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Lázaro Dávila
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Proposición de Ley para la Liberación de los presos políticos [GP-Catalán-CiU] Empty Proposición de Ley para la Liberación de los presos políticos [GP-Catalán-CiU]

Lun 18 Ago 2014 - 22:22

Proposición de Ley para la Liberación de los presos políticos [GP-Catalán-CiU] Jose_Bono_Congreso

José Manuel de Soto
Presidente del Congreso de los Diputados



Señorías, ocupen sus escaños. Vamos a pasar a debatir la  Proposición de Ley para la Liberación de los Presos Políticos, para la defensa de la Proposición tiene la palabra el Portavoz del Gupo Catalán-Convergència i Unió, Roger de Benaiges.


Clara Macià
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Mar 19 Ago 2014 - 1:47
FDP: Roger de Benaiges ha comunicado que no podrá estar presente durante una semana, puedo intervenir en su lugar?
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Mar 19 Ago 2014 - 1:57
FDP:Claro era lo que esperaba.
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Mar 19 Ago 2014 - 2:19
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Roger de Benaiges [GP Catalán-CIU]

Muchas gracias señor Presidente, señores diputados ya saben más o menos los motivos de la presentación de esta Proposición de Ley que se presenta hoy ante el Congreso de los Diputados de España por sí acaso les vuelvo a comentar lo que nos preocupa, y es la situación irregular en la que se encuentran los presos políticos catalanes, para ser exactos todo el Govern de la Generalitat y los diputados y diputadas que ante la presentación de una propuesta/proyecto de ley votaron en sede parlamentaria hace ya más de un año. Todos ellos están retenidos en alguna dependencia policial que por ahora desconocemos y lo que proponemos es una amnistía para su liberación, para que la estabilidad en Catalunya vuelva a ser presente. Lo que no deseamos es más crispación, que se arreglen bien lo que creemos que fue un daño muy severo, que fue un acto desproporcionado por parte de las autoridades y si puedo decirlo de esta manera... "represiva", y creemos que esta Proposición sería una de las mejores maneras para arreglar la situación que se sufre ahora mismo en Catalunya, así que deseamos de todo corazón que el resto de fuerzas políticas que hoy se encuentran aquí en esta sala de sesiones que estudien detenidamente la situación y que actúen en consecuencia. Muchisimas gracias. 
Lázaro Dávila
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Mar 19 Ago 2014 - 13:27
Proposición de Ley para la Liberación de los presos políticos [GP-Catalán-CiU] Jose_Bono_Congreso

José Manuel de Soto
Presidente del Congreso de los Diputados



Gracias señor de Benaiges, tienen la palabra los demás grupos parlamentarios, para debatir la proposición.

FDP:48h
Fabián de la Torre
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Mar 19 Ago 2014 - 13:41
FDP. Artículo 504 LECrim:
2. Cuando la prisión provisional se hubiera decretado en virtud de lo previsto en los párrafos a) o c) del apartado 1.3.º [riesgo de fuga, como perfectamente se puede dar en este caso, y lo decide el juez] o en el apartado 2 del artículo anterior, su duración no podrá exceder de un año si el delito tuviere señalada pena privativa de libertad igual o inferior a tres años, o de dos años si la pena privativa de libertad señalada para el delito fuera superior a tres años [delito de sedición y lo demás que se pueden imputar]. No obstante, cuando concurrieren circunstancias que hicieran prever que la causa no podrá ser juzgada en aquellos plazos [y, ya que la justicia está parada, conccurren] , el juez o tribunal podrá, en los términos previstos en el artículo 505, acordar mediante auto una sola prórroga de hasta dos años si el delito tuviera señalada pena privativa de libertad superior a tres años, o de hasta seis meses si el delito tuviera señalada pena igual o inferior a tres años.
Por lo tanto y a instancias del juez instructor, los detenidos pueden estar en prisión provisional hasta cuatro años sin la celebración de juicio. Así que no sé qué demonios habláis del habeas corpus cuando éste sólo se aplica a detenciones menores...
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Mar 19 Ago 2014 - 14:47
FDP: Gracias Fabián, ¿quito la proposición o la seguimos debatiendo?
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Mar 19 Ago 2014 - 14:55
FDP: Se está proponiendo una amnistía así que no creo que se tenga que retirar nada.
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Mar 19 Ago 2014 - 15:18
FDP: El concepto "amnistía" no entra en el Ordenamiento Jurídico español. En todo caso hablaríamos de indulto, masivo si quieres, pero no "amnistía". Y el indulto (CE 62 letra i) está reservado al Rey, con refrendo del Presidente del Gobierno por supuesto, con arreglo a lo que disponga la Ley (en este caso la Ley de Indulto de 1870). Y la Ley que dispone en su artículo 30 que "La concesión de los indultos, cualquiera que sea su clase, se hará en Real Decreto, que se insertará en el «Boletín Oficial del Estado».". El indulto no puede ser, por tanto, otorgado por Ley, sino sólo por Real Decreto acordado en Consejo de Ministros.

