(D-V) PL por el que se crea el "Consejo de la Cultura Gallega (GPS)
Lun 6 Mayo 2013 - 16:07
Hilario Borio
Proposición de Ley por el que se crea el "Consejo de la Cultura Gallega
Preámbulo.
En el artículo 32 del Estatuto de Autonomía de Galicia, viene determinada la existencia de un “Consejo de la Cultura Gallega”, y corresponde a este mismo, la defensa de los valores culturales de la Comunidad Gallega.
Este consejo ha de ser entendido como un órgano asesor y consultivo, con capacidad de iniciativa, investigación y organización. Un patrimonio cultural tan amplio y rico como el que posee Galicia requiere de un Organo cualificado, tal y como recoge el Estatuto de Autonomía de Galicia.
Articulo 1.
Se constituye el Consejo de la Cultura Gallega, con el carácter, composición, competencias y funcionamiento que se establecen en la presente Ley, con la finalidad de defender y promocionar los valores culturales de Galicia, conforme con el artículo 32 del Estatuto de Autonomía de Galicia.
Artículo 2.
El Consejo tendrá personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
1. El consejo se estructura de la siguiente forma:
2.El Consejo tendrá competencias para invitar a representantes de centros de investigación, medios de comunicación o asociaciones culturales para participar en las ponencias de este Consejo.
Articulo 4.
El mandato de los miembros del Consejo tendrá una duración de 4 años, teniendo la oportunidad de ser reelegidos al finalizar el mismo.
Articulo 5.
Son competencias del Consejo de la Cultura Gallega:
Artículo 6.
El Consejo funcionará en Pleno y a través de la ejecutiva. En la misma, formarán parte al menos, el Presidente, un Vicepresidente y el Secretario. Podrá funcionar en Comisiones Técnicas, fijas o circunstanciales.
Artículo 7.
La Ejecutiva se reunirá por lo menos una vez cada dos meses, y siempre que el Presidente la convoque. Las reuniones serán presididas por el Presidente, y si este se ausentara, el Vicepresidente ocupara su lugar.
Artículo 8.
Los acuerdos del Consejo requieren la presencia de la mitad más uno de los miembros, incluidos necesariamente el Presidente y el Secretario.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos de los asistentes. El Presidente, en caso de empate, tendrá voto de calidad.
Artículo 9.
El Consejo de la Cultura Gallega, de acuerdo con el Parlamento de Galicia, elaborará su presupuesto, que figurará dentro de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Disposición final
Esta Ley entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
En el artículo 32 del Estatuto de Autonomía de Galicia, viene determinada la existencia de un “Consejo de la Cultura Gallega”, y corresponde a este mismo, la defensa de los valores culturales de la Comunidad Gallega.
Este consejo ha de ser entendido como un órgano asesor y consultivo, con capacidad de iniciativa, investigación y organización. Un patrimonio cultural tan amplio y rico como el que posee Galicia requiere de un Organo cualificado, tal y como recoge el Estatuto de Autonomía de Galicia.
Título preliminar
Articulo 1.
Se constituye el Consejo de la Cultura Gallega, con el carácter, composición, competencias y funcionamiento que se establecen en la presente Ley, con la finalidad de defender y promocionar los valores culturales de Galicia, conforme con el artículo 32 del Estatuto de Autonomía de Galicia.
Artículo 2.
El Consejo tendrá personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
Título I
De la composición del Consejo.
De la composición del Consejo.
1. El consejo se estructura de la siguiente forma:
a) El Presidente, elegido por el consejo y nombrado por el Parlamento Gallego.
b) El Vicepresidente, que será elegido por el Consejo entre sus miembros.
c) El Secretario, que será elegido entre sus miembros.
d) Los representantes de las Entidades Gallegas:
- - Dos representantes de la Real Academia Gallega.
- Tres representantes de la Universidad Gallega, elegidos entre los profesores de la misma.
- Un representante de la Academia de Ciencias.
- Un representante del Instituto de Estudios Xacobeo.
- Dos representantes de los museos de Galicia.
- Dos representantes de las fundaciones culturales de interés gallego.
- Dos representantes del Instituto de la Lengua Gallega.
- e) Personalidades destacadas en los campos de la cultura Gallega, elegidos por el Consejo.
2.El Consejo tendrá competencias para invitar a representantes de centros de investigación, medios de comunicación o asociaciones culturales para participar en las ponencias de este Consejo.
Articulo 4.
El mandato de los miembros del Consejo tendrá una duración de 4 años, teniendo la oportunidad de ser reelegidos al finalizar el mismo.
Título II
Competencias
Competencias
Articulo 5.
Son competencias del Consejo de la Cultura Gallega:
- a) Investigar y analizar las necesidades culturales del pueblo gallego.
b) Organizar actuaciones culturales adecuadas dentro o fuera de Galicia.
c) Analizar cuantas cuestiones se refieran al patrimonio cultural y fomentar la lengua y la cultura gallega por la Comunidad Autonoma de Galicia y por el resto del territorio español.
