Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
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- Irene oliva
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Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Mar 3 Feb 2009 - 17:05
Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La Constitución Española de 1978 contempla la educación básica como un derecho, donde se afirma, que esta es obligatoria y gratuita, Art. 27.4. Esta ley, contempla implicitamente la educación post-obligatoria como un derecho, lo cual no quiere decir que tenga que ser gratuita.
El Estado español y las comunidades autónomas, ofrecen numerosas ayudas a los estudiantes universitarios, ya que, la educación es uno de los activos más importantes, tanto a nivel individual, como colectivo. No obstante, existen muchos casos en los que los estudiantes no contemplan ningún soporte económico, debido a que las ayudas, mayoritariamente, se destinan para ajustar los desequilibrios económicos familiares, financiar el coste de la distancia de la residencia con el centro, o el gasto en material escolar.
En la realidad, ocurre que muchos estudiantes perceptores, o no, de subvenciones, no tienen suficientes recursos para poder renunciar a trabajar, y por lo tanto, existen muchos que tienen que compaginar el estudio con el trabajo a tiempo parcial, sin poderle dedicar su tiempo por completo al estudio.
Es por ello, que esta ley pretende ayudar subvencionando a todo estudiante con una ayuda mensual debido al coste de oportunidad que supone tener que estudiar, es decir, el coste que supone dedicarse estudiar en lugar de obtener un salario en el mercado laboral, con lo cual, se motivará a estudiar y el rendimiento académico será mayor.
Parece justo, ya que los futuros universitarios realizan un esfuerzo con el estudio, y por lo tanto se les debe de motivar sin quebraderos de cabeza por el bien de ellos y el de toda la sociedad.
La educación debe de ser popular en cualquier nivel.
CAPÍTULO PRIMERO.
Art 1. Todo estudiante tiene derecho a estudiar sin sufrir un coste por renunciar a trabajar.
Art 2. El coste de oportunidad del estudiante, será medido con el salario mínimo interprofesional, y de este se obtendrá una cuantía mensual correspondiente de un 25%*
Art 3 La ayuda se efectuará en los meses lectivos presenciales, no comprendiendo a derecho de subvención alguna los meses vacacionales.
Art 4 Aquellos estudiantes que trabajen, o se pongan a trabajar, inmediatamente renunciaran a esta subvención, pero por el contrario, estos se verán beneficiados con una retención salarial menor.
* Actualmente el salario mínimo interprofesional esta fijado a 1000€, así pues, cada estudiante obtendrá una renta mensual de 250€.
CAPÍTULO SEGUNDO.
OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE:
Art 5 El estudiante que solicite la subvención tendrá derecho a ella siempre y cuando este realmente ofrezca sus esfuerzos al estudio, de tal modo, el estudiante deberá asistir al 80% de las clases, salvo causa justificada.
Art 6 Se perderá el derecho a esta ayuda en el caso de que un estudiante no apruebe el 75% de los créditos matriculados, en el caso de un primer grado o post-grado; o el 65% en el caso de Ingenierías, Arquitectura o Medicina.
Art 7 En el caso de los Másters, se perderá la ayuda sino se aprueba el 70% de los créditos matriculados, además, no importará si el estudiante está estudiando en el extranjero, se conservaría la ayuda en tal caso.
CAPÍTULO TERCERO
DEL MODO DE REDISTRIBUCIÓN DE LA AYUDA.
Art 7 La beca la recibirán los beneficiarios cada día 28 de cada mes.
Art 8 Esta beca no sustituye el derecho a percibir cualquier otra ayuda estatal o a nivel autonómico siempre y cuando no sean por la mima causa.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La Constitución Española de 1978 contempla la educación básica como un derecho, donde se afirma, que esta es obligatoria y gratuita, Art. 27.4. Esta ley, contempla implicitamente la educación post-obligatoria como un derecho, lo cual no quiere decir que tenga que ser gratuita.
El Estado español y las comunidades autónomas, ofrecen numerosas ayudas a los estudiantes universitarios, ya que, la educación es uno de los activos más importantes, tanto a nivel individual, como colectivo. No obstante, existen muchos casos en los que los estudiantes no contemplan ningún soporte económico, debido a que las ayudas, mayoritariamente, se destinan para ajustar los desequilibrios económicos familiares, financiar el coste de la distancia de la residencia con el centro, o el gasto en material escolar.
En la realidad, ocurre que muchos estudiantes perceptores, o no, de subvenciones, no tienen suficientes recursos para poder renunciar a trabajar, y por lo tanto, existen muchos que tienen que compaginar el estudio con el trabajo a tiempo parcial, sin poderle dedicar su tiempo por completo al estudio.
