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Diario Oficial del Congreso de los Diputados (XII Legislatura)
Miér 23 Nov 2016 - 0:54
DIARIO OFICIAL
DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
XII Legislatura
- Fabián de la Torre
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Re: Diario Oficial del Congreso de los Diputados (XII Legislatura)
Miér 23 Nov 2016 - 0:59
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PRESIDENCIAResolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 10 de septiembre de 2016, sobre la elección de la Mesa fuera de la Sesión Constitutiva.Exposición de MotivosDada la ausencia de especificaciones en el Reglamento de la Cámara en la provisión de los puestos de la Mesa en caso de que más de dos de sus miembros cesen, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.2 del Reglamento, por la Presidencia ha de dictarse una Resolución general que regule dicha situación.
Por tanto, de conformidad con el artículo 32.2 del Reglamento del Congreso de los Diputados, con el parecer favorable de la Mesa y la Junta de Portavoces, con carácter general dispongo:
Artículo 1. Cuando dos o más miembros de la Mesa de la Cámara pierdan la condición de Diputados, presenten su dimisión a los cargos que ocupan, o en caso de incapacidad permanente o prolongada suficientemente a juicio de la Mesa, o fallecimiento, el Presidente, o en su defecto los Vicepresidentes en su orden, teniendo conocimiento previo de dichas vacantes, convocará un Pleno cuyo único punto del orden del día será la elección de una nueva Mesa.
Artículo 2. El Presidente del Congreso de los Diputados, o en su defecto los Vicepresidentes en su orden, abrirá el Pleno y la Sesión a los que se refiere el artículo anterior, e inmediatamente informará a la Cámara de las vacantes producidas en la Mesa. A continuación, procederá a llamar a la Presidencia al Diputado de más edad y a los dos Diputados más jóvenes, que se constituirán en una Mesa de Edad análoga a la establecida en el Título Preliminar del Reglamento de la Cámara. En ese momento, el Presidente, los Vicepresidentes y los Secretarios cesan en sus funciones y proceden a ocupar sus escaños en el Hemiciclo.
Artículo 3. Constituida la Mesa de Edad, se procederá a una nueva elección de la Mesa del Congreso de los Diputados por el mismo procedimiento establecido en el artículo 37 del Reglamento.
Artículo 4. Elegida y proclamada la nueva Mesa, sus integrantes ocuparán sus puestos y el Presidente declarará levantada la Sesión.
En el Palacio del Congreso, a 10 de septiembre de 2016,
El Presidente del Congreso de los Diputados,
Fabián de la Torre
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