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Carlos Lerner
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Fecha de inscripción : 20/10/2011

Proyecto de Ley de Plan Nacional de Centros de Salud y Hospitales (GOBIERNO) Empty Proyecto de Ley de Plan Nacional de Centros de Salud y Hospitales (GOBIERNO)

Jue 15 Mar 2012 - 23:38
Proyecto de Ley de Plan Nacional de Centros de Salud y Hospitales (GOBIERNO) 95px-Escudo_de_Espa%C3%B1a.svg
Presidente del Congreso de los Diputados
El Gobierno de España presenta el siguiente Proyecto de Ley ante el Congreso de los Diputados. Se abre la sesión.

PROYECTO DE LEY DE PLAN NACIONAL DE CENTROS DE SALUD Y HOSPITALES

Preámbulo:

La sanidad gratuita y universal, es un derecho que todos los ciudadanos tienen que tener garantizado por mandato constitucional. La deficiencia y falta de centros sanitarios y hospitales es una realidad en España. Su creación y mayor dotación es uno de los requisitos imprescindibles para asentar en España un verdadero Estado del Bienestar y facilitará el ingreso de España en la Comunidad Económica Europea. Los ejes fundamentales de este plan son los siguientes: la eficiencia, el abastecimiento a partir de la construcción y el desarrollo de nuestros Centros de Salud, hospitales y consultorios médicos.


Título I: De la eficiencia y el desarrollo


Capítulo I: De los hospitales



Artículo 1: Objetivos

Nuestros hospitales tienen que ser la cabeza de la eficiencia y el buen desarrollo de nuestras estrategias médicas, por ello el gobierno debe
apostar por la innovación médica y científica y promover un uso responsable y eficiente de los recursos.


Artículo 2: Creación de Unidades de Vigilancia Intensiva (UVI)

1-El gobierno creará un total de 20 unidades de estas características en distintos hospitales del país.


2- La hospitales donde se crearán estas unidades serán aquellos a criterios del Ministerio de Sanidad su necesidad sea prioritario.


Artículo 3: Creación de Unidades de Cuidados Intensivos (UCI)

1-Se creará al menos una UCI en cada hospital existente en el territorio de España, así como los de nueva construcción.


Artículo 4. Creación de UVI móviles

1-Se crearán y se instalará al menos una UVI móvil en cada hospital.


Artículo 5: Del material clínico y hospitalario

1-El Gobierno a través del Banco de Desarrollo Productivo ejecutará una línea para que todos los hospitales y clínicas públicas puedan comprar material nuevo y moderno.

2-La cantidad de la línea de subvenciones es de 25.000.000 de pesetas.


Artículo 6: De los proyectos de investigación médicos y científicos.

1-El gobierno elaborará un plan paralelo a este donde desarrollará los criterios objetes de la investigación tanto cientifica como médica.

2-El gobierno establecerá una línea de subvenciones públicas para financiar proyectos de ciencia e innovación.


Capítulo II: De los Centros de Salud y Consultorios médicos.

Artículo 7. Del uso sostenible de los recursos

Los Centros de Salud y Consultorios médicos como entes del medio rural y urbano deben de realizar un Plan de uso sostenible de recursos.


Artículo 8. De los servicios

Los Centros de Salud deben de tener al menos los siguientes servicios:

1-Medicina General y de familia

2-Extracción y Análisis

3-Fisioterapia

4- ATS

5- Farmacia y sanidad animal y vegetal

6-Ambulancias

7-Urgencias 24h

Los Consultorios Médicos deben de tener al menos los siguientes servicios:

1-Medicina General y de familia

2-ATS

3-Extracción y Análisis.

Artículo 9. De la investigación y desarrollo científico y médico

1-Se permitirá la investigación en los Centros de Salud, unicamente si está está subordinada a una proyecto de investigación llevado por un organismo superior. A excepción de todas aquellos patalogías consideradas inferiores o leves.

2-Para el estudio y la investigación de las patológias anteriores el gobierno concederá Concesiones Administrativas a aquellos doctores que lo soliciten previo proyecto presentado al gobierno.


Título II: De la construcción
Capítulo I: De los hospitales

Artículo 10: El gobierno construirá un total de 13 hospitales, siendo su ubicación la siguiente:

- Tres hospitales en la ciudad de Madrid
-Un hospital en el municipio Alcalá de Henares.
-Uno hospital en la ciudad de Toledo.
-Dos hospitales en la ciudad de Barcelona.
-Un hospital en la ciudad de Sevilla.
-Un hospital en la ciudad de Valencia.
-Un hospital en la ciudad de Santiago de Compostela.
-Un hospital en la ciudad de Ceuta.
-Un hospital en la ciudad de Melilla.
-Un hospital en la ciudad de Mérida.

