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Administrador Héctor
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Miér 30 Oct 2013 - 15:47
En este hilo se colgarán las leyes, mociones, decretos y demás propuestas que pasarán a su trámite en el Parlamento. Además se publicará cualquier cambio en los grupos parlamentarios.
Salvador Fernández de Sam
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Junta de Portavoces Empty Re: Junta de Portavoces

Sáb 18 Ene 2014 - 16:09
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Proyecto de Ley para la Recuperación Integral del Humedal de la Laguna de la Nava de Fuentes, Conocida como Mar de Campos 


Preámbulo
Teniendo en cuenta la actual situación de la comunidad en cuanto a los territorios con carácter protegido, en la Junta nos sentimos obligados a actuar ante la situación del Mar de Campos, que tanto daño ocasiona al hábitat, fauna y flora de la comunidad, que se encuentran en una situación de esplendor. Ya que dicho hábitat acoge importantísimos contingentes de aves acuáticas, y existe en la actualidad un inventario con 222 especies de aves, lo que supone el 41 % de todas especies presentes en España, incluidas las islas. 

Artículo uno.
La administración pública local, comarcal, provincial y autonómica de la Junta de Castilla y León deberá plantar cara a uno de los problemas de conservación más importantes, que es la excesiva acumulación de materia orgánica originada por las praderas de carex divisa. Esta gran cantidad de materia orgánica ralentiza e impide la instalación de la vegetación subacuática, ya que imposibilita que las plántulas enraícen. Además, tanta materia orgánica tarda varios años en degradarse y, por lo tanto, provoca el aumento de la eutrofia de las aguas. Este problema exige una gestión continua que permita controlar y eliminar una parte de los aportes vegetales que año tras año se acumulan. Desde la Consejería de Medio Ambiente se viene realizando un control periódico mediante siega, quema y pastoreo de la mayor parte de la superficie del humedal, un control que debe aumentar, pero que no supondrá un desembolso, ya que todos los años en los presupuestos autonómicos se reserva una parte para esta clase de fines. 

Artículo dos.
Dicha limpieza para restaurar el hábitat, de la que faltan 2100 ha, se realizará a lo largo de diez años y supondrá un desembolso aproximado de 0'8 millones al año como máximo.

DISPOSICIÓN ADICIONAL
Este Proyecto de Ley entrará en vigor cuando sea publicado en el BOCyL.
Josep Español
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Mar 4 Mar 2014 - 19:27
Composición de los Grupos Parlamentarios (IX Legislatura)


Grupo Parlamentario Popular (37 escaños)
Presidente: D. Juan Vicente Herrera Campos
Portavoz: D. Carlos Fernández Carriero
Portavoz Adjunto: D. Juan José Sanz Vitorio


Grupo Parlamentario Mixto (31 escaños)


Grupo Parlamentario de Ciudadanos (9 escaños)
Presidenta: D.ª Lorena Lizarra Matute
Portavoz: D. Carlos López Iriarte
Portavoz Adjunto: D. José Luis Perellano Solbes


Grupo Parlamentario Verde (7 escaños)
Presidente: D. Juan Fernández
Portavoz: D. Juan Fernández
Portavoz Adjunto: D. Mohamed Ibáñez
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Junta de Portavoces Empty Re: Junta de Portavoces

Mar 4 Mar 2014 - 23:33
El PSOE, con 31 diputados pide crear grupo propio con la siguiente composición:

Presidente del Grupo: Oscar López.

Portavoz: Julio Villarrubia.

Portavoz Adjunto: Ana Maria Redondo García.
Josep Español
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Miér 5 Mar 2014 - 16:28
Antonio Corpe escribió:El PSOE, con 31 diputados pide crear grupo propio con la siguiente composición:

Presidente del Grupo: Oscar López.

Portavoz: Julio Villarrubia.

