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Héctor Fernández.
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(D-V) Proposición de Ley de Salario Social Básico (GPS) Empty (D-V) Proposición de Ley de Salario Social Básico (GPS)

Mar 11 Jun 2013 - 23:02
(D-V) Proposición de Ley de Salario Social Básico (GPS) BBD93F6C-F734-6C40-140241EC4D5DE478
Juan Ignacio Herrera
Bien, señores procuradores, se inicia la sesión para debatir la siguiente propuesta presentada por el GPS. Tiene el turno de palabra el portavoz de su grupo parlamentario. La intervención expositiva del proyecto deberá realizarse en el plazo de 48 horas.

Proposición de Ley de Salario Social Básico (GPS)

CAPÍTULO I

Artículo 1: Concepto y fines del salario social básico.
-1. Se entiende por salario social básico la prestación económica periódica dirigida a las personas que carezcan de recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades básicas, y con riesgo de exclusión social.
-2. El salario social básico es una prestación económica diferencial, complementaria y subsidiaria de cualquier otro tipo de recursos, derechos, rendimientos de bienes y prestaciones sociales económicas previstas en la legislación vigente, que pudieran corresponder al titular o a cualquiera de los miembros de su unidad familiar, y que deberán ser reclamados y hacerse valer íntegramente con carácter previo a la solicitud.

Artículo 2: Importe del salario social básico.
-1. El importe de la prestación del salario social básico cubrirá la cantidad necesaria para completar los recursos de la unidad familiar hasta alcanzar las siguientes cuantías mensuales:
a) para una sola persona perceptora se establecen 30.000 pesetas mensuales.
b) para unidades de convivencia compuestas por más de una persona, se incrementará en un 25% la cuantía por cada persona complementaria hasta un máximo del 100% del salario social básico equivalente a una unidad familiar compuesta por una sola persona.

Artículo 3: Devengo y pago.
-1. La prestación correspondiente de salario social básico concedido se devengará a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud, siempre que en ese momento se reúnan los requisitos previstos en esta Ley.
-2. El pago de la prestación económica se efectuará por mensualidades vencidas.

Artículo 4. Duración.
-1. La prestación del salario social básico se prolongará mientras la unidad familiar reúna los requisitos establecidos en la presente Ley.
-2. El cumplimiento de los requisitos generales se verificará con una periodicidad anual.
-3. Si varía el número de miembros de la unidad familiar o los recursos económicos con los que cuenta, dará lugar a la revisión del Salario social básico desde el primer día del mes siguiente a la fecha en que se produzca la variación.


CAPÍTULO II.

Artículo 5: Titulares.
-1. El salario social básico podrá ser solicitado y percibido por personas nacionales o no, mayores de veinticinco años, empadronados en Castilla y León desde un tiempo de 2 años ininterrumpidos previos a la solicitud. Además deberán conformar una unidad familiar desde un tiempo de 6 meses.
-2. En el supuesto de que en una misma unidad familiar existieran varias personas que pudieran ostentar la condición de titular, solo podrá otorgarse el salario social básico a una de ellas.

Artículo 6: Unidad familiar.
-1. A los efectos de la presente Ley se entiende por unidad familiar:
a) la persona solicitante y, en su caso, quienes vivan con ella en una misma vivienda o alojamiento, ya sea por unión matrimonial o afectiva análoga y permanente como pareja estable, por parentesco de consanguinidad hasta el segundo grado o afinidad hasta el primer grado, así como por adopción, tutela o acogimiento familiar.
b) dos o más personas que, no estando unidas entre sí por alguno de los vínculos previstos en el apartado anterior, viven juntas en una misma vivienda o alojamiento debido a situaciones constatables de extrema necesidad.
-2. La unidad familiar beneficiaria de la prestación del salario social básico no perderá dicha condición si se ve obligada a residir en el domicilio de otra por causa de fuerza mayor, accidente o desahucio u otras que determinen una situación constatable de extrema necesidad.

Artículo 7: Obligaciones.
Los beneficiarios del salario social básico, y durante el tiempo que sean acreedores al mismo, estarán obligados a:
a) Solicitar la baja en la prestación económica en el plazo de un mes a partir del momento en el que se dejen de reunir los requisitos exigidos para su percepción.
b) Proporcionar a la Administración información veraz sobre las circunstancias personales, familiares y económicas que afecten al cumplimiento de los requisitos y sus posibles variaciones, así como colaborar con la Administración para la verificación de dicha información.

Artículo 8: Procedimiento.
-1. La solicitud se deberá presentar a la Consejería competente en materia de servicios sociales, recibido y registrado el expediente, comunicará al interesado la fecha de entrada del mismo.
-2. La Consejería estudiará el caso pormenorizadamente y determinará si la unidad familiar carece de recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades básicas y si posee riesgo de exclusión social.
-3. La Consejería deberá resolver en el plazo máximo de dos meses contados a partir de la fecha de entrada del expediente. La resolución deberá ser notificada al interesado.
-4. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera producido resolución expresa, se entenderá denegada la prestación de salario.

Artículo 9: Extinción.
El derecho a la prestación se extinguirá por alguna de las siguientes causas:
a) Pérdida definitiva de alguno de los requisitos establecidos en la presente Ley.
b) Fallecimiento del titular de la prestación.
c) Renuncia del titular.
e) Traslado de residencia efectiva fuera de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.


Disposiciones finales
Queda derogada toda norma anterior que con igual o inferior rango contraríe a lo dispuesto en esta Ley.
La presente Ley entrará en vigor a los dos meses siguientes de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Alejandro Valderas
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Miér 12 Jun 2013 - 1:55
(D-V) Proposición de Ley de Salario Social Básico (GPS) 55536
Pilar Mendoza
Presidenta y portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.

