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Real Decreto 09/2018 sobre operativos de alerta al Estado Mayor Conjunto de la Defensa (Gobierno de España) Empty Real Decreto 09/2018 sobre operativos de alerta al Estado Mayor Conjunto de la Defensa (Gobierno de España)

Dom 16 Ene 2011 - 14:27
Real Decreto 09/2018 sobre operativos de alerta al Estado Mayor Conjunto de la Defensa (Gobierno de España) Gobiernopresidencia

REAL DECRETO O9/2018 SOBRE OPERATIVOS DE ALERTA AL ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LA DEFENSA

AL ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LA DEFENSA

I. CONTEXTO

El Presidente del Gobierno de España, el Ministro de Defensa, la Comisión de Asuntos de Inteligencia del Consejo de Ministros y la Junta de Jefes del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas Españolas (FAS), reunidas de manera extraordinaria en el centro militar de la Fuerza Aérea, toman en cuenta los siguientes hechos:

A) Notándose la reubicación de fuerzas militares marroquíes entorno a las ciudades españoles de Ceuta y Melilla, como medida de presión armada en función de la situación del incidente diplomático generado por la expulsión y el maltrato hacia ciudadanos españoles en Marruecos.

B)- Teniendo en cuenta los informes clasificados de nivel 1 de la Agencia de Seguridad Nacional (ASN//2018-751h) y los informes clasificados de nivel 1 del Servicio de Información Exterior (SIE//2018-345h) en los cuales se verifica la movilización preocupante y amenazante de las Fuerzas Armadas de Marruecos.

C)- Sabiendo de las amenazas diplomáticas y militares recibidas por miembros del Gobierno marroquí.

II. DISPOSICIONES

1) Puesta en alerta ambar-amarila de la Armada.

2) Alerta máxima a las unidades aduaneras de todos las unidades de transporte aereas y marírimas provenientes de Marruecos.

3) Alerta máxima a las bases navales, aéreas y terrestres en las ciudades de Ceuta y Melilla.


III. AUTORIZACIONES

4) Se autoriza y se ordena a la Agencia de Seguridad Nacional y al Servicio de Información Exterior dirigir y efectuar todas aquellas actividades, que econtrándose dentro de sus competencias y de acuerdo al Derecho Internacional, sean necesarias en el contexto actual.


IV. DISPOSICIONES ADICIONALES

5) Se elevan todas aquellas actividades derivadas del presente Real Decreto al nivel de clasificación de nivel 4, de acuerdo a la Ley de Servicios de Inteligencia (2009)

6) Se traslada este Real Decreto, así como todas las actividades derivadas de ésta, al Consejo de Regencia de SAR el Príncipe Felipe, a los parlamentarios miembros de la Comisión de Inteligencia y Secretos Oficiales del Congreso de los Diputados, al Director de la ASN, al Director del SIE y a la Directora del GOA.

7) La publicación en los medios de comunicación tendrá un retardo de 24 horas a partir de su publicación oficial.

DISPOSICIÓN FINAL
Esta Ley entrará en vigor a partir de su publicación en el BOE.
Dada en Madrid, 30 de septiembre de 2018.

Esteban Rodríguez Ocampo
Presidente del Gobierno
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