- Elisenda Ferrer
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VOTACIÓ: Llei de gratuitat i durabilitat dels llibres de text (Govern - BEN)
Vie 14 Ago 2009 - 16:48
PROYECTO DE LEY
DE GRATUIDAD Y DURACIÓN DE LOS LIBROS DE TEXTO (Govern - BEN)
Exposición de motivos
Atendiendo a la carga que supone para las familias la renovación total de los libros de texto al principio de cada año escolar.
Atendiendo la obligación de la administración pública de la Generalitat, de acuerdo con el art 42 de l'Estatut, de garantizar la protección social y la gratuidad de los servicios sociales que las leyes determinan como básicos; y el artículo 131, referido a las competencias exclusivas, compartidas y concurrentes de la Generalitat en materia educativa.
El Govern de la Generalitat de Catalunya, conociendo esta situación y haciéndose eco de la demanda social, promueve esta ley para minimizar los gastos indirectos que supone la educación pública no universitaria.
El Parlament de Catalunya aprueba:
PREÁMBULO
El Govern de Catalunya, cumpliendo con sus funciones y en virtud de los principios, derechos y competencias descritas en el Estatut, establece mediante esta ley las condiciones que han de garantizar la gratuidad, durabilidad y duración de los libros de texto en la educación pública no universitaria.
CAPÍTULO I, del programa de préstamo de libros de texto
Artículo 1. beneficiarias y beneficiarios
Las beneficiarias y beneficiarios de la gratuidad de los libros de texto serán todos las alumnas y alumnos matriculados en centros de educación no universitaria catalanes de educación especial, primaria, secundaria, bachillerato y ciclos formativos, todos ellos de titularidad pública.
Las alumnas y alumnos, o en el caso de ser menores de edad, sus padres o tutores legales, tienen derecho a elegir que libros quiere solicitar de forma gratuita y cuales quiere comprar por cuenta ajena.
Artículo 2. entrega de libros
1. Los libros se entregarán dentro de los cinco primeros días lectivos a las alumnas y alumnos que los soliciten debiendo rellenar una ficha dejando constancia de los libros que solicita.
2. Dentro de los quince primeros días lectivos; el padre, madre, tutor o tutora deberá firmar un contrato facilitado por el centro docente en el que se establezca la aceptación de los padres a pagar los libros de texto en caso de que estos sufran daños o desaparezcan hasta el día de entrega y se comprometen a devolverlos en el plazo fijado por el centro. En el caso de ser las alumnas y alumnos mayores de edad, ellos mismos podrán realizar el contrato.
3. Los libros deberán ser devueltos por las alumnas y alumnos en el plazo fijado por el centro docente que en ningún caso podrá ser superior a los quince días posteriores al fin de curso. En caso de que una alumna o alumno deba recuperar asignaturas en septiembre, dicho contrato se podrá prorrogar hasta la fecha de los exámenes siendo devueltos los libros el día del último examen. Si la alumna o alumno tuviera que repetir curso, el contrato se podrá prorrogar un curso más.
4. Los libros cuando sean entregados por las alumnas y alumnos serán revisados por el personal laboral del centro docente para verificar el estado de los mismos.
Artículo 3. Sanciones
En caso de deterioro grave o pérdida de los libros, los padres o tutores legales deberán abonar el coste del libro íntegramente si tienen un año desde su adquisición reduciéndose en un 10% cada año sucesivo, quedando constancia en un expediente.
La entrega del título correspondiente al finalizar la etapa educativa será condicionada al pago de la sanción impuesta en el expediente sancionador, pero en ningún caso constará en el expediente académico.
CAPÍTULO II, de la duración y requisitos de durabilidad
Artículo 4.
Se añaden, como requisitos, al listado anual que el Departament d'Ensenyament debe publicar anualmente con los libros de texto autorizados para impartir la educación obligatoria:
4.1 La duración de las ediciones y los contenidos en los libros de texto de las materias de Geografía e Historia, de sus variantes, o Ciencias Sociales en su caso, será de como mínimo dos años.
4.2 Para el resto de materias, se establece una duración mínima de las ediciones y los contenidos de cuatro años.
Artículo 5.
El uso de materiales reciclados y duraderos se establece como criterio positivo en la publicación del listado oficial de los libros de texto hábiles, en sus recomendaciones y en su puntuación.
Disposición temporal
La ejecución del servicio de préstamo establecido en esta ley se iniciará en el curso académico 2013-2014 y se ampliará su cobertura de forma escalonada hasta el curso 2015-2016.
Disposición final
La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC
DE GRATUIDAD Y DURACIÓN DE LOS LIBROS DE TEXTO (Govern - BEN)
Exposición de motivos
Atendiendo a la carga que supone para las familias la renovación total de los libros de texto al principio de cada año escolar.
Atendiendo la obligación de la administración pública de la Generalitat, de acuerdo con el art 42 de l'Estatut, de garantizar la protección social y la gratuidad de los servicios sociales que las leyes determinan como básicos; y el artículo 131, referido a las competencias exclusivas, compartidas y concurrentes de la Generalitat en materia educativa.
El Govern de la Generalitat de Catalunya, conociendo esta situación y haciéndose eco de la demanda social, promueve esta ley para minimizar los gastos indirectos que supone la educación pública no universitaria.
