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Clara Macià
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Lun 19 Sep 2016 - 16:03
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Clara Macià
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Sáb 24 Sep 2016 - 20:31
El Grup Parlamentari de l'Entesa per la Llibertat, el Grup Parlamentari d'En Comú Podem, el Grup Parlamentari d'Aliança Liberal, el Grup Parlamentari d'Unitat Nacional y los 2 diputados del Partit dels Socialistes Catalans integrados en el Grupo Mixto presentan la siguiente propuesta de resolución a la Mesa del Parlament: 

PROPOSTA DE RESOLUCIÓ PER LA QUAL ES PLANIFICA LA FI DEL FULL DE RUTA SOBIRANISTA DE CATALUNYA

PREÀMBUL:
A partir de los resultados de las últimas elecciones catalanas, con una gran mayoría independentista y soberanista, ha quedado reafirmado que el conjunto de la ciudadanía catalana avala un referéndum para decidir el futuro político de Catalunya. Se inicia una breve etapa pre-referéndum en la que es más necesario que nunca, que las fuerzas favorables a un referéndum acordado y pactado muestren una unidad excepcional.

el proceso de desconexión democrática y pacífica del Estado español. Procedemos a abrir, al fin, el proceso constituyente ciudadano, con la Convención Constitucional Catalana que dotará de una propuesta seria, inclusiva, plural y democrática de Constitución Catalana, al Parlament de Catalunya, sede de la soberanía de las catalanas y los catalanes, que se ratificará posteriormente con un referéndum.

TÍTOL PREELIMINAR. SOBRE LA NOVA ARITMÈTICA PARLAMENTARIA
Article 1. El independentismo no es exclusivo de Entesa per la Llibertat ni de Unitat Nacional, así que este sólo puede ser derrotado, si así lo dice la mayoría de la ciudadanía catalana, en un referéndum sobre la independencia de Catalunya.
Article 2. Según la actual aritmética parlamentaria y el actual contexto político los partidos favorables a la independencia, independientemente del resultado de un referéndum, representan el 43,41% de los votos del 8 de noviembre; mientras los partidos partidarios del No, representan un 27,98% de estos.

TÍTOL PRIMER. FULL DE RUTA PER A LA CELEBRACIÓ DEL REFERÉNDUM

Article 3. El Parlament insta al Estado español a la convocatoria de un referéndum pactado y acordado para decidir el futuro político de Catalunya, de forma inminente, y que bajo ningún concepto debería sobrepasarse su celebración del mes de junio de 2021.
Article 4. La pregunta formulada debe ser: ¿Desea que Catalunya se convierta en un Estado independiente?  Y con dos respuestas: Sí y No.
Article 5. Este referéndum debe reunir todas las garantías democráticas, jurídicas e institucionales, para su validez.  
Article 6. En el transcurso anterior a la celebración de este referéndum de independencia, el Parlament creará una comisión de estudio por el proceso constituyente para estudiar las diferentes posibilidades existentes del inicio de un proceso constituyente en el país, y todo aquel trabajo previo requerido para asegurar que los derechos fundamentales de todos los ciudadanos se garanticen.

TÍTOL SEGON. FULL DE RUTA EN EL CAS QUE GUANYI EL SÍ A LA INDEPENDÈNCIA.
Article 7. En el caso que a partir de un 50% más un voto de la ciudadanía catalana se decantara a favor de la creación de un nuevo Estado independiente en Catalunya, el Parlament tendrá el mandato de transformar la comisión de estudio del proceso constituyente en la Convención Constituyente, donde las diferentes fuerzas parlamentarias, sociales y cívicas del país, iniciarán el redactado de un proyecto de Constitución para Catalunya, que deberá ser aprobado por el Parlament, y posteriormente ratificado por la ciudadanía de Catalunya, a través de referéndum.
Article 8. Al mismo tiempo, el Govern de Catalunya negociará con el Estado español el reparto de activos y pasivos, además de facilitar la entrada automática a las Naciones Unidas del nuevo Estado surgido.  
Article 9. En el referéndum de ratificación de la Constitución Catalana, también se pondrá a mandato popular la permanencia del nuevo Estado a la Unión Europea, el Euro y a la OTAN.

TÍTOL TERCER. FULL DE RUTA EN EL CAS QUE GUANYI EL NO A LA INDEPENDÈNCIA.
Article 10. En el caso que a partir de un 50% más un voto de la ciudadanía catalana se decantara en contra de la creación de un nuevo Estado independiente en Catalunya, el Parlament tendrá el mandato de transformar la comisión de estudio del proceso constituyente en una Convención Nacional para la elaboración de un nuevo estatus político de Catalunya dentro del Estado español, donde las diferentes fuerzas parlamentarias, sociales y cívicas del país, iniciarán el redactado de un nuevo proyecto de Estatut de Autonomia de Catalunya, que deberá ser aprobado por el Parlament, el Congreso de los Diputados español, según la legislación imperante, y posteriormente ratificado por la ciudadanía de Catalunya, a través de referéndum.