Elevar a los poderes de la Comunidad Autónoma informes y propuestas a favor de la defensa, desarrollo y promoción de los valores culturales del pueblo gallego.
Título III
Funcionamiento
Funcionamiento
Artículo 6.
El Consejo funcionará en Pleno y a través de la ejecutiva. En la misma, formarán parte al menos, el Presidente, un Vicepresidente y el Secretario. Podrá funcionar en Comisiones Técnicas, fijas o circunstanciales.
Artículo 7.
La Ejecutiva se reunirá por lo menos una vez cada dos meses, y siempre que el Presidente la convoque. Las reuniones serán presididas por el Presidente, y si este se ausentara, el Vicepresidente ocupara su lugar.
Artículo 8.
Los acuerdos del Consejo requieren la presencia de la mitad más uno de los miembros, incluidos necesariamente el Presidente y el Secretario.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos de los asistentes. El Presidente, en caso de empate, tendrá voto de calidad.
Título IV
Financiación
Financiación
Artículo 9.
El Consejo de la Cultura Gallega, de acuerdo con el Parlamento de Galicia, elaborará su presupuesto, que figurará dentro de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Disposición final
Esta Ley entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
- Tania Montero
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Re: (D-V) PL por el que se crea el "Consejo de la Cultura Gallega (GPS)
Mar 7 Mayo 2013 - 19:32
Emilio Sanchez Touriño, presidente y portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.
Señor Presidente, señores diputados.
Gracias. Señorías, el Grupo Parlamentario Socialista espera el apoyo, el voto favorable del resto de formaciones políticas que representan a la ciudadanía en esta cámara. La cultura posee un patrimonio cultural tan rico y amplio que merece tener un órgano que le represente. Esta ley, como viene reflejado en nuestro Estatuto de Autonomía, crea el Consejo de la Cultura Gallega, al que le corresponderá defender los valores de nuestra cultura.
Creemos que es una ley beneficiosa y es por eso que pedimos el apoyo de todos los Grupos Parlamentarios aquí presentes.
Muchas gracias.
- InvitadoInvitado
Re: (D-V) PL por el que se crea el "Consejo de la Cultura Gallega (GPS)
Mar 7 Mayo 2013 - 21:29
FDP: Hasta que no te den la palabra no puedes hablar Bea.
- Tania Montero
- Cantidad de envíos : 6439
Fecha de inscripción : 23/02/2011
Re: (D-V) PL por el que se crea el "Consejo de la Cultura Gallega (GPS)
Mar 7 Mayo 2013 - 22:51
Héctor Fernández. escribió:Señorías, da comienso esta sesión parlamentaria para el debate y la votación del proyecto presentado por el PSdeG. Tiene la palabra el portavoz de su grupo parlamentario. Adelante.
Hilario Borio
FDP: Ya me la ha dado, revisa los hilos de tus proposiciones porque creo que estará igual. Lo que no se puede es comenzar el debate hasta que intervenga el presidente después del portavoz.
Re: (D-V) PL por el que se crea el "Consejo de la Cultura Gallega (GPS)
Miér 8 Mayo 2013 - 0:44
Hilario Borio
Re: (D-V) PL por el que se crea el "Consejo de la Cultura Gallega (GPS)
Jue 9 Mayo 2013 - 15:37
Xerardo Fraga
Señorías, señores socialistas, no podemos hacer otra cosa que estar de acuerdo con este proyecto. Creemos que la defensa de la cultura de Galicia es algo fundamental para no dejar de ser o sentirnos nosotros mismos. Por ello, no duden de que votaremso a favor. Gracias.
Re: (D-V) PL por el que se crea el "Consejo de la Cultura Gallega (GPS)
Vie 10 Mayo 2013 - 1:01
Hilario Borio
Re: (D-V) PL por el que se crea el "Consejo de la Cultura Gallega (GPS)
Vie 10 Mayo 2013 - 1:07
Xerardo Fraga
- Tania Montero
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Re: (D-V) PL por el que se crea el "Consejo de la Cultura Gallega (GPS)
Vie 10 Mayo 2013 - 1:14
El Grupo Parlamentario Socialista, con 7 diputados, vota A FAVOR.
- InvitadoInvitado
Re: (D-V) PL por el que se crea el "Consejo de la Cultura Gallega (GPS)
Vie 10 Mayo 2013 - 21:49
Xosé Manuel Beiras, Portavoz del BNG en el Congreso
GPN (19) vota A FAVOR
Re: (D-V) PL por el que se crea el "Consejo de la Cultura Gallega (GPS)
Sáb 11 Mayo 2013 - 21:57
Hilario Borio
A FAVOR: 63
EN CONTRA: 0
ABSTENCIÓN: 0
El proyecto queda aprobado. Se publicará en el BOG. Se levanta la sesión.
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