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Héctor Fernández.
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PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH) Empty PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH)

Vie 19 Jul 2013 - 20:43
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Nekane Jiménez Delgado
Comienza la sesión para el debate y al votación del presente proyecto. Tiene la palabra el portavoz del GPH para su defensa, para proceder luego al debate del proyecto, para lo cual daré el turno al resto de sus señorías tras la intervención del portavoz. Gracias.

PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH)

Preámbulo

La reciente publicación y posterior entrada en vigor de la Ley de Libertad de Horarios Comerciales, de la Comunidad Autónoma de Euskadi, posibilitará, de manera gradual en un periodo de diez años, la total libertad de horarios para los establecimientos comerciales de Euskadi. Este hecho supone un beneficio para empresas dedicadas a la actividad comercial al por menor, sus trabajadores y la sociedad, puesto que permite a los primeros aprovechar sus infraestructuras lo más posible y generar más ingresos, a los segundos aumentar la demanda de empleo de su sector y a los terceros flexibilizar la oferta comercial, de manera que la conciliación entre la vida laboral y familiar sea más viable.
Pero, como toda ley liberalizadora, no está exenta de riesgos para algunos sectores empresariales. Ante todo, una vez salvaguardados los derechos de los trabajadores, es preocupante la situación de desventaja en la que se encuentra el pequeño comercio minorista tradicional y las nuevas actividades comerciales de reducido tamaño. Este tipo de empresas puede tener dificultad para, en unos tiempos de recesión económica y con una competencia cada vez más acuciante de las grandes empresas, asumir con sus propios medios la actualización y aumento de su plantilla, así como la mejora de infraestructuras, tanto para adecuar su comercio a los nuevos tiempos como para cumplir con las exigencias para las posibles aperturas nocturnas.

Es por ello por lo que se plantea necesario ofertar, en los tres años siguientes, unas líneas de financiación específicas para los pequeños comercios.

TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 1

La actual ley permitirá a las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades enclavadas en las agrupaciones 64 y 67 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas vigente, solicitar con opciones de concesión las ayudas que figuran en la presente ley.

Artículo 2

Aparte de la limitación de actividad económica ya mencionada se añade otro listado de condiciones a cumplir por las empresas beneficiarias, dependiendo de los metros cuadrados, o la suma de metros cuadrados, dedicados a la venta al público del establecimiento o los establecimientos dependientes del mismo Número ó Código de Identificación Fiscal, así como de la totalidad de los participantes en el capital social de la persona jurídica beneficiaria de la medida, que posean en su nombre. Los beneficiarios de estos itinerarios podrán participar en los mismos en los periodos temporales que se marcan a continuación:

- Personas físicas o jurídicas que cuenten con establecimientos que, en suma indicada con anterioridad, tengan menos de 100 metros cuadrados de espacio dedicado a la venta al público podrán ser beneficiarias de las ayudas a fondo perdido y ayudas reembolsables indicadas en esta ley.

- Personas físicas o jurídicas que cuenten con establecimientos que, en suma indicada con anterioridad, tengan menos de 300 metros cuadrados de espacio dedicado a la venta al público podrán ser beneficiarias de las ayudas a fondo perdido y ayudas reembolsables, correspondientes a las ayudas para adecuación acústica del local, indicadas en esta ley, pero sólo para el tercer año de convocatoria, como previsión a su inmediata aplicación de la Ley de Liberalización de Horarios Comerciales en el cuarto año de gradualización de la ley.

Artículo 3

Las convocatorias de ayuda serán de aplicación para personas físicas o jurídicas y sus establecimientos ubicados en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

TÍTULO II. LÍNEAS DE AYUDA.

Artículo 4

Ayuda a la contratación de trabajadores.

Por cada persona desempleada contratada para aumentar el horario comercial se le abonará a la empresa la cantidad de 50.000 pesetas a fondo perdido, previa justificación de su alta en la Seguridad Social como Trabajador por Cuenta Ajena y con el compromiso de permanencia del contrato de 3 años. Se excluyen de esta ayuda contrataciones de trabajadores anteriores de la empresa y que fueran despedidos con posterioridad a la publicación de esta ley.

