- Maximiliano Salas
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PL 10/12 Modificacion Ley 1/11
Vie 5 Jun 2009 - 18:57
Preambulo
La ley 1/11 de la Policia Autonoma de Melilla, unia con fuerza de ley a todas las fuerzas locales en un sola, a pesar de eso, no tenia un presupuesto a largo plazo para su creacion, lo que dejaba a sin financiacion oficial por Ley.
La misma, daba un numero maximo de agentes, la cual podia ser reformado por resolucion oficial del Gobierno, sin tener en cuenta la jerarquia juridica de España
A pesar de los diferentes tipos de funciones que realizaba, la ley, no daba mas funciones, que de la policia local
Art. 2
La Policía Autónoma de Melilla integrará a la Policía Local y a cuantos cuerpos presten servicios públcios de seguridad en el ámbito de la Ciudad. Todos los bienes afectos a tales cuerpos, muebles e inmuebles, serán destinados desde la entrada en vigor de esta Ley a la Policía Autónoma de Melilla.
Podra pasarse los bienes muebles e inmuebles, asi como agentes, dependientes directos del Gobierno Nacional, con autorizacion de este.
Artículo 4
La Policía Autónoma de Melilla estará formada por un mínimo de 230 agentes y un máximo 3000. Tendra un estatuto propio aprobado por la Asamblea.
Artículo 5
La Policía Autónoma de Melilla vestirá uniforme azul oscuro con gorra a juego, bajo cuyo plato se se constituirán dos franjas rojas unidas en el centro, sobre la visera, por el escudo de la Ciudad. Para casos de urgencias o especiales, tendra cascos con visor, botas de seguridad, escudos antidisturbios, materiales para pintar, y todo lo necesario que las leyes o disposiciones ordenen.
Artículo 6
La Policía Autónoma de Melilla tendrá las siguientes competencias
-Proteger a las personas y a sus bienes, garantizando su seguridad y su ejercicio pleno de libertad y derecho.
-Garantizar el funcionamiento de las instituciones, proteger la insfraestructura y edificios publica y privada, y la seguridad de sus usuarios.
-Controlar el transito de bienes, denunciando los abusos y acciones ilicitas.
-Vigilancia de la Frontera interior.
-Proteger y prestar ayuda, para garantizar la seguridad, en caso de proteccion civil y desastres naturales, y hacer prevencion e informacion sobre las actividades de proteccion civil.
-Actuar bajo la dependencia de la Justicia, y acatar sus ordenes y dispocisiones, y las delas leyes del codigo penal.
-Garantizar el cumplimiento de las dispocisiones del Gobierno autonomico, del Estatuto, y de las leyes y Constitucion Nacional.
-Estudiara y organizara mapas de crimenes, distribuyendo su cuerpo hacia zonas mas inseguras. Analizara, ademas los problemas y causas de la seguridad ciudadana.
-Hara prevencion de seguridad ciudadana dentro de la ciudad.
-Su division de Transito, asegurara el funcionamiento de la insfraestructura vial, garantizara el cumplimiento de las leyes vigentes denunciando acciones ilicitas, multando y arrestando segun sea necesario. Ademas, controlara, y hara mapas de las carreteras mas usadas.
-Su division ambiental cuidara el ambiente, el ecosistema canario, comprendido en reservas naturales, plazas y terrenos no urbanizados publicos y espacios verdes, las zonas costeras y las zonas maritimas. Denunciara acciones ilicitas que lesionen inminente o a largo plazo, el ambiente y hara planes para mitigar los efectos contaminadores de generadores.
-Su division de Accion Rapida sera la encargada de custodiar manifestaciones, vigilar zonas inseguras y conflictivas, y coordinar planes de proteccion ciudadana.
Artículo 8
La Policía Autónoma de Melilla se financiará con fondos públicos a traves de una partida específica de los Presupuestos de la Ciudad. Su presupuesto sera de 5000000, se dara en el termino de 10 años una suma total de 20000000 de euros, como minimo.
Artículo 10
El acceso a un puesto de Policía Autónomo se hará mediante un curso de capacitación, solo para casos de nuevos miembros, excluyendo de esta, a los miembros de otras fuerzas,
El curso basico obligatorio profesional de durara un año, y el graduado sera agente de la PAUM.
El curso para la division ambiental se hara un curso especifico, para agentes de la PAM.
El curso para la rama de transito, tendra un curso epecifico, y para acceder tendra los mismos, requisitos que para el curso habilitante de PAUM, aunque no sera necesario contar con este curso.
El curso para Accion Rapida, sera para agentes de la PAUM, con mas de 10 años trabajados en la fuerza, especifico, con duracion de 1 año.
