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Ley 01/2016, de 12 de enero, para la Recuperación de la Autonomía en Cataluña
Miér 11 Jun 2014 - 13:08
DEROGADA EN SU TOTALIDAD POR LEY ORGÁNICA 1/2016FdlT
GOBIERNO DE ESPAÑA
MINISTERIO DE JUSTICIA E IGUALDAD
MINISTERIO DE JUSTICIA E IGUALDAD
PROYECTO DE LEY PARA LA RECUPERACIÓN DE LA AUTONOMÍA EN CATALUÑA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Consejo de Ministros, a instancias de la Presidencia y con la colaboración del Ministerio de Justicia e Igualdad propone la siguiente ley que devolverá la autonomía a Cataluña y la vigencia y eficacia del Estatuto de la Comunidad.TÍTULO ÚNICO
Artículo 1.De arreglo a la Constitución se le devuelve la autonomía a la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Artículo 2.Se devuelve la completa normalidad institucional que caracterizaba a la comunidad antes del Real-Decreto Ley 1/2015 del 20 de Junio.
Artículo 3.Se recupera por completo el Régimen Autonómico de la Comunidad Catalana.
Artículo 4.El Estatuto de Autonomía de Cataluña recobra su vigencia y eficacia.
Disposición Transitoria I
Se convocarán elecciones tras tres meses de la entrada en vigor de esta Ley.
Disposición Transitoria II
Hasta la finalización de los comicios, la Comunidad será regida por una Comisión permanente de las CC.GG. formada por 1/3 de los diputados catalanes de cada grupo parlamentario.
Disposición derogatoria. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Ley.
Disposición final . Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor a partir su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
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