Artículo 5

Ayuda a la formación de trabajadores.

Por cada hora dedicada a la formación convocada por el Gobierno Vasco, a tenor de la Ley de Formación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios, de cada trabajador por cuenta ajena de un centro de trabajo beneficiario se abonará a la empresa la cantidad de 150 pesetas a fondo perdido, previa justificación de su alta en la Seguridad Social como Trabajador por Cuenta Ajena y los documentos que certifiquen su asistencia a la actividad de formación subvencionable.

Artículo 6

Ayuda a la adecuación sonora de establecimientos comerciales.

Esta línea consta de dos partes.

- Ayuda a fondo perdido. Para las personas físicas o jurídicas beneficiarias que decidan adecuar su local o locales para no sobrepasar los decibelios máximos permitidos en la Ley de Liberalización de Horarios Comerciales, se les subvencionará en un 50%, con un máximo de 100.000 pesetas, la inversión en adecuación del local, previamente justificada con las facturas y documentos de pago correspondientes.

- Ayuda reembolsable. Para las personas físicas o jurídicas beneficiarias que decidan adecuar su local o locales para no sobrepasar los decibelios máximos permitidos en la Ley de Liberalización de Horarios Comerciales, se les financiará en un 100%, con un máximo de 200.000 pesetas, la inversión en adecuación del local, previamente justificada con los presupuestos o facturas proforma correspondientes. El reembolso de la cantidad prestada se realizará en 54 meses, con 6 meses de carencia, y sin intereses. El Gobierno Vasco se compromete a abonar la ayuda reembolsable con el plazo de un mes desde la comunicación de concesión de la ayuda. El beneficiario se compromete a presentar, cuando la obra esté finalizada, las facturas y documentos de pago correspondientes a la transformación, no más tarde de 12 meses desde la concesión de la ayuda. De no hacerlo, se aplicará un interés de un 10% a la obligación de reembolso de la cantidad prestada.

Artículo 7


Las ayudas se convocarán una vez cada año, en los próximos tres cursos. Las convocatorias tendrán como beneficiarios a todos los sujetos que, cumpliendo el resto de condiciones, realicen las acciones subvencionables en el periodo que consta desde la fecha de entrada en vigor de la Ley de Liberalización de Horarios Comerciales hasta uno, dos o tres años naturales después, respectiva y retroactivamente, si fuese necesario.

Las cantidades marcadas en los artículos 5 y 6 serán actualizadas en la segunda y tercera convocatoria de ayudas según el incremento o disminución del IPC a nivel estatal.

El Gobierno Vasco se compromete a resolver y comunicar la concesión de la subvención con un plazo máximo de 6 meses desde la solicitud de la ayuda por parte del beneficiario.

Los plazos de solicitud, asimismo, no serán menores a 60 días desde la publicación de la convocatoria correspondiente. Asimismo, se evitará que existan acciones sin posibilidad de beneficio de ayuda, por motivo de inexistencia de plazo de convocatoria, en los tres años de vigencia de esta ley aplicando la retroactividad si es necesario en la siguiente convocatoria que se publique.


TÍTULO III. DISPOSICIONES FINALES.

Disposición Adicional Única

El Gobierno Vasco se compromete a cumplir y hacer cumplir lo establecido en esta ley y los futuros reglamentos que devengan de ella. Se utilizarán herramientas de inspección que controlen el fraude en el aprovechamiento de esta medida.

Disposición Final

El presente PL entrará en vigor 30 días después de su publicación en el BOE.
Josu Mendizábal
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PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH) Empty Re: PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH)

Lun 22 Jul 2013 - 0:19
PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH) Hqdefault
 
