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Víctor Saura
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06/2014  Proyecto de ley sobre el Colegio Profesional de Periodistas de España (CPPE) (PSOE-Gobierno de España) Empty 06/2014 Proyecto de ley sobre el Colegio Profesional de Periodistas de España (CPPE) (PSOE-Gobierno de España)

Vie 4 Dic 2009 - 17:58
Proyecto de ley sobre el Colegio Profesional de Periodistas de España (CPPE)
(GOBIERNO)

Exposición de motivos



Los
colegios profesionales ejercen en nuestro país una función de
representación y defensa de los intereses de sus miembros. El colectivo
de periodistas, con esta misma finalidad, creó el Colegio de
Periodistas de España. Con la voluntad de tener unos medios de
comunicación transparentes y profesionales, las Cortes promueven esta
ley para asegurar la colegiación de todos los que ejerzan la profesión
periodística, para que acaten y cumplan con el código deontológico
profesional y con las demás disposiciones que acuerde democráticamente
el Colegio como entidad de encuentro de este sector profesional.

Artículo 1
El Estado reconoce al CPPE como entidad con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

Artículo 2
Es fin de dicho Colegio la regulación de la profesión periodística, fijando un Código Deontológico.


Artículo 3
El
funcionamiento interno del Colegio deberá responder a garantías
democráticas y de transparencia, aprobando unos Estatutos que deberán
fijar los fines del Colegio, los derechos y deberes de los colegiados y
el modo de elección de la Junta de Gobierno.

Artículo 4
Corresponderá a la Junta de Gobierno del Colegio rendir cuentas de su actividad ante el departamento ministerial competente.

Artículo 5
El
hecho que se reconozca el Colegio como entidad única que ostenta la
representatividad oficial del sector no impide que puedan formarse
agrupaciones sindicales o de otra índole para representar los
periodistas y los trabajadores de los medios de comunicación

Disposiciones finales
1.
Corresponderá al Gobierno dictar las disposiciones oportunas para el
desarrollo de esta ley y para el buen funcionamiento del Colegio.
2. Ésta ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE.


Paco Giménez
Ministro de Educación, Ciencia y Cultura

Jesús Zapatero
Presidente de las Cortes

Trinidad Torres
Presidenta del Gobierno

Juan Carlos R.
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