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FINALIZADO--NUEVO REGLAMENTO ACTUACIÓN EN EL PARLAMENTO DE ANDALUCIA(GOBIERNO)
Mar 25 Mayo 2010 - 10:08
Nuevo Reglamento de la Camara de Andalucia :
Preámbulo:
Para
facilitar el mejor funcionamiento de la cámara y facilitar los trámites
de debate y aprobación para las propuestas presentadas en esta asamblea.
DE LA CÁMARA Y SU COMPOSICIÓN
Articulo I:
La asamblea estará compuesta por los diputados de los diversos partidos,
representados estos por sus portavoces y portavoces adjuntos. Estos
serán los únicos con potestad y deber de debatir y votar en esta
asamblea.
En caso de ausencia de ambos portavoces, previa
comunicación de dicha ausencia, se permitirá que el grupo parlamentario
afectado presente un portavoz sustituto para dicho debate o votación.
Articulo II:
La asamblea estará dirigida por un Presidente que tendrá por finalidad el
moderar, controlar y abrir o cerrar los debates o votaciones. Será
además su función el publicar en el B.O.J.A. las leyes o propuestas
aprobadas.
Articulo III:
Se prohíbe asamblea las conductas impropias u ofensivas pudiendo ser estas amonestadas por el presidente de la cámara. Se insta a los señores portavoces el uso de un lenguaje correcto y educado.
DE LOS DEBATES:
Articulo IV:
Su duración será de 48 horas requiriendo el concurso de un tercio de la
asamblea para que esta pase a votación, en caso contrario se concederá
una prorroga de 24 horas.
Articulo V:
Los debates se abrirán de lunes a viernes con la finalidad de facilitar el concurso y
participación de los distintos grupos parlamentarios. En caso de
propuestas que requieran aprobación urgente, casos de emergencia o
alerta, se convocara sesión extraordinaria para su debate y aprobación.
DE LAS VOTACIONES
Articulo VI:
Tendrán lugar de lunes a viernes con la finalidad de facilitar la opinión y
voto de todos los grupos parlamentarios. En caso de propuestas que
requieran aprobación urgente, casos de emergencia o alerta, se
convocara sesión extraordinaria para su debate y aprobación.
Para la aprobación o reprobación de una propuesta será necesario el concurso de al menos un tercio de la asamblea.
Articulo VII:
Toda ley que haya sido rechazada por la asamblea no podrá volver a ser
presentada hasta ser reformada y pase nuevamente todos los trámites de
Debate y Votación.
CONSIDERACIONES PARA SUPUESTOS ESPECIALES:
Articulo VIII:
Toda agrupación, asociación o colectividad de ciudadanos que lo requiera
podrá hacer uso del derecho de voz, siempre con el voto favorable de la
cámara, para expresar sus reivindicaciones o peticiones.
Articulo IX:
Los diputados como representantes de la ciudadania tienen la obligacion de
acudir a los debates y votaciones de la asamblea de Andalucia, si alguno
de los diputados faltase a mas de dos debates o votaciones debera
abonar una multa de 1.500€ al fondo social de la comunidad autonoma, ya
que estaria incumpliendo su labor como representante de la ciudadania.
El encargado de hacer cumplir estas penas es el presidente de la camara.
Disposición Final:
Este reglamento de régimen interno entrará entrada inmediata a las 6 horas tras su publicación en el B.O.J.A.
PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCIA
JESÚS GRIÑÁN
Tiene la palabra el Presidente de la Cámara:
El portavoz del grupo socialista tiene la palabra;
Gracias Presidente, Hoy presentamos una nueva forma de actuar en la cámara, puesto que había una descordinación en cuanto al funcionamiento de la cámara proponemos el siguiente reglamento, para que lo observen y aleguen cuantas cosas estimen oportunas.