 
Beñat Zarate
 
Grupo Parlamentario Herrira
 
 
Señorías, vuelvo a subir al estrado para presentar una medida complementaria a la anterior (FDP- Entiendo que la de formación es anterior a esta).
La Ley de Liberalización de Horarios exige, en algunos casos, unos esfuerzos a los pequeños comerciantes que no siempre pueden estar en disposición de cumplir por si mismos. El cambio de las reglas de juego se puede realizar, por supuesto, pero ante esa imposición de cambio de reglas conviene tener la flexibilidad suficiente para entender que pueden existir afectados por esa variación, afectados que no tuvieron capacidad de elección y se tuvieron que acoplar a las reglas antiguas, y que pueden tener ciertos problemas, sobre todo económicos, ya no para beneficiarse de las nuevas, sino para no salir perjudicados claramente ante una competencia, sobre todo grandes empresas, que cuentan con más medios para que la adaptación a las nuevas condiciones no les suponga esfuerzos de entidad, algo que a los pequeños comercios sí que les puede ocurrir.
En defensa de una verdadera libertad para el pequeño comerciante ante una medida liberalista que les puede perjudicar por lo comentado en esta y otras ocasiones, se presenta esta proposición que pretende incentivar a las pequeñas empresas afectadas por la liberalización de horarios comerciales a adaptarse a ella e intentar competir con garantías de éxito. Las ayudas, como se puede ver, tratan tres aspectos clave para adaptarse a la Ley de Libertad de Horarios Comerciales.
El primero es el de la contratación de trabajadores. En un inicio es posible que empresas de reducido tamaño puedan tener problemas de liquidez a la hora de acopiarse de los recursos humanos necesarios para prestar su servicio durante más tiempo. Ese pequeño incentivo puede ser vital para esas contrataciones, a las cuales se les exige estabilidad.
El segundo es el de las ayudas a la formación. Entendemos que los comerciantes a veces no pueden prescindir de un trabajador durante ciertas horas a la semana, incluso cuando el motivo de ello es la formación. Con lo cual, incentivamos que los pequeños empresarios sean los primeros interesados en que su personal se cualifique, evitando que el factor económico cortoplacista tenga tanta fuerza a la hora de decidir si un trabajador se forma o no.
El tercero tiene que ver con la posibilidad de que ciertos comercios aprovechen las horas nocturnas para funcionar, lo cual les obliga a realizar, en caso necesario, adecuaciones del local. No podemos permitir que sólo las empresas con posibilidades económicas, generalmente las grandes, sean las únicas en aprovechar esa opción. Para ello, se presenta una batería de proposiciones de ayudas a fondo perdido y reembolsables que pueden mejorar la liquidez de estos comerciantes para poder mejorar sus opciones de supervivencia y desarrollo.
 
Esta es nuestra propuesta de ayudas, que casa perfectamente con nuestra forma de entender la incentivación económica. No creemos en ayudas para todo, sin medida y sin control, eso, al final, debilitaría nuestro tejido comercial, pero sí ayudas orientadas a unos fines muy concretos que, dicho sea de paso, acontecen a partir de una decisión parlamentaria. Por eso, ni ayudas para todo ni ayudas para nada, sino objetivos claros y justificados, acompañados de medidas adecuadas para mejorar las posibilidades de los pequeños centros productivos y de servicios, que son la base de cualquier economía, capitalista o no, que quiera tener opciones de no depender en exceso de condicionantes externos.

Esperemos que esta proposición sea de su agrado y tenga su apoyo.

 Eskerrik asko.
Héctor Fernández.
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PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH) Empty Re: PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH)

Lun 22 Jul 2013 - 0:26
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Nekane Jiménez Delgado
Puede comenzar el debate. Tienen 48 horas.
Jose Luis Sánchez
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PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH) Empty Re: PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH)

Lun 22 Jul 2013 - 19:59
 PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH) Diana
Idoia Luki
Grupo Parlamentario Comunista


La Ley de Liberalización de Horarios ha sido la mayor desgracia que podía sufrir el conjunto del comercio vasco y que duda cabe que sus consecuencias serán nefastas para el mismo. La derecha quiere un país de hipermercados y grandes superficies que aniquile por completo el arraigado comercio local vasco. Una ley que, insistimos, creemos que incluso podría ser inconstitucional, pues vulnera los principios más elementales del conjunto de los trabajadores y trabajadores, y que premia la sobre-explotación sin escrúpulos. 