El Parlament de Catalunya aprueba:
PREÁMBULO
El Govern de Catalunya, cumpliendo con sus funciones y en virtud de los principios, derechos y competencias descritas en el Estatut, establece mediante esta ley las condiciones que han de garantizar la gratuidad, durabilidad y duración de los libros de texto en la educación pública no universitaria.
CAPÍTULO I, del programa de préstamo de libros de texto
Artículo 1. beneficiarias y beneficiarios
Las beneficiarias y beneficiarios de la gratuidad de los libros de texto serán todos las alumnas y alumnos matriculados en centros de educación no universitaria catalanes de educación especial, primaria, secundaria, bachillerato y ciclos formativos, todos ellos de titularidad pública.
Las alumnas y alumnos, o en el caso de ser menores de edad, sus padres o tutores legales, tienen derecho a elegir que libros quiere solicitar de forma gratuita y cuales quiere comprar por cuenta ajena.
Artículo 2. entrega de libros
1. Los libros se entregarán dentro de los cinco primeros días lectivos a las alumnas y alumnos que los soliciten debiendo rellenar una ficha dejando constancia de los libros que solicita.
2. Dentro de los quince primeros días lectivos; el padre, madre, tutor o tutora deberá firmar un contrato facilitado por el centro docente en el que se establezca la aceptación de los padres a pagar los libros de texto en caso de que estos sufran daños o desaparezcan hasta el día de entrega y se comprometen a devolverlos en el plazo fijado por el centro. En el caso de ser las alumnas y alumnos mayores de edad, ellos mismos podrán realizar el contrato.
3. Los libros deberán ser devueltos por las alumnas y alumnos en el plazo fijado por el centro docente que en ningún caso podrá ser superior a los quince días posteriores al fin de curso. En caso de que una alumna o alumno deba recuperar asignaturas en septiembre, dicho contrato se podrá prorrogar hasta la fecha de los exámenes siendo devueltos los libros el día del último examen. Si la alumna o alumno tuviera que repetir curso, el contrato se podrá prorrogar un curso más.
4. Los libros cuando sean entregados por las alumnas y alumnos serán revisados por el personal laboral del centro docente para verificar el estado de los mismos.
Artículo 3. Sanciones
En caso de deterioro grave o pérdida de los libros, los padres o tutores legales deberán abonar el coste del libro íntegramente si tienen un año desde su adquisición reduciéndose en un 10% cada año sucesivo, quedando constancia en un expediente.
La entrega del título correspondiente al finalizar la etapa educativa será condicionada al pago de la sanción impuesta en el expediente sancionador, pero en ningún caso constará en el expediente académico.
CAPÍTULO II, de la duración y requisitos de durabilidad
Artículo 4.
Se añaden, como requisitos, al listado anual que el Departament d'Ensenyament debe publicar anualmente con los libros de texto autorizados para impartir la educación obligatoria:
4.1 La duración de las ediciones y los contenidos en los libros de texto de las materias de Geografía e Historia, de sus variantes, o Ciencias Sociales en su caso, será de como mínimo dos años.
4.2 Para el resto de materias, se establece una duración mínima de las ediciones y los contenidos de cuatro años.
Artículo 5.
El uso de materiales reciclados y duraderos se establece como criterio positivo en la publicación del listado oficial de los libros de texto hábiles, en sus recomendaciones y en su puntuación.
Disposición temporal
La ejecución del servicio de préstamo establecido en esta ley se iniciará en el curso académico 2013-2014 y se ampliará su cobertura de forma escalonada hasta el curso 2015-2016.
Disposición final
La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC
- Elisenda Ferrer
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Re: VOTACIÓ: Llei de gratuitat i durabilitat dels llibres de text (Govern - BEN)
Vie 14 Ago 2009 - 16:49
ERNEST BENACH:
Comienza la votación, tienen 48 horas.
Indiquen por favor su grupo parlamentario y número de escaños para contabilizar sus votos, gracias.
Comienza la votación, tienen 48 horas.
Indiquen por favor su grupo parlamentario y número de escaños para contabilizar sus votos, gracias.
- Carlos Acebes jr
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Re: VOTACIÓ: Llei de gratuitat i durabilitat dels llibres de text (Govern - BEN)
Vie 14 Ago 2009 - 17:03
El GPM vota A FAVOR con dos escaños.
- Elisenda Ferrer
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Re: VOTACIÓ: Llei de gratuitat i durabilitat dels llibres de text (Govern - BEN)
Vie 14 Ago 2009 - 21:37
BEN (61) A FAVOR.
- Daniel Villaespesa
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Re: VOTACIÓ: Llei de gratuitat i durabilitat dels llibres de text (Govern - BEN)
Sáb 15 Ago 2009 - 11:36
El PSC-PSOE con 34 escaños vota A FAVOR.
- Antton Etxebarria
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Re: VOTACIÓ: Llei de gratuitat i durabilitat dels llibres de text (Govern - BEN)
Dom 16 Ago 2009 - 5:40
UPyD con 6 escaños vota A FAVOR
- Elisenda Ferrer
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Re: VOTACIÓ: Llei de gratuitat i durabilitat dels llibres de text (Govern - BEN)
Dom 16 Ago 2009 - 16:35
VOTACIÓ CONCLOSA, INICIATIVA APROVADA.
A FAVOR: 103
EN CONTRA: 0
ABSTENCIONS: 0
VOTS NO EMESOS: 32
A FAVOR: 103
EN CONTRA: 0
ABSTENCIONS: 0
VOTS NO EMESOS: 32
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