Si yo fuera Letrado de las Cortes, no habría admitido a trámite la Proposición, sino que habría sugerido una No de Ley que inste al Gobierno a conceder el indulto (ya se ha hecho en alguna ocasión). El problema, claro, es que los indultos sólo se pueden conceder (art. 1 de la Ley de 1870) a "Los reos de toda clase de delitos podrán ser indultados, con arreglo a las disposiciones de esta Ley, de toda o parte de la pena en que por aquéllos hubiesen incurrido.". Y para eso tiene que haber una pena y por tanto una condena.

Me temo que no existen mecanismos jurídicos para sacar a alguien de la prisión provisional que no sean que el juez que la ordenó decrete su levantamiento.

Perdonad si me he puesto excesivamente técnico.
Alfonso Cárdenas
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Mar 19 Ago 2014 - 15:36
FDP: Justo eso era lo que iba a comentar desde el GPS :sisi: . Y si mal no me equivoco, si hablamos de amnistía, las únicas que tienen la facultad de aprobarla son las CC.GG. y no el gobierno como se dice en la PL. Por no hablar que según tengo entendido ni siquiera se han presentado cargos criminales contra esos individuos y como no ha habido ni sentencia, tampoco se les ha inhabilitado para el ejercicio de un cargo público. Por no hablar de la redacción de esta Proposición de Ley, en la que al principio la habíais presentado como Proyecto de Ley (el único que puede presentar un Proyecto de Ley es el gobierno), y encima lo seguís manteniendo en la exposición de motivos :facepalm:. Ahora hablará el Grupo Socialista y será beligerante, advierto.
Alfonso Cárdenas
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Mar 19 Ago 2014 - 16:49
Proposición de Ley para la Liberación de los presos políticos [GP-Catalán-CiU] Pere-navarro-parlament-efe
Joan Iriarte
Portavoz Adjunto del GP Socialista

Gracias, señor Presidente.
Señorías,
Señor De Benaiges,

Vienen hoy ustedes, señores del Grupo Catalán de Convergència i Unió, a presentarnos una chapuza legislativa, y ya empezaron mal desde un principio, al presentar su propuesta ante la Mesa del Congreso como un proyecto de ley, nada más y nada menos que como un proyecto de ley, cuando el único que posee la facultad para presentar tal iniciativa parlamentaria, señor De Benaiges, es el gobierno. Por eso digo que empezaron mal, y tampoco han continuado muy bien que digamos. Deje que le explique el por qué de la claridad de mis palabras.

Ustedes, con esta proposición de ley, pretenden que se amnistíe a personas que incumplieron la legalidad vigente, que incumplieron la Constitución Española pero es que además también el Estatuto de Autonomía de Cataluña. Pero más allá de todo ello, que puede ser hasta discutible, lo presentan desde una argumentación que ha hecho usted, señor De Benaiges, un tanto torticera, y no solo usted, también otras personalidades de CiU que han hecho lo mismo estos días atrás. Desde hace un mes no paran de pedir, de exigir mejor dicho, explicaciones al gobierno de España. ¿Recuerdan? "Que si pasividad del gobierno, que si el Presidente no dice nada...", son algunas de las afirmaciones de ustedes estas semanas. Pero yo le pregunto, ¿Por qué no han pedido explicación alguna a la Fiscalía? ¿Por qué pretenden dar facultades al gobierno de España que no le competen? ¿Por qué pide explicaciones al gobierno y no a la Justicia? Han arremetido contra el gobierno estos días, y tanto reclamaban que éste se manifestará, menos mal que el Ejecutivo se ha contenido, porque ante tanta falacia es difícil hacerlo.
(Aplausos del Grupo Parlamentario Socialista)