Es por ello, que esta ley pretende ayudar subvencionando a todo estudiante con una ayuda mensual debido al coste de oportunidad que supone tener que estudiar, es decir, el coste que supone dedicarse estudiar en lugar de obtener un salario en el mercado laboral, con lo cual, se motivará a estudiar y el rendimiento académico será mayor.
Parece justo, ya que los futuros universitarios realizan un esfuerzo con el estudio, y por lo tanto se les debe de motivar sin quebraderos de cabeza por el bien de ellos y el de toda la sociedad.
La educación debe de ser popular en cualquier nivel.
CAPÍTULO PRIMERO.
Art 1. Todo estudiante tiene derecho a estudiar sin sufrir un coste por renunciar a trabajar.
Art 2. El coste de oportunidad del estudiante, será medido con el salario mínimo interprofesional, y de este se obtendrá una cuantía mensual correspondiente de un 25%*
Art 3 La ayuda se efectuará en los meses lectivos presenciales, no comprendiendo a derecho de subvención alguna los meses vacacionales.
Art 4 Aquellos estudiantes que trabajen, o se pongan a trabajar, inmediatamente renunciaran a esta subvención, pero por el contrario, estos se verán beneficiados con una retención salarial menor.
* Actualmente el salario mínimo interprofesional esta fijado a 1000€, así pues, cada estudiante obtendrá una renta mensual de 250€.
CAPÍTULO SEGUNDO.
OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE:
Art 5 El estudiante que solicite la subvención tendrá derecho a ella siempre y cuando este realmente ofrezca sus esfuerzos al estudio, de tal modo, el estudiante deberá asistir al 80% de las clases, salvo causa justificada.
Art 6 Se perderá el derecho a esta ayuda en el caso de que un estudiante no apruebe el 75% de los créditos matriculados, en el caso de un primer grado o post-grado; o el 65% en el caso de Ingenierías, Arquitectura o Medicina.
Art 7 En el caso de los Másters, se perderá la ayuda sino se aprueba el 70% de los créditos matriculados, además, no importará si el estudiante está estudiando en el extranjero, se conservaría la ayuda en tal caso.
CAPÍTULO TERCERO
DEL MODO DE REDISTRIBUCIÓN DE LA AYUDA.
Art 7 La beca la recibirán los beneficiarios cada día 28 de cada mes.
Art 8 Esta beca no sustituye el derecho a percibir cualquier otra ayuda estatal o a nivel autonómico siempre y cuando no sean por la mima causa.
- Juan rodriguez
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Re: Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Mar 3 Feb 2009 - 18:42
Estudiaremos la ley, en un principio nos parece buena.
- pepe vazques
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Re: Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Miér 4 Feb 2009 - 4:11
Perdone que me quiere decir usted???que con 250€ te pagas un piso, te pagas la matricula a principio de curso (porq ese dinero no se de donde tiene pensado salir ya q se paga antes de empezar),te pagas la comida y algun gasto extra durante el curso??????
Es un cuento chino.
La educacion no es un negocio es un derecho,todo ciudadano debería tener el derecho 100% gratuito a la universidad...
Es un cuento chino.
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- Victor Bono
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Re: Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Miér 4 Feb 2009 - 18:19
iago vazques escribió:Perdone que me quiere decir usted???que con 250€ te pagas un piso, te pagas la matricula a principio de curso (porq ese dinero no se de donde tiene pensado salir ya q se paga antes de empezar),te pagas la comida y algun gasto extra durante el curso??????
Es un cuento chino.
La educacion no es un negocio es un derecho,todo ciudadano debería tener el derecho 100% gratuito a la universidad...
Perdone?... se ha leido usted la propuesta... en todo caso, vuelva a hacerlo... Me podría decir en que lugar se dice que los ciudadanos no tienen el derecho 100% gratutito a la Universidad?.... Gracias
- Daniel Torres
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Re: Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Miér 4 Feb 2009 - 18:28
La ley nos parece buena, pero desde el GPP presentamos las siguientes enmiendas parciales:
Nos parece exagerado un 20% de faltas injustificadas, proponemos que este máximo se fije en un 10% de faltas injustificadas, o lo que es lo mismo, la obligación de asistir al 90% de ellas.
Desde el Partido Popular creemos que sería mejor elevar a 80% el porcentaje de aprobado de los créditos de primer grado o post-grado, y en 70% en el el caso de Ingenierías, Arquitectura o Medicina.
Un saludo
Art 5 El estudiante que solicite la subvención tendrá derecho a ella siempre y cuando este realmente ofrezca sus esfuerzos al estudio, de tal modo, el estudiante deberá asistir al 80% de las clases, salvo causa justificada.
