(((FIN))) DEBATE/VOTACIÓN//Ley de protección de personas mayores (PP)
Sáb 3 Abr 2010 - 15:30
FDP: Voy a empezar a despachar las medidas de cinco en cinco porque sino nos vamos a tirar una eternidad con las más de 80 que ya hay presentadas.
DDP:
Bien, señorías, se abre la sesión, la ley que se presenta es la siguiente (por el PP), tienen 48 para el debate, el PP realizará una primera introducción y a continuación se pasará a las intervenciones de los demás diputados.
Preámbulo
Debido al envejecimiento notable de la población de nuetsra CA es necesario un servicio que cuide de ellos de manera directa y eficiente. Además, debido a los casos de maltrato a presonas mayore en los Hogares de la 3ª edad, se presenta el siguiente proyecto.
Título Único
Artículo 1.1.- Se creará una red de vigilancia de Hogares de la 3ª edad en la Comunidad Autónoma de La Rioja (REVIHOG)
Artículo 1.2.- La REVIHOG mandará a todos y cada uno de los Hogares de la 3ª edad un revisor sorpresa que se encargará de ir a estos centros 10 días al mes, en días salteados.
Artículo 1.3.- El revisor llevará una cámara oculta donde se filme todo lo que allí ocurra al detalle
Artículo 1.4.- El revisor deberá denunciar cualquier maltrato a cualquier residente o cualquier delito que allí se cometa de manera instantanea, además de avisar a las familias de los residentes.
Artículo 1.5.- El revisor podrá pedir el acceso a cualquier lugar que solicite que pertenezca al Hogar de la 3ª edad.
Artículo 1.6.- Todos los revisores podrán entrevistarse con cualquier residente con el que solicite entrevsitarse.
Artículo 2.1.- En el caso de que el residente y/o la familia denuncie algún indicio de actividad delictiva deberá acudir a su ayuntamiento, donde dispondrá de una oficina del REVIHOG.
Artículo 2.2.- Al poner en aviso a la REVIHOG, ésta, mandará inmediatamente un inspector al Hogar de la 3ª edad.
Artículo 3.1.- Todo aquel Hogar de la 3ª edad donde se halla demostrado actividad ilegal alguna será cerrado de inmediato y deberá pagar una multa de 25.000 euros a cada residente, además, deberá devolver todo el dinero que hallan cobrado hasta el momento a aquellas personas que hallan pagado los servivios de esa residencia. Adamás, deberán pagar 2.500 euros a cada uno de los hijos del residente
Artículo 3.2.- En el caso de que esa persona no tenga hijos, deberán pagar esos 2.500 euros a los hermanos del residente.
Artículo 3.3.- En el caso de que esa persona no tenga hermanos, deberán pagar esos 2.500 euros a los nietos del residente.
Artículo 3.2.- En el caso de que esa persona no tenga nietos, deberán pagar esos 2.500 euros a las personas que el residente decida.
Artículo 4.1.- Todos los Hogares de la 3ª edad deberán facilitar una sala para que cada paciente pueda hablar siempre que quiera con la REVIHOG. Obligatoriamente deberá ser como mínimo una vez al mes.
Artículo 4.2.- En la sala no podrá haber nadie más que el residente que haga la llamada.
Artículo 4.3.1.- La sala facilitada deberá estar insonorizada y grabada por video-vigilancia.
Artículo 4.3.2.- La grabaciones jamás podrán ser vistas por nadie que no sea miembro de la REVIHOG, ya que la señal de esa grabación será enviada en directo a la oficina municipal de la REVIHOG.
Disposición Final
Esta ley entrará en vigor en el momento de su publicación en el BOR.
DDP:
Alfredo Botín
Bien, señorías, se abre la sesión, la ley que se presenta es la siguiente (por el PP), tienen 48 para el debate, el PP realizará una primera introducción y a continuación se pasará a las intervenciones de los demás diputados.
Ley de protección de personas mayores (PP)
Preámbulo
Debido al envejecimiento notable de la población de nuetsra CA es necesario un servicio que cuide de ellos de manera directa y eficiente. Además, debido a los casos de maltrato a presonas mayore en los Hogares de la 3ª edad, se presenta el siguiente proyecto.
