Política XXI
¡Únete a nosotros, te gustará!

Unirse al foro, es rápido y fácil

Política XXI
¡Únete a nosotros, te gustará!
AVISO DEL CAPXXI: Foro clausurado. Pasamos buenos momentos junto a todos, Política XXI marco una época. ¡Gracias por formar parte de ello!

Ir abajo
Roberto del Olivo
Roberto del Olivo
Cantidad de envíos : 543
Fecha de inscripción : 19/02/2009

Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA) Empty Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA)

Sáb 15 Ago 2009 - 16:53
Ruego se personen las partes y, así mismo, se pide la acusación formal de la acusación, con las pruebas que estime pertinente.Tienen 72 horas para ello.


Última edición por Roberto del Olivo el Dom 13 Sep 2009 - 19:51, editado 1 vez
Gregorio De La Vega
Gregorio De La Vega
Cantidad de envíos : 2120
Fecha de inscripción : 09/06/2009

Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA) Empty Re: Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA)

Dom 16 Ago 2009 - 13:08
Gregorio De La Vega se persona en los juzgados como la acusación, presentando contra Daniel Villaespesa una demanda por un posible delito de injurias.

En los comentarios publicados por el demandado se puede apreciar un tono de desprecio a la hora de referirse a mi persona, menospreciando mis comentarios a la hora de debatir contra otro político y haciendo referencia a mis supuestas incapacidades mentales con el fin de despreciar mis palabras que son, una simple opinión como cualquier otra.

En estos comentarios se pueden apreciar las palabras textuales del demandado:

Daniel Villaespesa escribió:
Asklepios Kavafis escribió:
Gregorio De La Vega escribió:
Daniel Villaespesa escribió:No estamos en una sociedad católica. Estamos en una sociedad en la que algunos de sus miembros son católicos. Gracias a DIOS no depende de la "sociedad católica" ni de la Iglesia que los derechos de los gays hayan sido aumentados.
En una sociedad mayoritariamente católica supone que sus valores estén presentes. Por ello, no es muy descabellado pensar que los homosexuales no sean aceptados de forma común en la sociedad. No se dedique a quejarse de la discriminación hacia ese colectivo y entienda usted también que la sociedad no cambia su forma de pensar de un día para otro, y por ello, opciones como adoptar un hijo que tenga padres homosexuales no se acepta de momento.

Y que importa lo que acepte o no acepte la sociedad?
Una cosa es la sociedad y otra cosa es la ley. Y la ley debe proporcionar justicia, y estar por encima de los prejuicios de una época.
Es como si me dijera hace unos años que no vamos a hacer leyes para igualar los derechos de los hombres y las mujeres porque "la sociedad no está preparada". El mismo hecho de que exista un debate significa que la sociedad empieza a estar preparada. Y si no está preparada del todo, se la termina de preparar. Cómo? cambiando la realidad legal. La legalidad cambia la realidad y la realidad cambia la ideosincrasia.
Ayudemos a la sociedad a ser tolerante haciendo tolerante a la ley.

Señor Kavafis, no se canse. Hay personas, como el señor de la Vega, que por su retroceso mental, su incapacidad de miras y su incapacidad para aceptar cambios con los que es difícil llegar a buen puerto. Supongo, señor de la Vega, que sus declaraciones implican que si su partido llegara al Gobierno, harto improbable, claro está, modificaría la ley, ¿no?
Daniel Villaespesa
Daniel Villaespesa
Cantidad de envíos : 2282
Edad : 35
Fecha de inscripción : 15/12/2008

Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA) Empty Re: Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA)

Mar 18 Ago 2009 - 20:06
Señoría, deseo dejar patente que en el trascurso de mi libertad de expresión que la CE me otorga expresé dichas argumentaciones. Decir que alguien tiene "retroceso mental" no significa que tenga incapacidad mental, ya que no es sinónimo de "retraso mental". En cuanto a mi valoración sobre la "incapacidad de miras e incapacidad para aceptar cambios" referidas hacia el señor de la Vega no es, en ningún caso, injuria alguna. Es una interpretación que yo, como ciudadano libre, realizo sobre la forma de pensar de este político.

