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Ley 09/2018 por el cual se procede a la supresión del SMI (Gobierno de España)
Miér 19 Ene 2011 - 19:31
LEY O9/2018 SOBRE LA SUPRESIÓN DEL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL
Exposición de Motivos
El SMI ha servido de obstáculo generalizado en la historia reciente de España, y es el centro de la explicación ante la fuerte y cada vez mayor rigidez del mercado de trabajo español, y la perdida de competitividad que de ella se genera. Aunado la aplicación de la Devolución Mínima Proporcional como método de ingreso devolutivo, en función de lo expresado en el Impuesto Único sobre la Renta, establece todo ello, la necesidad imperante de efectuar la derogación definitiva del SMI como herramienta de distribución o de regulación en el mercado laboral. Así, la creación y regulación del SMI no solo ha sido altamente perjudicial para la libertad de empleo en un libre mercado laboral, sino también serias falencias en la economía, como generadora de presiones alcistas en precios y de profundas distorsiones en la economía de libre empresa y en los derechos de los trabajadores. Por ello, y con el objeto de instar a los procesos de reformas estructurales, el Gobierno de España dispone:
TÍTULO ÚNICO. DISPOSICIÓN GENERAL
El Salario Mínimo Interprofesional queda derogado y suprimido en todas sus instancias legales, institucionales y laborales en todo el territorio español.
DISPOSICIÓN ACLARATORIA
1. La presente Ley tendrá todos los efectos retroactivos necesarios, contemplada la misma como una nueva Ley integral adaptada a la legislación laboral del Reino de España.
2. Modifíquese automáticamente a la aprobación de la presente Ley, el Estatuto de los Trabajadores en la sección respectiva a la legislación del SMI.
3. La reduccion salarial no justificada en términos laborales para aquellos que perciban el salario minimo a precio nominal vigente al momento de entrar en vigor la presente Ley no será contemplada en los efectos retroactivos mencionados en el punto 1 de la disposición aclaratoria.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas las leyes y decretos de menor condición o en oposición a la presente Ley.
DISPOSICIÓN FINAL
Esta Ley entrará en vigor a partir de su publicación oficial.
Dada en madrid, a 30 de Septiembre de 2018.
Esteban Rodríguez Ocampo
Presidente del Gobierno
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