Los requisitos para el curso basico obligatorio y entrar a la PAUM, y a su division de transito seran:
-Ser Español y tener una residencia inmediata y efectiva de 5 años en la comunidad de Canarias.
-Ser mayor de 18 años, efectivamente cumplidos, y menor de 30 años.
-Tener una estatura mayor de 1.70.
-Ser graduado de la ESO, o contar con titulos superiores, de formacion especifica.
-Compromiso de portar armas, y responsabilizarse por su uso.
-No tener antecedentes judiciales o policiales, ni hhallarse inhabilitado para ser funcionario publico.
-Tener permiso de conducir y permiso de la BTP para conducir vehiculos, obtenidos antes de su ingreso en la capacitacion.
-Superar las pruebas psicotecnicas, fisicas, medicas y de conocimientos requeridas por la capacitacion para el ingreso a la Policia Autonomica.
Art. 11
Se crea la Policia Autonomica division de Transito, sera dependiente directamente de un sub-director de transito.
Art. 11.1
Tendra autoridades propias, y controlara las carreteras y caminos dependientes de la ciudad. Estara separada de la Policia Autonomica en edificios propios.
Art.11.2
Los miembros de esta division percibiran un sueldo mayor segun la cantidad de multas que realizen. Computandoseles un 10% por multa.
Art. 12
Se creara la Policia Autonomica Ambiental, como un medio propio del Poder Ejecutivo para efectivizar el cumplimiento de las leyes ambientales vigentes. Sera dependiente directamente de la concejeria de Medio Ambiente, quien podra estar a cargo de la capacitacion de los miembros.
Art 12.1
Tendra autoridades propias. Se ubicara dentro de la insfraestructura y edificios de la Policia Autonomica.
Art. 12.2
Los policias adscriptos a esta division gozaran de un plus de 400 euros que podra aumentarse segun la cantidad de multas y denuncias realizadas.
Art 13
Se crea la Policia de Accion Rapida, para la ciudad. Se dotara los policias de furgonetas y coches blindados, material antidisturbios, material basico antiteroristas y de desarme de bombas.
Art. 14
Estaran a cargo los jefes policiales de sus respectivas ciudades y se ubicaran en sus insfraestructuras y edificios.
Art. 15
Los policias adscriptos gozaran de un plus de 1000 euros mas.
La ley 1/11 de la Policia Autonoma de Melilla, unia con fuerza de ley a todas las fuerzas locales en un sola, a pesar de eso, no tenia un presupuesto a largo plazo para su creacion, lo que dejaba a sin financiacion oficial por Ley.
La misma, daba un numero maximo de agentes, la cual podia ser reformado por resolucion oficial del Gobierno, sin tener en cuenta la jerarquia juridica de España
A pesar de los diferentes tipos de funciones que realizaba, la ley, no daba mas funciones, que de la policia local
Art. 2
La Policía Autónoma de Melilla integrará a la Policía Local y a cuantos cuerpos presten servicios públcios de seguridad en el ámbito de la Ciudad. Todos los bienes afectos a tales cuerpos, muebles e inmuebles, serán destinados desde la entrada en vigor de esta Ley a la Policía Autónoma de Melilla.
Podra pasarse los bienes muebles e inmuebles, asi como agentes, dependientes directos del Gobierno Nacional, con autorizacion de este.
Artículo 4
La Policía Autónoma de Melilla estará formada por un mínimo de 230 agentes y un máximo 3000. Tendra un estatuto propio aprobado por la Asamblea.
Artículo 5
La Policía Autónoma de Melilla vestirá uniforme azul oscuro con gorra a juego, bajo cuyo plato se se constituirán dos franjas rojas unidas en el centro, sobre la visera, por el escudo de la Ciudad. Para casos de urgencias o especiales, tendra cascos con visor, botas de seguridad, escudos antidisturbios, materiales para pintar, y todo lo necesario que las leyes o disposiciones ordenen.
Artículo 6
La Policía Autónoma de Melilla tendrá las siguientes competencias
-Proteger a las personas y a sus bienes, garantizando su seguridad y su ejercicio pleno de libertad y derecho.
-Garantizar el funcionamiento de las instituciones, proteger la insfraestructura y edificios publica y privada, y la seguridad de sus usuarios.
-Controlar el transito de bienes, denunciando los abusos y acciones ilicitas.
-Vigilancia de la Frontera interior.
-Proteger y prestar ayuda, para garantizar la seguridad, en caso de proteccion civil y desastres naturales, y hacer prevencion e informacion sobre las actividades de proteccion civil.
-Actuar bajo la dependencia de la Justicia, y acatar sus ordenes y dispocisiones, y las delas leyes del codigo penal.
-Garantizar el cumplimiento de las dispocisiones del Gobierno autonomico, del Estatuto, y de las leyes y Constitucion Nacional.