Portavoz Adjunto: Ana Maria Redondo García.
Aceptado
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Dom 4 Mayo 2014 - 10:53



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Real-Decreto  1/2015, de 25 de noviembre, por el que se nombra a los miembros del Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y Leon

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 19 del Estatuto de Autonomía de Castilla y Leon, a la 
 Ley Orgánica 4/1999  y al Consejo Consultivo , vengo a nombrar a los miembros del Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y Leon:

Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Empleo y Portavoz del Gobierno: Manuel Fraga Domínguez.
Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas: Arsenio Keynes.
Consejero de Sanidad y Asuntos Sociales:  Paloma de Olivares.
Consejera de Educación, Cultura y Deportes: María Fernanda Iglesias.
Consejera de Fomento: Francisco Narváez.
Consejera de Agricultura y Medioambiente:  Julián Suárez.
Consejera de Economía, Industria y Energía y Turismo: Fernanda Blanco

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla Y León.

Dado en Valladolid, el 25 de noviembre de 2015.



El presidente de la Junta
Óscar López Castellano


Última edición por Adolfo Thatcher el Dom 4 Mayo 2014 - 16:04, editado 1 vez
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Dom 4 Mayo 2014 - 10:57
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PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN PARA 2016.


Exposición de motivos
Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2014 se elaboran en el marco de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, con respeto al principio de estabilidad presupuestaria recogido en el artículo 135 de la Constitución, y desarrollado en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
De este modo, y en cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria fijados por el Estado y esta Comunidad Autónoma y las disposiciones normativas antedichas viene a tener lugar la siguiente Ley de Presupuestos.

TÍTULO I – DISPOSICIONES GENERALES


Artículo 1. Ámbito de aplicación
Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y Leon corresponden a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y sus organismos dependientes o vinculados.

Artículo 2. Presupuestos Generales del Estado

Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León respetan los principios de solidaridad fiscal interterritorial y se elaboran conforme a las directrices que el Ordenamiento jurídico estipula.

TÍTULO II – INGRESOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEON
 

Artículo 3. Impuestos directos
La recaudación estimada correspondiente al período fiscal 2016 es 2.290.835.018€ siendo:
a. 73101689.2 €, en concepto de “Impuesto de Sucesiones y donaciones”.
b. 1.056.219.232 €, en concepto de “Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”.
c. 227.687.516,6 €, en concepto de “otros impuestos directos”.

Artículo 4. Impuestos indirectos
La recaudación estimada correspondiente al período fiscal 2016 es 2.336.193.155 € siendo:
a. 126.820.685,4 €, en concepto de “Impuesto sobre el Valor Añadido”.
b. 348.137.870.4 €, en concepto de “Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentales”.
c. 742.964.504,3 €, en concepto de “impuestos sobre consumos específicos”.
d. 13.860.984,9 €, en concepto de “otros impuestos indirectos”.

Artículo 5. Tasas y otros tributos propios
La recaudación estimada correspondiente al período fiscal 2016 es 253.867.830,9 € siendo:
a. 39.899.526,28 €, en concepto de “tasas sobre el juego”.
b. 39.722.628,82 €, en concepto de “tributos medioambientales”.
c. 126.420.584,3 €, en concepto de “tasas y precios públicos”.
d. 47.825.091,46 €, en concepto de “otros tributos”.
Artículo 6. Transferencias corrientes
La recaudación estimada correspondiente al período fiscal 2016 es 2.236.802.257€, siendo:
a. 1.399.674.806 €, procedentes de la Administración General del Estado.
b. 1.198.274,375 €, procedente de la Seguridad Social.
c. 468.229,1439 €, procedentes de los Entes Locales.
d. 835.460.947,7 €, procedentes del exterior.

Artículo 7. Ingresos patrimoniales
La recaudación estimada correspondiente al período fiscal 2016 es 8.637.018.527 €.

Artículo 8. Enajenación de inversiones reales
La recaudación estimada correspondiente al período fiscal 2016 es 85.403.338,66 €.

