- Santiago Mendoza
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PL - PARA LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL EN EL SECTOR SECUNDARIO Y TERCIARIO
Vie 3 Mayo 2013 - 16:32
Juan Ramón Ferreira, Presidente de la Asamblea de Extremadura:
Buenos días señorías. Comenzamos la sesión con el debate y posterior votación del siguiente proyecto de ley remitido a la cámara con el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura. Para defender el proyecto tiene la palabra el Consejera de Trabajo y Asuntos Sociales.
Buenos días señorías. Comenzamos la sesión con el debate y posterior votación del siguiente proyecto de ley remitido a la cámara con el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura. Para defender el proyecto tiene la palabra el Consejera de Trabajo y Asuntos Sociales.
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PROYECTO DE LEY PARA LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL EN EL SECTOR SECUNDARIO Y TERCIARIO
Exposición de motivos
Con la intención de disminuir el paro en Extremadura y fomentar el empleo en el sector primario y secundario que tienen una tasa de ocupación muy baja respecto al sector primario proponemos la reducción de la jornada laboral en ambos sectores, para evitar controversias la reducción de la jornada laboral sera de carácter voluntario para el trabajador, con lo cual queda garantizado que la patronal no someterá al trabajador a trabajar por un salario menor a lo estipulado de manera forzada, sino que sera el trabajador quien de manera voluntaria decide reducir su jornada laboral para su disfrute personal, o en su defecto, para fomentar el empleo en Extremadura.
Esta ley no solucionara el problema del desempleo en Extremadura, pero si es un gran paso, ya que iniciara una serie de políticas para fomentar el empleo, principalmente en el sector secundario, y también en el terciario.TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. Del objeto
La presente ley tiene por objetivo fomentar el empleo en Extremadura, potenciando la contratación de nuevos trabajadores en el sector secundario y terciario
Artículo 2. Del ámbito de aplicación
La presente ley se aplicara en todas las empresas que se dediquen al sector secundario y terciario, respetando las diferencias entre ambos.
Artículo 3. De la definición de las empresas del sector secundario
En el marco de esta Ley se entiende como 'empresa empresa del sector secundario' aquella cuya finalidad es realizar la actividad económica que tiene como fin la producción de bienes y servicios necesarios para la sociedad mediante la transformación industrial de la materia prima.
Artículo 4. De la definición de las empresas del sector terciario
En el marco de esta Ley se entiende como 'empresa empresa del sector terciario' como aquella que engloba todas aquellas actividades económicas que abarca las actividades relacionadas con los servicios materiales no productivos de bienes.TÍTULO PRIMERO. DE LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL EN EL SECTOR SECUNDARIO
Artículo 5. De la reducción de la jornada laboral en el sector secundario
Se establece para las empresas cuya actividad sea englobada en el sector secundario que sus trabajadores pueden solicitar la reducción de la jornada laboral a 6 horas y 30 minutos siempre y cuando lo solicite el trabajador de manera voluntaria, y no de manera forzada, a este se le reduccira el 50% de la compensación económica correspondiente a los minutos que dejara de trabajar, el otro 50% sera subvencionado por la Junta de Extremadura y la empresa deberá contratar un trabajador para ocupar ese puesto de trabajo. La empresa tendrá la obligación de acumular las horas/minutos que dejen de trabajar sus trabajadores a un trabajador hasta que este llegue al cupo de horas, para evitar así que haya una cantidad excesiva de trabajadores que trabajan una cantidad pequeña de horas/minutos en una misma empresa, este ultimo trabajador una vez haya llegado al cupo máximo de horas podrá solicitar la reducción de su jornada laboral.TÍTULO SEGUNDO. DE LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL EN EL SECTOR TERCIARIO
Artículo 6. De la reduccion de la jornada laboral en el sector terciario
Se establece para las empresas cuya actividad sea englobada en el sector terciario que sus trabajadores pueden solicitar la reducción de la jornada laboral a 7 horas siempre y cuando lo solicite el trabajador de manera voluntaria, y no de manera forzada,a este se le reduccira el 50% de la compensación económica correspondiente a los minutos que dejara de trabajar, el otro 50% sera subvencionado por la Junta de Extremadura. La empresa tendrá la obligación de acumular las horas que dejen de trabajar sus trabajadores a un trabajador hasta que este llegue al cupo de horas, para evitar así que haya una cantidad excesiva de trabajadores que trabajan una cantidad pequeña de horas/minutos en una misma empresa, este ultimo trabajador una vez haya llegado al cupo máximo de horas podrá solicitar la reducción de su jornada laboral.DISPOSICIÓN FINAL
Esta Ley entra en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Asamblea de Extremadura.
