Ley 15/2017, de 9 de septiembre, para la derogación de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo [Gobierno de España]
Sáb 7 Nov 2015 - 18:20
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Número XX · Día, 9 de septiembre de 2017 · Sec. I
I. DISPOSICIONES GENERALES
JEFATURA DEL ESTADO
Ley 15/2017, de 9 de septiembre, para la derogación de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
PREÁMBULO
Las serias dificultades de la economía, así como la precaria situación vital de millones de españoles, hacen imposible el gasto dedicado a paliar situaciones que, en parte, también se están reproduciendo en nuestro país. Los poderes públicos deben concentrar todos sus esfuerzos en resolver primero la penosa situación por la que atraviesan miles de familias españolas, sobre todo la clase media trabajadora, antes de dedicar partidas presupuestarias millonarias a fenómenos alejados de la realidad de los españoles.
TÍTULO ÚNICO. DE LA SUPRESIÓN DE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL
Artículo 1. Queda derogada la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, así como todo su desarrollo reglamentario.
Artículo 2. El Estado no podrá asignar partidas presupuestarias tendentes a la cooperación internacional.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Se derogan y modifican cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la presente ley.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente ley entrará en vigor el día de su publicación en el BOE.
Las serias dificultades de la economía, así como la precaria situación vital de millones de españoles, hacen imposible el gasto dedicado a paliar situaciones que, en parte, también se están reproduciendo en nuestro país. Los poderes públicos deben concentrar todos sus esfuerzos en resolver primero la penosa situación por la que atraviesan miles de familias españolas, sobre todo la clase media trabajadora, antes de dedicar partidas presupuestarias millonarias a fenómenos alejados de la realidad de los españoles.
TÍTULO ÚNICO. DE LA SUPRESIÓN DE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL
Artículo 1. Queda derogada la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, así como todo su desarrollo reglamentario.
Artículo 2. El Estado no podrá asignar partidas presupuestarias tendentes a la cooperación internacional.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Se derogan y modifican cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la presente ley.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente ley entrará en vigor el día de su publicación en el BOE.
FELIPE VI R.
El Presidente del Gobierno,
HÉCTOR FERNÁNDEZ
HÉCTOR FERNÁNDEZ
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