Artículo 9. Transferencias de capital
La recaudación estimada correspondiente al período fiscal 2016 es 432.193.256,7 €, siendo:
a. 89.023.205,92 €, procedentes de la Administración General del Estado.
b. 196.116,9189 €, procedentes de los Entes Locales.
c. 333.973.933,9 €, procedentes del exterior.

Artículo 10. Activos financieros
La recaudación estimada correspondiente al período fiscal 2016 es 835.097.180,3 €, siendo:
a. 3.554.491,679 €, en concepto de “activos financieros”.
b. 831.542.688,6 €, en concepto de “pasivos financieros”.
Artículo 11. Ingresos totales de la Comunidad Autónoma de Castilla y Leon

La recaudación estimada correspondiente al período fiscal 2016 es 7.49.040.455 €.


TÍTULO III – GASTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEON


CAPÍTULO I – GASTOS POR SECCIÓN NO DEPARTAMENTAL

Artículo 11. Presidencia de la Junta de Castilla Y León.
1. El gasto estimado correspondiente al período fiscal 2016 es 9.991.328 €.
2. La partida presupuestaria del presente artículo representa el 0,01% del total del Gasto Público de Castilla y Leon.

Artículo 12. Parlamento de Castilla y León.
1. El gasto estimado correspondiente al período fiscal 2016 es 29.973.394,54 €.
2. La partida presupuestaria del presente artículo representa el 0,03% del total del Gasto Público de Castilla y León.
Artículo 13. Transferencias
1. El gasto estimado correspondiente al período fiscal 2016 es 69.939.297,26 €.
2. Esta partida presupuestaria se distribuye como sigue:
a. Empresas privadas.
b. Entidades autónomas.
c. Administración General del Estado.
d. Otras Comunidades Autónomas.
e. Entidades Locales.
f. Exterior.
3. La partida presupuestaria del presente artículo representa el 7% del total del Gasto Público de Castilla y Leon.

Artículo 14. Fondo de Contingencia
1. El gasto estimado correspondiente al período fiscal 2016 es 49.950.640,9 €.
2. La partida presupuestaria del presente artículo representa el 0,05% del total del Gasto Público de Castilla y Leon.
Artículo 15. Amortización de Deuda Pública
1. El gasto estimado correspondiente al período fiscal 2016 es 9991328,8 €.
2. La partida presupuestaria del presente artículo representa el 10% del total del Gasto Público de Castilla y Leon.

Artículo 16. Servicio de salud de Castilla y Leon (SESCYL)
1. El gasto estimado correspondiente al período fiscal 2016 es 249783204,5 €.
2. La partida presupuestaria del presente artículo representa el 25% del total del Gasto Público de Castilla y Leon
CAPÍTULO II – GASTOS POR CONSEJERÍAS


Artículo 17. Vicepresidencia y Consejería de Presidencia y Empleo
1. El gasto estimado correspondiente al período fiscal 2016 es 19982656,36 €.
2. La partida presupuestaria del presente artículo representa el 2% del total del Gasto Público de Castilla y Leon.

Artículo 18. Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas
1. El gasto estimado correspondiente al período fiscal 2016 es 49956640,9 €.
2. La partida presupuestaria del presente artículo representa el 0,5% del total del Gasto Público de Castilla y Leon.

Artículo 19. Consejería de Fomento
1. El gasto estimado correspondiente al período fiscal 2016 es 499566409 €
2. La partida presupuestaria del presente artículo representa el 5% del total del Gasto Público de Castilla y Leon.

Artículo 20. Consejería de Educación, Cultura y Deportes
1. El gasto estimado correspondiente al período fiscal 2016 es 203923008,2 €.
2. La partida presupuestaria del presente artículo representa el 20.41% del total del Gasto Público de Castilla y Leon.

Artículo 21. Consejería de Economía, Industria y Energía y Turismo
1. El gasto estimado correspondiente al período fiscal 2016 es 499566409 €.
2. La partida presupuestaria del presente artículo representa el 5% del total del Gasto Público de Castilla y Leon.