TÍTOL QUART. SOBRE EL POSICIONAMENT DEL PARLAMENT D’ALTRES SITUACIONS, INDEPENDENTMENT DEL REFERÉNDUM CATALÀ.
Article 11. El Parlament de Catalunya respetará plenamente el derecho a decidir el futuro político de Euskal Herria y el País Valencià, y del resto de pueblos de Europa y del mundo, por plena radicalidad y sentido democrático.  
Article 12. En el caso del País Valencià, se apoya la futura posibilidad de conformar un Estado confederado junto a una Catalunya independiente, previa ratificación por la ciudadanía del País Valencià y Catalunya.

DISPOSICIONS
Disposició adicional primera
Este redactado no impide que el Govern de Catalunya y el Gobierno del Estado español acuerden términos más allá de lo expuesto en esta resolución.

Disposició adicional segona
En caso de un Sí a la independencia seran aplicadas de forma transitoria todas aquellas leyes de la anterior situación política e institucional, hasta que estas hayan sido substituidas por legislación propia.

Disposició adicional tercera
En caso de un No a la independencia Catalunya debe ser considerada como Nación dentro del Estado español, y se debe reconocer la naturaleza plurinacional de este.

Disposició final
La presente ley entrará en vigor el día siguiente a su publicación oficial en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).


palau del Parlament
10 de febrer de 2020

Francesc Ducat
President del Grup Parlamentari de l'Entesa per la Llibertat

Felip Viladecavalls
President del Grup Parlamentari d'En Comú Podem

Jordi Espadaler
President del Grup Parlamentari d'Aliança Liberal

Irene Ferrusola
Presidenta del Grup Parlamentari d'Unitat Nacional

José Giroler
Presidente del Partit dels Socialistes Catalans

Álvaro Vizcaíno
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Sáb 24 Sep 2016 - 21:15

Proposición no de ley por la DEFENSA DE EL ESTADO DE DERECHO Y LA COHESIÓN DE ESPAÑA

PREÁMBULO

España es una gran Nación. Una Nación con una historia muy rica en aportaciones de todo orden en la historia universal. Una Nación llena de singularidades, de pluralidades, forjada a lo largo de los siglos. España es un Estado Democrático, un Estado Social, un Estado de Derecho. Decir hoy Constitución es decir España y decir España es decir Constitución. España es hoy una gran nación porque está integrada por un conjunto de hombres y mujeres libres e iguales en derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio nacional. Es una gran Nación porque está a la altura de su tiempo, una nación moderna, desarrollada, integrada en Europa y con presencia y liderazgo en todas las organizaciones internacionales de relevancia. Es una gran nación porque respeta la pluralidad y singularidad de los territorios que la conforman y base en este respecto y en esta riqueza el fundamento de su indisoluble unidad. Es una gran Nación porque ha sabido superar viejos enfrentamientos en pautas de concordia y convivencia.Es una gran Nación porque sabe superar con cohesión las dificultades económicas y sociales. Es una gran Nación para la sociedad española, hace de la solidaridad su mayor virtud.Es una gran Nación porque es de todos los españoles, vivan donde vivan, y es de todas las tradiciones y de todas las sensibilidades. En definitiva, declaramos que los españoles de cualquier parte del territorio nacional tenemos derecho a seguir siendo españoles, libres, iguales, con obligaciones y derechos fundamentales garantizados por la Constitución.

Por todo ello, VOX presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY:

El Parlamento de Cataluña insta a todos los poderes públicos, administraciones públicas y
sociedad civil:
1.- a poner en valor la cohesión y la unidad de España.
2.- a respetar los derechos y libertades fundamentales de todos los ciudadanos, ya que éstos se
desarrollen garantizando la convivencia y la concordia entre todos los españoles.
3.- a poner en valor la fortaleza democrática de nuestras instituciones.
4.- la puesta en valor y defensa de nuestra soberanía nacional, que no es ni vulnerable ni
fraccionable.
5.- El Parlamento de Cataluña insta a todos ellos, a todas las instituciones y en la sociedad
española a la defensa y puesta en valor de nuestro Estado de Derecho, de nuestros principios y valores
constitucionales, de nuestro sistema de libertades
Leonardo Espinosa
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[XIII Legislatura] Registre de la Mesa Empty Re: [XIII Legislatura] Registre de la Mesa

Lun 10 Oct 2016 - 18:22
[XIII Legislatura] Registre de la Mesa FzJ2ycj
Proposición de no de ley por la cual se apoya la libertad individual y la legalización del cannabis.