Nos parece exagerado un 20% de faltas injustificadas, proponemos que este máximo se fije en un 10% de faltas injustificadas, o lo que es lo mismo, la obligación de asistir al 90% de ellas.
Art 6 Se perderá el derecho a esta ayuda en el caso de que un estudiante no apruebe el 75% de los créditos matriculados, en el caso de un primer grado o post-grado; o el 65% en el caso de Ingenierías, Arquitectura o Medicina.
Desde el Partido Popular creemos que sería mejor elevar a 80% el porcentaje de aprobado de los créditos de primer grado o post-grado, y en 70% en el el caso de Ingenierías, Arquitectura o Medicina.
Un saludo
- Victor Bono
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Re: Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Miér 4 Feb 2009 - 18:57
La primera buena nos parece acertada, de hecho en la Región de Murcia está establecido así (FDP: ha sido un lapsus...).
Pero en cuanto a la segunda enmienda no la consideramos positiva, puesto que ahora mismo las clases se caracterizan por ser más prácticas y con mayor número de trabajos a presentar, por lo que los alumnos necesitan más tiempo para preparar las asignaturas y el grado de dificultad crece. Un saludo
Pero en cuanto a la segunda enmienda no la consideramos positiva, puesto que ahora mismo las clases se caracterizan por ser más prácticas y con mayor número de trabajos a presentar, por lo que los alumnos necesitan más tiempo para preparar las asignaturas y el grado de dificultad crece. Un saludo
- Victor Bono
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Re: Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Jue 5 Feb 2009 - 14:03
nCe presenta la siguiente enmienda:
Art. 5 La asistencia obligatoria será de un 90% de las clases a excepción de los alumnos que puedan justificar legalmente que de forma activa estan formandose y adquiriendo valores y principios culturales, en otras palabras, autoaprendizaje.
De esta manera, se podrá llegar a la obligatoriedad máxima de un 70% siempre y cuando el estudiante mediante prácticas en la universidad (becario), prácticas empresariales, tutorías, exposiciones, debates, coloquios, conferencias, oposiciones... pueda demostrar al Estado que su actitud al estudio y a la cultura implica muchos más campos que la asistencia a la universidad.
Firmado: J.J. Lagunas
Art. 5 La asistencia obligatoria será de un 90% de las clases a excepción de los alumnos que puedan justificar legalmente que de forma activa estan formandose y adquiriendo valores y principios culturales, en otras palabras, autoaprendizaje.
De esta manera, se podrá llegar a la obligatoriedad máxima de un 70% siempre y cuando el estudiante mediante prácticas en la universidad (becario), prácticas empresariales, tutorías, exposiciones, debates, coloquios, conferencias, oposiciones... pueda demostrar al Estado que su actitud al estudio y a la cultura implica muchos más campos que la asistencia a la universidad.
Firmado: J.J. Lagunas
- Daniel Villaespesa
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Re: Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Vie 6 Feb 2009 - 14:43
El PSOE está a favor de la ley y votará favorablemente a ella.
Un saludo.
Un saludo.
- Iker Uriarte
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Re: Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Vie 6 Feb 2009 - 14:53
Estamos seguro que con 250€ un estudiante universitario no puede sufragar todos sus gastos. Es una barberie, la insignificante apuesta económica para realizar esta propuesta. En caso de no ser aumentado la ayuda mensual a 320 € y además especificando el importe total que el Estado abonará para la realización de este proyecto, PNV se opondrá y votará en contra de esta propuesta de Ley, por falta de información e insuficiencia de ayudas para el estudiante.
- Victor Bono
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Re: Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Vie 6 Feb 2009 - 15:52
Iker Uriarte escribió:Estamos seguro que con 250€ un estudiante universitario no puede sufragar todos sus gastos. Es una barberie, la insignificante apuesta económica para realizar esta propuesta. En caso de no ser aumentado la ayuda mensual a 320 € y además especificando el importe total que el Estado abonará para la realización de este proyecto, PNV se opondrá y votará en contra de esta propuesta de Ley, por falta de información e insuficiencia de ayudas para el estudiante.
Insuficiencia... sabe usted lo que cobra un estudiante ahora mismo... CERO... consideramos 250 € una cantidad considerable, de todas formas se estudiará el aumentarlo. De todas formas parece como si nos hiciese un chantaje... o pone usted esto o nada... ya le digo, lo estudiaremos y le daremos la información que precisa. Un saludo
- Daniel Villaespesa
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Re: Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Vie 6 Feb 2009 - 15:54
Desde el GPS no creemos necesario aumentar la cuantía, ya que consideramos que esta beca no es incompatible otras becas (ministerio, comunidades autónomas...). Consideramos que es una beca extra, por lo que la cuantía es suficiente.
