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Héctor Fernández.
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DEBATE/VOTACIÓN//OCHO MEDIDAS DEL PSOE Empty DEBATE/VOTACIÓN//OCHO MEDIDAS DEL PSOE

Vie 24 Sep 2010 - 23:10
Alicia Castanedo
DEBATE/VOTACIÓN//OCHO MEDIDAS DEL PSOE Condoleezza_rice_1
Bien, pues damos paso al debate de las siguientes leyes presentada por el Partido Socialista Obrero Español, primero, el PSOE tendrá un turno de exposición global y a continuación comenzará el turno de réplica, (tienen 96 horas)

LEY DE PRESCRIPCIÓN MÉDICA POR PRINCIPIO ACTIVO

DEBATE/VOTACIÓN//OCHO MEDIDAS DEL PSOE 8ef1bd7e

Exposición de motivos

La Coalición Democrática de Izquierdas en su intención de mejorar la eficiencia de nuestro sistema sanitario presenta la siguiente propuesta. Actualmente en muchas comunidades se está aplicando ya la prescripción médica por principio activo, ahorrando millones y millones de euros tanto a ciudadanos como a la Administración. Por eso y siguiendo el camino de la eficiencia presentamos está ley con la cual estimamos un ahorro entre setecientos y novecientos millones de euros para las administraciones autonómicas (si su ámbito de aplicación fuera estatal),

Título I. DEL CONTENIDO.

Artículo 1. Los médicos que pertenezcan al sector público sanitario estarán obligados a recetar por principio activo, es decir por Denominación Común Internacional (DCI) marcada por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Artículo 2. Las consejería de sanidad deberá velar por el cumplimiento de la presente ley.

Disposición derogativa.

Se deroga toda legislación que contravenga a la presente ley.

Disposición final

Entrará en vigor la presente al mes siguiente de la publicación en el Boletín Oficial Autonómico.

ModeradorRoberto escribió:
REFORMA DE LA ADQUISICIÓN DE FÁRMACOS

DEBATE/VOTACIÓN//OCHO MEDIDAS DEL PSOE 8ef1bd7e

Exposición de motivos

Actualmente cuando el médico receta un fármaco al paciente, éste (el fármaco) cuando termina el tratamiento del paciente suele sobrar y en grandes cantidades. Uno de los retos del futuro es la mejora de la eficiencia del gasto público y en ese camino va la propuesta que presentamos. Queremos que todas las farmacias dispensen sus fármacos en unidosis, de tal manera que se dé la cantidad exacta que el paciente precise para curarse. Es una medida que ayudará tanto a paciente como a la Administración, ya que el paciente por ejemplo empleará menos dinero en su cura.


Título I. DEL CONTENIDO

Artículo único. A partir de la aprobación de esta ley todas las oficinas de farmacia que estén en nuestra comunidad deberán dispensar sus fármacos en unidosis.

Disposición derogativa.

Se deroga toda legislación que contravenga a la presente ley.

Disposición final

Entrará en vigor la presente al mes siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.


ModeradorRoberto escribió:
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LEY DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL

PREÁMBULO

Nuestros ciudadanos aún conocen nuestras instituciones de manera escasa, algo que desemboca hacia un clima menor de confianza. Desde el Partido Socialista creemos que la clave reside en mejorar los niveles de transparencia de nuestras instituciones con el fin de mejorar las relaciones con la ciudadanía.

Para ello, proponemos esta medida mediante la cual se establece la ampliación de declaración de bienes actividades productivas a todos los funcionarios que perciban del erario público un sueldo superior a los 30.000 euros brutos.



TÍTULO I. DEL OBJETIVO

Artículo 1. La ley de Transparencia institucional tiene el objetivo de mejorar las relaciones entre ciudadanos y políticos a través de una mejor gestión que sea transparente.

TÍTULO II. DEL CONTENIDO.

Artículo 2. La declaración de bienes y actividades que se realiza periódicamente (generalmente cada año), se extenderá no solo a miembros del parlamento autonómico sino también a todos aquellos funcionarios y funcionarias que perciban un sueldo superior a los 30.000 euros brutos anuales de la administración autonómica.