MOTIVOS
En 2018 se votó en referéndum la legalización del cannabis, dando lugar a un apoyo del 54% de los electores en toda España. Este referéndum, promovido por el pacto entre el Partido Popular y Alianza Liberal en el Gobierno de España, marca un punto de inflexión política y social desde el cual las preocupaciones de la gente y de los parlamentarios se ha empezado a inclinar en favor de las libertades, la responsabilidad individual y una sociedad libre y del respeto.

En Catalunya el cannabis está apoyado por una gran cantidad de asociaciones, que han hecho posible promover el voto favorable a la legalización y una concienciación mucho mayor sobre el cannabis. En esta tierra el 65% de la población se mostró a favor de la legalización, demostrando una vez más que los catalanes somos gente tolerante y que respeta las libertades de los demás.

Artículo 1. Mediante esta proposición no de ley, se resuelve que:
a) Ser libre y responsable no es delito.
b) La libertad de decisión sobre fumar o no cannabis pertenece al ciudadano, y no a una población entera.
c) Las libertades y los derechos individuales están por encima de las decisiones de la mayoría de la población.
d) Se apoya la Ley 1/2019, de 21 de enero, reguladora del cultivo, comercialización y consumo del cannabis y sus derivados.
e) Catalunya no tiene competencias para ilegalizar el cannabis.
Serafín Monsálvez
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[XIII Legislatura] Registre de la Mesa Empty Re: [XIII Legislatura] Registre de la Mesa

Miér 12 Oct 2016 - 16:01
PROPOSICIÓN NO DE LEY POR LA QUE SE ELIMINA EL CONSEJO DE GARANTÍAS ESTATUARIAS DE CATALUÑA




[XIII Legislatura] Registre de la Mesa VOX-ESPANA
Preámbulo

Fruto de la espiral soberanista que vivimos, nuestras instituciones se multiplican por doquier. Esto supone un enorme gasto para las administraciones públicas, que dejan de tener partidas para otros gastos prioritarios como educación o sanidad.
Considerando que el Consejo de Garantías Estatuarias de Cataluña, es innecesario, pues de la garantía de su cumplimiento ya se ocupan los distintos cuerpos judiciales del Estado, proponemos su absoluta disolución.


Artículo único
Se disuelve y elimina el Consejo de Garantías Estatuarias de Cataluña.


Disposiciones adicionales
1.Los miembros del Consejo recibirán la indemnización correspondiente figurada en la Ley.
2. Los inmuebles y materiales correspondientes al Consejo pasarán a ser administrados por la Generalitat de Catalunya hasta que se otorguen a otra administración.


Disposición final
La Proposición No de Ley se publicará en el D.O.G.C. un mes después de su aprobación.





Andrea Albiol
Presidenta del Grupo Parlamentario Mixto
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[XIII Legislatura] Registre de la Mesa Empty Re: [XIII Legislatura] Registre de la Mesa

Vie 14 Oct 2016 - 22:16
El Govern ha presentado el siguiente proyecto por la VIA DE URGENCIA [aprobado por la Mesa]

[XIII Legislatura] Registre de la Mesa RJ05WZ1GhyToXPhcLkUHTl7mnSjGg4P4geC4BHAy69bDlxjjFIV5KiInRGRB15FUcWl8VgD8f45f0PoimfmPAAAAAElFTkSuQmCC 
GENERALITAT DECATALUNYA
DEPARTAMENT DE L'INTERIOR, JUSTÍCIA I GOVERNACIÓ

Projecte de llei de reparació jurídica de les víctimes del franquisme

EXPOSICIÓ DE MOTIUS
El día 29 de septiembre de 2008, Frau Christine Gläser y M. Pascal Brice, entonces cónsules generales en Barcelona de Alemania y de Francia, respectivamente, participaron en un acto solemne en el Palau de la Generalitat con motivo de conmemorar el 69 aniversario del fusilamiento del presidente Lluís Companys, en un acto promovido por la Comisión de la Dignidad. En ese acto, la Sra. Gläser y el Sr. Brice pidieron formalmente excusas por la participación de sus respectivos países en la detención y la posterior deportación a España del presidente de Catalunya, hechos que acabarían con su vida, asesinado por el régimen franquista.

Por lo que el Parlament de Catalunya expresa su reconocimiento y agradecimiento a los Estados alemán y francés por aquel acto de reparación histórica y de justicia.