Un saludo.
Un saludo.
- Iker Uriarte
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Re: Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Vie 6 Feb 2009 - 15:58
Ese dato no lo conociamos, en caso de que se mantengan mas ayudas por parte del Estado y de las competencias autonómicas, vemos correcta esta ayuda a los estudiantes, que mcuhos de ellos por falta de recursos o se ven obligados a abandonar los estudios o bien se ven obligados a compajinar estudios y trabajo.
- Victor Bono
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Re: Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Vie 6 Feb 2009 - 16:13
Iker Uriarte escribió:Ese dato no lo conociamos, en caso de que se mantengan mas ayudas por parte del Estado y de las competencias autonómicas, vemos correcta esta ayuda a los estudiantes, que mcuhos de ellos por falta de recursos o se ven obligados a abandonar los estudios o bien se ven obligados a compajinar estudios y trabajo.
Gracias por la consideración. Un saludo
PD: Señora presidenta, si nadie tiene nada más que decir puede pasarla a votación. Un saludo
- Iker Uriarte
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Re: Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Vie 6 Feb 2009 - 16:16
Aun no han dicho que presupuesto van a destinar a esta politica de ayuda al estudiante.
- Victor Bono
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Re: Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Vie 6 Feb 2009 - 16:36
Lo consultaremos con el Ministerio. Un saludo
FDP: En este sim el dinero es algo que no cuenta mucho... te daría igual que te dijera 300 millones que 500 que 1000... asike no creo que te vaya a servir de mucho la información.. además nunca se expone en la ley el presupuesto.... si alguien más considera que lo deba de poner...
FDP: En este sim el dinero es algo que no cuenta mucho... te daría igual que te dijera 300 millones que 500 que 1000... asike no creo que te vaya a servir de mucho la información.. además nunca se expone en la ley el presupuesto.... si alguien más considera que lo deba de poner...
- Iker Uriarte
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Re: Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Vie 6 Feb 2009 - 16:52
FDP: Te lo pongo yo, da igual si hay más personas o no. PNV representa tantos diputados casi como usted, a penas nos separan una decena.
- Victor Bono
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Re: Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Vie 6 Feb 2009 - 17:11
Iker Uriarte escribió:FDP: Te lo pongo yo, da igual si hay más personas o no. PNV representa tantos diputados casi como usted, a penas nos separan una decena.
FDP: Pero tio, ke dices ahora de diputados, yo no he dixo nada de tus diputados... me refería que si hay más personas que crean que se debe de poner, más personas me refiero a la opinión de gente ke conozca el sim y no gente k no tenga ni idea de como funciona esto y de komo se hacen las cosas aki.
- Iker Uriarte
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Fecha de inscripción : 04/02/2009
Re: Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Vie 6 Feb 2009 - 17:27
FDP: Supongo que existirán los PGE? Pues entonces no veo el porque de no poner cuanto va a disponer para esta ley.
- Irene oliva
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Re: Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Vie 6 Feb 2009 - 20:27
Irene Torres
Doy 24 horas mas de debate
FDP: Chicos dejar de hablar en fdp porque me lio y nose si pasar o no la ley.
Doy 24 horas mas de debate
FDP: Chicos dejar de hablar en fdp porque me lio y nose si pasar o no la ley.
- César Estevanez
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Fecha de inscripción : 28/09/2008
Re: Ayuda a los estudiantes en compensación a su coste de oportunidad (nCe)
Sáb 7 Feb 2009 - 16:25
CC presenta dos enmiendas:
Primera:
La Ley no dispone de disposición final donde indique el momento en que entrará en vigor por lo que instamos a que se añada.
Segunda:
Inclusión de un criterio de adjudicación de las becas según las rentas de los progenitores. Desde CC no se considera justo que aquellas personas que dispongan de medios propios suficientes para costearse sus estudios accedan a la beca. Lanzamos una iniciativa:
Los estudiantes que se encuentren en situación de dependencia económica de sus progenitores solo podrán acceder a la ayuda si estos disponen de una renta anual inferior a 24 000 euros brutos.
Primera:
La Ley no dispone de disposición final donde indique el momento en que entrará en vigor por lo que instamos a que se añada.
Segunda:
Inclusión de un criterio de adjudicación de las becas según las rentas de los progenitores. Desde CC no se considera justo que aquellas personas que dispongan de medios propios suficientes para costearse sus estudios accedan a la beca. Lanzamos una iniciativa:
Los estudiantes que se encuentren en situación de dependencia económica de sus progenitores solo podrán acceder a la ayuda si estos disponen de una renta anual inferior a 24 000 euros brutos.
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