-Estudiara y organizara mapas de crimenes, distribuyendo su cuerpo hacia zonas mas inseguras. Analizara, ademas los problemas y causas de la seguridad ciudadana.
-Hara prevencion de seguridad ciudadana dentro de la ciudad.
-Su division de Transito, asegurara el funcionamiento de la insfraestructura vial, garantizara el cumplimiento de las leyes vigentes denunciando acciones ilicitas, multando y arrestando segun sea necesario. Ademas, controlara, y hara mapas de las carreteras mas usadas.
-Su division ambiental cuidara el ambiente, el ecosistema canario, comprendido en reservas naturales, plazas y terrenos no urbanizados publicos y espacios verdes, las zonas costeras y las zonas maritimas. Denunciara acciones ilicitas que lesionen inminente o a largo plazo, el ambiente y hara planes para mitigar los efectos contaminadores de generadores.
-Su division de Accion Rapida sera la encargada de custodiar manifestaciones, vigilar zonas inseguras y conflictivas, y coordinar planes de proteccion ciudadana.
Artículo 8
La Policía Autónoma de Melilla se financiará con fondos públicos a traves de una partida específica de los Presupuestos de la Ciudad. Su presupuesto sera de 5000000, se dara en el termino de 10 años una suma total de 20000000 de euros, como minimo.
Artículo 10
El acceso a un puesto de Policía Autónomo se hará mediante un curso de capacitación, solo para casos de nuevos miembros, excluyendo de esta, a los miembros de otras fuerzas,
El curso basico obligatorio profesional de durara un año, y el graduado sera agente de la PAUM.
El curso para la division ambiental se hara un curso especifico, para agentes de la PAM.
El curso para la rama de transito, tendra un curso epecifico, y para acceder tendra los mismos, requisitos que para el curso habilitante de PAUM, aunque no sera necesario contar con este curso.
El curso para Accion Rapida, sera para agentes de la PAUM, con mas de 10 años trabajados en la fuerza, especifico, con duracion de 1 año.
Los requisitos para el curso basico obligatorio y entrar a la PAUM, y a su division de transito seran:
-Ser Español y tener una residencia inmediata y efectiva de 5 años en la comunidad de Canarias.
-Ser mayor de 18 años, efectivamente cumplidos, y menor de 30 años.
-Tener una estatura mayor de 1.70.
-Ser graduado de la ESO, o contar con titulos superiores, de formacion especifica.
-Compromiso de portar armas, y responsabilizarse por su uso.
-No tener antecedentes judiciales o policiales, ni hhallarse inhabilitado para ser funcionario publico.
-Tener permiso de conducir y permiso de la BTP para conducir vehiculos, obtenidos antes de su ingreso en la capacitacion.
-Superar las pruebas psicotecnicas, fisicas, medicas y de conocimientos requeridas por la capacitacion para el ingreso a la Policia Autonomica.
Art. 11
Se crea la Policia Autonomica division de Transito, sera dependiente directamente de un sub-director de transito.
Art. 11.1
Tendra autoridades propias, y controlara las carreteras y caminos dependientes de la ciudad. Estara separada de la Policia Autonomica en edificios propios.
Art.11.2
Los miembros de esta division percibiran un sueldo mayor segun la cantidad de multas que realizen. Computandoseles un 10% por multa.
Art. 12
Se creara la Policia Autonomica Ambiental, como un medio propio del Poder Ejecutivo para efectivizar el cumplimiento de las leyes ambientales vigentes. Sera dependiente directamente de la concejeria de Medio Ambiente, quien podra estar a cargo de la capacitacion de los miembros.
Art 12.1
Tendra autoridades propias. Se ubicara dentro de la insfraestructura y edificios de la Policia Autonomica.
Art. 12.2
Los policias adscriptos a esta division gozaran de un plus de 400 euros que podra aumentarse segun la cantidad de multas y denuncias realizadas.
Art 13
Se crea la Policia de Accion Rapida, para la ciudad. Se dotara los policias de furgonetas y coches blindados, material antidisturbios, material basico antiteroristas y de desarme de bombas.
Art. 14
Estaran a cargo los jefes policiales de sus respectivas ciudades y se ubicaran en sus insfraestructuras y edificios.
Art. 15
Los policias adscriptos gozaran de un plus de 1000 euros mas.
- jose engels
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Re: PL 10/12 Modificacion Ley 1/11
Sáb 6 Jun 2009 - 22:16
Hay varias cosas que no me cuadran en esta ley entre ellas:
-Lo de haber residido un minimo de cinco años en canarias, no se que tiene que ver canarias con Melilla, en todo caso sería haber residido minimo cinco años en Melilla.