Gracias
El presidente de la Cámara toma la palabra:
Tienen 48 horas, para la votación y el portavoz Socialista replicará a las intervenciones de los grupos
Comienza el debate
Preámbulo:
Para
facilitar el mejor funcionamiento de la cámara y facilitar los trámites
de debate y aprobación para las propuestas presentadas en esta asamblea.
DE LA CÁMARA Y SU COMPOSICIÓN
Articulo I:
La asamblea estará compuesta por los diputados de los diversos partidos,
representados estos por sus portavoces y portavoces adjuntos. Estos
serán los únicos con potestad y deber de debatir y votar en esta
asamblea.
En caso de ausencia de ambos portavoces, previa
comunicación de dicha ausencia, se permitirá que el grupo parlamentario
afectado presente un portavoz sustituto para dicho debate o votación.
Articulo II:
La asamblea estará dirigida por un Presidente que tendrá por finalidad el
moderar, controlar y abrir o cerrar los debates o votaciones. Será
además su función el publicar en el B.O.J.A. las leyes o propuestas
aprobadas.
Articulo III:
Se prohíbe asamblea las conductas impropias u ofensivas pudiendo ser estas amonestadas por el presidente de la cámara. Se insta a los señores portavoces el uso de un lenguaje correcto y educado.
DE LOS DEBATES:
Articulo IV:
Su duración será de 48 horas requiriendo el concurso de un tercio de la
asamblea para que esta pase a votación, en caso contrario se concederá
una prorroga de 24 horas.
Articulo V:
Los debates se abrirán de lunes a viernes con la finalidad de facilitar el concurso y
participación de los distintos grupos parlamentarios. En caso de
propuestas que requieran aprobación urgente, casos de emergencia o
alerta, se convocara sesión extraordinaria para su debate y aprobación.
DE LAS VOTACIONES
Articulo VI:
Tendrán lugar de lunes a viernes con la finalidad de facilitar la opinión y
voto de todos los grupos parlamentarios. En caso de propuestas que
requieran aprobación urgente, casos de emergencia o alerta, se
convocara sesión extraordinaria para su debate y aprobación.
Para la aprobación o reprobación de una propuesta será necesario el concurso de al menos un tercio de la asamblea.
Articulo VII:
Toda ley que haya sido rechazada por la asamblea no podrá volver a ser
presentada hasta ser reformada y pase nuevamente todos los trámites de
Debate y Votación.
CONSIDERACIONES PARA SUPUESTOS ESPECIALES:
Articulo VIII:
Toda agrupación, asociación o colectividad de ciudadanos que lo requiera
podrá hacer uso del derecho de voz, siempre con el voto favorable de la
cámara, para expresar sus reivindicaciones o peticiones.
Articulo IX:
Los diputados como representantes de la ciudadania tienen la obligacion de
acudir a los debates y votaciones de la asamblea de Andalucia, si alguno
de los diputados faltase a mas de dos debates o votaciones debera
abonar una multa de 1.500€ al fondo social de la comunidad autonoma, ya
que estaria incumpliendo su labor como representante de la ciudadania.
El encargado de hacer cumplir estas penas es el presidente de la camara.
Disposición Final:
Este reglamento de régimen interno entrará entrada inmediata a las 6 horas tras su publicación en el B.O.J.A.
PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCIA
JESÚS GRIÑÁN
Tiene la palabra el Presidente de la Cámara:
El portavoz del grupo socialista tiene la palabra;
Gracias Presidente, Hoy presentamos una nueva forma de actuar en la cámara, puesto que había una descordinación en cuanto al funcionamiento de la cámara proponemos el siguiente reglamento, para que lo observen y aleguen cuantas cosas estimen oportunas.