Considero que no existe caso alguno porque estoy en el pleno uso de mi libertad de expresión, no injurio a nadie ya que no estoy menoscabando la fama del señor de la Vega, sino dando mi opinión sobre su modo de pensar. Existe precedentes en los que casos judiciales no fueron ni aceptados a trámite en base a la libertad de expresión, en los que lo dicho era realmente un insulto o un agravio real.
Gregorio De La Vega
Gregorio De La Vega
Cantidad de envíos : 2120
Fecha de inscripción : 09/06/2009

Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA) Empty Re: Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA)

Mar 18 Ago 2009 - 22:16
La acusación a la espera de que se le otorgue el turno de palabra.
Roberto del Olivo
Roberto del Olivo
Cantidad de envíos : 543
Fecha de inscripción : 19/02/2009

Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA) Empty Re: Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA)

Sáb 22 Ago 2009 - 14:02
turno de réplica para Gregorio de la Vega.
Gregorio De La Vega
Gregorio De La Vega
Cantidad de envíos : 2120
Fecha de inscripción : 09/06/2009

Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA) Empty Re: Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA)

Sáb 22 Ago 2009 - 15:38
El Sr. Villaespesa se aferra a su libertad de expresión, y lo hace faltando al respeto a mi persona y menospreciando mis palabras. Yo únicamente ofrecí una opinión durante un debate, una opinión que al no ser compartida por la defensa hizo un comentario refiriendose a mis supuestas incapacidades mentales. La defensa hizo este comentario sin ningún tipo de sentido al Sr. Asklepios Kavafis, persona con la que estaba debatiendo en ese momento.

Su palabras textuales: "incapacidad de miras e incapacidad para aceptar cambios", hacen referencia a supuestas incapacidades de mi persona. Como antes he expuesto, todos estos comentarios del Sr. Villaespesa son debidos a que no comparte mi opinión sobre un tema en concreto. La interpretación que realiza, sea como ciudadano o como la defensa estime, es por no compartir una misma opinión sobre una cuestión.

Con este comentario, lo único que la defensa pretende es menospreciar mi opinión por no ser compartida con ella.
Roberto del Olivo
Roberto del Olivo
Cantidad de envíos : 543
Fecha de inscripción : 19/02/2009

Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA) Empty Re: Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA)

Sáb 22 Ago 2009 - 16:14
turno de réplica para el Presidente del Gobierno, Sr. Villaespesa
Daniel Villaespesa
Daniel Villaespesa
Cantidad de envíos : 2282
Edad : 35
Fecha de inscripción : 15/12/2008

Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA) Empty Re: Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA)

Sáb 22 Ago 2009 - 16:30
Señoría, este humilde servidor público sigue sin ver injuria alguna en sus palabras. Las declaraciones "incapacidad de miras e incapacidad para aceptar cambios" sigue sin hacer referencia a ninguna incapacidad mental del demandante, hacen referencia a mi interpretación dentro de un debate que, señoría, manteníamos el señor de la Vega, el señor Kavafis y yo mismo, en ningún caso es un debate que sólo mantuvieran el señor Kavafis y el señor de la Vega, sobre las opiniones del señor de la Vega. De igual manera yo podría denunciarlo por discriminación homofóbica, siguiendo su lógica, ya que durante ese debate el opinó de manera discriminatoria considerando incapaces a las parejas del mismo sexo para la adopción de niños algo que la ley otorgó como derecho hace años. No he realizado esta denuncia porque me parecería ilógica, del mismo modo que esta denuncia me parece absurda.
Gregorio De La Vega
Gregorio De La Vega
Cantidad de envíos : 2120
Fecha de inscripción : 09/06/2009

Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA) Empty Re: Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA)

Sáb 22 Ago 2009 - 17:39
La acusación a la espera de que se le otorgue el turno de palabra.
Roberto del Olivo
Roberto del Olivo
Cantidad de envíos : 543
Fecha de inscripción : 19/02/2009

Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA) Empty Re: Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA)

Sáb 22 Ago 2009 - 17:45
Concedido, tiene la palabra Sr. De La Vega
Gregorio De La Vega
Gregorio De La Vega
Cantidad de envíos : 2120
Fecha de inscripción : 09/06/2009

Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA) Empty Re: Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA)

Dom 23 Ago 2009 - 17:16
Creemos que la forma en la que la defensa se refiere a sí misma, como "humilde servidor público", es innecesaria y excesiva.

