Política XXI
¡Únete a nosotros, te gustará!

Unirse al foro, es rápido y fácil

Política XXI
¡Únete a nosotros, te gustará!
AVISO DEL CAPXXI: Foro clausurado. Pasamos buenos momentos junto a todos, Política XXI marco una época. ¡Gracias por formar parte de ello!

Ir abajo
Héctor Fernández.
Héctor Fernández.
Cantidad de envíos : 41072
Localización : Benavente
Fecha de inscripción : 22/06/2009
http://anrhectorpoliticamentehablando.blogspot.com/

DEBATE/VOTACIÓN//Ley de Protección de la mujer en Cantabria (PSOE) Empty DEBATE/VOTACIÓN//Ley de Protección de la mujer en Cantabria (PSOE)

Vie 28 Mayo 2010 - 23:36
Alicia Castanedo
DEBATE/VOTACIÓN//Ley de Protección de la mujer en Cantabria (PSOE) Condoleezza_rice_1
Bien, pues damos paso al debate de la siguiente ley presentada por el Partido Socialista Obrero Español, primero, el PSOE tendrá un turno de exposición y a continuación comenzará el turno de réplica, (tienen 48 horas)


Ley de Protección de la mujer en Cantabria(PSOE)


PREÁMBULO

I. Las mujeres han sido esenciales en la construcción y defensa de los derechos y las libertades a lo largo de la historia. A pesar de ello, gran parte de nuestras sociedades no ha reconocido el papel histórico de las mujeres y no ha garantizado sus derechos.

II. La finalidad de la presente ley es establecer los mecanismos para contribuir a la erradicación de la violencia machista que sufren las mujeres.

III. La violencia machista es una grave vulneración de los Derecho Humanos y un impedimento para que las mujeres puedan lograr la plena ciudadanía, la autonomía y la libertad.


Artículo 1. Garantía de los derechos de las mujeres.

Todas las mujeres que se hallan en situaciones de violencia machista, así como sus hijos e hijas, que vivan o trabajen en Cantabria y con independencia del estado civil, la nacionalidad o la orientación sexual, tienen garantizados los derechos que la presente ley les reconoce, sin perjuicio de lo establecido por la legislación en materia de extranjería y de la exigencia de determinados requisitos para las diferentes prestaciones y servicios.

Artículo 2 Introducción
Los poderes públicos de Cantabria deben seguir los siguientes criterios de actuación:

a) El compromiso de no discriminación a las mujeres.

b) La consideración necesaria de la violencia machista, en especial en cuanto a la implicación de todos los sistemas de atención y reparación.

c) La consideración del carácter integral de las medidas, que deben tener en cuenta todos los daños que las mujeres, los menores y las menores sufren como consecuencia de la violencia machista, también los daños sociales y económicos, y los efectos de esta violencia en la comunidad.

Artículo 3: Publicidad

Las administraciones públicas de Cantabria deben impulsar y desarrollar periódicamente actuaciones informativas y estrategias de sensibilización social destinadas a prevenir y eliminar la violencia machista.

Artículo 4: Administraciones

1. Las administraciones públicas de Cantabria deben desarrollar las acciones necesarias para detectar e identificar situaciones de riesgo de violencia machista.

2. Las administraciones públicas de Cantabria deben establecer líneas de apoyo a las mujeres que sufren violencia de género.

Artículo 5: Obligaciones profesionales

Todas las personas profesionales, especialmente profesionales de la salud, los servicios sociales y la educación, deben intervenir obligatoriamente cuando tengan conocimiento de una situación de riesgo o de una evidencia fundamentada de violencia machista.

Artículo 6: Empresas

El Gobierno de Cantabria debe impulsar que las empresas que tengan la sede social o ejerzan actividades en Cantabria establezcan medidas concretas para prevenir, reparar y sancionar los casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo.

Artículo 7: Subvenciones

I. Las subvenciones que tengan como beneficiarías a empresas con una plantilla igual o superior a veinticinco personas deben incluir la obligación de indicar los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, e intervenir en dichos casos, en sus centros de trabajo.

II.Todas aquellas empresas que no cumplan el apartado anterior no podrán recibir subvención alguna.

Artículo 8: Derecho a la protección.

I. Las mujeres que se hallan en riesgo o en situación de violencia machista tienen derecho a recibir de inmediato de las administraciones públicas de Cantabria una protección integral, real y efectiva.

2. Las garantías de protección deben asegurarse tanto por medios tecnológicos como por servicios policiales, así como por cualquier otro medio que asegure la protección de las mujeres.

3. Los objetivos de los dispositivos de protección destinados a las mujeres en riesgo o en situación de violencia machista son:

a) Facilitar la localización y la comunicación permanente.

b) Proporcionar una atención inmediata a distancia.

c) Facilitar la protección inmediata y adecuada ante situaciones de emergencia.

Artículo 9: Fuerzas y cuerpos de seguridad.

La Policía Nacional debe vigilar y controlar el cumplimiento exacto de las medidas acordadas por los órganos judiciales. La policía local y la Guardia Civil deberan colaborar en dicha labor.

Disposiciones finales:

Esta ley entrará en vigor 10 días despues de su publicacion en el Boletin Oficial de Cantabria.
Héctor Fernández.
Héctor Fernández.
Cantidad de envíos : 41072
Localización : Benavente
Fecha de inscripción : 22/06/2009
http://anrhectorpoliticamentehablando.blogspot.com/

DEBATE/VOTACIÓN//Ley de Protección de la mujer en Cantabria (PSOE) Empty Re: DEBATE/VOTACIÓN//Ley de Protección de la mujer en Cantabria (PSOE)

Sáb 5 Jun 2010 - 15:25
Alicia Castanedo
DEBATE/VOTACIÓN//Ley de Protección de la mujer en Cantabria (PSOE) Condoleezza_rice_1
Bueno, pues tenemos que pasar a la votación. (tienen 48 horas)
Héctor Fernández.
Héctor Fernández.
Cantidad de envíos : 41072
Localización : Benavente
Fecha de inscripción : 22/06/2009
http://anrhectorpoliticamentehablando.blogspot.com/

DEBATE/VOTACIÓN//Ley de Protección de la mujer en Cantabria (PSOE) Empty Re: DEBATE/VOTACIÓN//Ley de Protección de la mujer en Cantabria (PSOE)

Sáb 5 Jun 2010 - 15:27
Alejandro Fuentes
DEBATE/VOTACIÓN//Ley de Protección de la mujer en Cantabria (PSOE) Viggo3
El PP (20) vota EN CONTRA
Héctor Fernández.
Héctor Fernández.
Cantidad de envíos : 41072
Localización : Benavente
Fecha de inscripción : 22/06/2009
http://anrhectorpoliticamentehablando.blogspot.com/

DEBATE/VOTACIÓN//Ley de Protección de la mujer en Cantabria (PSOE) Empty Re: DEBATE/VOTACIÓN//Ley de Protección de la mujer en Cantabria (PSOE)

Mar 8 Jun 2010 - 15:22
Alicia Castanedo
DEBATE/VOTACIÓN//Ley de Protección de la mujer en Cantabria (PSOE) Condoleezza_rice_1
el resultado es pues el siguiente:

A FAVOR: 0
EN CONTRA: 20
ABSTENCIÓN: 0


No sele adelante, se cierra la sesión.
Contenido patrocinado

DEBATE/VOTACIÓN//Ley de Protección de la mujer en Cantabria (PSOE) Empty Re: DEBATE/VOTACIÓN//Ley de Protección de la mujer en Cantabria (PSOE)

Volver arriba
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.