Gracias
El presidente de la Cámara toma la palabra:
Tienen 48 horas, para la votación y el portavoz Socialista replicará a las intervenciones de los grupos
Comienza el debate
- Mel Villegas
- Cantidad de envíos : 279
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Re: FINALIZADO--NUEVO REGLAMENTO ACTUACIÓN EN EL PARLAMENTO DE ANDALUCIA(GOBIERNO)
Miér 26 Mayo 2010 - 0:49
Bueno nosostros en un principio nos parece un reglamento acertado y responsable de modo que nuestro voto es a favor de este reglamento
- Andrés Arriaga Couto
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Re: FINALIZADO--NUEVO REGLAMENTO ACTUACIÓN EN EL PARLAMENTO DE ANDALUCIA(GOBIERNO)
Jue 27 Mayo 2010 - 21:26
Ángel Casquero
¿Nos podrían presentar las nuevas reformas y compararlas con el anterior reglamento? Resulta complejo ver las diferencias con la anterior normativa de la Cámara.
¿Nos podrían presentar las nuevas reformas y compararlas con el anterior reglamento? Resulta complejo ver las diferencias con la anterior normativa de la Cámara.
- Javier Ibarra
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Re: FINALIZADO--NUEVO REGLAMENTO ACTUACIÓN EN EL PARLAMENTO DE ANDALUCIA(GOBIERNO)
Sáb 29 Mayo 2010 - 0:34
Sr portavoz del grupo UCE, Sr. Angel Casquero, según consta en nuestros servicios jurídicos, no consta reglamento de trabajo parlamentario en este parlamento. Por tanto, de lo que se trata es de poner un reglamento, para que nos rijamos por unas normas y trabajemos.
Gracias Señorías
Gracias Señorías
- Javier Ibarra
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Re: FINALIZADO--NUEVO REGLAMENTO ACTUACIÓN EN EL PARLAMENTO DE ANDALUCIA(GOBIERNO)
Sáb 29 Mayo 2010 - 0:39
Toma la palabra el Presidente del Parlamento Andaluz:
Sus señorías tienen 48 horas para la votación de este reglamento orgánico como Proposición de ley
Sus señorías tienen 48 horas para la votación de este reglamento orgánico como Proposición de ley
- Ernesto Medina
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Re: FINALIZADO--NUEVO REGLAMENTO ACTUACIÓN EN EL PARLAMENTO DE ANDALUCIA(GOBIERNO)
Sáb 29 Mayo 2010 - 1:49
Partido Comunista de Andalucía (22) vota A FAVOR
- Mel Villegas
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Re: FINALIZADO--NUEVO REGLAMENTO ACTUACIÓN EN EL PARLAMENTO DE ANDALUCIA(GOBIERNO)
Lun 31 Mayo 2010 - 17:03
Grupo parlamentario popular 26 VOTOS A FAVOR.
- Pepe Pito
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Fecha de inscripción : 25/04/2010
Re: FINALIZADO--NUEVO REGLAMENTO ACTUACIÓN EN EL PARLAMENTO DE ANDALUCIA(GOBIERNO)
Lun 31 Mayo 2010 - 17:13
Antonio Cano.
----------------
UPyD (20 diputados) vota a FAVOR.
----------------
UPyD (20 diputados) vota a FAVOR.
- Javier Ibarra
- Cantidad de envíos : 3426
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Re: FINALIZADO--NUEVO REGLAMENTO ACTUACIÓN EN EL PARLAMENTO DE ANDALUCIA(GOBIERNO)
Miér 2 Jun 2010 - 11:35
El PSOE VOTA CON 36 PARALAMENTARIOS A FAVOR
- Javier Ibarra
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Re: FINALIZADO--NUEVO REGLAMENTO ACTUACIÓN EN EL PARLAMENTO DE ANDALUCIA(GOBIERNO)
Miér 2 Jun 2010 - 13:33
El presidente del Parlamento toma la palabra
Terminado el período de votaciones:
Votos a FAVOR 104
Votos EN CONTRA 0
Votos en ABSTENCIÓN O
La ley queda aprobada.
Se levanta la sesión.
Terminado el período de votaciones:
Votos a FAVOR 104
Votos EN CONTRA 0
Votos en ABSTENCIÓN O
La ley queda aprobada.
Se levanta la sesión.
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