CANDIDATURAS ELECTORALES
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Felip Viladecavalls
Francisco Valverde
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CANDIDATURAS ELECTORALES
Jue 14 Jul 2016 - 15:34
JUNTA ELECTORAL
* El CAPXXI se reserva el derecho a sancionar a las candidaturas electorales que no cumplan con lo dispuesto anteriormente.Las candidaturas que deseen concurrir a las Elecciones al Parlamento Vasco deberán indicar:
Nombre completo y siglas de la candidatura.
Nombre completo de los/as candidatos/as que encabecen las candidaturas en cada una de las circunscripciones.
Nombre completo del candidato/a a la presidencia del Gobierno Vasco.
Las candidaturas deberán ser presentadas obligatoriamente antes del inicio de la campaña electoral.
- Francisco Valverde
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Re: CANDIDATURAS ELECTORALES
Vie 15 Jul 2016 - 16:04
Nombre: Partido Nacionalista Vasco-Euzko Alderdi Jeltzalea
Vizcaya: Francisco Valverde
Guipúzcoa: Aitor Echevarri
Álava: Alaia Gurruchaga
Candidato: Francisco Valverde
Vizcaya: Francisco Valverde
Guipúzcoa: Aitor Echevarri
Álava: Alaia Gurruchaga
Candidato: Francisco Valverde
- Felip Viladecavalls
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Re: CANDIDATURAS ELECTORALES
Sáb 16 Jul 2016 - 18:21
Nombre completo y siglas de la candidatura: Orain Euskadi (Ahal Dugu-Podemos, Sortu, EA, Alternatiba y PCPE).
Nombre completo del candidato/a cabeza de lista por Bizkaia: Nayua Miriam Alba Goveli.
Nombre completo del candidato/a cabeza de lista por Gipuzkoa: Arnaldo Otegi Mondragón.
Nombre completo del candidato/a cabeza de lista por Araba: Juan Antonio López de Uralde Garmendia.
Nombre completo del candidato/a a la Lehendakaritza: Nayua Miriam Alba Goveli.
Re: CANDIDATURAS ELECTORALES
Sáb 16 Jul 2016 - 18:47
Nombre: Partido Popular (PP)
Candidato a la Lehendakaritza: César Olaizabal Eizmendi
Cabeza de lista por Álava: Alfonso Alonso Aranegui
Cabeza de lista por Guipúzcoa: Gorka Bergara Pastor
Cabeza de lista por Vizcaya: César Olaizabal Eizmendi
- Mireia Català
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Re: CANDIDATURAS ELECTORALES
Dom 17 Jul 2016 - 15:11
Felip Viladecavalls escribió:Nombre completo y siglas de la candidatura: Orain Euskadi (Ahal Dugu-Podemos, Sortu, EA, Alternatiba y PCPE).
Nombre completo del candidato/a cabeza de lista por Bizkaia: Nayua Miriam Alba Goveli.
Nombre completo del candidato/a cabeza de lista por Gipuzkoa: Arnaldo Otegi Mondragón.
Nombre completo del candidato/a cabeza de lista por Araba: Juan Antonio López de Uralde Garmendia.
Nombre completo del candidato/a a la Lehendakaritza: Nayua Miriam Alba Goveli.
Impongo un recurso contra esta candidatura. De acuerdo con el fallo de la Sentencia nº 22/11 de la sección cuarta de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional, se condena a Arnaldo Otegi a inhabilitación especial para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo por un tiempo de 10 años, además de prohibirle ocupar cargos públicos.
Aún no ha cumplido la condena expuesta.Por ello, impongo este recurso. Adjunto dicha sentencia. Sentencia.
- Koldo Chazarra
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Re: CANDIDATURAS ELECTORALES
Dom 17 Jul 2016 - 15:54
La secundo.Mireia Català escribió:Felip Viladecavalls escribió:Nombre completo y siglas de la candidatura: Orain Euskadi (Ahal Dugu-Podemos, Sortu, EA, Alternatiba y PCPE).