-Lo de medir más de 1.70 metros, una persona con una estatura menor también puede estar capacitada para ser policia.
Me gustaría saber si todos los policias locales de la ciudad podrán integrarse en la policia autonomica.
-Lo de haber residido un minimo de cinco años en canarias, no se que tiene que ver canarias con Melilla, en todo caso sería haber residido minimo cinco años en Melilla.
-Lo de medir más de 1.70 metros, una persona con una estatura menor también puede estar capacitada para ser policia.
Me gustaría saber si todos los policias locales de la ciudad podrán integrarse en la policia autonomica.
- Maximiliano Salas
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Re: PL 10/12 Modificacion Ley 1/11
Dom 7 Jun 2009 - 0:21
Fernado Bezerra
Presentamos la siguiente enmienda
Los requisitos para el curso basico obligatorio y entrar a la PAUM, y a su division de transito seran:
-Ser Español y tener una residencia inmediata y efectiva de 5 años en la Ciudad de Melilla.
-Ser mayor de 18 años, efectivamente cumplidos, y menor de 30 años.
-Tener una estatura mayor de 1.70.
-Ser graduado de la ESO, o contar con titulos superiores, de formacion especifica.
-Compromiso de portar armas, y responsabilizarse por su uso.
-No tener antecedentes judiciales o policiales, ni hhallarse inhabilitado para ser funcionario publico.
-Tener permiso de conducir y permiso de la BTP para conducir vehiculos, obtenidos antes de su ingreso en la capacitacion.
-Superar las pruebas psicotecnicas, fisicas, medicas y de conocimientos requeridas por la capacitacion para el ingreso a la Policia Autonomica.
Por supuesto, la aceptamos y la integramos al proyecto.
Presentamos la siguiente enmienda
Los requisitos para el curso basico obligatorio y entrar a la PAUM, y a su division de transito seran:
-Ser Español y tener una residencia inmediata y efectiva de 5 años en la Ciudad de Melilla.
-Ser mayor de 18 años, efectivamente cumplidos, y menor de 30 años.
-Tener una estatura mayor de 1.70.
-Ser graduado de la ESO, o contar con titulos superiores, de formacion especifica.
-Compromiso de portar armas, y responsabilizarse por su uso.
-No tener antecedentes judiciales o policiales, ni hhallarse inhabilitado para ser funcionario publico.
-Tener permiso de conducir y permiso de la BTP para conducir vehiculos, obtenidos antes de su ingreso en la capacitacion.
-Superar las pruebas psicotecnicas, fisicas, medicas y de conocimientos requeridas por la capacitacion para el ingreso a la Policia Autonomica.
Por supuesto, la aceptamos y la integramos al proyecto.
- Maximiliano Salas
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Re: PL 10/12 Modificacion Ley 1/11
Dom 7 Jun 2009 - 0:27
Fernando Bezerra
Al primer tema presentamos la enmienda, para modificarlo, y pedimos disculpas.
Al segundo tema, por temas fisicos, y aptitudes, siempre se busca una estatura minima.
Por ultimo, si, todos los policias locales entraran, con esta reforma, garantizaremos esto.
Al primer tema presentamos la enmienda, para modificarlo, y pedimos disculpas.
Al segundo tema, por temas fisicos, y aptitudes, siempre se busca una estatura minima.
Por ultimo, si, todos los policias locales entraran, con esta reforma, garantizaremos esto.
- jose engels
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Re: PL 10/12 Modificacion Ley 1/11
Dom 7 Jun 2009 - 0:42
Disculpas aceptadas, pero sigo pensando que no es necesario establecer una estatura mínima, para comprobar si se esta capacitado para el puesto ya existen las pruebas, y me parece injusto que una persona por medir menos de 1.70 no pueda ni siquiera presentarse a la prueba de acceso, aunque luego no la supere.
- Maximiliano Salas
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Re: PL 10/12 Modificacion Ley 1/11
Mar 9 Jun 2009 - 4:26
el proyecto pasa a votacion.
- Maximiliano Salas
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Re: PL 10/12 Modificacion Ley 1/11
Mar 9 Jun 2009 - 4:28
UPyD vota A FAVOR.
- jose engels
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Re: PL 10/12 Modificacion Ley 1/11
Mar 9 Jun 2009 - 14:33
El PCE vota ABSTENCION
- jose engels
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Re: PL 10/12 Modificacion Ley 1/11
Sáb 13 Jun 2009 - 17:05
Ya va siendo hora de cerrar la votación.
¿no, Sr presidente?
¿no, Sr presidente?
- Maximiliano Salas
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Re: PL 10/12 Modificacion Ley 1/11
Sáb 13 Jun 2009 - 18:23
Se cierra la votacion. Queda aprobado el proyecto.
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