Artículo 3. Las declaraciones de bienes y actividades serán subidas a la página oficial del parlamento autonómico con el fin de aumentar significativamente la información que el gobierno da a los ciudadanos.

Artículo 4. Para garantizar el cumplimiento de esta ley se dispondrán un número determinado de funcionarios que se dediquen de manera exclusivo a este menester.

DISPOSICIÓN FINAL

Esta ley entrará en vigor en al mes siguiente de su publicación en el boletín oficial correspondiente.

ModeradorRoberto escribió:
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PLAN DE SEGURIDAD VIAL

PREÁMBULO

Como representantes de la ciudadanía que somos, debemos velar por ellos, ya que esa es la tarea que nos encomendaron. Una de las políticas que debemos desarrollar con acciones específicas para mejorar la seguridad de nuestros ciudadanos y ciudadanas es la política vial. Debemos mejorar la calidad de nuestras carreteras sobre todo en los puntos negros y aumentar la vigilancia para el cumplimiento de las reglas de tráfico.

Por ello, y en nuestro compromiso con la seguridad vial de los ciudadanos, presentamos esta propuesta que producirá un descenso de las muertes en carretera.

TÍTULO I. DE LOS PUNTOS NEGROS

Artículo 1. Con el presente, se diseñará un plan con el único objetivo de mejorar el trazado en los puntos negros (Puntos negros en nuestra comunidad).
Artículo 2. El encargado o encargada de diseñar el plan será el consejero que reúna las pertinentes competencias.
Artículo 3. Los encargados de vigilar el incumplimiento de esta ley serán los miembros de las comisiones de seguridad vial, que examinarán el estudio, la ejecución y la puesta en marcha de la mejora del trazado en los puntos negros.

TÍTULO II. DE LA VIGILANCIA DE LOS PUNTOS NEGROS.

Artículo 4. Una vez mejorado el trazado, se implantarán radares fijos en estos puntos con el fin de evitar más muertes.

TÍTULO III. DEL PRESUPUESTO.

Artículo 5. La consejería de economía se encargará del cálculo presupuestario de la obras.

DISPOSICIÓN FINAL

Este plan entrará en vigor al mes siguiente de su aprobación.

ModeradorRoberto escribió:
LEY DE FOMENTO DE LAS BUENAS PRÁCTICAS DEL PROFESORADO

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Exposición de motivos.

En muchas ocasiones las reformas educativas se han centrado en exclusivamente el alumnado y olvidan la otra parte que también es importante para sacar adelante la cartera de educación de un país: el profesorado. Con esta ley queremos que los profesores reciban incentivos por desempeñar de manera notable su trabajo.

De esta forma lograremos mejorar también nuestro sistema.

Título I. DEL CONTENIDO Y DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 1. Establézcase una retribución especial "por buenas prácticas" del profesor de 3.340,5 €
Artículo 2. Esta retribución solo se podrá aplicar a profesores que impartan clases de Bachillerato.

Título II. DE LAS CONDICIONES

Artículo 3. Para acceder a esta retribución especial se deberá cumplir formalmente con las siguiente condición:

1- La materia impartida por el profesor debe tener una media de 7 o superior entre el alumnado que educa en la Prueba de Acceso para la Universidad (PAU).

Título III. DE LA GESTIÓN Y APLICACIÓN DE LA LEY.

Artículo 4. Las consejería de educación será lasresponsables de la gestión y aplicación de esta ley.

DISPOSICIÓN FINAL

Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial Autonómico.




PLAN DE AHORRO Y EFICIENCIA EN EL CONSUMO ENERGÉTICO

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los objetivos de este programa de ahorro y eficiencia en el consumo energético son llevar a cabo un estudio exhaustivo sobre el estado de energía en todos los edificios públicos, utilizando esta información para medir y priorizar las acciones de eficiencia y dar a conocer a la ciudadanía los resultados para elevar la conciencia social y ecológica, definiendo metas a corto y medio plazo y desarrollando una estrategia de aplicación de las medidas.