Nombre completo del candidato/a cabeza de lista por Bizkaia: Nayua Miriam Alba Goveli.
Nombre completo del candidato/a cabeza de lista por Gipuzkoa: Arnaldo Otegi Mondragón.
Nombre completo del candidato/a cabeza de lista por Araba: Juan Antonio López de Uralde Garmendia.
Nombre completo del candidato/a a la Lehendakaritza: Nayua Miriam Alba Goveli.Impongo un recurso contra esta candidatura. De acuerdo con el fallo de la Sentencia nº 22/11 de la sección cuarta de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional, se condena a Arnaldo Otegi a inhabilitación especial para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo por un tiempo de 10 años, además de prohibirle ocupar cargos públicos.Aún no ha cumplido la condena expuesta.
Por ello, impongo este recurso. Adjunto dicha sentencia. Sentencia.
- Felip Viladecavalls
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Re: CANDIDATURAS ELECTORALES
Dom 17 Jul 2016 - 17:19
La abogada de D. Arnaldo Otegi Modragón, Jone Goirizelaia, comunica a la Junta Electoral de Guipúzcoa la interposición de un recurso contra la impugnación de la candidatura de su cliente.
- Mireia Català
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Re: CANDIDATURAS ELECTORALES
Dom 17 Jul 2016 - 18:03
Señora, no hemos impugnado nada. Sólo puede hacerlo la Junta Electoral. Nosotros hemos recurrido la candidatura para que la Junta Electoral la impugne si lo considera necesario.
- Felip Viladecavalls
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Re: CANDIDATURAS ELECTORALES
Dom 17 Jul 2016 - 18:31
RECURSO A LA JUNTA ELECTORAL CONTRA LA IMPUGNACIÓN DE LA CANDIDATURA DE ARNALDO OTEGI
En virtud de la Ley 5/1990 de elecciones al Parlamento Vasco, presentamos este recurso ante la Junta Electoral, al amparo del artículo 58 de dicha ley, expresando las alegaciones pertinentes para demostrar que el candidato por el territorio histórico de Guipúzcoa, Arnaldo Otegi Mondragón, tiene la condición de elegibilidad presenta en la ley citada anteriormente y además puede acceder al cargo público de diputado.
ANTECEDENTES
1º. La coalición denominada Orain Euskadi presenta sus candidaturas conforme a lo estipulado en la Ley 5/1990 de elecciones al Parlamento Vasco y en la ley 4/2016 de reforma electoral.
2º. Dña. Mireia Català impugna ante la Junta Electoral la candidatura alegando que D. Arnaldo Otegi Mondragón es inelegible pues tiene inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a sufragio pasivo y el ejercicio de cargos públicos durante un periodo de 10 años.
3º. La representante legal de D. Arnaldo Otegi Mondragón comunica a la Junta Electoral de Guipúzcoa la emisión de un recurso contra la impugnación de la candidatura del citado candidato.
FUNDAMENTOS
Primero. – Según el artículo 58.1 de la Ley 5/1990, solamente los representantes territoriales de las candidaturas que concurran a las elecciones pueden impugnar una determina lista electoral. Dña. Mireia Catalán no representa a ninguna candidatura que concurra a las elecciones al Parlamento Vasco. Por tanto, no puede ejercer el derecho que le otorga el citado artículo.
Segundo. – Según el fundamento jurídico cuarto, apartado a), de la Sentencia Nº 22/2011 de la sección cuarta de la Sala de lo penal de la Audiencia Nacional, la pena de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, estipulada en el artículo 56 CP, solo es aplicable durante el transcurso del tiempo de condena. Por tanto, la pena dejó de ser aplicable desde el momento en el que D. Arnaldo Otegi salió de la cárcel y, por tanto, finalizó su privación de libertad.
Adicionalmente, el artículo 4.7 de la Ley 5/1990 establece que solo serán inelegibles los condenados por sentencia firme a pena privativa de libertad, en el periodo que dure la propio pena. Por tanto, D. Arnaldo Otegi Mondragón tiene condición de elegibilidad y ejercer su derecho pasivo libremente, al contrario de lo expuesto en el recurso de Dña. Mireia Català.