Las declaraciones a las que la defensa ha hecho referencia en su último turno de palabra, se refieren a una supuesta incapacidad. No es necesario que sea una incapacidad mental, hace referencia a una incapacidad falsa sobre mi persona con el fin de desprestigiarme en la discusión.

Queremos que la Señoría exiga a la defensa que se centre en el fundamento de la demanda y que no cambie de asunto.

Aún así, el Sr. Villaespesa se guia por el partido político al que pertenezco al hacer mención anteriormente a mi supuesto discurso demagógico sin tener un serio conocimiento de cuales fueron mis palabras sobre el asunto. Mis primeras declaraciones al respecto fueron:
Gregorio De La Vega escribió:No debemos dejarnos guiar por una opinión o porque este sector aparezca continuamente en los medios de comunicación. Respecto a la posibilidad de que los homosexuales opten a tener un hijo, creo que ese aspecto no es compatible con la sociedad actual, y menos con la católica.
En ningún momento dije si estaba a favor o en contra de la adopción por parte de homosexuales, unicamente dije que no era compatible debido a que la sociedad no está preparada. El Sr. Villaespesa da ahora por hecho mi posición sobre el asunto, sin más.

Es más, en estos comentarios la defensa vuelve a acusarme de exponer un discurso demagógico:
Gregorio De La Vega escribió:
Daniel Villaespesa escribió:
Gregorio De La Vega escribió:
Daniel Villaespesa escribió:Con políticos como usted no cambiaría nunca ni la ley ni la sociedad, ya que detrás de su discuso demagógico hay una clara base homofóbica.
[justify]¿Por qué no deja de guiarse por el partido político al que pertenezco y dialoga simplemente? Así demuestra su poca capacidad y argumentos para defenderse.
Señáleme en que parte hago referencia en ese comentario a su partido. Quizás necesite usted gafas.
Llevo gafas como puede ver en mi fotografía.
Se guia porque pertenezco a un partido político como AES, cuando no estoy mostrando mi posición respecto a los homosexuales. Simplemente estoy diciendo que la sociedad debe ser quien primero asuma los derechos de los homosexuales, para más tarde conventirlos en una realidad legal. ¿Me dice dónde está mi discurso demagógico?
La defensa fue incapaz de alegar donde estaba mi discurso demagógico y no respondió a mis palabras. Nos parece sin sentido que ahora vuelva a sacar el tema cuando en su momento no fue capaz de alegar su acusación con pruebas.

Señoria, la defensa aún no ha dicho si sus palabras descalificadoras sobre mi persona fueron por no compartir mis mismos pensamientos. Queremos dejar constancia de ello y que se refleje en el acta.

Todo por el momento.
Daniel Villaespesa
Daniel Villaespesa
Cantidad de envíos : 2282
Edad : 35
Fecha de inscripción : 15/12/2008

Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA) Empty Re: Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA)

Dom 23 Ago 2009 - 17:41
Señoría, en vista de que la acusación repetirá una y otra vez exáctamente lo mismo y yo repetiré una y otra vez exáctamente lo mismo, rechazo mi legítimo derecho a la réplica. Solicito, asimismo, a su señoría que dictamine sentencia lo antes posible en favor de la ley y el buen juicio.
Gregorio De La Vega
Gregorio De La Vega
Cantidad de envíos : 2120
Fecha de inscripción : 09/06/2009

Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA) Empty Re: Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA)