Por ello votaremos a favor de la iniciativa del Grupo Parlamentario Herrira con el objetivo de paliar las nefastas consecuencias de esta ley. 
Héctor Fernández.
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PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH) Empty Re: PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH)

Mar 23 Jul 2013 - 16:23
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Iñigo Basagoiti
Señora Presidenta, solicitamos la ampliación del plazo de debate, estamos estudiando la posibilidad de presentar una enmienda al respecto del proyecto. Gracias.
Héctor Fernández.
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PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH) Empty Re: PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH)

Mar 23 Jul 2013 - 16:24
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Nekane Jiménez Delgado
Se concede una prórroga de 24 horas.
Héctor Fernández.
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PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH) Empty Re: PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH)

Jue 25 Jul 2013 - 2:08
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Iñigo Basagoiti
Gracias señora Presidenta. Señorías, nuestro grupo muestra estar de acuerdo con el espíritu de este proyecto, aunque no compartimos las formas y medios. La recompensa a las empresas que contratasen nuevos trabajadores durante un periodo de tiempo estable formaba parte de nuestro programa, y es por ello que apoyamos ese espíritu, tal y como señalaba. Pero creemos que el medio no ha de ser la subvención por empleado contratado, sino que ha de ser el que nuestro partido defendió en el programa: el incentivo fiscal. Es por ello que planteamos una enmienda a la totalidad donde el cambio principal es la eliminación del IS para las empresas que contraten según su tamaño.
Además, solicitamos que se nos aclare el punto de las ayudas a fondo perdido y las ayudas reembolsables para la insonorización de los centros comerciales nocturnos, puesto que no vemos el sentido de la existencia de estas dos vías.

Por tanto, planteamos la siguiente enmienda a la totalidad en principio y a la espera de la explicación solicitada:

ENMIENDA A LA TOTALIDAD • GPPE
PropL de Financiación del Pequeño Comercio (GPH)

Preámbulo

La reciente publicación y posterior entrada en vigor de la Ley de Libertad de Horarios Comerciales posibilitará, de manera gradual en un periodo de diez años, la total libertad de horarios para los establecimientos comerciales de Euskadi. Este hecho supone un beneficio para empresas dedicadas a la actividad comercial al por menor, sus trabajadores y la sociedad, puesto que permite a los primeros aprovechar sus infraestructuras lo más posible y generar más ingresos, a los segundos aumentar la demanda de empleo de su sector y a los terceros flexibilizar la oferta comercial, de manera que la conciliación entre la vida laboral y familiar sea más viable.
No obstante, para la completa ayuda al pequeño comercio se ha de establecer una línea de financiación que ayude a estas empresas a salir adelante en el mercado competitivo vasco. Este tipo de empresas puede tener dificultad para asumir con sus propios medios la actualización y aumento de su plantilla, así como la mejora de infraestructuras, tanto para adecuar su comercio a los nuevos tiempos como para cumplir con las exigencias para las posibles aperturas nocturnas.

TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 1 La actual ley permitirá a las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades enclavadas en las agrupaciones 64 y 67 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas vigente, solicitar con opciones de concesión las ayudas que figuran en la presente ley.

Artículo 2 Aparte de la limitación de actividad económica ya mencionada se añade otro listado de condiciones a cumplir por las empresas beneficiarias, dependiendo de los metros cuadrados dedicados a la venta al público del establecimiento o los establecimientos dependientes del mismo Número ó Código de Identificación Fiscal, así como de la totalidad de los participantes en el capital social de la persona jurídica beneficiaria de la medida, que posean en su nombre. Los beneficiarios de estos itinerarios podrán participar en los mismos en los periodos temporales que se marcan a continuación:
- Personas físicas o jurídicas que cuenten con establecimientos que, en suma indicada con anterioridad, tengan menos de 100 metros cuadrados de espacio dedicado a la venta al público podrán ser beneficiarias de las ayudas a fondo perdido y ayudas reembolsables indicadas en esta ley.
- Personas físicas o jurídicas que cuenten con establecimientos que, en suma indicada con anterioridad, tengan menos de 500 metros cuadrados de espacio dedicado a la venta al público podrán ser beneficiarias de las ayudas a fondo perdido y ayudas reembolsables, correspondientes a las ayudas para adecuación acústica del local, indicadas en esta ley, pero sólo para el tercer año de convocatoria, como previsión a su inmediata aplicación de la Ley de Liberalización de Horarios Comerciales en el cuarto año de gradualización de la ley.