TÍTULO I. DEL OBJETIVO Y DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 1. Con el presente, se llevarán a cabo distintas actuaciones con el objetivo de reducir el consumo energético, consiguiendo alcanzar la eficiencia en el gasto.

Artículo 2. Esta medida se aplicará en todas las administraciones públicas de ámbito autonómico.

TÍTULO II. DEL ESTUDIO Y DE LA APLICACIÓN

Artículo 3. Se contratará al personal que sea necesario, para realizar un estudio amplio acerca de las acciones que se deben realizar para ejecutar este plan. Como es obvio, deberá ser personal cualificado en este menester. Las actuaciones que consideramos primordiales serán:

1. Colocación en algunas ventanas de lamas de control solar.
2. Sustitución de lámparas incandescentes por lámparas compactas fluorescentes y lámparas de bajo consumo.
3. Cambios en los contratos de electricidad.
4. El cambio y la optimización de las calderas y sistemas de aire acondicionado.
5. Incorporación progresiva de la energía solar.
6. Cursos dirigidos a los técnicos del ayuntamiento, de ahorro y eficiencia energética, las nuevas tecnologías y las energías renovables.
7- La sensibilización de los trabajadores a través de campañas informativas, charlas, folletos y libros informativos.

Artículo 4. Una vez realizado el estudio, se ejecutaran las acciones para las cuales se dispondrá de un presupuesto de quinientos millones de euros distribuidos durante los próximos dos años.

Artículo 5. Un 1 % de ese presupuesto se dedicará a publicitar en los medios de comunicación los progresos de este plan, con el fin de sensibilizar e impulsar la conciencia ecológica a los ciudadanos.

Artículo 6. La consejería que reúna la competencia de medio ambiente será la encarga de vigilar y velar por el presente.

DISPOSICIÓN FINAL

Este plan entrará en vigor al mes siguiente de su publicación en el boletín.

Roberto Solbes escribió:
PLAN "PYME's 2017 y 2018"

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Nuestra comunidad aún precisa de un impulso económico que haga situarnos entre los principales motores autonómicos del mundo. Las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME's) representan cerca del noventa por ciento de nuestra actividad económica, y debemos ayudarlas ahora que lo necesitan. Porque este tipo de empresas son las que más precisan de liquidez, pues no pueden acceder a crédito a través de bancos y cajas.

Por tanto, desde la administración pública debemos ayudar a las PYMES para que lleven a cabo sus proyectos y puedan potenciar nuestra actividad económica. Con el presente plan, ponemos a disposición de las pequeñas y medianas empresas de nuestra comunidad 2000 M € que sin duda ayudarán a expandir la economía de nuestra comunidad autónoma.

Con este plan de financiación de proyectos a PYMEs estimamos la creación de unos ciento cuarenta mil empleos en nuestra comunidad durante estos dos años.

TÍTULO I. DEL OBJETIVO Y DE LA CUANTÍA TOTAL.


Artículo 1. El objetivo de esta propuesta es el de proveer a las pequeñas y medianas empresas de liquidez para que puedan hacer frente a sus inversiones.
Artículo 2. A este plan se le destinaran 2000 millones de euros en estos años -2017 y 2018-, que saldrán de la partida presupuestaria destinada al Consejero de Economía, que será el encargado de vigilar el cumplimiento de lo establecido en el presente plan. Aunque el encargado de ejecutarlo será la institución de crédito y aval oficial propia de nuestra Comunidad.

TÍTULO II. DE LOS REQUISITOS PARA ACCEDER AL CRÉDITO POR PARTE DE LAS EMPRESAS.


Artículo 3. La definición que tomará este plan de Pequeña y Mediana Empresa será la que establece la Recomendación de la Comisión Europea de la Unión Europea de 6 de mayo de 2003, es decir una PYME es aquella empresa que dispone de menos de doscientos cincuenta empleados y de menos de cuarenta y tres millones de euros de facturación anual.
Artículo 4. Podrá acceder a este plan, cualquier empresa que tenga base operativa en nuestra Comunidad.
Artículo 5. Se podrá financiar hasta el 100 % de lo solicitado por la PYME.
Artículo 6. Deberá de haber liquidez en las arcas para financiar el proyecto. Es decir, una vez que se acabe el presupuesto destinado a este plan, no se concederán más créditos durante los años de vigencia -en el caso de que se agote antes de terminar el 2018- de este plan.
Artículo 7. La PYME podrá pedir el préstamo en cualquier entidad bancaria que opere en nuestra Comunidad.