Esto por un parte, por otra, entremos a valorar su proposición de ley, si es que tal desproposito es merecedor de esa denominación. "Chapuza", señorías, señores diputados del Grupo Catalán, se lo he dicho al princicipio y me reafirmó en lo dicho ahora que vuelvo a leer esta proposición de ley: Chapuza; no solo por el contenido que luego abordaré, sino también por las formas. Empezaron mal y continuaron mal con una redacción lamentable, profundamente lamentable, señorías. Hablaron de proyecto de ley, y lo siguen manteniendo en la exposición de motivos de esta proposición de ley. ¿Qué pretenden conseguir con un desproposito de tal calibre como el que nos presentan? ¿O es que no tienen claras las diferencias entre un proyecto de ley, un proposición de ley o una proposición no de ley? Dudaba entre que pretendían tomarnos el pelo o que se trataba de ignorancia. Pensé, en un primer momento, que se trataba de lo primero, permítanme que piense ahora que se debe más bien a lo segundo, porque tropiezan dos veces en la misma piedra. Penosa también la redacción al usar términos como "liberará" o "dará" amnistía, atribuyéndolo además al gobierno de España. "Presos políticos que fueron capturados en el Parlament de Catalunya por la DUI", otro claro ejemplo de lamentable redacción, eso no quiere decir nada, absolutamente nada, ni queda claro a quien se pretende aplicar la amnistía. ¡Anda qué!
(Aplausos del Grupo Parlamentario Socialista)

Bien paseamos ahora al contenido propiamente dicho de esta iniciativa parlamentaria. Empecemos por la propia exposición de motivos en la que se afirma que "los presos están encarcelados ilegalmente". ¡Pero bueno! ¡Esto es una barbaridad! señorías. Los presos, a los que ustedes llaman "políticos", otro gran error, porque no están entre rejas por profesar una ideología determinada ni por hacer política, sino por incumplir la legalidad vigente como decía al principio,.
Por otra parte, la amnistía, en tal caso, la aprueba el Congreso de los Diputados y la aplica, en consecuencia, las instancias judiciales. Señor, De Benaiges, míreme, por favor: el gobierno de España no "libera" ni tampoco "da" nada, utilizando su terminología. (risas de los diputados socialistas)
En cuanto al artículo 2 de la presesenta proposición de ley, debo decirle que carece de todo sentido, en tanto en cuanto no se han presentado cargos criminales contra los miembros del gobierno catalán pues no se ha dictaminado todavía sentencia. Por consiguiente tampoco se les ha inhabilitado para el ejercicio de un cargo público. Además en este mismo artículo se dice que la amnistía se aplica para la extinción de los cargos criminales, y éstos, señorías, a día de hoy no existen, pues vuelvo a repetir que no hay una sentencia sobre la mesa; ¡En tal caso se aplicarían a los hechos!
(Aplausos del Grupo Parlamentario Socialista)

Miren, señoras y señores diputados del Grupo Parlamentario Catalán, se lo voy a decir muy claro: tómense más enserio la labor parlamentaria. Esta casa, en donde reside la voluntad popular de los espeañoles, merece un mínimo de respeto que ustedes hoy han demostrado no tenerle. Ningún portavoz de ningún grupo está aquí para darles clases de cómo deben redactar una proposición de ley en condiciones, ni para aclararles las incongruencias en lo que a derecho se refiere, del contenido de dicha proposición. Pero he de decir que no me ha quedado más remedio, y mire que me he leído bastantes veces esta PL, porque no daba crédito a lo que estaba viendo. Ustedes que tanto enarbolan la bandera de la defensa de Cataluña, algo que, por cierto, es una falacia desmedida, deberían ser los primeros en tener bien en cuenta las consecuencias de sus actos, y la vergüenza que en estos momentos o cuando se enteren a través de los medios, sentirán sus votantes. Por tanto, la próxima párense a pensar, por lo menos dos veces, lo que pretenden decir y presentar. Se ahorrarán un importante ridículo, y lo que es más importante, nos ahorraremos bastante tiempo el resto de diputados, y el resto de grupos, que no estamos aquí para jugar a políticos ni para corregirles sus flagrantes errores. Creo que no hace falta decir que el Grupo Socialista, como cualquier otro grupo que actua con dos dedos de frente, votará en contra de este despropósito, a menos que el Grupo Parlamentario Catalán de Convergència i Unió se retracte y se digne a retirarlo.

