONTRA.
CDI con 11 EN CONTRA.
- MANUEL ALDEANO
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Re: Ley de la prohibición de ocultamiento del rostro en edificios o recintos públicos. (PP)//DEBATE//VOTACIÓN//FINALIZADO
Jue 23 Sep 2010 - 19:57
Finaliza la votación. Resultados:
La proposición queda APROBADA. Se levanta la sesión.
La proposición queda APROBADA. Se levanta la sesión.
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