TÍTULO III. DE LAS CONDICIONES DEL CRÉDITO.


Artículo 8. Solo se podrá conceder un préstamo por empresa y la cuantía no podrá ser superior a los dos millones de euros bajo ningún concepto.
Artículo 9. Los intereses se fijarán desde la propia institución de crédito y aval oficial propia de nuestra Comunidad, y éstos no serán superiores al 0,1 % de lo concedido. Además se fijará desde la institución de crédito y aval oficial propia de nuestra Comunidad el plazo de amortización del crédito que nunca será superior a 8 años.

Artículo 10. Las comisiones, el estudio de viabilidad y otro tipo de burocracia serán totalmente gratuitas para la PYME solicitante de crédito.

DISPOSICIÓN FINAL

Este plan entrará en vigor al mes siguiente de su entrada en el Boletín Oficial Autonómico.


PNL “PLAN EFICACIA PARA LA COMPRA DE NUEVOS VEHÍCULOS NO
CONTAMINANTES”


Los socialistas de nuestras Comunidad Autónoma en vista de la mejora económica por las medidas implantadas por este gobierno en cuanto a reducción de costes, mejora de las arcas públicas, reducción del déficit público, mejora de ingresos autonómicos y la aplicación rigurosa de planes dirigidos a la mejora del empleo y la economía en cuantiosos sectores de nuestra economía. Ahora nos proponemos dar un impulso, a la maltrecha venta de automóviles y motos que ha caído en nuestra comunidad casi un 23% en los últimos meses.

Con esta PNL, se pretende estimular la venta, la distribución, así como un cambio de vehículos antiguos por
vehículos nuevos y más modernos, a su vez ECOLÓGICOS, que respeten el medioambiente y la biodiversidad.

Título único.”De las ayudas y de sus condiciones para la adquisición de vehículos”.

Artículo1
La ayuda que realizará nuestra administración a las personas que deseen adquirir un coche será de un 0% de interés a estas personas que pidan un crédito para comprar un vehículo. Cada persona física podrá comprar tan solo un vehículo durante la vigencia de este plan.

Artículo 2
El vehículo en cualquier caso no podrá superar los 29.000 euros de precio.

Artículo 3.
Para poder optar a las ayudas que otorga el gobierno el solicitante deberá residir al menos un año, mediante empadronamiento documentalmente aportado en nuestra CCAA.

Artículo 4.
El gobierno autonómico aportará 2000 euros por cada compra de vehículo, teniendo en cuenta que se deberá entregar el
vehículo usado que deberá tener más de 8 años de antigüedad.

Artículo 5.
El gobierno autonómico solo otorgará la aportación de los 2000 euros, si se compra un vehículo nuevo catalogado como de “novedad
ecológica” , queriendo decir esto, que responderá a unas emisiones de Co2 que se enmarcan dentro de la directiva europea contra la lucha contra el cambio climático. Esta directiva europea cifra las emisiones contaminantes de los automóviles para ser
vehículos ecológicos en menos de 120 gramos de Co2 a los 100km.

Artículo 6
Las ayudas de este plan, empezarán a concederse a partir de su publicación en el DOE y abarcará hasta el final del año 2017.

Artículo 7
La mala utilización, engaño, usurpación de datos públicos o estafa a los poderes públicos se considerará como la falsedad documental, procediendo a retirar cualquier tipo de ayuda de este plan, haya sido otorgada o no. En su caso si hubiere sido otorgada se procedería al cobro integro de lo aportado por el gobierno autonómico

Artículo 8
Desde su aprobación, estas ayudas se pedirán en la Consejería de Industria de la Comunidad Autónoma mediante la cumplimentación de los impresos autonómicos A-301 y B-322, además de la documentación que le sea requerida por los funcionarios de dicha consejería, que se serán detallados por la misma en una orden posterior que regule la documentación a aportar.

