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Alfonso Diesel
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Ley de Regulación Para Vigilantes de Centro de Ocio (Votacion) Empty Ley de Regulación Para Vigilantes de Centro de Ocio (Votacion)

Lun 16 Feb 2009 - 10:52
Ley de Regulación Para Vigilantes de Centro de Ocio
Unión, Progreso y Democracia


Preámbulo:

Debido a la importancia del puesto de portero de discoteca, nace esta ley, con la intención de que no todo el mundo pueda ocupar este puesto, sino únicamente personas cualificadas. Por el bien de todas las personas que salen a disfrutar de su tiempo de ocio.

Título I: “Requisitos de los aspirantes”.

Art. 1: Los aspirantes deberán presentar la solicitud correspondiente en cualquiera de los ayuntamientos de la comunidad, acompañada de fotocopia de DNI.

Art. 2: El ayuntamiento que reciba la solicitud, la reenviará a la comisaría de Policía Nacional más cercana, donde se examinará su ficha policial en busca de antecedentes.

Art. 3: En caso de costar antecedentes penales, el individuo será incapacitado para poder optar a la licencia de portero de discoteca.

Art. 4: La resolución será en 15 días desde la entrega de la solicitud. No cabe recurso de alzada.

Título II: “Del curso para obtener la licencia”

Art. 5: Una vez que se tenga la resolución positiva, el interesado deberá pasar un psicotécnico en las clínicas a las cuales la comunidad haya dado licencia o competencia para hacerlo.

Art. 6: Si el interesado no pasa la prueba psicotécnica, no podrá presentarse al curso.

Art. 7: El temario estará dividido en cuatro partes:
a) Leyes de regulación de discotecas.
b) Psicología.
c) Primeros auxilios.
d) Qué hacer en caso de problemas con clientes.

Art. 8:El temario estará impartido por un organismo privado,pero pudiendo ser este organismo vigilado por funcionarios de la Generalitat, pudiendo solicitar el precio que estime oportuno.

Título III: “Exámenes para obtener la licencia”

Art. 9: Los exámenes se realizarán en Valencia, Alicante y Castellon, en Junio y Septiembre.

Art. 10: El examen será puesto por un organismo oficial. El organismo oficial convocará exámenes con una perioricidad de 6 meses

Título III: “De las tasas a pagar”

Art. 11: Para presentarse a examen, será necesario pagar unas Tasas.

Art. 12: Una vez aprobado el examen, para obtener la licencia, se deberá abonar una cuantia que fijara la Generalitat Valenciana.

Art. 13: Dado que las tasas varian de un año a otro, el decreto de la primera convocatoria del año el que fijara la cuantia de las tasas correspondientes.

Título IV: “De la renovación de la licencia”

Art. 14: El interesado deberá renovar la licencia cada 3 años. La tasa de renovación es de 100 euros.

Art. 15: En la renovación de la licencia, deberá de presentar la superación de un psicotécnico como se indicaba en el Art. 6.

Art. 16: En caso de que la licencia se caduque, si no se renueva en un plazo máximo de 6 meses, se deberá tomar de nuevo el curso.

Art. 17: Si se trabaja sin licencia o con ésta caducada, la multa será de 1000 euros para el portero y de 6000 para el local en el que presta sus servicios, existiendo también la posibilidad de un posible cierre del local.


Título V: “Del cumplimiento de la norma”.

Art. 18: La policía local podrá solicitar en cualquier momento al portero la licencia, y en caso de no tenerla, se aplicarán las sanciones estipuladas en el artículo 20.


Disposición Final Derogatoria

En la vigencia de la presente quedaran derogados automáticamente cuanto decreto, leyes estatutos o reglamentos de rango inferior contradigan en el todo en una porción de la misma.

Disposición Final
La ley entrara en vigor en el momento que sea publicada en el boletin oficial


Se dan 48h para votar.


Última edición por Alfonso Diesel el Lun 16 Feb 2009 - 18:26, editado 1 vez
Pelayo Albasini
Pelayo Albasini
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Ley de Regulación Para Vigilantes de Centro de Ocio (Votacion) Empty Re: Ley de Regulación Para Vigilantes de Centro de Ocio (Votacion)

Lun 16 Feb 2009 - 12:14
FN con 3 escaños vota a favor.
Marcos Martínez
Marcos Martínez
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Ley de Regulación Para Vigilantes de Centro de Ocio (Votacion) Empty Re: Ley de Regulación Para Vigilantes de Centro de Ocio (Votacion)

Lun 16 Feb 2009 - 19:35
El PSOE con 24 escaños vota A FAVOR.
Juan José Lagunas Segura
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Ley de Regulación Para Vigilantes de Centro de Ocio (Votacion) Empty Re: Ley de Regulación Para Vigilantes de Centro de Ocio (Votacion)

Lun 16 Feb 2009 - 23:07
nCepv con 10 escaños vota a FAVOR y felicita a UPyD por esta iniciativa tan necesaria.
marco farkas
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Ley de Regulación Para Vigilantes de Centro de Ocio (Votacion) Empty Re: Ley de Regulación Para Vigilantes de Centro de Ocio (Votacion)

Mar 17 Feb 2009 - 20:48
IR 3 escaños a favor
Alfonso Diesel
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Ley de Regulación Para Vigilantes de Centro de Ocio (Votacion) Empty Re: Ley de Regulación Para Vigilantes de Centro de Ocio (Votacion)

Miér 18 Feb 2009 - 21:55
UPyD con 8 escaños vota a favor

FDP: Lagunas se me fue la pinza xD
Juan José Lagunas Segura
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Ley de Regulación Para Vigilantes de Centro de Ocio (Votacion) Empty Re: Ley de Regulación Para Vigilantes de Centro de Ocio (Votacion)

Miér 18 Feb 2009 - 22:01
FDP Tranquilo Señor Diesel Wink

DDP

Recuento de votos:

A FAVOR: 48

ABSTENCIÓN: 51

EN CONTRA: 0

La ley queda aprobada. Aunque vuelvo a reiterar que es muy desagradable la ausencia de los políticos en las Cortes y más aún en estos tiempos tan desagradables.

Un saludo.
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