Recogida de firmas Concordato Vaticano
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Gunto García
Juan José Lagunas Segura
Victor Bono
Monseñor de Castro
Miguel Urdiales
David Muñoz
Eduardo Cánovas
Xerardo Álvarez
Emilio Torres Martín
13 participantes
Recogida de firmas Concordato Vaticano
Vie 6 Feb 2009 - 23:37
El nuevo nupcio vaticano prevé reunirse proximamente con nuestro ministro para endurecer el concordato vaticano puesto por Franco y que impide a españa ser un pais aconfesional, este nupcio pretender volver 50 años.
Y para ello no ha faltado en amenazas a nuestro país, os ruego a todos los ciudadanos de derechas, de izquierdas, catolicos de cualquier deferencia religiosa y cultural, firmeis la presente, para acallar estas amenazas que tanto daño causan primero al cristianismo y luego al resto de España.
Y para ello no ha faltado en amenazas a nuestro país, os ruego a todos los ciudadanos de derechas, de izquierdas, catolicos de cualquier deferencia religiosa y cultural, firmeis la presente, para acallar estas amenazas que tanto daño causan primero al cristianismo y luego al resto de España.
Campaña de firmas Concordato Vaticano-España.
Con esta recogida de firmas queremos poner de relieve que una gran cantidad de ciudadanos exige una revisión urgente
del Concordato entre el Estado Español (que afecta a todas las Comunidades Autónomas) y la Santa Sede.
Carta dirigida al Gobierno de España
1. Exigimos la finalización de la financiación de la Iglesia a costa de los presupuestos generales del Estado. La Iglesia, al
igual que el resto de organizaciones religiosas, debe lograr por símisma
los recursos suficientes para la atención de sus
necesidades. Reclamamos también la normalización de
las aportaciones tributarias a las arcas del Estado por parte de la Iglesia y sus empleados.
2. Exigimos la revisión de la enseñanza de religión. Si se imparte la asignatura de religión como parte del curriculum, ésta
ha de ser religión como hecho histórico- cultural y no desde el punto de vista confesional. La decisión de contenidos será
siempre responsabilidad del Estado. Los profesores deberán de tener un estatuto jurídico
(acceso, cese, derechos,
incluida la libertad de cátedra, y obligaciones) igual al del resto de los docentes: empleados del Estado pagados por él,
sometidos a su disciplina y a su inspección. La enseñanza confesional de la religión debe corresponder siempre a las
confesiones religiosas y nunca formar parte del curriculum.
3. Exigimos que los acuerdos internacionales del Estado Español se ajusten a
la Constitución Española de 1978 especialmente en lo que se refiere a los artículos 14 y 27. España es un estado
aconfesional donde existe la libertad de culto y los acuerdos estatales deben estar sujetos a esa realidad constitucional.
Requerimos que los acuerdos internacionales del Estado Español se ajusten a la Declaración de Derechos Humanos de
1948, especialmente en lo que se refiere a los artículos 2, 18, 19, 20, 25 y 26.
Quienes firmamos esta petición pertenecemos al más amplio abanico de sensibilidades sociales, políticas,
culturales y religiosas, y queremos vivir en un entorno basado en los principios de libertad, democracia, respeto de los derechos
humanos y de las libertades fundamentales.
- Xerardo Álvarez
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Re: Recogida de firmas Concordato Vaticano
Vie 6 Feb 2009 - 23:39
Yo firmo, y colocaré una mesa para pedirlas en donde pueda.
Re: Recogida de firmas Concordato Vaticano
Vie 6 Feb 2009 - 23:46
Firmo y me hago responsable de las mesas de recogidas de firmas de la las federaciones IR Madrid e IR Getafe
- Eduardo Cánovas
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Re: Recogida de firmas Concordato Vaticano
Sáb 7 Feb 2009 - 0:05
Espero que la interpretación del texto sea recta. Con esto no quiero parecer suspicioso; pero es que, por la forma en que está escrito, cabe a multiples interpretaciones. Confío en que, por el bien de todos, el texto no será politizado ni malversado; y por ello aporto mi firma.