Artículo 3 Las convocatorias de ayuda serán de aplicación para personas físicas o jurídicas y sus establecimientos ubicados en Euskadi.

TÍTULO II. LÍNEAS DE AYUDA.

Artículo 4 Ayuda a la contratación de trabajadores:
La empresa que contrate a un número determinado de trabajadores queda exenta del pago del Impuesto sobre Sociedades durante cuatro años, previa justificación de su alta en la Seguridad Social como Trabajador por Cuenta Ajena y con el compromiso de permanencia del contrato de 3 años. Se excluyen de esta ayuda contrataciones de trabajadores anteriores de la empresa y que fueran despedidos con posterioridad a la publicación de esta ley. Para acceder a este incentivo fiscal la empresa ha de reunir las siguientes condiciones:
-Empresas con una superficie comercial inferior a 30 metros cuadrados: contratar dos trabajadores.
-Empresas con una superficie comercial inferior a 50 metros cuadrados: contratar tres trabajadores.
-Empresas con una superficie comercial inferior a 70 metros cuadrados: contratar ocho trabajadores.
-Empresas con una superficie comercial inferior a 100 metros cuadrados: contratar once trabajadores.
-Empresas con una superficie comercial inferior a 200 metros cuadrados: contratar quince trabajadores.
-Empresas con una superficie comercial inferior a 500 metros cuadrados: contratar veinte trabajadores.

Artículo 5 Ayuda a la adecuación sonora de establecimientos comerciales. Esta línea consta de dos partes:
- Ayuda a fondo perdido. Para las personas físicas o jurídicas beneficiarias que decidan adecuar su local o locales para no sobrepasar los decibelios máximos permitidos en la Ley de Liberalización de Horarios Comerciales, se les subvencionará en un 50%, con un máximo de 100.000 pesetas, la inversión en adecuación del local, previamente justificada con las facturas y documentos de pago correspondientes.
- Ayuda reembolsable. Para las personas físicas o jurídicas beneficiarias que decidan adecuar su local o locales para no sobrepasar los decibelios máximos permitidos en la Ley de Liberalización de Horarios Comerciales, se les financiará en un 100%, con un máximo de 200.000 pesetas, la inversión en adecuación del local, previamente justificada con los presupuestos o facturas proforma correspondientes. El reembolso de la cantidad prestada se realizará en 54 meses, con 6 meses de carencia, y sin intereses. El Gobierno Vasco se compromete a abonar la ayuda reembolsable con el plazo de un mes desde la comunicación de concesión de la ayuda. El beneficiario se compromete a presentar, cuando la obra esté finalizada, las facturas y documentos de pago correspondientes a la transformación, no más tarde de 12 meses desde la concesión de la ayuda. De no hacerlo, se aplicará un interés de un 10% a la obligación de reembolso de la cantidad prestada.

Artículo 6 Las ayudas se convocarán una vez cada año, en los próximos tres cursos. Las convocatorias tendrán como beneficiarios a todos los sujetos que, cumpliendo el resto de condiciones, realicen las acciones subvencionables en el periodo que consta desde la fecha de entrada en vigor de la Ley de Liberalización de Horarios Comerciales hasta uno, dos o tres años naturales después, respectiva y retroactivamente, si fuese necesario.
Las cantidades marcadas en el artículo 5 serán actualizadas en la segunda y tercera convocatoria de ayudas según el incremento o disminución del IPC a nivel autonómico.
El Gobierno Vasco se compromete a resolver y comunicar la concesión de la subvención con un plazo máximo de 6 meses desde la solicitud de la ayuda por parte del beneficiario.
Los plazos de solicitud, asimismo, no serán menores a 60 días desde la publicación de la convocatoria correspondiente. Asimismo, se evitará que existan acciones sin posibilidad de beneficio de ayuda, por motivo de inexistencia de plazo de convocatoria, en los tres años de vigencia de esta ley aplicando la retroactividad si es necesario en la siguiente convocatoria que se publique.

TÍTULO III. DISPOSICIONES FINALES.

