- Alejandro Estrada
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Fecha de inscripción : 23/02/2010
APROBADO// Ley de ayuda a la agricultura y ganaderia (Gobierno de Navarra)
Mar 1 Mar 2011 - 16:27
LEY DE AYUDA A LA AGRICULTURA Y GANADERIA
(GOBIERNO DE NAVARRA)
Preámbulo
El Gobierno de Navarra siempre ha estado comprometido por los agricultores y ganaderos de nuestra comunidad, por eso, llego el momento de que los ganaderos y agricultores puedan obtener unas subvenciones para solucionar sus problemas en su lugar de trabajo. Además se eliminan impuestos de ganaderia y agricultura.
Título Único
Artículo 1.1.- Todo agricultor con una plantación mayor o igual a 12 hectáreas sin contar cerros obtendrá una subvención proveniente de la Consejería encargada de Agricultura y Ganadería de 60.000 € en el caso de que esta plantación destine un 25% o más al cultivo de alimentos que no dañen ni el medio ambiente ni la salud pública.
Artículo 1.2.- El dueño de dicha explotación deberá mantener el estatus del artículo 1.1 durante al menos 3 años seguidos.
Artículo 1.3.- Solo se consentirá que los requisitos no se cumplan durante 30 días al año. Si esto no se cumple el dueño de la explotación deberá devolver todo el importe subvencionado en un plazo de 800 días
Artículo 2.1.- Toda explotación agrícola de 12 hectáreas o más de extensión que tenga a su vez una explotación ganadera extensiva de 100 unidades o más de ganado bovino, 400 unidades o más de ganado ovino o caprino, 60 unidades o más de ganado porcino, 600 unidades o más de aves con objetivo de explotación ganadera o 550 unidades o más de conejos, obtendrá una subvención proveniente de la Consejería encargada de Agricultura y Ganadería de 400.000 €.
Artículo 2.2.- El dueño de dicha explotación deberá mantener el estatus del artículo 2.1 durante al menos 10 años seguidos.
Artículo 2.3.- Solo se consentirá que los requisitos no se cumplan durante 60 días al año. Si esto no se cumple el dueño de la explotación deberá devolver todo el importe subvencionado en un plazo de 800 días.
Artículo 3.1.- Todo agricultor que elimine la utilización de fertilizantes artificiales, insecticidas y cualquier producto tóxico y utilice abono natural, fertilizante natural y métodos naturales antiinsectos y antiplagas, recibirá una subvención proveniente de la Consejería encargada de Agricultura y Ganadería de 220.000 €
Artículo 3.2.- El dueño de dicha explotación deberá mantener el estatus del artículo 3.1 durante al menos 5 años seguidos. Si esto no se cumple el dueño de la explotación deberá devolver todo el importe subvencionado en un plazo de 800 días.
Artículo 4.- Se eliminarán los impuestos autonómicos sobre semillas, abonos naturales y fertilizantes naturales así como de todo tipo de maquinaria agrícola, considerando maquinaria agrícola todo vehículo de tracción utilizado a la hora de realizar las labores del campo.
Disposición Derogatoria
Se derogan las ordenanzas normativas, reglamentos impositivos de interferencia, así como también las leyes, códigos o decretos de menor condición o en oposición con esta ley.
Disposición Final
Se reglamentará la presente ley dentro de los treinta días (30) días desde su publicación en el Boletín Oficial de Navarra
Firma:
Sofía Enériz de Diego
Presidenta de Navarra
Helena Martín Gudari
Consejera de Medio Ambiente, Agricultura y Ganaderia.
(GOBIERNO DE NAVARRA)
Preámbulo
El Gobierno de Navarra siempre ha estado comprometido por los agricultores y ganaderos de nuestra comunidad, por eso, llego el momento de que los ganaderos y agricultores puedan obtener unas subvenciones para solucionar sus problemas en su lugar de trabajo. Además se eliminan impuestos de ganaderia y agricultura.
Título Único
Artículo 1.1.- Todo agricultor con una plantación mayor o igual a 12 hectáreas sin contar cerros obtendrá una subvención proveniente de la Consejería encargada de Agricultura y Ganadería de 60.000 € en el caso de que esta plantación destine un 25% o más al cultivo de alimentos que no dañen ni el medio ambiente ni la salud pública.
Artículo 1.2.- El dueño de dicha explotación deberá mantener el estatus del artículo 1.1 durante al menos 3 años seguidos.
Artículo 1.3.- Solo se consentirá que los requisitos no se cumplan durante 30 días al año. Si esto no se cumple el dueño de la explotación deberá devolver todo el importe subvencionado en un plazo de 800 días
Artículo 2.1.- Toda explotación agrícola de 12 hectáreas o más de extensión que tenga a su vez una explotación ganadera extensiva de 100 unidades o más de ganado bovino, 400 unidades o más de ganado ovino o caprino, 60 unidades o más de ganado porcino, 600 unidades o más de aves con objetivo de explotación ganadera o 550 unidades o más de conejos, obtendrá una subvención proveniente de la Consejería encargada de Agricultura y Ganadería de 400.000 €.
Artículo 2.2.- El dueño de dicha explotación deberá mantener el estatus del artículo 2.1 durante al menos 10 años seguidos.
Artículo 2.3.- Solo se consentirá que los requisitos no se cumplan durante 60 días al año. Si esto no se cumple el dueño de la explotación deberá devolver todo el importe subvencionado en un plazo de 800 días.
Artículo 3.1.- Todo agricultor que elimine la utilización de fertilizantes artificiales, insecticidas y cualquier producto tóxico y utilice abono natural, fertilizante natural y métodos naturales antiinsectos y antiplagas, recibirá una subvención proveniente de la Consejería encargada de Agricultura y Ganadería de 220.000 €
Artículo 3.2.- El dueño de dicha explotación deberá mantener el estatus del artículo 3.1 durante al menos 5 años seguidos. Si esto no se cumple el dueño de la explotación deberá devolver todo el importe subvencionado en un plazo de 800 días.