- Santiago Mendoza
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Re: PL - PARA LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL EN EL SECTOR SECUNDARIO Y TERCIARIO
Vie 3 Mayo 2013 - 16:36
Doña María del Carmen González González:
Gracias señor Presidente, señorías. El gobierno regional les presenta el siguiente proyecto de ley con el que pretende poner fin al alto nivel de desempleo en los sectores secundarios y terciarios, con una medida que permite al trabajador de manera voluntaria trabajar menos horas, y haciendo que la empresa contrate a un desempleado, a pesar de que la Junta de Extremadura cubrirá parte del salario no sera un gasto económico muy grande porque cada nuevo empleado que contrata una empresa es una nomina de desempleo que no tenemos que pagar, por lo cual consideramos que es viable económicamente hablando.
Próximamente presentaremos mas medidas, gracias por su atención.
Gracias señor Presidente, señorías. El gobierno regional les presenta el siguiente proyecto de ley con el que pretende poner fin al alto nivel de desempleo en los sectores secundarios y terciarios, con una medida que permite al trabajador de manera voluntaria trabajar menos horas, y haciendo que la empresa contrate a un desempleado, a pesar de que la Junta de Extremadura cubrirá parte del salario no sera un gasto económico muy grande porque cada nuevo empleado que contrata una empresa es una nomina de desempleo que no tenemos que pagar, por lo cual consideramos que es viable económicamente hablando.
Próximamente presentaremos mas medidas, gracias por su atención.
- Santiago Mendoza
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Re: PL - PARA LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL EN EL SECTOR SECUNDARIO Y TERCIARIO
Vie 3 Mayo 2013 - 16:37
Juan Ramón Ferreira, Presidente de la Asamblea de Extremadura:
Gracias señora consejera, a continuación tienen la palabra los señores portavoces de los grupos parlamentarios. Disponen de 48 horas. Gracias.[/quote]
Gracias señora consejera, a continuación tienen la palabra los señores portavoces de los grupos parlamentarios. Disponen de 48 horas. Gracias.[/quote]
- Santiago Mendoza
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Re: PL - PARA LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL EN EL SECTOR SECUNDARIO Y TERCIARIO
Dom 5 Mayo 2013 - 18:12
Juan Ramón Ferreira, Presidente de la Asamblea de Extremadura:
A continuación vamos a proceder a la votación del proyecto de ley. Tienen 48 horas [/quote]
A continuación vamos a proceder a la votación del proyecto de ley. Tienen 48 horas [/quote]
- Santiago Mendoza
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Re: PL - PARA LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL EN EL SECTOR SECUNDARIO Y TERCIARIO
Dom 5 Mayo 2013 - 18:26
El Grupo Parlamentario Socialista con 30 diputados vota A FAVOR.
- Marco Janer
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Re: PL - PARA LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL EN EL SECTOR SECUNDARIO Y TERCIARIO
Dom 5 Mayo 2013 - 18:37
El GPP (27) vota ABSTENCIÓN.
- Juan Lara
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Re: PL - PARA LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL EN EL SECTOR SECUNDARIO Y TERCIARIO
Lun 6 Mayo 2013 - 0:27
El GPC (7) vota A FAVOR
- Santiago Mendoza
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Re: PL - PARA LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL EN EL SECTOR SECUNDARIO Y TERCIARIO
Mar 7 Mayo 2013 - 20:57
Juan Ramón Ferreira, Presidente de la Asamblea de Extremadura:
Finalizado el tiempo de votación, el resultado es el siguiente:
VOTOS EMITIDOS:64/65
Votos a favor del texto definitivo: 37
Votos en contra del texto definitivo: 0
Abstenciones: 27
Por tanto, queda APROBADO.
Finalizado el tiempo de votación, el resultado es el siguiente:
VOTOS EMITIDOS:64/65
Votos a favor del texto definitivo: 37
Votos en contra del texto definitivo: 0
Abstenciones: 27
Por tanto, queda APROBADO.
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