Disposición Adicional Única

El Gobierno Vasco se compromete a cumplir y hacer cumplir lo establecido en esta ley y los futuros reglamentos que devengan de ella. Se utilizarán herramientas de inspección que controlen el fraude en el aprovechamiento de esta medida.

Disposición Final

El presente PL entrará en vigor 30 días después de su publicación en el BOE.
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Jue 25 Jul 2013 - 9:10
Beñat zarate

una explicación y una pregunta.

Las ayudas, a fondo perdido y reembolsables, a la reforma del local, con motivo de insonorización del mismo, no tienen otro objetivo que apoyar a las empresas pequeñas que no tengan los recursos de las grandes a la hora de intentar aprovechar ese horario comercial nocturno. Creo que se explicó adecuadamente en la presentación de la ley.

Por otra parte, ahora va nuestra pregunta, demostrando otra vez su sapiencia habla de no dar ayudas, sino incentivo fiscal mediante el impuesto de sociedades. Como usted sabrá, o si no lo sabe se lo digo, pero vamos, que tendría narices el tema, la mayoría de los pequeños comerciantes a los que está destinada esta ayuda no tributan por el impuesto de sociedades. ¿Qué pasa, que esta ayuda sólo la entiende usted para sociedades mercantiles? Ya que sacarán esta ridícula enmienda adelante gracias a la inanición de la oposición de este parlamento, por lo menos arreglen eso, porque sería un poco nefasto que convocaran incentivos a comercios que no pueden aprovecharlos. Aunque igual forma parte de su estrategia para hundir del todo el pequeño comercio, comienzo a pensar que es lo que persiguen. Porque lo de que un quiosco pequeño tenga que contratar a dos trabajadores para poder llegar a un incentivo que no le rebaja nada,puesto que se basa en un impuesto que el empresario no tiene que pagar... Por lo menos es lamentable, y muestra que poca idea tienen ustedes de comercio minorista. Se están luciendo con esta ley, la verdad. Entre la mala redacción de la ley de liberalización y estas ayudas que no son ayudas porque no les corresponderían a casi nadie, están provocando un esperpento del que no sé cómo saldremos.
Héctor Fernández.
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Jue 25 Jul 2013 - 13:59
FDP: Yo te preguntaba en cuál es la diferencia entre una y otra ayuda sobre todo en las condiciones y requisitos para concederla, porque el redactado es exactamente el mismo, salvo que en uno se financia el 50% de la obra y el otro el 100%. Entonces no sé si todos los comercios pueden acogerse a los dos, a uno sí y otro no... esas cosas.
Josu Mendizábal
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PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH) Empty Re: PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH)

Jue 25 Jul 2013 - 14:27
Fdp. Ok, entendí mal, disculpa.

Ddp.

Beñat zarate

disculpe,sr. Basagoiti, veo sus gestos y creo que ya sé a lo que se refería con la diferencia entre las dos ayudas.

Pueden parecer iguales,pero satisfacen necesidades diferentes. La primera, la ayuda a fondo perdido, como se explica en el método de justificación, se abonaría después de realizar la inversión, siendo este un incentivo para ampliar el servicio comercial, mientras que la ayuda reembolsable intenta arreglar los problemas de liquidez que pueden tener las empresas beneficiarias, por eso el abono se produciría antes de la inversión,dejando el pago o no de los intereses vinculado a la presentación posterior de las facturas justificativas.

Sobre el resto de aspectos mantenemos lo comentado anteriormente.
Héctor Fernández.
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Jue 25 Jul 2013 - 16:04
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Iñigo Basagoiti
Bien, hechas las explicaciones, mantendremos esas dos líneas de ayuda en nuestra enmienda.