Título Único
Artículo 1.1.- Se creará una red de vigilancia de Hogares de la 3ª edad en la Comunidad Autónoma de La Rioja (REVIHOG)
Artículo 1.2.- La REVIHOG mandará a todos y cada uno de los Hogares de la 3ª edad un revisor sorpresa que se encargará de ir a estos centros 10 días al mes, en días salteados.
Artículo 1.3.- El revisor llevará una cámara oculta donde se filme todo lo que allí ocurra al detalle
Artículo 1.4.- El revisor deberá denunciar cualquier maltrato a cualquier residente o cualquier delito que allí se cometa de manera instantanea, además de avisar a las familias de los residentes.
Artículo 1.5.- El revisor podrá pedir el acceso a cualquier lugar que solicite que pertenezca al Hogar de la 3ª edad.
Artículo 1.6.- Todos los revisores podrán entrevistarse con cualquier residente con el que solicite entrevsitarse.
Artículo 2.1.- En el caso de que el residente y/o la familia denuncie algún indicio de actividad delictiva deberá acudir a su ayuntamiento, donde dispondrá de una oficina del REVIHOG.
Artículo 2.2.- Al poner en aviso a la REVIHOG, ésta, mandará inmediatamente un inspector al Hogar de la 3ª edad.
Artículo 3.1.- Todo aquel Hogar de la 3ª edad donde se halla demostrado actividad ilegal alguna será cerrado de inmediato y deberá pagar una multa de 25.000 euros a cada residente, además, deberá devolver todo el dinero que hallan cobrado hasta el momento a aquellas personas que hallan pagado los servivios de esa residencia. Adamás, deberán pagar 2.500 euros a cada uno de los hijos del residente
Artículo 3.2.- En el caso de que esa persona no tenga hijos, deberán pagar esos 2.500 euros a los hermanos del residente.
Artículo 3.3.- En el caso de que esa persona no tenga hermanos, deberán pagar esos 2.500 euros a los nietos del residente.
Artículo 3.2.- En el caso de que esa persona no tenga nietos, deberán pagar esos 2.500 euros a las personas que el residente decida.
Artículo 4.1.- Todos los Hogares de la 3ª edad deberán facilitar una sala para que cada paciente pueda hablar siempre que quiera con la REVIHOG. Obligatoriamente deberá ser como mínimo una vez al mes.
Artículo 4.2.- En la sala no podrá haber nadie más que el residente que haga la llamada.
Artículo 4.3.1.- La sala facilitada deberá estar insonorizada y grabada por video-vigilancia.
Artículo 4.3.2.- La grabaciones jamás podrán ser vistas por nadie que no sea miembro de la REVIHOG, ya que la señal de esa grabación será enviada en directo a la oficina municipal de la REVIHOG.
Disposición Final
Esta ley entrará en vigor en el momento de su publicación en el BOR.
Re: (((FIN))) DEBATE/VOTACIÓN//Ley de protección de personas mayores (PP)
Sáb 3 Abr 2010 - 16:13
Ricardo Gómez
Señorías, la protección de las personas mayores es vital para el progreso moral y social de nuestra CA. Muchos Hogares del Juvilado han maltratado claramente a sus clientes, tanto física como psicológicamente, y esto nos e puede permitir a la hora de crear una sociedad más moderna y disciplinaria. Es vorgonzosa la actitud de algunos individuos ante las personas mayores y también es por ello necesario tomar medidas para frenar esta situación. Por todo ello, espero que todos ustedes respalden esta medida, que yo les aseguro que ser´amuy beneficiosa, muchas gracias.Re: (((FIN))) DEBATE/VOTACIÓN//Ley de protección de personas mayores (PP)
Sáb 3 Abr 2010 - 16:14
Alfredo Botín
Pasemos al turno de réplicas.Re: (((FIN))) DEBATE/VOTACIÓN//Ley de protección de personas mayores (PP)
Mar 6 Abr 2010 - 15:33
Alfredo Botín
Pasamos a la votaciónRicardo Gómez
El PP (17) vota A FAVOR
Re: (((FIN))) DEBATE/VOTACIÓN//Ley de protección de personas mayores (PP)
Sáb 24 Abr 2010 - 21:16
Alfredo Botín
Bien, el resultado es el siguiente:A FAVOR: 17
EN CONTRA: 0
ABSTENCIÓN: 0
Queda aprobada, se publicará en en BOR, se cierra la sesión.
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