Ley para el desarrollo de areas verdes(Votacion)
Sáb 14 Mar 2009 - 20:18
Desde el GPR presentamos la siguiente ley.
Ley para el desarrollo de areas verdes
Exposición de Motivos
Gran parte de los municipios que constituyen la Comunidad, carecen de representación arbórea que complemente el paisaje de estos núcleos de población y permita a sus habitantes utilizar unos espacios arbolados.
Debido a esto, es necesario orientar actuaciones a este fin, mediante, la creación de cinturones verdes, alineaciones de sombra, repoblación de taludes, plantaciones en calles, plazas, zonas marginales o laderas periurbanas que permitan mejorar el ambiente del núcelo rural.
Artículo 1.-Objeto
Esta Ley tiene la finalidad de establecer las bases reguladoras de las ayudas en especie consistentes en la entrega de plantas a las Entidades Locales de Castilla-La Mancha para la creacicón, regeneración y mejora de zonas verdes en terrenos municipales.
Artículo 2.-Finalidad de las ayudas
La finalidad de estas ayudas es crear espacios verdes que complementen el paisaje de los núcleos rurales y permitan mejorar sus características ambientales.
Artículo 3.-Beneficiarios
La solicitud de las plantas las podrán realizar las Entidades Locales de Castilla-La Mancha con poblaciones inferiores a 2.500 habitantes y cuyo termino munícipal tenga un bajo índice de espacios verdes.
Artículo 4.- Solicitudes
Las solicitudes formalizadas podrán ser presentadas a la correspondiente entidad representante de Junta de Castilla-La Mancha de la provincia.
Artículo 5.- Concesión
1.La concesión de estas ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.
2.El Servicio Territorial de Medio Ambiente comprobará el cumplimiento de las condiciones recogidas en la presente Ley y llevara a cabo los procedimientos pertinentes a partir de la verificación.
Artículo 6.- Compatibilidad
Las ayudas recogidas en la presente ley son incompatibles con cualquier otra otorgada para la misma finalidad por otras Administraciones Públicas u organismos nacionales, de la Unión Europea o internacionales.
Artículo 7.-Inspección
La Consejería de Medio Ambiente podrá realizar los controles administrativos e inspecciones que considere oportunos a fin de comprobar la veracidad de los datos consignados en la solicitud presentada, así como el cumplimiento de los requisitos para la concesión de la ayuda.
Disposición Final
Entrada en vigor
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla-La Mancha.
Ley para el desarrollo de areas verdes
Exposición de Motivos
Gran parte de los municipios que constituyen la Comunidad, carecen de representación arbórea que complemente el paisaje de estos núcleos de población y permita a sus habitantes utilizar unos espacios arbolados.
Debido a esto, es necesario orientar actuaciones a este fin, mediante, la creación de cinturones verdes, alineaciones de sombra, repoblación de taludes, plantaciones en calles, plazas, zonas marginales o laderas periurbanas que permitan mejorar el ambiente del núcelo rural.
Artículo 1.-Objeto
Esta Ley tiene la finalidad de establecer las bases reguladoras de las ayudas en especie consistentes en la entrega de plantas a las Entidades Locales de Castilla-La Mancha para la creacicón, regeneración y mejora de zonas verdes en terrenos municipales.
Artículo 2.-Finalidad de las ayudas
La finalidad de estas ayudas es crear espacios verdes que complementen el paisaje de los núcleos rurales y permitan mejorar sus características ambientales.
Artículo 3.-Beneficiarios
La solicitud de las plantas las podrán realizar las Entidades Locales de Castilla-La Mancha con poblaciones inferiores a 2.500 habitantes y cuyo termino munícipal tenga un bajo índice de espacios verdes.
Artículo 4.- Solicitudes
Las solicitudes formalizadas podrán ser presentadas a la correspondiente entidad representante de Junta de Castilla-La Mancha de la provincia.
Artículo 5.- Concesión
1.La concesión de estas ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.
2.El Servicio Territorial de Medio Ambiente comprobará el cumplimiento de las condiciones recogidas en la presente Ley y llevara a cabo los procedimientos pertinentes a partir de la verificación.
Artículo 6.- Compatibilidad
Las ayudas recogidas en la presente ley son incompatibles con cualquier otra otorgada para la misma finalidad por otras Administraciones Públicas u organismos nacionales, de la Unión Europea o internacionales.
Artículo 7.-Inspección
La Consejería de Medio Ambiente podrá realizar los controles administrativos e inspecciones que considere oportunos a fin de comprobar la veracidad de los datos consignados en la solicitud presentada, así como el cumplimiento de los requisitos para la concesión de la ayuda.
Disposición Final
Entrada en vigor
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla-La Mancha.
Re: Ley para el desarrollo de areas verdes(Votacion)
Sáb 14 Mar 2009 - 20:19
Se procede a la votacion.
FDP: Poned el numero de escaños.
FDP: Poned el numero de escaños.
- Nicanor Aniorte
- Cantidad de envíos : 464
Edad : 40
Localización : Toledo (Castilla-La Mancha)
Fecha de inscripción : 16/02/2009
Re: Ley para el desarrollo de areas verdes(Votacion)
Dom 15 Mar 2009 - 0:16
Unión Progreso y Democracia con 3 escaños vota A FAVOR.
- Jacinto Borreguero
- Cantidad de envíos : 678
Edad : 40
Localización : La Mancha
Fecha de inscripción : 16/12/2008
Re: Ley para el desarrollo de areas verdes(Votacion)
Dom 15 Mar 2009 - 11:57
El PSOE con 18 diputados vota a favor
- Antonio Corpe
- Cantidad de envíos : 2003
Localización : Ruta 16
Fecha de inscripción : 22/01/2009
Re: Ley para el desarrollo de areas verdes(Votacion)
Lun 16 Mar 2009 - 14:34
nCe, con 3 diputados vota a favor.
Re: Ley para el desarrollo de areas verdes(Votacion)
Mar 17 Mar 2009 - 1:30
Con 26 votos a favor y 23 ausencias la ley queda aprobada.
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