(((FIN))) DEBATE/VOTACIÓN//PL (PR-Mx) LEY DE PRESTAMO DE LIBROS DE TEXTO
Vie 12 Mar 2010 - 16:21
FDP: Voy a empezar a despachar las medidas de cinco en cinco porque sino nos vamos a tirar una eternidad con las más de 80 que ya hay presentadas.
DDP:
Bien, señorías, se abre la sesión, la ley que se presenta es la siguiente(por el PR), tienen 48 para el debate, el PR realizará una primera introducción y a continuación se pasará a las intervenciones de los demás diputados.
Preámbulo
El desembolso anual que realizan los padres y madres y tutores a principio de curso es al punto desorbitado, suponiendo para muchas familias un gasto enorme que no se puede sustentar fácilmente. La carta de los derechos humanos establece que han las personas tenemos un derecho universal a la educación, y por todo ello es necesario hacer universal el acceso al material escolar necesario para poder ejercerlo.
Articulado:
Artículo 1:
Serán beneficiarios de la presente ley el alumnado cursa sus estudios de enseñanza obligatoria en centros de enseñanza de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Artículo 2:
Los libros se concederán en regimen de prestamo, siguiendo el siguiente procedimiento:
1. Los libros se entregarán al inicio de curso al alumnado matriculado.
2. Los libros deberán ser devueltos por el alumnado una semana antes del final del curso y en ningún caso después de los quince días posteriores al fin de curso.
3. Los libros cuando sean devueltos por los alumnos/as serán revisados por el tutor del grupo para verificar el estado de los mismos y proponer reponer o modificar las partidas.
Artículo 3:
En caso de deterioro grave o pérdida de los libros en un plazo inferior a 3 años, los padres o tutores legales deberán abonar el coste del libro íntegramente
Título II: De la adquisición de los libros
Articulo 4:
Los libros serán adquiridos por los centros al comienzo del curso, adquiriendolos en tiendas especializadas del entorno tras hacer publica la oferta de adquisición.
Articulo 5:
Para ello, el Gobierno de La Rioja trasnferirá los recursos economicos necesarios a los centros escolares tras recibir una petición en la que se justifica el numero de alumnado matriculado y los materiales curriculares con los que se va a trabajar.
Articulo 6:
Se creará una comisión conjunta entre los centros escolares de la Comunidad de La Rioja y la Consejeria de Educación para revisar, cada 3 años los materiales adquiridos, valorar su valor pedagógico y acordar la compra de nuevo material para desarrollar la labor docente y actualizar los contenidos.
Disposición adicional primera
Se realizará una inversion inicial de 12.000.0000 de euros, acordando tanto en las comision mixta recogida en el articulo 6 como en las peticiones de cada centro escolar las necesidades economicas de los sucesivos cursos escolares.
Disposición final
La presente ley entrará en vigor a partir de su publicación en el BOR, poniendose en marcha el curso escolar siguiente a su entrada en vigor.
Logroño X-XX-XXXX
DDP:
Alfredo Botín
Bien, señorías, se abre la sesión, la ley que se presenta es la siguiente(por el PR), tienen 48 para el debate, el PR realizará una primera introducción y a continuación se pasará a las intervenciones de los demás diputados.
PL (PR-Mx) LEY DE PRESTAMO DE LIBROS DE TEXTO
Preámbulo
El desembolso anual que realizan los padres y madres y tutores a principio de curso es al punto desorbitado, suponiendo para muchas familias un gasto enorme que no se puede sustentar fácilmente. La carta de los derechos humanos establece que han las personas tenemos un derecho universal a la educación, y por todo ello es necesario hacer universal el acceso al material escolar necesario para poder ejercerlo.
Articulado:
Titulo I: Del préstamo de libros
Artículo 1:
Serán beneficiarios de la presente ley el alumnado cursa sus estudios de enseñanza obligatoria en centros de enseñanza de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Artículo 2:
Los libros se concederán en regimen de prestamo, siguiendo el siguiente procedimiento:
1. Los libros se entregarán al inicio de curso al alumnado matriculado.
2. Los libros deberán ser devueltos por el alumnado una semana antes del final del curso y en ningún caso después de los quince días posteriores al fin de curso.
3. Los libros cuando sean devueltos por los alumnos/as serán revisados por el tutor del grupo para verificar el estado de los mismos y proponer reponer o modificar las partidas.
Artículo 3:
En caso de deterioro grave o pérdida de los libros en un plazo inferior a 3 años, los padres o tutores legales deberán abonar el coste del libro íntegramente
Título II: De la adquisición de los libros
Articulo 4:
Los libros serán adquiridos por los centros al comienzo del curso, adquiriendolos en tiendas especializadas del entorno tras hacer publica la oferta de adquisición.
Articulo 5:
Para ello, el Gobierno de La Rioja trasnferirá los recursos economicos necesarios a los centros escolares tras recibir una petición en la que se justifica el numero de alumnado matriculado y los materiales curriculares con los que se va a trabajar.
Articulo 6:
Se creará una comisión conjunta entre los centros escolares de la Comunidad de La Rioja y la Consejeria de Educación para revisar, cada 3 años los materiales adquiridos, valorar su valor pedagógico y acordar la compra de nuevo material para desarrollar la labor docente y actualizar los contenidos.
Disposiciones
Disposición adicional primera
Se realizará una inversion inicial de 12.000.0000 de euros, acordando tanto en las comision mixta recogida en el articulo 6 como en las peticiones de cada centro escolar las necesidades economicas de los sucesivos cursos escolares.
Disposición final
La presente ley entrará en vigor a partir de su publicación en el BOR, poniendose en marcha el curso escolar siguiente a su entrada en vigor.
Logroño X-XX-XXXX
Re: (((FIN))) DEBATE/VOTACIÓN//PL (PR-Mx) LEY DE PRESTAMO DE LIBROS DE TEXTO
Mar 16 Mar 2010 - 22:40
Alfredo Botín
Pasemos a la votación, ya que por lo visto, el PR no quiere intervenir.
Re: (((FIN))) DEBATE/VOTACIÓN//PL (PR-Mx) LEY DE PRESTAMO DE LIBROS DE TEXTO
Mar 16 Mar 2010 - 22:43
Ricardo Gómez
El PP (17) vota EN CONTRA
El PP (17) vota EN CONTRA
- Iria Mejide
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Re: (((FIN))) DEBATE/VOTACIÓN//PL (PR-Mx) LEY DE PRESTAMO DE LIBROS DE TEXTO
Miér 17 Mar 2010 - 22:43
UPI (2) A FAVOR
Re: (((FIN))) DEBATE/VOTACIÓN//PL (PR-Mx) LEY DE PRESTAMO DE LIBROS DE TEXTO
Jue 18 Mar 2010 - 23:15
Alfredo Botín
Bien, el resultado es el siguiente:
A FAVOR: 2
EN CONTRA: 17
ABSTENCIÓN: 0
Queda rechazado, gracias.
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