Muchas gracias Presidente,
Señorías, esta Ley representa los valores sociales de los que se caracteriza este partido. Garantiza el sustento de aquellas familias que carecen de ingresos y cuya situación puede dejarles en desamparo y exclusión social, mediante una cantidad razonablemente básica pero suficiente para evitar las premisas por las que esta Ley se presenta. Además establece unos eficientes sistemas de control para evitar los posibles fraudes que se pudieran producir.

Muchas gracias.
Héctor Fernández.
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Miér 12 Jun 2013 - 13:40
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Juan Ignacio Herrera
Bien, pasemos al turno de debate. Tienen 48 horas.
Héctor Fernández.
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Miér 12 Jun 2013 - 14:03
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Héctor Fernández
Señor Presidente. Señores procuradores, señores socialistas... creo que ustedes tienen una confusión gigantesca. Desde luego saben que para que este proyecto sea aprobado nosotros tenemos que estar de acuerdo, y después de toda una legislatura parece que siguen sin enterarse de cuál es el rumbo de Castilla y León.
Ustedes pretenden hoy implantar la limosna reglamentaria a los desfavorecidos, ¿sabe usted lo que está haciendo la Junta de Castilla y León? hacer reformas económicas profundas que den solución y un futuro a esa gente de la que usted habla. Desde luego sus políticas cortoplacistas de la "limosna institucional" no solucionan el problema de raíz. Nuestro gobierno lo que está haciendo es solucionar el problema de la pobreza de raíz sacando a los castellanoleoneses desfavorecidos de su situación. Desde luego nosotros no vamos a apoyar su proyecto porque lo único que pretende es que los pobres sean más pobres porque no da ningún medio a estos para salir adelante, y que los pobres sigan siendo pobres.
Señorías, estas cortes no van a aprobar limosnas que no solucionen nada, no vamos a aprobar parches limosneros; nosotros aprobamos soluciones de verdad. Muchas gracias.
Alejandro Valderas
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Vie 14 Jun 2013 - 0:13
Pilar Mendoza
Presidenta y portavoz del Grupo Parlamentario Socialista 

Señor Presidente, es usted el que pretende dar el giro y decir que lo que hoy proponemos es una limosna. Es usted el que quiere que el ciudadano desfavorecido que necesite esta ayuda quede marcado como mendigo. No señor Fernández, nosotros proponemos un salario básico decente a todo aquel desfavorecido para evitar que caiga en la marginación y que cubra las necesidades básicas para que no haya un sólo ciudadano de esta tierra que no tenga cubiertas las necesidades básicas. 

¿Cómo alguien puede estar en contra de esto? Si su respuesta es su política económica (respuesta que usted tiene para absolutamente todo) es errónea. Me dirá usted que hasta en la principal economía del mundo no hay gente que tiene las necesidades básicas sin cubrir... Ante un sistema que tiene este problema, pongámosle freno.
Héctor Fernández.
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Vie 14 Jun 2013 - 2:31
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Héctor Fernández
Muy bien, señora Mendoza, pongámosle freno a la pobreza y a la marginación. Pero creo que llegan ustedes más de tres años tarde, puesto que eso ya lo llevamos haciendo desde la Junta de Castilla y León desde 1979.
Ustedes lo que plantean aquí es instalar un sistema comunista, simple y llanamente eso. Y eso es algo con lo que nosotros no podemos estar de acuerdo porque, aunque ustedes aún no se hayan enterado, Castilla y León hoy tiene un rumbo muy distinto: el del empleo. Mire señora Mendoza, usted puede hacer ante todos nosotros la demagogia y el populismo que usted quiera, pero las políticas que sacan de la pobreza a la gente son las que dan a esas personas un empleo, lo cual lo estamos demostrando porque es lo que hemos hecho durante toda esta legislatura desde la Junta.
Si usted quiere convertir a todos los castellanoleoneses en funcionarios, nosotros no vamos a apoyarlo. Si usted quiere pagar a unos por cavar un hoyo y a otros para taparlo, que es lo que plantean sus políticas comunistas como la de hoy, nosotros tampoco vamos a estar de acuerdo. Si usted quiere poner en marcha medidas que se están aplicando por parte de sus amigos de Europa del Este, nosotros desde luego que no vamos a estar de acuerdo con ello. Nosotros ¿sabe lo que hemos ofrecido a ese desfavorecido? un empleo con un salario digno, y es lo que vamos a seguir haciendo en los próximos cuatro años.
(Aplausos del GPPC)

Señores socialistas, reaccionen y contemplen cómo funciona de verdad el mundo, porque parece que ustedes viven junto al bloque del recién fallecido Kuznetsov. Muchas gracias.
(Ovación del GPPC)


Última edición por Héctor Fernández. el Vie 14 Jun 2013 - 20:30, editado 1 vez
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Vie 14 Jun 2013 - 20:23
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Juan Ignacio Herrera
Bien, pasemos a la votación. Tienen 48 horas.
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Vie 14 Jun 2013 - 20:24
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Héctor Fernández
El GPPC (55) vota EN CONTRA
Serafín Monsálvez
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Vie 14 Jun 2013 - 21:02
El Grupo Parlamentario Mixto Falangista vota A FAVOR
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Miér 19 Jun 2013 - 0:23
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Juan Ignacio Herrera
El resultado de la votación es el siguiente:

A FAVOR: 1
EN CONTRA: 55
ABSTENCIÓN: 0


El texto queda rechazado. Se levanta la sesión.
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