Re: Recogida de firmas Concordato Vaticano
Sáb 7 Feb 2009 - 0:15
Eduardo Cánovas escribió:Espero que la interpretación del texto sea recta. Con esto no quiero parecer suspicioso; pero es que, por la forma en que está escrito, cabe a multiples interpretaciones. Confío en que, por el bien de todos, el texto no será politizado ni malversado; y por ello aporto mi firma.
Gracias, su firma es un gran aporte para la libertad confesional de todos que creo es un valor universal del que no cabe politización ninguna.
- Miguel Urdiales
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Fecha de inscripción : 23/01/2009
Re: Recogida de firmas Concordato Vaticano
Sáb 7 Feb 2009 - 1:23
Siento discrepar pero ese manifiesto se queda absolutamente corto.
Yo abogo por la denuncia y desaparición del concordato, no por su modificación. En la España del 2011 este acuerdo entre Ia Iglesia Catolica Apostólica y Romana y el Estado Franquista Español, no tiene por donde sustentarse en un estado democrático y de derecho.
Para muestra cito tan solo unos cuantos articulos del Concordato:
Artículo I.
La Religión Católica, Apostólica Romana, sigue siendo la única de la Nación española y gozará de los derechos y de las prerrogativas que le corresponden en conformidad con la Ley Divina y el Derecho Canónico.
Artículo. VI.
Conforme a las concesiones de los Sumos Pontífices San Pío V y Gregorio XIII, los sacerdotes españoles diariamente elevarán preces por España y por el Jefe del Estado, según la fórmula tradicional y las prescripciones de la Sagrada Liturgia
Artículo. XI.
1. La Autoridad eclesiástica podrá libremente erigir nuevas Parroquias y modificar los límites de las ya existentes.
Cuando estas medidas impliquen un aumento de contribución económica del Estado, la Autoridad eclesiástica habrá de ponerse de acuerdo, con la competente autoridad del Estado, por lo que se refiere a dicha contribución.
2. Si la Autoridad eclesiástica considerase oportuno agrupar de modo provisional o definitivo, varias Parroquias, bien sea confiándolas a un solo Párroco, asistido de uno o varios Coadjutores, bien reuniendo en un solo presbiterio a varios sacerdotes, el Estado mantendrá inalteradas las dotaciones asignadas a dichas Parroquias. Las dotaciones para las Parroquias que estén vacantes no pueden ser distintas de las dotaciones para las Parroquias que estén provistas.
Artículo. XVI.
1. Los Prelados de quienes habla el párrafo 2 del canon 120 del Código de Derecho Canónico no podrán ser emplazados ante un juez laico sin que se haya obtenido previamente la necesaria licencia de la Santa Sede.
5. En caso de detención o arresto, los clérigos y religiosos serán tratados con las consideraciones debidas a su estado y a su grado jerárquico.
Las penas de privación de libertad serán cumplidas en una casa eclesiástica o religiosa que, a juicio del Ordinario del lugar y de la Autoridad judicial del Estado, ofrezca las convenientes garantías, o al menos, en locales distintos de los que se destinan a los seglares a no ser que la Autoridad eclesiástica competente hubiere reducido al condenado al estado laical.
Les serán aplicables los beneficios de la libertad condicional y los demás establecidos en la legislación del Estado.
Artículo. XXVI.
En todos los centros docentes de cualquier orden y grado, sean estatales o no estatales, la enseñanza se ajustará a los principios del Dogma y la Moral de la Iglesia Católica.
Los Ordinarios ejercerán libremente su misión de vigilancia sobre dichos centros docentes en lo que concierne a la pureza de la Fe, las buenas costumbres y la educación religiosa.
Los Ordinarios podrán exigir que no sean permitidos o que sean retirados los libros, publicaciones y material de enseñanza contrarios al Dogma y a la Moral católica.
Artículo. XXVII.
1. El Estado español garantiza la enseñanza de la Religión Católica como materia ordinaria y obligatoria en todos los centros docentes, sean estatales o no estatales de cualquier orden o grado.
Artículo. XXlX.
El Estado cuidará de que en las Instituciones y servicios de formación, de la opinión pública en particular en los programas de radiodifusión y televisión, se de el conveniente puesto a la exposición y defensa de la verdad religiosa por medio de sacerdotes y religiosos designados de acuerdo con el respectivo 0rdinario.
Bueno para que seguir, ¿ustedes piensan que esto se puede renegociar?