Artículo 4.- Se eliminarán los impuestos autonómicos sobre semillas, abonos naturales y fertilizantes naturales así como de todo tipo de maquinaria agrícola, considerando maquinaria agrícola todo vehículo de tracción utilizado a la hora de realizar las labores del campo.
Disposición Derogatoria
Se derogan las ordenanzas normativas, reglamentos impositivos de interferencia, así como también las leyes, códigos o decretos de menor condición o en oposición con esta ley.
Disposición Final
Se reglamentará la presente ley dentro de los treinta días (30) días desde su publicación en el Boletín Oficial de Navarra
Firma:
Sofía Enériz de Diego
Presidenta de Navarra
Helena Martín Gudari
Consejera de Medio Ambiente, Agricultura y Ganaderia.
- Alejandro Estrada
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Re: APROBADO// Ley de ayuda a la agricultura y ganaderia (Gobierno de Navarra)
Mar 1 Mar 2011 - 16:30
Karlos Viña de Tudela
Esta el la ley presentada por el Gobierno de Navarra, a continuación su presidenta se dirigira a sus señorias para explicarles dicha ley. Tienen 48 para el debate. Gracias.
- Alejandro Estrada
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Re: APROBADO// Ley de ayuda a la agricultura y ganaderia (Gobierno de Navarra)
Mar 1 Mar 2011 - 16:35
Sofía Enériz de Diego
Gracias Señor Presidente, señorias.
Esta ley es una ley fundamental para salvar el paisaje de Navarra, tambien para garantizar que nuestros productos son de calidad, son frescos y no han pasado por ningun proceso degradante. La calidad de nuestros productos en Navarra es una cosa muy importante, y esto lo asegura al 100%.
El ganadero y el agricultor tiene muy pocos medios para intentar que su campo o su ganaderia este lo mejor posible, pero con esta ley se va ha solucionar, tengan en cuenta que es una ley muy importante, tanto para el medio ambiente, como para Navarra, como para la agricultura y la ganaderia y para todos.
Muchas gracias.
- César Alarcón
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Re: APROBADO// Ley de ayuda a la agricultura y ganaderia (Gobierno de Navarra)
Mar 1 Mar 2011 - 17:05
Ivan Latarra
Señorías,
Navarra cuenta con un importante y estratégico sector agrario, y entendemos que toda ayuda destinada al sostenimiento, conservación y productividad de la misma debe ser aceptable. Por ello, no añadimos más y aplaudimos el proyecto presentado.
Muchas Gracias
Señorías,
Navarra cuenta con un importante y estratégico sector agrario, y entendemos que toda ayuda destinada al sostenimiento, conservación y productividad de la misma debe ser aceptable. Por ello, no añadimos más y aplaudimos el proyecto presentado.
Muchas Gracias
- Alejandro Estrada
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Re: APROBADO// Ley de ayuda a la agricultura y ganaderia (Gobierno de Navarra)
Mar 1 Mar 2011 - 17:07
Sofia Enériz de Diego
Nos alegra conocer que apoyan el proyecto, es muy importante para el avance del sector agrario y ganadero.
- Juan rodriguez
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Re: APROBADO// Ley de ayuda a la agricultura y ganaderia (Gobierno de Navarra)
Miér 2 Mar 2011 - 20:42
ELENA GÓMEZ
Señorías, como ciudadana navarra que se preocupa de su tierra y de sus habitantes, me sentiría enormemente satisfecha de que saliera este proyecto adelante que supone un gran impulso a la agricultura de Navarra, por lo tanto cuenten ustedes con nuestro voto.
Señorías, como ciudadana navarra que se preocupa de su tierra y de sus habitantes, me sentiría enormemente satisfecha de que saliera este proyecto adelante que supone un gran impulso a la agricultura de Navarra, por lo tanto cuenten ustedes con nuestro voto.
- Alejandro Estrada
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Fecha de inscripción : 23/02/2010
Re: APROBADO// Ley de ayuda a la agricultura y ganaderia (Gobierno de Navarra)
Jue 3 Mar 2011 - 16:40
Karlos Viña de Tudela
Señorias, finalizado el debate, pasemos a la votación. Disponen de 48 horas.
- César Alarcón
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Re: APROBADO// Ley de ayuda a la agricultura y ganaderia (Gobierno de Navarra)
Jue 3 Mar 2011 - 16:52
Ivan Latarra
El Grupo Parlamentario PCE-EHAK (10) vota A FAVOR
El Grupo Parlamentario PCE-EHAK (10) vota A FAVOR
- Alejandro Estrada
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Re: APROBADO// Ley de ayuda a la agricultura y ganaderia (Gobierno de Navarra)
Jue 3 Mar 2011 - 16:53
Sofía Enériz de Diego
El PP (22) VOTA A FAVOR
El PP (22) VOTA A FAVOR
- Alejandro Estrada
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Re: APROBADO// Ley de ayuda a la agricultura y ganaderia (Gobierno de Navarra)
Sáb 5 Mar 2011 - 19:41
Karlos Viña de Tudela
Señorias, finaliza la votación, aqui los resultados.
VOTOS EMITIDOS:32 (PP, PCE-EHAK)
VOTOS NO EMITIDOS: 18 (PSOE, UPyD, PNV)
VOTOS A FAVOR: 32
VOTOS EN CONTRA: 0
VOTOS ABSTENCIÓN: 0
Queda aprobada la ley, en breves momento se hara oficial en el Boletin oficial de Navarra. Gracias por su asistencia. Se levanta la sesión.
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