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Víctor Saura
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07/ 2014 Ley de bosque de la memoria (BEN) Empty 07/ 2014 Ley de bosque de la memoria (BEN)

Jue 10 Dic 2009 - 18:12
PROPOSICIÓN DE LEY
DEL BOSQUE DE LA MEMORIA
(GP BEN-AA)

Exposición de motivos

El régimen franquista elevó entre 1940 y 1958 un recinto monumental como alegoría a su régimen y los "caídos por dios y por españa" en el término municipal de San Lorenzo del Escorial (Madrid) denominado Valle de los Caídos.

Este recinto, aislado y rodeado de monte, ha sido desde la recuperación de la democracia un escenario de actos políticos reivindicativos de la figura de Franco por parte de partidos ultraderechistas, y visto con recelo por parte de las principales fuerzas de tradición democrática.

En 2010 un atentado del GRAPO con dos cohetes destruyó el monumento principal, la cruz de granito, e inutilizó el resto de edificaciones y espacios abiertos. Desde entonces, nada se ha hecho para la rehabilitación de este espacio. Por ello, el GP BEN-AA propone una solución simple, simbólica y neutra que reciclará este espacio para la memoria colectiva y la reflexión individual sobre la guerra civil y la dictadura.


El Congreso de los Diputados Aprueba:

PREÁMBULO

El Congreso de los Diputados, con ánimo de rehabilitar el lugar donde fué construído el recinto monumental denominado Valle de los Caídos de una forma no partidista, aprueba con la presente ley el tratamiento de los restos, la rehabilitación del espacio como Bosque de la Memoria y la reglamentación de sus usos.

CAPÍTULO I, del tratamiento de los restos y la preparación del terreno

Artículo 1. restos de las edificaciones, plazas y cruz

1.1 Los restos de las edificaciones, plazas y de la cruz serán enteramente deconstruídos y retirados del recinto. La deconstrucción implicará también dejar irreconocible la simbología escultural de la piedra, donde la hubiere.

1.2 Estos restos serán distribuidos a lo largo de las costas, bajo supervisión de las Comunidades Autónomas, con el fin de crear arrecifes sumergidos donde proliferará la vida submarina animal y vegetal.


Artículo 2. preparación del terreno una vez retirados los restos

2.1 El espacio que ocupaba la cripta será rellenado y sellado con hormigón y piedra de la propia colina. No quedará indicativo exterior de este espacio.

2.2 La colina sobre la cripta y bajo la cruz será nivelada a la cota 1.320 m, igualándola con el espacio exterior del lado occidental.

2.3 El recinto en su totalidad será cubierto por una capa de dos metros de tierra fertilizada y compactada. Esta tierra será proveniente, en la medida de las posibilidades, de:

* la comarca de la Ribera d'Ebre (en Catalunya, escenario de batalla),
* el municipio de Guernika (en Euskadi, escenario de bombardeos),
* el pueblo de Belchite (en Aragón, escenario de batalla y bombardeo),
* la Zona Universitaria de Madrid (en Madrid, escenario de batalla).

En su defecto provendrá de otras áreas a criterio del Ministerio de Cultura y de acuerdo con las autoridades municipales correspondientes.

2.4 Los familiares que lo deseen pueden solicitar la exhumación e incineración de los restos de las personas enterradas en el recinto. Se respetará en todo caso su intimidad.


CAPÍTULO II, del Bosque de la Memoria

Artículo 3. el Arce como árbol de la memoria
El arce, en su especie Acer Pseudoplatanus, es el árbol designado para componer el Bosque de la Memoria. Es un árbol elevado, que puede alcanzar hasta 30 m de altura, de copa amplia y ramas abiertas, con corteza lisa y grisácea. Las hojas son caducas, palmeadas, divididas hasta la mitad de la lámina en cinco lóbulos aovados. Sus flores son unisexuales.

Artículo 4. plantación y cantidad
El Acer Pseudoplatanus será plantado en el recinto sin distribución simbólica y sin consideración al número de árboles.

Artículo 5. suelo
El suelo estará cubierto de césped y lo recorrerán diferentes caminos establecidos con losas de granito lisas provenientes de la colina rebajada.

Artículo 6. riego
El riego se efectuará por aspersión con aguas depuradas y tratadas, en horario nocturno.

Artículo 7. los Muros de la Memoria
Una serie de muros de hasta 2.5 metros en granito negro contendrán los nombres de los fallecidos a causa guerra civil y de los condenados a muerte o desaparecidos durante el régimen franquista.

Artículo 8. el Monumento al Futuro
En el centro del recinto figurará una columna cónica de 120 metros de altura hecha de acero inoxidable.

Artículo 9. accesos y edificaciones
Los accesos al recinto cerrado del Bosque de la Memoria serán edificaciones de arquitectura bioclimática de hasta dos plantas. Albergarán también los servicios de administración, aseos, seguridad y mantenimiento del recinto. Placas solares dispuestas en las azoteas suministrarán electricidad y agua caliente.

Artículo 10. paisaje y fauna
El proyecto procurará la integración con el paisaje de la Sierra de Guadarrama y albergará un centro de protección y recuperación de la fauna propia del entorno.


CAPÍTULO III, de la reglamentación de los usos del Bosque de la Memoria

Artículo 11. Indicaciones

8.1 En los accesos figurará indicada brevemente la historia de la guerra civil y la dictadura franquista. Constará también la Ley de Anulación de los Consejos de Guerra de 1939 a 1975.

8.2 En los accesos figurará indicada brevemente la historia del recinto desde el proyecto del antiguo "Valle de los Caídos" hasta la construcción del Bosque de la Memoria.

8.3 Ambas indicaciones serán inscritas, en igualdad, en castellano, catalán, euskera, asturiano, gallego, inglés, francés, italiano y alemán.

Artículo 12. Actos Políticos en el Bosque de la Memoria
Quedan especialmente prohibidos los actos políticos o concentraciones de cualquier tipo en el recinto y sus accesos.

Artículo 13. Orden y simbología
Los visitantes deberán guardar las normas de visita, que inclurán mantener el orden, no portar objetos metálicos o dañinos, no introducir comida y respetar la paz del entorno, entre otras.

CAPÍTULO IV, de la fianciación

Artículo 14.
El coste del proyecto se cuantifica en 14.310.000 euros, a cargo de los PGE.


Disposición adicional
El Bosque de la Memoria queda constituido como patrimonio histórico, cultural y natural del estado, gozando de especial protección.

Disposición temporal
La redacción del proyecto de habilitación del terreno y rehabilitación del espacio como Bosque de la Memoria será encargada por el Ministerio de Cultura el presente año 2014 y será evaluado previamente por el Ministerio de Medio Ambiente. Las obras empezarán a finales del mismo.

Disposición final
La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
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