- Esperanza Díez
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Debate: Proyecto de Ley de Enseñanza de idioma
Jue 30 Abr 2009 - 3:45
Esperanza Díez escribió:Proyecto de Ley de Enseñanza de idioma
Exposición de Motivos.
Vivimos en un mundo internacionalizado y es de vital importancia que las nuevas generaciones puedan contar con una enseñanza cercana de idiomas extranjeros tan importantes como el Alemán, Francés, Italiano y Portugués, puesto que el Inglés ya es de enseñanza obligatoria.
Con esta ley se pretende poder ampliar la gama de conocimientos de nuestros jóvenes y estudiantes, para prepararlos en su futuro más inmediato. Esta ley es un plan de futuro, pues el conocimiento de idiomas extranjeros ayudará a nuestros jóvenes a que cuando estén en edad laboral, puedan tener mas oportunidades de trabajo.
Asimismo se informa de que si el plan resulta beneficioso, y hay una gran demanda, el Gobierno de Melilla tomaría las medidas oportunas para reformar la presente ley y orientarla a la demanda social existente.
Por los motivos expuestos, se presenta la siguiente ley:
Capítulo I. De su ámbito de aplicación.
1. Esta ley se aplicará sobre los centros de educación públicos donde se imparta educación secundaria.
2. Todo año académico siguiente a 2016.
Capítulo II. De las asignaturas.
1. Se enseñarán los siguientes idiomas: Francés, Alemán, Italiano y Portugués.
2. El alumno no podrá elegir ningún idioma que ya estudie en la ESO.
Capítulo III. De la contratación de los profesores.
1. La contratación de los profesores corresponderá a la Consejería de Educación de Melilla.
2. Éstos podrán ser los mismos que trabajen en el mismo centro.
Capítulo IV. De la enseñanza.
1. Las clases tendrán lugar en dos turnos distintos:
Turno a: Lunes y Miércoles
Turno b: Martes y Jueves
2. Las clases durarán 1 hora.
3. La aplicación del horario pertinente corresponderá al centro de enseñanza. Deberá realizarse en horario extraescolar.
4. La aplicación de esta ley será durante los meses escolares.
5. Los contenidos y evaluaciones de dichas clases serán controlados y seleccionados por la Consejería de Educación de Melilla
Capítulo V. De los alumnos.
1. Podrán apuntarse a este plan de enseñanza cualquier persona con una edad comprendida entre los 12 y los 16 años.
2. Los alumnos de un centro público que se apunten a este plan de enseñanza podrán hacerlo en su centro o en otro distinto.
3. Los alumnos pueden cursar más de una materia.
Capítulo VI. De las plazas.
1. En cada centro se pondrán a disposición de los interesados 30 plazas por materia.
2. La contratación de una plaza será de 20 euros por materia.
3. La contratación de una plaza se hará en el mismo centro.
4. Tendrán preferencia los alumnos que estudien un curso académico en el centro donde soliciten la plaza.
5. El período de contratación de plazas durrará quince días. Y se pondrá en marcha al finalizar el curso académico y al empezarlo.
Capítulo VII. De la difusión del proyecto.
1. Se repartirá entre todos los alumnos de los centros de educación públicos donde se imparta educación secundaria de entre los doce a los dieciséis años una circular informando de este proyecto.
Memoria económica.
El Gobierno de Melilla prevé una inversión de menos del 3% del gasto correspondiente a educación para este plan.
Disposición Final.
Esta ley entrará en vigor el primer día del inicio académico 2012/13.
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