Nada más y muchas gracias, señor Presidente.
Muchas gracias, señorías.
(Aplausos del Grupo Parlamentario Socialista)



Última edición por Eduardo López el Mar 19 Ago 2014 - 22:21, editado 3 veces
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Mar 19 Ago 2014 - 17:28
Roger de Benaiges al Presidente del Congreso: ¿Señor Presidente puedo intervenir por interpelaciones?
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Mar 19 Ago 2014 - 19:59
Fabián de la Torre escribió:FDP. Artículo 504 LECrim:
2. Cuando la prisión provisional se hubiera decretado en virtud de lo previsto en los párrafos a) o c) del apartado 1.3.º [riesgo de fuga, como perfectamente se puede dar en este caso, y lo decide el juez] o en el apartado 2 del artículo anterior, su duración no podrá exceder de un año si el delito tuviere señalada pena privativa de libertad igual o inferior a tres años, o de dos años si la pena privativa de libertad señalada para el delito fuera superior a tres años [delito de sedición y lo demás que se pueden imputar]. No obstante, cuando concurrieren circunstancias que hicieran prever que la causa no podrá ser juzgada en aquellos plazos [y, ya que la justicia está parada, conccurren] , el juez o tribunal podrá, en los términos previstos en el artículo 505, acordar mediante auto una sola prórroga de hasta dos años si el delito tuviera señalada pena privativa de libertad superior a tres años, o de hasta seis meses si el delito tuviera señalada pena igual o inferior a tres años.
Por lo tanto y a instancias del juez instructor, los detenidos pueden estar en prisión provisional hasta cuatro años sin la celebración de juicio. Así que no sé qué demonios habláis del habeas corpus cuando éste sólo se aplica a detenciones menores...
FDP: Estamos en las mismas, lo debe decretar un juez la prision provisional y no esta el caso, por tanto al no ser decrerado por un juez, los presos estan en una situacion ilegal, porque lo que dices solo se puede estar en vigor si el juez lo ordena, y ademas el estado de excepcion solo alarga la detencion durante 10 dias, estan en situacion de detencion, no de prision
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Mar 19 Ago 2014 - 22:14
FDP. Hm... Pues entonces la Admón tendrá que decidir si están en detención ilegal o en prisión provisional. Obviamente lo dicho no se aplica a una detención, yo hablo de prisión ordenada por un juez. Pero sillevan todo este tiempo detenidos... Nos va a caer un puro de Estrasburgo, para empezar.
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Mar 19 Ago 2014 - 22:25
FDP: en ese momento no había juez DDP, cuando se ordenaron las detenciones se hicieron dentro del marco de Estado de Excepción. Los ''líderes del Govern" no fueron detenidos solo por orden presidencial, no toquéis los collons, fueron detenidos por subvertir el orden constitucional y dar ordenes ejecutivas de ataque y sedición contra las Fuerzas de Seguridad del Estado. Tras los hechos ¿No debería haber actuado la justicia -léase admón.-?
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Mar 19 Ago 2014 - 22:30
FDP: Ocampo, yo no soy quien para ser el que determine porque son detenidos, pero si que tengo derecho para defenderme, si, me he aprovechado de la situación y cualquiera lo habria hecho, tú el primero. Yo veo justo de que sean detenido por lo que fuere, pero estan en situacion ilegal y eso es lo que denuncio DDP.
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Mar 19 Ago 2014 - 22:31
FDP: A ver sinceramente estáis creando un problema donde no lo había, simple y llanamente porque no hay ninguna posibilidad de que alguien salga beneficiado. Ni los Catalanistas por exigir algo tras un año en silencio, ni el Gobierno que ha callado tras Ocampo, ni la oposicion que los encarcelo. Asi que no sere yo quoen medie en tan interesante debate fratricida DDP.
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Mar 19 Ago 2014 - 22:42
Joaquim Herrera escribió:FDP: Ocampo, yo no soy quien para ser el que determine porque son detenidos, pero si que tengo derecho para defenderme, si, me he aprovechado de la situación y cualquiera lo habria hecho, tú el primero. Yo veo justo de que sean detenido por lo que fuere, pero estan en situacion ilegal y eso es lo que denuncio DDP.

FDP: que me parece genial, Josep. Solo decía que estimo que se ha dado por supuesto que había actuado un juez -quizá el error es que se debería haber exigido la actuación de la admón. en forma explícita en ese momento-  :risas:
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Mar 19 Ago 2014 - 23:07
FDP: Haber que dice Estrasburgo sobre el tema... Very Happy
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Mar 19 Ago 2014 - 23:16
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José Manuel de Soto
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Señor de Beinages, tiene usted la palabra por alusiones.


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