- Sr. Heras
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Plan de Creación del Centro de Investigación Avanzada de Energías y Combustibles Renovables y Complementarias de Melilla (GOBIERNO). Debate
Sáb 20 Mar 2010 - 0:28
Fernando Bezerra
Señorías,
Se procede al debate del Plan de Creación del Centro de Investigación Avanzada de Energías y Combustibles Renovables y Complementarias de Melilla promovido e impulsado por el Gobierno.
Tienen 48 horas para tal efecto. Pasado este turno se llevará a votación dicha propuesta.
Muchas Gracias
Señorías,
Se procede al debate del Plan de Creación del Centro de Investigación Avanzada de Energías y Combustibles Renovables y Complementarias de Melilla promovido e impulsado por el Gobierno.
Tienen 48 horas para tal efecto. Pasado este turno se llevará a votación dicha propuesta.
Muchas Gracias
Plan de Creación del Centro de Investigación Avanzada de Energías y Combustibles Renovables y Complementarias de Melilla.
Preámbulo
Tras el éxito del proyecto aprobado años atrás en la Comunidad Canaria, el gobierno de Melilla en su firme deseo de homogenización y trasvase de buenas medidas, se cree conveniente la creacción del Centro de Investigación avanzada de Energias y Combustibles renovables y Complementarias dotando a la ciudad autónoma de punteros valores en lo que a investigación y desarrollo energético e industrial se refiere.
Título I
Sobre la Creación del Centro de Investigación Avanzada de Energías y Combustibles Renovables y Complementarias.
Capítulo I
—Principios Generales
Artículo I
La presente Ley tiene por objeto regular la organización y el funcionamiento del Centro Canario de Investigación Avanzada de Energías y Combustibles Renovables y Complementarios. En adelante CIAER
Artículo II
El CIAER es una organización de derecho público, y es autónomo y autárquico, adscrito económicamente a la Consejería de Industria, Agricultura y Medio Ambiente . Tendrá domicilio legal en zona cercana a la universidad de Melilla , y colaborará con Universidad de Granada en la que se encuadra.
Artículo III
Sin perjuicio de las competencias atribuidas al Gobierno de por ésta u otras normas, corresponde al titular de la Consejería de Industria, agricultura y Medio Ambiente realizar la dirección estratégica, la evaluación y el control de objetivos sobre sus actuaciones.
Artículo IV
El CIAER tiene como finalidad dotar a la sociedad de la investigación y los productos matriculados propia, para la producción de energía y combustibles renovables y no perjudiciales para el ambiente.
Artículo V
Las patentes creadas o ayudadas desde esta organización serán cogestionadas por el CIAER, y serán registradas en España.
Capítulo II.
Sobre las funciones.
Artículo VI.
Funciones del CIAER
a) Investigar, analizar y ofrecer productos para la producción de energías y combustibles, para el crecimiento sostenido y el desarrollo sustentable.
b) Ofrecer productos e investigaciones propias a la producción y desarrollo de las empresas, otros centros de investigación, y la Ciudad Autónoma de Melilla. Podrá haber en este, centros especializados de empresas e investigadores adjuntos.
c) Colaborar con el Gobierno, y con investigación similar, y con las universidades y centros de investigación.
d) Informar a la sociedad mediante charlas, conferencias, campañas de publicidad y cualquier otro medio que pudiera resultar efectivo, de sus logros.
e) Formar a personal especializado en el desarrollo sustentable. Podrá contratar a pasantes de las universidad de Granada.
f) Colaborar con Universidades, ONG’s, y otras organizaciones que investiguen el desarrollo y preservación de la naturaleza.
g) Colaborar con estudios independientes e internacionales, dentro de las leyes de la UE.
h)La investigacion para la proteccion del ambiente y la promocion del desarrollo sustentable y cuidado de recursos.
Capítulo III
Sobre la Organización .
Artículo VII
El CIAER se estructura en los siguientes órganos:
a) Sobre la dirección, estará a cargo de
— La Junta Rectora, conformada por cinco representantes por los investigadores, un representante por las ONG’s, un representante por universidad, un representante por el personal de la organización, un representante por los investigadores y profesores adjuntos e invitados de otros centro internacionales, Un representante por cada empresa que tengan un centro adjunto físicamente, un representante por los pasantes universitarios.
— La Presidencia, electa por la Junta Rectora de uno de sus miembros.
b) De participación:
— El Consejo de CIAER, conformado por todo el personal.
Artículo VIII
Todos los miembros de los órganos de Organización tendrán un mandato de cuatro años. Tendrán la responsabilidad de acordar un reglamento y estatuto único para el funcionamiento.
Artículo IX
Los miembros de la Junta Rectora de CIAER estarán sometidos a control de la asamblea de Melilla
Capítulo IV
Sobre normas jurídicas aplicables.
Artículo X
El CIAER como ente autónomo de derecho público se rige por la presente Ley, el Reglamento y sus estatutos y las disposiciones que la desarrollen y, en lo no previsto en ellas, por el resto de la normativa autonómica y demás legislación aplicable en la materia.
Título II
Financiación y Presupuesto
Articulo XI
El Presupuesto inicial de CIAER se fija en 150.000.000.000 € conformado por 40% de la administración Autonómica, de la Consejería de Industria, agricultura y Medio Ambiente , 10% de órganos privados autónomos, 50% de organizaciones gubernamentales, y se conformara en 10 años.
Articulo XII
La financiación será compuesta por:
a) Las consignaciones específicas previstas en los presupuestos generales de Melilla.
b) Las transferencias, corrientes o de capital, que procedan de otras Administraciones u organismos públicos.
c) Los bienes y valores, productos y rentas que provengan del patrimonio que le sea adscrito por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla
d) Los ingresos ordinarios y extraordinarios que esté autorizado a percibir.
e) Las subvenciones, aportaciones y donaciones que reciba de cualquier organismo público o de particulares.
f) Las operaciones de endeudamiento que le sean legalmente autorizadas.
g) Las patentes y sus derechos y Cualquier otro recurso que le pudiera ser atribuido.
Disposiciones Transitorias
Primera
En el plazo máximo de los dos meses siguientes a la entrada en vigor de la presente Ley, se designará la representación de los grupos que constituyen la Junta Rectora del CIAER, quienes serán nombrados mediante acuerdo del Gobierno de Melilla y la asamblea de la ciudad de Melilla, dentro del mes siguiente a la finalización del plazo precedente.
Disposicion Final
La presente Ley entrara en vigor el dia de su publicación en el Boletin Oficial.
- Sr. Heras
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Fecha de inscripción : 16/10/2008
Re: Plan de Creación del Centro de Investigación Avanzada de Energías y Combustibles Renovables y Complementarias de Melilla (GOBIERNO). Debate
Mar 23 Mar 2010 - 0:28
Fernando Bezerra
Finaliza el nulo debate.
Finaliza el nulo debate.
- Alejandro Estrada
- Cantidad de envíos : 11654
Fecha de inscripción : 23/02/2010
Re: Plan de Creación del Centro de Investigación Avanzada de Energías y Combustibles Renovables y Complementarias de Melilla (GOBIERNO). Debate
Mar 23 Mar 2010 - 14:27
Votaciones¿¿?¿?¿?¿?
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