Artículo 11. La cantidad presupuestada para la construcción de los hospitales asciende a un total de 100.000.000.000 de pesetas.

Capítulo II: De los Centros de Salud y los Consultorios Médicos.

Artículo 12: El gobierno construirá un total de 300 Centros de Salud, repartidos geográficamente de la siguiente manera.

Andalucía: Un total de 75 Centros de Salud.
Extremadura: Un total de 25 Centros de Salud.
Castilla La Mancha: Un total de 35 Centros de Salud.
Castilla y León: Un total de 28 Centros de Salud.
Galicia: Un total de 15 Centros de Salud.
Comunidad Valenciana: Un total de 33 Centros de Salud.
Cataluña: Un total de 45 Centros de Salud.
Aragón: Un total de 12 Centros de Salud.
País Vasco: Un total de 7 Centros de Salud.
Islas Baleares. Un total de 10 Centros de Salud.
Islas Canarias. Un total de 15 Centros de Salud.

Artículo 13: La cantidad prepuestada para la construcción de estos centros asciende a 75.000.000.000 de pesetas

Artículo 14:
El gobierno construirá los Consultorios médicos necesarios según los criterios de dispersión poblacional y lejanía de los hospitales más cercanos.

Artículo 15. Para la construcción de los Consultorios médicos las Diputaciones Provincias y los Cabildos Insulares deberán serán los encargados de elaborar todas las valoraciones y será a partir de estas instituciones las que los Ayuntamientos solicitarán la construcción.

Artículo 16: Las diputaciones y cabildos enviarán a los Gobernadores Civiles y serán estos los que determinarán finalmente quien eleve al Ministerio de Sanidad la lista definitiva de Consultorios médicos a construir.

Artículo 17. El presupuesto para su construcción es de 247.500.000.000 de pesetas.

Disposción Aclaratoria.

1-El periodo de vigencia de este plan es de una totalidad de 5 años.

2- La cantidad económica de la que está dotado el plan es de un total de 200.000.000.000 de pesetas.
3-El presupuesto de las distintas partidas se ha hecho según los Presupuestos Generales del Estado en el presente ejercicio. Tan solo se
podrán modificar las partidas se los PGE son inferiores a este ejercicio.


Disposición final.


Este plan debe ser aprobado por el Consejo de Ministros y será tramitado en vía parlamentaria como proyecto de ley. Entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Carlos Lerner
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Jue 15 Mar 2012 - 23:38
Disponen de 48 horas para votar.
Jorge J. Churchill
Jorge J. Churchill
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Vie 16 Mar 2012 - 18:39
José Castrillo Díaz
El GPD (17) vota A FAVOR.
Carlos Vara
Carlos Vara
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Fecha de inscripción : 10/07/2011

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Vie 16 Mar 2012 - 19:47
El Grupo Parlamentario Socialista con 138 diputados vota A Favor.
F.Alberti.
F.Alberti.
Cantidad de envíos : 3208
Fecha de inscripción : 27/01/2012

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Vie 16 Mar 2012 - 20:41
Blas Martì Marti

El GPC (26 Diputados) vota a FAVOR.
Carlos Lerner
Carlos Lerner
Cantidad de envíos : 4329
Fecha de inscripción : 20/10/2011

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Vie 16 Mar 2012 - 22:37
José Valladares, Presidente del Grupo Parlamentario Laborista

Proyecto de Ley de Plan Nacional de Centros de Salud y Hospitales (GOBIERNO) Grupoparla

El Grupo Parlamentario Laborista, con 22 Diputados, vota A FAVOR.
Héctor Fernández.
Héctor Fernández.
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Localización : Benavente
Fecha de inscripción : 22/06/2009
http://anrhectorpoliticamentehablando.blogspot.com/

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Vie 16 Mar 2012 - 23:35
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Elena Robles Soriano, Portavoz del GPLD

El GPLD, con 126 escaños, vota A FAVOR
Carlos Lerner
Carlos Lerner
Cantidad de envíos : 4329
Fecha de inscripción : 20/10/2011

Proyecto de Ley de Plan Nacional de Centros de Salud y Hospitales (GOBIERNO) Empty Re: Proyecto de Ley de Plan Nacional de Centros de Salud y Hospitales (GOBIERNO)

Mar 20 Mar 2012 - 22:26
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Presidente del Congreso de los Diputados
Finalizado el tiempo para votar, procedemos al recuento.

A FAVOR: 329
EN CONTRA: 0
ABSTENCIÓN: 0

NO EMITIDOS: 21
TOTAL: 350


APROBADO

Se levanta la sesión.
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