Yo sinceramente no.
Yo abogo por la denuncia y desaparición del concordato, no por su modificación. En la España del 2011 este acuerdo entre Ia Iglesia Catolica Apostólica y Romana y el Estado Franquista Español, no tiene por donde sustentarse en un estado democrático y de derecho.
Para muestra cito tan solo unos cuantos articulos del Concordato:
Artículo I.
La Religión Católica, Apostólica Romana, sigue siendo la única de la Nación española y gozará de los derechos y de las prerrogativas que le corresponden en conformidad con la Ley Divina y el Derecho Canónico.
Artículo. VI.
Conforme a las concesiones de los Sumos Pontífices San Pío V y Gregorio XIII, los sacerdotes españoles diariamente elevarán preces por España y por el Jefe del Estado, según la fórmula tradicional y las prescripciones de la Sagrada Liturgia
Artículo. XI.
1. La Autoridad eclesiástica podrá libremente erigir nuevas Parroquias y modificar los límites de las ya existentes.
Cuando estas medidas impliquen un aumento de contribución económica del Estado, la Autoridad eclesiástica habrá de ponerse de acuerdo, con la competente autoridad del Estado, por lo que se refiere a dicha contribución.
2. Si la Autoridad eclesiástica considerase oportuno agrupar de modo provisional o definitivo, varias Parroquias, bien sea confiándolas a un solo Párroco, asistido de uno o varios Coadjutores, bien reuniendo en un solo presbiterio a varios sacerdotes, el Estado mantendrá inalteradas las dotaciones asignadas a dichas Parroquias. Las dotaciones para las Parroquias que estén vacantes no pueden ser distintas de las dotaciones para las Parroquias que estén provistas.
Artículo. XVI.
1. Los Prelados de quienes habla el párrafo 2 del canon 120 del Código de Derecho Canónico no podrán ser emplazados ante un juez laico sin que se haya obtenido previamente la necesaria licencia de la Santa Sede.
5. En caso de detención o arresto, los clérigos y religiosos serán tratados con las consideraciones debidas a su estado y a su grado jerárquico.
Las penas de privación de libertad serán cumplidas en una casa eclesiástica o religiosa que, a juicio del Ordinario del lugar y de la Autoridad judicial del Estado, ofrezca las convenientes garantías, o al menos, en locales distintos de los que se destinan a los seglares a no ser que la Autoridad eclesiástica competente hubiere reducido al condenado al estado laical.
Les serán aplicables los beneficios de la libertad condicional y los demás establecidos en la legislación del Estado.
Artículo. XXVI.
En todos los centros docentes de cualquier orden y grado, sean estatales o no estatales, la enseñanza se ajustará a los principios del Dogma y la Moral de la Iglesia Católica.
Los Ordinarios ejercerán libremente su misión de vigilancia sobre dichos centros docentes en lo que concierne a la pureza de la Fe, las buenas costumbres y la educación religiosa.
Los Ordinarios podrán exigir que no sean permitidos o que sean retirados los libros, publicaciones y material de enseñanza contrarios al Dogma y a la Moral católica.
Artículo. XXVII.
1. El Estado español garantiza la enseñanza de la Religión Católica como materia ordinaria y obligatoria en todos los centros docentes, sean estatales o no estatales de cualquier orden o grado.
Artículo. XXlX.
El Estado cuidará de que en las Instituciones y servicios de formación, de la opinión pública en particular en los programas de radiodifusión y televisión, se de el conveniente puesto a la exposición y defensa de la verdad religiosa por medio de sacerdotes y religiosos designados de acuerdo con el respectivo 0rdinario.
Bueno para que seguir, ¿ustedes piensan que esto se puede renegociar?
Yo sinceramente no.
- Eduardo Cánovas
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Re: Recogida de firmas Concordato Vaticano
Sáb 7 Feb 2009 - 1:37
Pues yo creo que si, evidentemente habrá que partir de las premisas del año 2011, no de las premisas del año en que el anterior Concordato fue escrito. Por mucho que sea perteneciente a la religión católica y a algunos a susodicha no les guste, el tener unas relaciones y acuerdos internacinonales con el Estado Vaticano, no es perjudiacial para nuestra política exterior. Además dese cuenta de que si el tratado no se renegocia seguiríamos internacionalmente forzados por este tratado y estos principios que expone, entiendo que no es eso lo que busca.
