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Javier Ibarra
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LEY DE INTEGRACIÓN DE PADRES Y MADRES ADOLESCENTES(GOBIERNO)FINALIZADA Empty LEY DE INTEGRACIÓN DE PADRES Y MADRES ADOLESCENTES(GOBIERNO)FINALIZADA

Vie 1 Abr 2011 - 22:25
LEY DE INTEGRACIÓN DE PADRES Y MADRES ADOLESCENTES(GOBIERNO)

Explicación de Motivos

Los motivos por los cuales se presenta esta ley son debidos a que muchos padres y madres son adolescentes, cuando son padres a tan temprana edad se ven obligados en muchos casos a abandonar sus estudios y con ello trae la consecuencia de ver mermadas sus posibilidades de encontrar un trabajo digno que les de para mantener un nivel de vida satisfactorio. No podemos permitir que esta situación se de en nuestra CCAA y por ello presento esta ley que blindara el futuro de estos jóvenes padres y madres.


Título I. “Objetivos de la ley”

Articulo 1. El primer objetivo de esta ley es facilitar los cursos a distancia para que estos jóvenes completen la E.S.O. Bachillerato, FP o otros estudios.

Articulo 2.El segundo objetivo de esta ley será ayudar económicamente, educativa mente o otro tipo de ayuda que estos jóvenes requieran.

Articulo 3. El tercer objetivo de esta ley será orientar a estos jóvenes hacia un mercado laboral digno y competitivo.

Titulo II. “Beneficiarios de esta ley”

Articulo 1. Todo adolescente que se padre o madre en edades comprendidas de 13 a 20 años de edad, que no tengan medio económicos o de otra índole para poder continuar cursando sus estudios.

Articulo 2. La ley dará prioridad a aquellos jóvenes que estén en riego de exclusión social.

Titulo III. “De la forma de docencia sobre los cursos y clases”

Artículo 1. Las clases se impartirán mediante de modo semi-presencial, de modo que serán vía Internet el 90% de las clases, reservando un 10% a presencial para los exámenes y practicas.

Articulo 2. Lo exámenes o practicas se podrán realizar en cualquier I.E.S. centro de formación profesional, escuela de adultos o otro tipo de centro que disponga de el espacio y instalaciones para practicar dichos exámenes o practicas.

Articulo 3. Las personas que no dispongan de Internet o medios para costear el servicio serán subvencionadas con un ordenador portátil y un acceso a Internet que le será retirado cuando concluya su formación académica.

Titulo IV. “De la oferta de los estudios ofrecidas”

Artículo 1. Los estudios que esta ley ofertara serán:
E.S.O
Bachillerato en cualquiera de sus modalidades
Todas las ramas de FP de grado medio
Cursos preparatorios para la PAU


Titulo V. “De los Docentes, Orientadores y Gobierno”

Articulo 1. Los docentes o los orientadores se comprometerán a ayudar a estos adolescentes a cumplir sus objetivos académicos hasta que concluyan los 20 años de edad.

Articulo 2. El gobierno se comprometerá a ofrecer una gama de ayudas de carácter Económico, Educativo y Psicológico según los requiera el adolescente. Estas ayudas se entregaran en forma de:

Económica: Cheque para Alimentación, ropa o de otro carácter que el adolescente necesite en ese momento.

Educativa: Cheque o prestación de material escolar, Internet o otro servicio que el adolescente requiera para formarse académicamente.

Psicológica: Apoyo median profesionales o de otra forma que requiera el adolescente.

Titulo VI. “De las Obligaciones de los Beneficiados”

Articulo 1. Los beneficiados de esta ley tendrán que firmar contrato con el centro educativo, en el cual se comprometen a finalizar el curso donde se allan matriculado. En caso de no ser así serán automáticamente excluidos de esta ley mediante un concejo escolar.

Articulo 2. Los beneficiados se comprometen a devolver todo el material ofrecido por el centro educativo una vez finalizada su formación académica o cumplidos los 20 años de edad.


Disposición Derogatoria.

Toda ley o artículo de una ley que entre en contraposición o sea inferior a la presente ley o a cualquiera de sus artículos, ese artículo o ley será derogado.

Disposición final
Este proyecto entrará en vigor en el curso siguiente después de su publicación en el D.O.E.



PRESIDENTA DE EXTREMADURA
Dorotea Pesch


Última edición por Javier Ibarra el Mar 12 Abr 2011 - 15:53, editado 3 veces
Javier Ibarra
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LEY DE INTEGRACIÓN DE PADRES Y MADRES ADOLESCENTES(GOBIERNO)FINALIZADA Empty Re: LEY DE INTEGRACIÓN DE PADRES Y MADRES ADOLESCENTES(GOBIERNO)FINALIZADA

Vie 1 Abr 2011 - 22:34
Toma la palabra el Presidente de la Asamblea de Extremadura, Roberto Iniesta:

Tienen los grupos de la Asamblea 48 horas para debatir y enjuiciar la ley propuesta por el grupo socialista.

El grupo socialista, podrá replicar en virtud del reglamento de la cámara o hacer una breve distinción de la misma.
Paco Botella
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LEY DE INTEGRACIÓN DE PADRES Y MADRES ADOLESCENTES(GOBIERNO)FINALIZADA Empty Re: LEY DE INTEGRACIÓN DE PADRES Y MADRES ADOLESCENTES(GOBIERNO)FINALIZADA

Jue 7 Abr 2011 - 17:46
Adolfo Bueno.

Sin duda un buen PL,es necesario proteger desde las instituciones a estos adolecentes que por circunstancias o por que quieren de verdad ser padres,no los podemos dejar abandonados a su suerte,pues los hijos/as de estos futuros padres seràn el sustento en un futuro proximo de nuestra comunidad.Apoyaremos este PL cion nuestro voto a favor.
Javier Ibarra
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LEY DE INTEGRACIÓN DE PADRES Y MADRES ADOLESCENTES(GOBIERNO)FINALIZADA Empty Re: LEY DE INTEGRACIÓN DE PADRES Y MADRES ADOLESCENTES(GOBIERNO)FINALIZADA

Dom 10 Abr 2011 - 23:11
Toma la palabra el Presidente de la Asamblea de Extremadura, Roberto Iniesta:

Tienen los grupos de la Asamblea 48 horas para VOTAR.
Javier Ibarra
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LEY DE INTEGRACIÓN DE PADRES Y MADRES ADOLESCENTES(GOBIERNO)FINALIZADA Empty Re: LEY DE INTEGRACIÓN DE PADRES Y MADRES ADOLESCENTES(GOBIERNO)FINALIZADA

Dom 10 Abr 2011 - 23:13
EL PSOE vota a FAVOR con 31 diputados
Javier Ibarra
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LEY DE INTEGRACIÓN DE PADRES Y MADRES ADOLESCENTES(GOBIERNO)FINALIZADA Empty Re: LEY DE INTEGRACIÓN DE PADRES Y MADRES ADOLESCENTES(GOBIERNO)FINALIZADA

Mar 12 Abr 2011 - 15:52
Don Roberto Iniesta, Presidente de la Asamblea

Votos a favor 31

Votos en contra y abstención 0

La ley queda aprobada y pasará al DOE

Se levanta la sesión
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