Artículo 22. Consejería de Agricultura y Mediocambiente
1. El gasto estimado correspondiente al período fiscal 2016 es 24978304,5€.
2. La partida presupuestaria del presente artículo representa el 25% del total del Gasto Público de Castilla y Leon.


Artículo 23. Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales
1. El gasto estimado correspondiente al período fiscal 2016 es 19982656,36 €.
2. La partida presupuestaria del presente artículo representa el 2% del total del Gasto Público de Castilla y Leon.

Artículo 24. Gastos Totales de la Comunidad Autónoma de Castilla y Leon.
El gasto estimado correspondiente al período fiscal 2016 es 749.349.613€.

TÍTULO IV – ESTADO DE RESULTADOS

CAPÍTULO I – BALANCES PRIMARIOS


Artículo 25. Estado Básico de Resultados
El Estado Básico de Resultados, que surge de la diferencia entre los Ingresos Totales y los Gastos Totales, correspondiente al período fiscal 2016 es (-)309.158€


CAPÍTULO II – RESULTADOS FISCALES


Artículo 26. Déficit Fiscal
En virtud de lo dispuesto en los artículos precedentes, el resultado fiscal de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y Leon respecto al PIB, estimado durante el período económico de 2016 es de 0.04 de desviación negativa sobre la base de los Ingresos Totales.


TÍTULO IV – INDICADORES ECONÓMICOS


Artículo 27. Producto Interior Bruto
La estimación del PIB para 2016 es de 56.258.884 €.

Artículo 28. Tasa de Desempleo
La estimación de la tasa de desempleo para 2016 es de 16,34%.


DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas las leyes y decretos en contraposición o de rango inferior a la presente Ley.

DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación oficial en el Diario Oficial de Castilla y Leon.


El Presidente de la Junta

Óscar López Castellano
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Lun 5 Mayo 2014 - 20:30
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PROYECTO DE LEY PARA LA FUSIÓN DE MUNICIPIOS LIMÍTROFES CON UNA POBLACIÓN MENOR A 1500 HABITANTES.



Exposición de motivos




Castilla y León tiene una gran cantidad de pueblos y villas con una población inferior de 1500 habitantes y que se componen en su mayoría de personas con una edad superior a los 65 años. Con la intención de ahorrar servicios sobre todo en el ámbito sanitario y administrativo y de acuerdo con la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León y sobre todo para conseguir una administración con más recursos eficaces y cercanos a los ciudadanos proponemos la fusión de pueblos y villas limítrofes para que con unos recursos de mayor calidad se pueda atender a la ciudadanía de mejor manera y personalizada atendiendo sobre todo a la disponibilidad y cercanía de estos medios. Con esta ley además intentamos conseguir un ahorro de nuestro gran déficit en materia local.


CAPÍTULO 1. DE LA CREACIÓN DE MUNICIPIOS.

1. La creación de un municipio por la fusión de otros limítrofes podrá acordarse por alguna de las siguientes causas:

  • a) Cuando separadamente carezcan de capacidad para atender los servicios mínimos exigidos por la Ley.

  • b) Cuando existan notorios motivos demográficos, económicos, administrativos o de cualquier otro carácter análogo.


2. La fusión comportará la supresión de los municipios afectados.

CAPÍTULO II. DE LA SUPRESIÓN DE MUNICIPIOS.

Artículo 2

1. La supresión de municipios podrá tener lugar:

  • a) Por la incorporación de uno o más municipios a otro u otros limítrofes.

  • b) Por la fusión de dos o más municipios limítrofes.


2. Para la supresión por uno u otro motivo se tendrá en cuenta la voluntad de los municipios afectados.
Artículo 3
La supresión de un municipio por su incorporación a otro u otros limítrofes se acordará por no alcanzar la población de 1500 habitantes censados.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Queda derogadas las leyes y decretos en contraposición o de rango inferior a la presente Ley.

DISPOSICIÓN FINAL



La presente Ley entrará em vigor al día siguiente de su publicación oficial en el Diario Oficial de Castilla y Leon.


El presidente de la Junta
Óscar López
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