El 15 de octubre de 2015 se conmemoró el 75 aniversario del fusilamiento del presidente Companys y el 20 de noviembre del mismo año procedía 40 años de la muerte natural del dictador Francisco Franco. A pesar de todas las peticiones hechas desde Catalunya a lo largo de muchos años, ningún gobierno de España, sea del color político que sea, ha sido capaz de hacer un acto similar a los protagonizados por los representantes diplomáticos de Alemania y Francia acreditados en nuestra capital, y menos de erradicar del sistema jurídico español los simulacros de juicios llevados a cabo por motivos políticos por la dictadura franquista. 

Las excusas de algunas fuerzas políticas, en el sentido de no reabrir viejas heridas del pasado, son inconcebibles en un contexto democrático que no busca la revancha, sino la justicia, como así lo demostraron Alemania y Francia en su momento. La constante negativa de España a anular los consejos de guerra sumarísimos por causas políticas llevados a cabo por el régimen franquista, y singularmente el procedimiento sumarísimo contra el presidente Companys, sólo se puede entender en el contexto de una democracia poco seria y no comprometida por la memoria história e incapaz de reparar las injustícias cometidas contra las personas represaliadas por motivos políticos.

Hay que recordar que el Estatuto de Catalunya de 1932 fue derogado por la Ley de 5 de abril de 1938, un acto ilegal de la dictadura franquista que sólo pudo ser impuesto por la fuerza de las armas. Aquel Estatuto atribuía a la Generalitat competencias plenas en el ámbito de la Justicia, ejercidas por el traspaso de servicios establecido por el Decreto de 25 de octubre de 1933, en concurrencia con la alta magistratura del Tribunal de Casación de Catalunya y el Procurador General de Catalunya. 

Por lo tanto, considerando que la Generalitat de Catalunya en ese momento y de acuerdo con el Estatuto de autonomia de 1932 tenía plenas competencias en administración de justicia y tribunales, los procesos aplicados por el procedimiento de los consejos de guerra se llevaron a cabo vulnerando las competencias de la legalidad entonces vigente, tanto de los procedimientos como las garantías procesales establecidas.

Aquellos procesos políticos contrarios a la legalidad se mantuvieron hasta la muerte del dictador en consejos de Guerra por causas de carácter político con infracción de los derechos fundamentales de muchas personas, que fueron injustamente sometidas y algunas de ellas ejecutadas.

La legalidad no sería restablecida en Catalunya hasta la restauración de la Generalitat de Catalunya, llevada a cabo por el Real Decreto Ley 41/1977 de 29 de septiembre, antes de la aprobación de la Constitución Española, que derogó la Ley de 5 de abril de 1938 y permitió la recuperación de la plena personalidad jurídica y política de la Generalitat-Estado, con el retorno del Presidente legítimo elegido en 1954 por este Parlament.

Tras las elecciones del 8 de noviembre de 2015, Catalunya ha iniciado un camino propio hacia el referéndum de independencia, y en caso de salir Sí en esta, de un proceso constituyente propio. 46 años después de la muerte del dictador Franco y habiendo comprobado que el Estado español durante estos 46 años no ha llevado a cabo actos de estricta justicia como la anulación de los consejos de guerra sumarísimos realizados por el franquismo para motivos políticos, contra el propio president de la Generalitat, Lluís Companys, y miles de ciudadanos, el Parlamento de Catalunya ha de asumir la responsabilidad que contrajo desde el momento en que se empezaron a producir los hechos en Catalunya, durante la primera legislatura, desde abril de 1938 hasta el 1975.

Ha llegado el momento de asumir la responsabilidad histórica del Parlament de Catalunya, ante los ciudadanos víctimas de aquellos procesos, reparando los abusos cometidos contra la legalidad judicial y procedimental de la que la Generalitat era garante, haciendo la reparación exigida.

ARTICULAT

Article 1
Se declaran nulos y sin efecto jurídico todos los consejos de guerra sumarísimos y las correspondientes sentencias, instruidos por causas políticas en Cataluña por el régimen franquista de acuerdo con el Bando de 28 de julio de 1936, el Decreto de 31 de agosto de 1936, el Decreto número 55 de 1 de noviembre de 1936, la Ley de 2 de marzo de 1943, la Ley de 18 de abril de 1947, el Decreto 1794/60, de 21 de septiembre, y el Decreto Ley 10/75, de 26 de agosto.

Article 2
El Departamento del Interior, Justicia i Gobernación de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con la presente ley, emitirá a solicitud de los procesados o de sus familiares una certificación de la nulidad del procedimiento y la sentencia correspondientes.
 
DISPOSICIONS

Disposició final única

El despliegue de todo el procedimiento administrativo oportuno deberá ser realizado por el Govern de la Generalitat, y a partir de la publicación de esta ley en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Palau de la Generalitat, 7 de març de 2021

Antoni Sànchez i Miranda
President de Catalunya

Roger Montoliu i Fabra
Conseller d’Interior, Justicia i Governació
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