Artículo 9
Las ayudas que ofrecerá el gobierno autonómico serán de 3 millones de euros hasta la vigencia de la finalización del plan.

Disposición Adicional
Se creará una comisión de trabajo que vaya evaluando periódicamente los logros y avances conseguidos por dicho plan. Este grupo lo compondrán los sindicatos, empresarios y las fuerzas políticas.

Disposición derogatoria
Serán derogadas cuantas leyes infrinjan el espíritu, cuerpo legal o contradigan los preceptos a aplicar por esta normativa,
bien sean de rango inferior o de su mismo rango.

Disposición Final
1. Esta disposición de ayudas una vez aprobada pasará a formar parte del Boletín Oficial Autonómico.
2. Dicha ayuda entrará en vigor desde el mismo momento que forme parte del Boletín Oficial Autonómico.



FDP: Lo hago así por una razón, si se me presentan medidas seguidas, yo las planteo de un tirón. Se ha dejado el doble de tiempo por si hubiera alguna discusión que otra y seré flexible con el tiempo para estirarlo.
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Mar 28 Sep 2010 - 1:24
Ya que el partido socialista no se pasa ni siquiera a exponer las leyes, UPyD pasa a desgranar una a una:

LEY DE PRESCRIPCIÓN MÉDICA POR PRINCIPIO ACTIVO

Es una ley que ya se aplica con carácter nacional y que los médicos conocen. Es llenar por llenar BOC. Además, nos parece una falta de respeto para la ciudanía Cántabra el hacer la estimación del ahorro a nivel nacional y no a nivel comunidad. ¿es que presentan las leyes sin tener en cuenta al ciudadano cántabro? ¿Sólo saben presentar la misma ley para todas las comunidades?
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Mar 28 Sep 2010 - 1:28
REFORMA DE LA ADQUISICIÓN DE FÁRMACOS

Nos parece de risa esta propuesta, propuesta que no apoyaremos, por: como todos sabemos, los tiempos de recuperación son estimados, y en ocasiones, una persona puede estar curada con 6 días de tratamiento y otras con 8 cuando se ha diagnosticado un tiempo de 7 días. ¿cuántas veces nos ha dicho el médico: tómelo una semana, pero si no mejora, continúa un día mas? o ¿si mejora, dejelo antes?. Ademas, al tener que hacer unidosis, supondrá un mayor gasto para las farmaceuticas, al tener que cambiar los formatos... ¿o piensa que el farmaceutico los va a sacar del blister para entregar a cada paciente? poco higiénico, la verdad... además de no contar con el prospecto.
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Mar 28 Sep 2010 - 1:30
LEY DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL

No nos opondremos, trasparencia total... seguro que más de algún ciudadano se lleva alguna sorpresa y es mejor que lo conozcan todo.
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Mar 28 Sep 2010 - 1:41
PLAN DE SEGURIDAD VIAL

Nos parece una ley generalista, ya que no se habla ni de puntos muertos concretos ni de presupuesto. Proponemos la siguiente enmienda:

Titulo II: Puntos negros a eliminar

Art.2: De los puntos negros a eliminar:

