- Roberto del Olivo
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TC0002: modificacion ley referendums
Miér 10 Jun 2009 - 1:03
opinion del Tribunal Constitucional??
yo lo veo anticonstitucional, ya que la misma constitucion (art. 149.1.32) expone que el Estado tiene las competencias exclusivas en Referendums y esta modificacion de LO quiere darle la competencia a las CCAA.
mi voto es positivo para ilegalizar esta ley.
yo lo veo anticonstitucional, ya que la misma constitucion (art. 149.1.32) expone que el Estado tiene las competencias exclusivas en Referendums y esta modificacion de LO quiere darle la competencia a las CCAA.
mi voto es positivo para ilegalizar esta ley.
- Laura Márquez
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Fecha de inscripción : 26/05/2009
Re: TC0002: modificacion ley referendums
Lun 15 Jun 2009 - 19:02
Opìno de la misma forma. Para tal modificación debería hacerse una reforma conmstitucional.
- Roberto del Olivo
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Fecha de inscripción : 19/02/2009
Re: TC0002: modificacion ley referendums
Mar 16 Jun 2009 - 1:51
osea das voto positivo no? por cierto bienvenida!
- Roberto del Olivo
- Cantidad de envíos : 543
Fecha de inscripción : 19/02/2009
Re: TC0002: modificacion ley referendums
Sáb 4 Jul 2009 - 3:34
URGENTE - DICTAMEN DE CONSTITUCIONALIDAD
Solicito al TC un dictamen sobre la constitucionalidad de esta proposición de ley:
esta es la consulta de Elisenda Ferrer. ¿Que opinais los demas jueces?
Solicito al TC un dictamen sobre la constitucionalidad de esta proposición de ley:
Modificación de la Ley Orgánica de Referéndums
El Congreso de los Diputados aprueba
Artículo 1
El referéndum en sus distintas modalidades, se celebrará de acuerdo con las condiciones y procedimientos regulados en la presente Ley Orgánica.
(addición)
Uno. La presente Ley Orgánica atiende el desarrollo del artículo 149 punto 32a de la Constitución.
Dos. Esta ley discierne entre las distintas modalidades de referéndum y las consultas populares que al no ser vinculantes no usan la vía de referéndum.
Tres. La regulación y autorización de las consultas populares no vinculantes queda a cargo de las comunidades autónomas, y a cargo de la presente ley cuando por interés general sean iniciativa del Gobierno del estado o del Congreso de los Diputados. En todo caso se respetarán las disposiciones del artículo 4 y del artículo 5.1 de la presente Ley Orgánica. Asimismo, las disposiciones de esta ley serán supletorias en ausencia de legislación autonómica.
Anexo
(Enlace a la LEY 2/1980)
esta es la consulta de Elisenda Ferrer. ¿Que opinais los demas jueces?
- Ander Ascordebeitia
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Fecha de inscripción : 30/06/2009
Re: TC0002: modificacion ley referendums
Sáb 4 Jul 2009 - 4:39
Sean vinculantes o no la competencia para hacer un referendum es exclusiva del Estado a través del Rey. Tanto en las competencias del rey como en las competencias del 149 que señala Roberto lo pone expresamente.
- Ander Ascordebeitia
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Re: TC0002: modificacion ley referendums
Sáb 4 Jul 2009 - 4:40
MI voto por tanto es a favor de la inconstitucionalidad.
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