Respecto a las rebajas fiscales que proponemos, decir que exentos del pago del IS estarían las empresas con menos de tres trabajadores, y las PYMES durante su primer año y medio. La exención que proponemos duraría 4 años.
Entendiendo esto, creemos que podemos juntar su propuesta y al nuestra del siguiente modo: ofreciendo la línea de ayuda económica que proponían ustedes en un principio, pero sólo para las empresas con menos de 3 trabajadores. Éstas, en el momento de pasar de esos tres trabajadores entrarían en la línea de beneficio fiscal que proponemos.
De este modo, ese punto quedaría redactado del siguiente modo:
Artículo 4 Ayuda a la contratación de trabajadores:
La empresa con más de tres trabajadores que contrate a un número determinado de trabajadores queda exenta del pago del Impuesto sobre Sociedades durante cuatro años, previa justificación de su alta en la Seguridad Social como Trabajador por Cuenta Ajena y con el compromiso de permanencia del contrato de 3 años. Se excluyen de esta ayuda contrataciones de trabajadores anteriores de la empresa que fueran despedidos con posterioridad a la publicación de esta ley. Para acceder a este incentivo fiscal la empresa ha de reunir las siguientes condiciones:
-Empresas con una superficie comercial inferior a 30 metros cuadrados: contratar dos trabajadores.
-Empresas con una superficie comercial inferior a 50 metros cuadrados: contratar tres trabajadores.
-Empresas con una superficie comercial inferior a 70 metros cuadrados: contratar ocho trabajadores.
-Empresas con una superficie comercial inferior a 100 metros cuadrados: contratar once trabajadores.
-Empresas con una superficie comercial inferior a 200 metros cuadrados: contratar quince trabajadores.
-Empresas con una superficie comercial inferior a 500 metros cuadrados: contratar veinte trabajadores.

La empresa con tres trabajadores o menos recibirá 75.000 pesetas por cada trabajador que contrate, previa justificación de su alta en la Seguridad Social como Trabajador por Cuenta Ajena y con el compromiso de permanencia del contrato de 3 años. Se excluyen de esta ayuda contrataciones de trabajadores anteriores de la empresa que fueran despedidos con posterioridad a la publicación de esta ley.
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PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH) Empty Re: PropL de Financiación del Pequeño Comercio para hacer frente a la Liberalización de Horarios (GPH)

Vie 26 Jul 2013 - 2:38
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Nekane Jiménez Delgado
Se ruega al GPH que aclare si acepta la enmienda o no tras el último cambio señalado por el GPPE
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Vie 26 Jul 2013 - 12:08
Beñat zarate

aceptamos parcialmente la enmienda. Realmente cosas como el título y en preámbulo nos dan igual,no afectan a los ciudadanos. Preferimos el nuestro pero, si están más contentos con el suyo, adelante. Por otra parte, aceptamos su nuevo artículo 4, con una excepción. nos parecen demasiado elevados los límites para los comercios menores a 100 metros, las categorías de 30, 50, 70 y 100, deberían tener, por su naturaleza, límites de 1, 2, 5 y 8 trabajadores, respectivamente. Para un pequeño comercio, de 30 metros, por ejemplo, la contratación de una persona le puede permitir aumentar el horario sensiblemente, pero también es un gran esfuerzo que debe ser recompensado. Por otra parte, no nos parece mal que se amplíe la ayuda a comercios de 200 y 500 metros, si entra en sus presupuestos, adelante también. 
Otra modificación es que queremos que nuestro artículo 5 se introduzca en el texto, lo vemos básico para ayudar a que las empresas motiven la formación de sus trabajadores.

Con estas modificaciones aceptaríamos la enmienda.
Héctor Fernández.
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Vie 26 Jul 2013 - 15:57
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Iñigo Basagoiti
Está bien, señor Zarate, aceptamos sus modificaciones y las introducimos en la enmienda a la totalidad.
Héctor Fernández.
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Vie 26 Jul 2013 - 15:58
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Nekane Jiménez Delgado
Bien, pues visto el acuerdo, pasamos a la votación del texto enmendado. Tienen 48 horas.
Héctor Fernández.
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Vie 26 Jul 2013 - 16:08
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Iñigo Basagoiti
El GPPE (34) vota A FAVOR
Josu Mendizábal
Josu Mendizábal
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Vie 26 Jul 2013 - 23:48
Beñat zarate


 El gph (4) vota a favor
Héctor Fernández.
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Dom 28 Jul 2013 - 18:37
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Nekane Jiménez Delgado
El resultado de la votación es el siguiente:

A FAVOR: 38
EN CONTRA: 0
ABSTENCIÓN: 0


Queda aprobado. Se procederá a su publicación en el BOE. Se levante la sesión.
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