# S LOLO A-8 Dir Santander a 0,41 km de Astillero

# S S-10 PK 5.7 - 200m. a 0,09 km de Astillero

# S S-10 PK 2.1 - 200m. a 2,89 km de Camargo

# S S-10 PK 2.6 - 300m. a 2,40 km de Camargo

# S A-8 PK 143.2 - 100m. a 4,32 km de Castro-urdiales (Cantabria)

# S A-8 PK 148.3 - 300m. a 1,58 km de Castro-urdiales (Cantabria)

# S MANR A-8 CASTRO URDIALES 1 a 6,81 km de Castro-urdiales (Cantabria)

# S MANR A-8 CASTRO URDIALES 2 a 6,75 km de Castro-urdiales (Cantabria)

# S PIRRA A-8 Bajada Con Curva a 5,41 km de Castro-urdiales (Cantabria)

# S N-629 PK 81.4 - 200m. a 4,86 km de Colindres (Cantabria)

# S N-611 PK 144.2 - 100m. a 1,84 km de Corrales De Buelna, Los (Cantabria)

# S SANT A-8 A La Altura De Oriñon. Sentido Bilbao a 7,49 km de Laredo (Cantabria)

# S A-67 PK 11.0 - 100m. a 12,01 km de Reinosa (Cantabria)

# S LOLO CA-131 Oyambre a 5,48 km de San Vicente De La Barquera (Cantabria)

# S CUST RESP A-67 a 1,28 km de Santa Cruz De Bezana (Cantabria)

# S LOLO Avda Parayas (movido) a 2,73 km de Santander (Cantabria)

# S PEJE A-67 Entrada Torrelavega a 1,09 km de Torrelavega (Cantabria)

Art. 3: El resto de puntos muertos que no puedan ser eliminados por su sitacuación, serán señalizados correctamente, mejorándose el asfalto y la pintura de carretera.

Segunda enmienda:

Presupuesto:

Se presupuesta una cantidad de 10 millones de euros.
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Mar 28 Sep 2010 - 1:45
LEY DE FOMENTO DE LAS BUENAS PRÁCTICAS DEL PROFESORADO

Votaremos en contra: La enseñanza en si tiene que ser un incentivo para el profesorado, que imparte cultura por voluntad propia. Además, ¿solo en el bachillerato? Donde falla la educación no es en la cúspide de la pirámide, es en la base. Bachillerato es educacion no obligatoria, por lo que los alumnos que acuden ahí son alumnos interesados en continuar con su formación. El fracaso escolar se da en la educación obligatoria, donde hay que hacer hincapié para que los alumnos estan motivados, un esfuerzo de todos: administración, padres, alumnos y profesores. Y a estos últimos hay que dejarlos trabajar sin presiones de padres.
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Mar 28 Sep 2010 - 1:51
PLAN DE AHORRO Y EFICIENCIA EN EL CONSUMO ENERGÉTICO

500 millones de euros? Cuantos edificios públicos cree que hay en Cantabria? de nuevo, una ley que intenta ser populista. Una ley que no añade nada nuevo, nada que no sepamos. Los edificios público ya cuentan con sistemas de ahorro de energia desde hace tiempo. Otra ley que nos hace ver como el PSOE presenta en todas las comunidades las mismas leyes.
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Mar 28 Sep 2010 - 1:53
PLAN "PYME's 2017 y 2018"

Ley que no procede, pues ha sido aprobada por este parlamento y con la participación de todos los grupos parlamentarios (a excepción del PSOE, ¿dónde estaría?) y por mayoria absoluta en la cámara, una ley similar para ayudar a la liquidez de las PYMES. ¿Dónde está el PSOE cuando se trabaja en este parlamento?
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Mar 28 Sep 2010 - 2:00
PNL “PLAN EFICACIA PARA LA COMPRA DE NUEVOS VEHÍCULOS NO
CONTAMINANTES”

En primer lugar, volver a ratificar: Cantabria no es igual que las demas comunidades autonomas, tiene sus particularidades! Ustedes presentan leyes a diestro y siniestro y son las mismas en todas las comunidades. ¿DOE? por favor, todo el mundo sabe que es BOC... y la Disposición final... de risa!! Si no se molestan ni en poner Cantabria en la ley, no se como los ciudadanos cántabros se molestan con ustedes.

A lo que vamos... la ley no es mal... pero solo una pregunta: Los 2000 euros es con independencia de las ayudas del gobierno central?
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Mar 28 Sep 2010 - 15:11
Alicia Castanedo
DEBATE/VOTACIÓN//OCHO MEDIDAS DEL PSOE Condoleezza_rice_1
Deben esperar a la intervención del PSOE, si este no interviene, se retirarán todas las medidas.
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Miér 29 Sep 2010 - 15:23
Alicia Castanedo
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Todas las leyes quedan rechazadas al no rpesentarse el grupo ponente. Se cierra la sesion.
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