- Monseñor de Castro
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Re: Recogida de firmas Concordato Vaticano
Sáb 7 Feb 2009 - 1:42
Aunque se que no seré escuchado ni atentido y sé que se me faltará al respeto por algunos, insisto en que queremos la supresión de ese tratado por considerarlo ya obsoleto.
Sigan ahora con su recogida de firmas para pedir su cancelación, pues es lo que nosotros deseamos para poder partir de 0.
Un saludo.
Sigan ahora con su recogida de firmas para pedir su cancelación, pues es lo que nosotros deseamos para poder partir de 0.
Un saludo.
- Miguel Urdiales
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Re: Recogida de firmas Concordato Vaticano
Sáb 7 Feb 2009 - 1:46
Eduardo Cánovas escribió:Pues yo creo que si, evidentemente habrá que partir de las premisas del año 2011, no de las premisas del año en que el anterior Concordato fue escrito. Por mucho que sea perteneciente a la religión católica y a algunos a susodicha no les guste, el tener unas relaciones y acuerdos internacinonales con el Estado Vaticano, no es perjudiacial para nuestra política exterior. Además dese cuenta de que si el tratado no se renegocia seguiríamos internacionalmente forzados por este tratado y estos principios que expone, entiendo que no es eso lo que busca.
No señor Canovas, el tratado hay que denunciarlo y finalizarlo, no puede ser renegociado porque nace de una situación histórica por fortuna pasada, eso no quiere decir que el Estado Español, no pueda mantener unas relaciones diplomáticas correctas y acuerdos puntuales con un Estado Vaticano, que por otra parte no pertenece a la CEE, ni a la Unión Aduanera.
- Miguel Urdiales
- Cantidad de envíos : 1466
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Re: Recogida de firmas Concordato Vaticano
Sáb 7 Feb 2009 - 1:47
Monseñor de Castro escribió:Aunque se que no seré escuchado ni atentido y sé que se me faltará al respeto por algunos, insisto en que queremos la supresión de ese tratado por considerarlo ya obsoleto.
Sigan ahora con su recogida de firmas para pedir su cancelación, pues es lo que nosotros deseamos para poder partir de 0.
Un saludo.
Sr. de Castro yo si le escucho y le doy la razón, por ese motivo no firmo el manifiesto.
Saludos.
- Victor Bono
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Re: Recogida de firmas Concordato Vaticano
Sáb 7 Feb 2009 - 2:02
Quiero aportar mi firma. Un saludo
Pero señor Torres... quisiera preguntarle una cosa, porque no lo hizo el anterior gobierno? Por mi parte, estaré dispuesto a abrir un proceso de diálogo con todas las fuerzas para tratar este tema. Un saludo
Pero señor Torres... quisiera preguntarle una cosa, porque no lo hizo el anterior gobierno? Por mi parte, estaré dispuesto a abrir un proceso de diálogo con todas las fuerzas para tratar este tema. Un saludo
- Juan José Lagunas Segura
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Re: Recogida de firmas Concordato Vaticano
Sáb 7 Feb 2009 - 4:06
Firmado:
Juan José Lagunas Segura[i]
DNI 21000892-I
Juan José Lagunas Segura[i]
DNI 21000892-I
- Gunto García
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Re: Recogida de firmas Concordato Vaticano
Sáb 7 Feb 2009 - 15:14
Tienes mi firma , mi apoyo, y pondré mesas en CyL para recoger más firmas y apoyos.
Salud.2
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Re: Recogida de firmas Concordato Vaticano
Sáb 7 Feb 2009 - 15:44
miguel urdiales escribió:Siento discrepar pero ese manifiesto se queda absolutamente corto.
Yo abogo por la denuncia y desaparición del concordato, no por su modificación. En la España del 2011 este acuerdo entre Ia Iglesia Catolica Apostólica y Romana y el Estado Franquista Español, no tiene por donde sustentarse en un estado democrático y de derecho.
Para muestra cito tan solo unos cuantos articulos del Concordato:
Artículo I.
La Religión Católica, Apostólica Romana, sigue siendo la única de la Nación española y gozará de los derechos y de las prerrogativas que le corresponden en conformidad con la Ley Divina y el Derecho Canónico.
