- Maximiliano Salas
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Fecha de inscripción : 14/09/2008
PL 05/20 sobre Plan Económico y Alternativo Social para el modelo productivo español(PCE)
Mar 14 Jun 2011 - 21:22
sobre Plan Económico y Alternativo Social para el modelo productivo español (I):
Preámbulo:
Con el fin de construir empleo y poner fin a las políticas neoliberales, se propone sentar las bases para la construcción de un nuevo modelo productivo.
Título I: Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas.
Art. 1.- Lo podrán solicitar las PYME de todo el Estado Español.
Art. 2.- Sobre cuantías:
- Realización de planes de mejora tecnológica: Hasta el 50% de los costes subvencionables
Art. 3.- Sobre requisitos:
- Ejecutarse en el marco de un desarrollo sostenible y de fomento de la protección y mejora del medio ambiente y contar con un certificado que declare la no afección del proyecto a la denominada 'Red Natura', espacio físico de especial protección medioambiental configurado así por la Unión Europea
- Reunir las especificidades y requisitos técnicos de las actuaciones.
- Iniciarse con posterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda
- Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayuda del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y del Fondo Social Europeo (FSE).
- El proyecto subvencionado no deberá experimentar antes de transcurridos cinco años desde su término una modificación sustancial, entendiendo por ésta aquella que afecte a su naturaleza o a sus condiciones de ejecución, o que otorgue ventajas indebidas a una empresa o a un organismo, o bien que se derive de un cambio en la naturaleza de la propiedad de una infraestructura o del cese de una actividad productiva.
- No deberá vulnerar en ningún caso el principio de no discriminación por razón de sexo, raza, origen étnico, religión, convicciones, minusvalías, edad u orientación sexual, facilitando, o al menos no impidiendo, la accesibilidad para las personas discapacitadas.
Art. 4.- Se procederá al pago de la ayuda una vez el beneficiario haya ejecutado el proyecto y siempre que haya cumplido las obligaciones exigibles.
Título II: Plan de choque contra el desempleo y la precariedad juvenil
Art. 5.- Se bonificará temporalmente a las empresas de menos de 250 trabajadores con el 100% de las cuotas de seguridad social para nuevas contrataciones a tiempo parcial de menores de 30 años, siempre que con ellas se cree empleo.
Art. 6.- En el caso de empresas de mayor tamaño la bonificación será del 75%.
Disposiciones Adiciales.
Este proyecto forma parte del Plan Económico y Alternativo Social. (I)
Disposiciones Finales.
Esta Ley entrará en vigor tras su publicación en el BOE.
Preámbulo:
Con el fin de construir empleo y poner fin a las políticas neoliberales, se propone sentar las bases para la construcción de un nuevo modelo productivo.
Título I: Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas.
Art. 1.- Lo podrán solicitar las PYME de todo el Estado Español.
Art. 2.- Sobre cuantías:
- Realización de planes de mejora tecnológica: Hasta el 50% de los costes subvencionables
Art. 3.- Sobre requisitos:
- Ejecutarse en el marco de un desarrollo sostenible y de fomento de la protección y mejora del medio ambiente y contar con un certificado que declare la no afección del proyecto a la denominada 'Red Natura', espacio físico de especial protección medioambiental configurado así por la Unión Europea
- Reunir las especificidades y requisitos técnicos de las actuaciones.
- Iniciarse con posterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda
- Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayuda del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y del Fondo Social Europeo (FSE).
- El proyecto subvencionado no deberá experimentar antes de transcurridos cinco años desde su término una modificación sustancial, entendiendo por ésta aquella que afecte a su naturaleza o a sus condiciones de ejecución, o que otorgue ventajas indebidas a una empresa o a un organismo, o bien que se derive de un cambio en la naturaleza de la propiedad de una infraestructura o del cese de una actividad productiva.
- No deberá vulnerar en ningún caso el principio de no discriminación por razón de sexo, raza, origen étnico, religión, convicciones, minusvalías, edad u orientación sexual, facilitando, o al menos no impidiendo, la accesibilidad para las personas discapacitadas.
Art. 4.- Se procederá al pago de la ayuda una vez el beneficiario haya ejecutado el proyecto y siempre que haya cumplido las obligaciones exigibles.
Título II: Plan de choque contra el desempleo y la precariedad juvenil
Art. 5.- Se bonificará temporalmente a las empresas de menos de 250 trabajadores con el 100% de las cuotas de seguridad social para nuevas contrataciones a tiempo parcial de menores de 30 años, siempre que con ellas se cree empleo.
Art. 6.- En el caso de empresas de mayor tamaño la bonificación será del 75%.
Disposiciones Adiciales.
Este proyecto forma parte del Plan Económico y Alternativo Social. (I)
Disposiciones Finales.
Esta Ley entrará en vigor tras su publicación en el BOE.
- Maximiliano Salas
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Re: PL 05/20 sobre Plan Económico y Alternativo Social para el modelo productivo español(PCE)
Mar 14 Jun 2011 - 21:24
Melania Salcedo
Tiene la palabra el representante del GP Comunista. Luego de el, podran empezar replicas pedidas.
Tiene la palabra el representante del GP Comunista. Luego de el, podran empezar replicas pedidas.
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