Tercero. – Según el mismo fundamento jurídico cuarto, apartado a), de la Sentencia Nº 22/2011 de la sección cuarta de la Sala de lo penal de la Audiencia Nacional, la inhabilitación para empleo o cargo público durante 10 años no es absoluta sino especial. Por tanto, D. Arnaldo Otegi no está imposibilitado de ejercer todos los cargos públicos, sino solo los que estén estipulados por la propia sentencia, tal y como establece el artículo 42 CP. Como en la sentencia no hay referencias ni se especifican los empleos, cargos y honores sobre los que recae la inhabilitación especial, D. Arnaldo Otegi puede acceder libremente al acta de diputado del Parlamento Vasco.
Para fortalecer esta posición existen precedentes jurisprudenciales. Una sentencia de la sección tercera de la Sala de lo penal de la Audiencia nacional condenaba a Íker Casanova a inhabilitación especial para acceder a cargos y empleos públicos. Sin embargo, al no especificar en la propia sentencia cuáles eran esos empleos o cargos tal y como dicta el Código Penal en su artículo 47, D. Íker Casanova pudo acceder a su escaño como diputado autonómico.
Comunicados los fundamentos de nuestro recurso, pedimos la desestimación de la impugnacón reclamada por Dña. Mireia Català en virtud del fundamento jurídico cuarto de la Sentencia 22/2011, de la Ley 5/1990, del Código Penal, así como de la jurisprudencia anteriormente señalada.
Fdo:
Jone Goirizelaia
Representante Legal de D. Arnaldo Otegi Mondragon.
- Felip Viladecavalls
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Re: CANDIDATURAS ELECTORALES
Dom 17 Jul 2016 - 18:39
Jone GoirizelaiaMireia Català escribió:Señora, no hemos impugnado nada. Sólo puede hacerlo la Junta Electoral. Nosotros hemos recurrido la candidatura para que la Junta Electoral la impugne si lo considera necesario.
Antes de la proclamación de las candidaturas, son los representantes territoriales designadas por las candidaturas que concurren a las elecciones los que pueden impugnar la candidatura (art. 58 Ley 5/1990). Ya hemos expuesto en uno de los fundamentos, concretamente el primero, que usted no podía impugnar nada porque no concurre a las elecciones. En todo caso, usted solo podrá interponer un recurso después de la proclamación de las candidaturas y no ante la Junta Electoral sino ante un judgado de lo contencioso-administrativo (artículo 67 Ley 5/1990).
- Administrador Fer
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Re: CANDIDATURAS ELECTORALES
Mar 19 Jul 2016 - 1:18
COMUNICADO DE LA JUNTA ELECTORAL
La Junta Electoral desestima el recurso contra la candidatura de Orain Euskadi.
FDP: No voy a poner la parrafada, pero en esencia es eso.
- Leonardo Espinosa
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Re: CANDIDATURAS ELECTORALES
Mar 19 Jul 2016 - 13:58
Nombre: Alianza Liberal (AL)
Candidato a la Lehendakaritza: Juan Pradas
Cabeza de lista por Álava: Aitor Zabaleta
Cabeza de lista por Guipúzcoa: Nekane Iparraguirre
Cabeza de lista por Vizcaya: Juan Pradas
- Koldo Chazarra
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Re: CANDIDATURAS ELECTORALES
Mar 19 Jul 2016 - 14:48
El PSE-EE anuncia el siguiente cambio en su cadidatura:
Nombre: PSE-EE-Aldaketa
Vizcaya: Patxi López
Guipuzcua: Idoia Mendia
Álava: Julia Liberal
Candidato: Patxi López
(José Eguala va de número 5 por Vizcaya)
Nombre: PSE-EE-Aldaketa
Vizcaya: Patxi López
Guipuzcua: Idoia Mendia
Álava: Julia Liberal
Candidato: Patxi López
(José Eguala va de número 5 por Vizcaya)
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