Artículo. VI.
Conforme a las concesiones de los Sumos Pontífices San Pío V y Gregorio XIII, los sacerdotes españoles diariamente elevarán preces por España y por el Jefe del Estado, según la fórmula tradicional y las prescripciones de la Sagrada Liturgia
Artículo. XI.
1. La Autoridad eclesiástica podrá libremente erigir nuevas Parroquias y modificar los límites de las ya existentes.
Cuando estas medidas impliquen un aumento de contribución económica del Estado, la Autoridad eclesiástica habrá de ponerse de acuerdo, con la competente autoridad del Estado, por lo que se refiere a dicha contribución.
2. Si la Autoridad eclesiástica considerase oportuno agrupar de modo provisional o definitivo, varias Parroquias, bien sea confiándolas a un solo Párroco, asistido de uno o varios Coadjutores, bien reuniendo en un solo presbiterio a varios sacerdotes, el Estado mantendrá inalteradas las dotaciones asignadas a dichas Parroquias. Las dotaciones para las Parroquias que estén vacantes no pueden ser distintas de las dotaciones para las Parroquias que estén provistas.
Artículo. XVI.
1. Los Prelados de quienes habla el párrafo 2 del canon 120 del Código de Derecho Canónico no podrán ser emplazados ante un juez laico sin que se haya obtenido previamente la necesaria licencia de la Santa Sede.
5. En caso de detención o arresto, los clérigos y religiosos serán tratados con las consideraciones debidas a su estado y a su grado jerárquico.
Las penas de privación de libertad serán cumplidas en una casa eclesiástica o religiosa que, a juicio del Ordinario del lugar y de la Autoridad judicial del Estado, ofrezca las convenientes garantías, o al menos, en locales distintos de los que se destinan a los seglares a no ser que la Autoridad eclesiástica competente hubiere reducido al condenado al estado laical.
Les serán aplicables los beneficios de la libertad condicional y los demás establecidos en la legislación del Estado.
Artículo. XXVI.
En todos los centros docentes de cualquier orden y grado, sean estatales o no estatales, la enseñanza se ajustará a los principios del Dogma y la Moral de la Iglesia Católica.
Los Ordinarios ejercerán libremente su misión de vigilancia sobre dichos centros docentes en lo que concierne a la pureza de la Fe, las buenas costumbres y la educación religiosa.
Los Ordinarios podrán exigir que no sean permitidos o que sean retirados los libros, publicaciones y material de enseñanza contrarios al Dogma y a la Moral católica.
Artículo. XXVII.
1. El Estado español garantiza la enseñanza de la Religión Católica como materia ordinaria y obligatoria en todos los centros docentes, sean estatales o no estatales de cualquier orden o grado.
Artículo. XXlX.
El Estado cuidará de que en las Instituciones y servicios de formación, de la opinión pública en particular en los programas de radiodifusión y televisión, se de el conveniente puesto a la exposición y defensa de la verdad religiosa por medio de sacerdotes y religiosos designados de acuerdo con el respectivo 0rdinario.
Bueno para que seguir, ¿ustedes piensan que esto se puede renegociar?
Yo sinceramente no.
Vale, si es cierto que para muchos, incluso para mi como laicista radical, este acuerdo se queda corto.
Sin embargo da un paso de gigante respecto a la actual situación, hacia la libertad religiosa y se busca con el un consenso de acuerdo a nuestro tiempo, yo espero que en el futuro, nuestros hijos sepan reformar esto hacia la condena moral que se merece la iglesia católica, sin embargo no nos ha tocado vivir ese tiempo y la situación actual es otra.
Evidentemente para la verdadera aconfesionalidad que se propugna en el manuscrito, debiera eliminarse el concordato Vaticano, que choca con las aspiraciones de la presente.
- Pelayo Albasini
- Cantidad de envíos : 1721
Fecha de inscripción : 10/12/2008
Re: Recogida de firmas Concordato Vaticano
Sáb 7 Feb 2009 - 15:58
miguel urdiales escribió:Siento discrepar pero ese manifiesto se queda absolutamente corto.
Yo abogo por la denuncia y desaparición del concordato, no por su modificación. En la España del 2011 este acuerdo entre Ia Iglesia Catolica Apostólica y Romana y el Estado Franquista Español, no tiene por donde sustentarse en un estado democrático y de derecho.