Dom 23 Ago 2009 - 21:55
Daniel Villaespesa escribió:Señoría, en vista de que la acusación repetirá una y otra vez exáctamente lo mismo y yo repetiré una y otra vez exáctamente lo mismo, rechazo mi legítimo derecho a la réplica. Solicito, asimismo, a su señoría que dictamine sentencia lo antes posible en favor de la ley y el buen juicio.
Nos unimos al deseo de la defensa si ésta no tiene nada más que decir, que así lo ha dicho.
Roberto del Olivo
Roberto del Olivo
Cantidad de envíos : 543
Fecha de inscripción : 19/02/2009

Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA) Empty Re: Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA)

Dom 30 Ago 2009 - 18:50
caso visto para sentencia.
Gregorio De La Vega
Gregorio De La Vega
Cantidad de envíos : 2120
Fecha de inscripción : 09/06/2009

Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA) Empty Re: Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA)

Miér 9 Sep 2009 - 12:52
Continuamos a la espera de la sentencia del juicio.
Roberto del Olivo
Roberto del Olivo
Cantidad de envíos : 543
Fecha de inscripción : 19/02/2009

Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA) Empty SENTENCIA

Dom 13 Sep 2009 - 19:50
ILMO. SR. PRESIDENTE DEL TRIBUNAL
D. ROBERTO DEL OLIVO ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY
la siguiente SENTENCIA.

La querella criminal interpuesta por Gregorio De La Vega ante las injurias de la Señor Daniel Villaespesa, que dio lugar a la incoación del caso 0082 admitida a trámite el día 28 de noviembre de 2012.

ANTECEDENTES DE HECHO.


1. La parte denunciante se ratificó en su denuncia, proponiendo como prueba la testifical del Sr. Villaespesa, en la cual se le indica al Sr. De la Vega como “retrasado mental” en claro tono de desprecio y que era una persona con “incapacidad de miras e incapacidad para aceptar cambios” , que debidamente admitida fue practicada.
2. El Sr. Villaespesa ratificó su declaración acogiéndose al derecho de libertad de expresión que le otorga la Constitución Española.
3. En la tramitación de las presentes actuaciones se han observado las prescripciones legales oportunas.


HECHOS PROBADOS.

1.Ha sido probado, que el denunciante injurió al demandante con la expresión de “retrasado mental".


FUNDAMENTOS DE DERECHO.

1. Los hechos relatados en el anterior apartado son constitutivos de una falta de injurias prevista y penada en el Art. 208 del Código Penal. Dicho precepto exige que el sujeto activo profiera expresiones en desprecio, descrédito o demérito de otra persona y que sean tenidas como atentatorias contra el honor por el ciudadano medio, estimándose que cumple los requisitos exigidos las proferidas en este caso concreto.
2. De la citada falta es responsable en concepto de autor el denunciado, el Sr. Villaespesa. por su participación directa, voluntaria y material en los hechos de conformidad con los artículos 27 y 28 del Código Penal.
3. No se prueba que el acusado cae en la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal. Aplicando el Art. 638 del Código Penal y debido a las circunstancias del caso y del culpable a que se refiere el artículo 620.2 del Código Penal, se aconsejan fijar 10 días de multa, a razón de 60€/día al haber quedado acreditada la capacidad económica del Sr. Villaespesa.
El impago de la multa referida hará surgir la responsabilidad personal subsidiaria previas en el art. 53 del Código Penal, esto es, un día de privación de libertad por cada dos cuotas o fracciones que resulten impagadas, privación de libertad que se llevará a efecto en el centro penitenciario que corresponda.

FALLO DEL TRIBUNAL.
En atención a todo lo expuesto, este juzgado, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE DE LA NACION ESPAÑOLA:

1) Que debemos condenar y condenamos al procesado
DANIEL VILLAESPESA como autor de una falta de injurias leves tipificado en el Art. 620.2º del Código Penal a la pena de: 10 días de multa, a razón de 60 euros diarios, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas o fracciones que resulten impagadas.


Dada en Madrid esta sentencia, a treinta de diciembre del dos mil doce.


Roberto del Olivo
Firma D. ROBERTO DEL OLIVO
Contenido patrocinado

Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA) Empty Re: Caso 0082: Gregorio de la Vega contra Daniel Villaespesa (SENTENCIA)

Volver arriba
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.