- Laia BadiaDemòcrates
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11/2014 Referéndum sobre la elección de modelo de Estado
Sáb 30 Ene 2010 - 23:31
Referéndum sobre la elección de modelo de Estado
Preámbulo
De acuerdo con el proceso democrático llevado a cabo en el seno del Congreso de los Diputados, se celebrará un Referéndum para que la población al completo decida sobre el modelo de Estado que desea para España
Artículo 1: El referéndum será llevado a cabo en todas las poblaciones del territorio.
Artículo 2: Podrán votar todos las personas con nacionalidad española a partir de los 18 años y que cumplan con los requisitos predeterminados por la Ley Electoral
Artículo 3: La votación se llevará a cabo mediante colegios electorales que se encargarán de gestionar los ayuntamientos, provincias y comunidades autónomas
Artículo 4: El referéndum se celebrará el día XX del mes XX del año 201X (FDP: día 31 de Enero).
Artículo 5: En el referéndum se entregarán tres papeletas donde se especificará el voto que elija cada ciudadano, siendo las tres opciones las siguientes:
· Deseo un modelo de Estado Republicano
· Deseo un modelo de Estado Monárquico
· Me abstengo
Disposición adicional 1:
Este proceso no será vinculativo.
Disposición adicional 2:
Luego de celebrado el referendum y de acuerdo al resultado generado del mismo, las Cortes Generales decidirán mediante votación con mayoría especial, entendida en 2/3 partes del Congreso de los Diputados (234 escaños a favor) la fecha de apertura de la reforma constitucional y sus correspondientes procedimientos.
Disposición final:
Esta Propuesta No de Ley entrará en vigor según los plazos determinados en la misma, y se publicará en el BOE.
Preámbulo
De acuerdo con el proceso democrático llevado a cabo en el seno del Congreso de los Diputados, se celebrará un Referéndum para que la población al completo decida sobre el modelo de Estado que desea para España
Artículo 1: El referéndum será llevado a cabo en todas las poblaciones del territorio.
Artículo 2: Podrán votar todos las personas con nacionalidad española a partir de los 18 años y que cumplan con los requisitos predeterminados por la Ley Electoral
Artículo 3: La votación se llevará a cabo mediante colegios electorales que se encargarán de gestionar los ayuntamientos, provincias y comunidades autónomas
Artículo 4: El referéndum se celebrará el día XX del mes XX del año 201X (FDP: día 31 de Enero).
Artículo 5: En el referéndum se entregarán tres papeletas donde se especificará el voto que elija cada ciudadano, siendo las tres opciones las siguientes:
· Deseo un modelo de Estado Republicano
· Deseo un modelo de Estado Monárquico
· Me abstengo
Disposición adicional 1:
Este proceso no será vinculativo.
Disposición adicional 2:
Luego de celebrado el referendum y de acuerdo al resultado generado del mismo, las Cortes Generales decidirán mediante votación con mayoría especial, entendida en 2/3 partes del Congreso de los Diputados (234 escaños a favor) la fecha de apertura de la reforma constitucional y sus correspondientes procedimientos.
Disposición final:
Esta Propuesta No de Ley entrará en vigor según los plazos determinados en la misma, y se publicará en el BOE.
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