Para muestra cito tan solo unos cuantos articulos del Concordato:
Artículo I.
La Religión Católica, Apostólica Romana, sigue siendo la única de la Nación española y gozará de los derechos y de las prerrogativas que le corresponden en conformidad con la Ley Divina y el Derecho Canónico.
Artículo. VI.
Conforme a las concesiones de los Sumos Pontífices San Pío V y Gregorio XIII, los sacerdotes españoles diariamente elevarán preces por España y por el Jefe del Estado, según la fórmula tradicional y las prescripciones de la Sagrada Liturgia
Artículo. XI.
1. La Autoridad eclesiástica podrá libremente erigir nuevas Parroquias y modificar los límites de las ya existentes.
Cuando estas medidas impliquen un aumento de contribución económica del Estado, la Autoridad eclesiástica habrá de ponerse de acuerdo, con la competente autoridad del Estado, por lo que se refiere a dicha contribución.
2. Si la Autoridad eclesiástica considerase oportuno agrupar de modo provisional o definitivo, varias Parroquias, bien sea confiándolas a un solo Párroco, asistido de uno o varios Coadjutores, bien reuniendo en un solo presbiterio a varios sacerdotes, el Estado mantendrá inalteradas las dotaciones asignadas a dichas Parroquias. Las dotaciones para las Parroquias que estén vacantes no pueden ser distintas de las dotaciones para las Parroquias que estén provistas.
Artículo. XVI.
1. Los Prelados de quienes habla el párrafo 2 del canon 120 del Código de Derecho Canónico no podrán ser emplazados ante un juez laico sin que se haya obtenido previamente la necesaria licencia de la Santa Sede.
5. En caso de detención o arresto, los clérigos y religiosos serán tratados con las consideraciones debidas a su estado y a su grado jerárquico.
Las penas de privación de libertad serán cumplidas en una casa eclesiástica o religiosa que, a juicio del Ordinario del lugar y de la Autoridad judicial del Estado, ofrezca las convenientes garantías, o al menos, en locales distintos de los que se destinan a los seglares a no ser que la Autoridad eclesiástica competente hubiere reducido al condenado al estado laical.
Les serán aplicables los beneficios de la libertad condicional y los demás establecidos en la legislación del Estado.
Artículo. XXVI.
En todos los centros docentes de cualquier orden y grado, sean estatales o no estatales, la enseñanza se ajustará a los principios del Dogma y la Moral de la Iglesia Católica.
Los Ordinarios ejercerán libremente su misión de vigilancia sobre dichos centros docentes en lo que concierne a la pureza de la Fe, las buenas costumbres y la educación religiosa.
Los Ordinarios podrán exigir que no sean permitidos o que sean retirados los libros, publicaciones y material de enseñanza contrarios al Dogma y a la Moral católica.
Artículo. XXVII.
1. El Estado español garantiza la enseñanza de la Religión Católica como materia ordinaria y obligatoria en todos los centros docentes, sean estatales o no estatales de cualquier orden o grado.
Artículo. XXlX.
El Estado cuidará de que en las Instituciones y servicios de formación, de la opinión pública en particular en los programas de radiodifusión y televisión, se de el conveniente puesto a la exposición y defensa de la verdad religiosa por medio de sacerdotes y religiosos designados de acuerdo con el respectivo 0rdinario.
Bueno para que seguir, ¿ustedes piensan que esto se puede renegociar?
Yo sinceramente no.
Pero usted de que concordato franquista habla si el de 1953 quedó derogado con la Constituciñon de 1978 y el regimen juridico entre la Iglesia Catolica y el Estado Español se rige por 4 concordatos de 1979.
Re: Recogida de firmas Concordato Vaticano
Sáb 7 Feb 2009 - 16:14
Hay teneis mi firma
- Víctor Expósito
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Re: Recogida de firmas Concordato Vaticano
Sáb 7 Feb 2009 - 19:22
Víctor Expósito
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Re: Recogida de firmas Concordato Vaticano
Dom 8 Feb 2009 - 10:24
Firmaré. Hay que acabar de una vez con las intromisiones de la Iglesia (aunque parece que ahora mismo está bastante razonable)
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