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Jose Garzon
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Caso 0084: Sr.Jose Luis Sánchez contra Sr.Miguel Rodriguez Empty Re: Caso 0084: Sr.Jose Luis Sánchez contra Sr.Miguel Rodriguez

Sáb 22 Ago 2009 - 21:24
La acusacion tiene 48 horas para ratificar la demanda y formular pruebas legales.
Jose Luis Sánchez
Jose Luis Sánchez
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Caso 0084: Sr.Jose Luis Sánchez contra Sr.Miguel Rodriguez Empty Re: Caso 0084: Sr.Jose Luis Sánchez contra Sr.Miguel Rodriguez

Lun 24 Ago 2009 - 0:46
La denuncia que presento por apología del terrorismo está basada en unas declaraciones realizadas por el señor Miguel Rodriguez a raíz de los incidentes violentos sucedidos en una manifestación de apoyo ETA y a su entorno.

El Señor Rodriguez expuso que aquellos que simpatizan con el terrorismo deberían de tener derecho a poder apoyar públicamente a la banda terrorista.

no entiendo por qué la gente no puede apoyarlos.

Es la frase de gran grabvedad por la cual, amparandose en otros sucesos violentos sucedidos a lo largo de la historia, manifiesta que no ve razones por las cuales los proetarras no pueden realizar homenajes a la banda terrorista ETA.

Miguel Rodríguez escribió:
Jose Luis Sánchez escribió:No se ilegalizan partidos, ni siquiera los que apoyan a ETA. Eso es un gran problema. Y hombre, manifestaciones en favor de presos etarras, son claro enaltecimiento del terrorismo y de homenaje a terroristas. Ya es hora de cortar de raíz con esta impunidad para homenajear terroristas.

Héctor Fernández. escribió:Usted cada día me sorprende más... Apoyar el terrorismo de ETA es ilegal como puede comprender cualquier persona que valora una vida humana y que comprenda que no merece la pena derramar una gota de sangre con un fin ideológico y con un fin político..

¿Y por qué rememoramos el levantamiento ARMADO contra el Estado allá por 1808? Ellos eran igual de terroristas que lo son hoy los miembros de ETA. No apoyen a ETA si no quieren, yo tampoco lo hago, pero no entiendo por qué la gente no puede apoyarlos.

Jose Luis Sánchez escribió:Menos homenajes a los asesinos, ¡y más a las victimas!

También se hacen homenajes a las víctimas. Y si quiere más, convóquelos usted mismo. Es perfectamente libre de hacerlo.

Declaraciones como estas ponen en duda el estado de derecho y ponen duda la signidad de las victimas del terrorismo. Si bien el señor Ridriguez manifiesta no apoyar a la banda terrorista, sí expone apoyar a los proetarras en su supuesto derecho de homenajear a ETA.
Esta actitud en democracia es intolerable, no se puede tolerar que los políticos supuestamente del panorama político realicen estas declaraciones públicas que humillan a las victimas y a la memoria de los asesinados por la lacra del terrorismo, una lacra a la que el señor Rodriguez ve normal que tenga espacios de impunidad mediante los cuales se puedan realizar homenajes a los asesinos.

La decisión de este tribunal debe ser ejemplar para que los demócratas no cedamos lo más mínimo ante ETA, ni apoyemos el amparo y el apoyo a los asesinos que forman parte de la organización terrista.

Muchas gracias señoría.

https://politicaxxi.forosactivos.net/agora-f2/detenidas-cuatro-personas-en-guernica-tras-una-manifestacion-proetarra-prohibida-t10555-60.htm#195916
Miguel Rodríguez
Miguel Rodríguez
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Caso 0084: Sr.Jose Luis Sánchez contra Sr.Miguel Rodriguez Empty Re: Caso 0084: Sr.Jose Luis Sánchez contra Sr.Miguel Rodriguez

Lun 24 Ago 2009 - 2:02
FDP: ¿Puedo participar ya o debo esperar a que se me de la palabra? Es que no estoy muy familiarizado con esto, es mi primera denuncia.
Jose Garzon
Jose Garzon
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Caso 0084: Sr.Jose Luis Sánchez contra Sr.Miguel Rodriguez Empty Re: Caso 0084: Sr.Jose Luis Sánchez contra Sr.Miguel Rodriguez

Lun 24 Ago 2009 - 10:08
Turno para formular su defensa Sr.Miguel Rodríguez
Miguel Rodríguez
Miguel Rodríguez
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Fecha de inscripción : 15/07/2009

Caso 0084: Sr.Jose Luis Sánchez contra Sr.Miguel Rodriguez Empty Re: Caso 0084: Sr.Jose Luis Sánchez contra Sr.Miguel Rodriguez

Lun 24 Ago 2009 - 18:08
Señoría,

La defensa se acoge al principio de nullum crimen, nulla poena sine praevia lege, ya que la acusación no ha imputado ningún tipo penal reconocido. Así pues, pedimos el sobreseímiento de la causa, ya que según este principio del Derecho, no puedo haber pena sin ninguna disposición legal previa.


Última edición por Miguel Rodríguez el Lun 24 Ago 2009 - 19:07, editado 1 vez
Jose Garzon
Jose Garzon
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Caso 0084: Sr.Jose Luis Sánchez contra Sr.Miguel Rodriguez Empty Re: Caso 0084: Sr.Jose Luis Sánchez contra Sr.Miguel Rodriguez

Lun 24 Ago 2009 - 20:20
Silencio en la sala porfavor.

No voy a permitir mas discusiones en la sala, seran borradas.
El caso esta listo. Me retiro a deliberar.
En 24 horas se sabra la decisión de este Tribunal.
Jose Garzon
Jose Garzon
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Caso 0084: Sr.Jose Luis Sánchez contra Sr.Miguel Rodriguez Empty Re: Caso 0084: Sr.Jose Luis Sánchez contra Sr.Miguel Rodriguez

Lun 24 Ago 2009 - 22:01
Veredicto final:
Artículo 577 C.Penal
Los que, sin pertenecer a banda armada, organización o grupo terrorista, y con
la finalidad de subvertir el orden constitucional o la de contribuir a estos fines atemorizando a los habitantes de una población a los miembros de un colectivo social, político o profesional,
El Juez también podrá acordar en la sentencia, durante el periodo de tiempo que el mismo señale, alguna o algunas de las prohibiciones previstas en el art. 57 del C.Penal.

Y esta es mi decision: Obligo al Sr.Miguel Rodríguez a pagar una multa de 6500 euros en un plazo de 6 dias a partir de hoy.
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Caso 0084: Sr.Jose Luis Sánchez contra Sr.Miguel Rodriguez Empty Re: Caso 0084: Sr.Jose Luis Sánchez contra Sr.Miguel Rodriguez

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