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Andrés Arriaga Couto
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LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER (UCE) Empty LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER (UCE)

Dom 14 Mar 2010 - 2:10
Julio Morales, Vicepresidente de Las Cortes de Aragón

Unión de Centro Español (GP-Mixto) presenta ante Las Cortes de Aragón:


PROYECTO DE LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER


Preámbulo

Actualmente, no existe un servicio totalmente eficaz a la hora de apoyar a las mujeres en cuanto violencia de género. Es nuestro deber velar por las mujeres aragonesas que actualmente están sufriendo maltrato, o lo puedan sufrir en el futuro. Este servicio velará completamente por la mujer en caso de que corra peligro su integridad física o psicológica, siendo el máximo exponente de seguridad dentro de la comunidad autónoma de Aragón. Un servicio con atención 24 horas todos los días del año, sin excepción. Queremos que las mujeres de nuestra comunidad se sientan especialmente atendidas en este tipo de circunstancias comunes que durante décadas se está produciendo en nuestro país. No tiene otro objetivo, evidentemente, que velar por la mujer.


Disposiciones generales

Título I. "Creación del Servicio 24 horas de la Mujer"

Artículo 1. A través de la presente Ley, se procederá a la creación del "Servicio 24 horas de la Mujer" en Aragón (España).

Artículo 2. Disposición geográfica: Todos los municipios con un máximo de 10.000 habitantes.

Artículo 3. La adjudicación de la creación a los ayuntamientos del Artículo 2 se hará al mes de la publicación de la ley en el BOA.

Artículo 4. La creación comenzarán durante el mes posterior a la adjudicación del mismo.


Título II. "Funciones del Servicio 24 horas de la Mujer"

Artículo 5. La elaboración anual de informes y estudios desde este servicio serán utilizados para la concienciación social de las personas de la comunidad sobre la violencia contra la mujer, además de afianzar futuras investigaciones acerca de los comportamiento que derivan en tales situación con van en contra de la integridad del colectivo que forman las mujeres maltratadas.

Artículo 6. Será función principal informar sobre la actualidad de la violencia de la mujer, además tendrá la función de acercar a la sociedad este tema de especial relevancia en la actualidad; en especial, en el ámbito educativo y laboral.

Artículo 7. De forma primordial, este servicio velará las 24 horas de la atención integral y continuada de las mujeres agredidas a manos de otras personas; bien sean malos tratos psicológicos, sexuales, físicos abusos o acoso.

Artículo 8. Ofrecer a las víctimas de maltrato un especial servicio, personal y telefónico a través de las líneas gratuitas 900 de forma directa.


Título III. "Objetivos del Servicio 24 horas de la Mujer"

Artículo 9. Este servicio denunciará constantemente las situaciones violentas que padezcan las mujeres, como informar a estas de los derechos que les pertenece ante las violentas situaciones.

Artículo 10. Proporcionará una atención directa social, psicológica y jurídica las 24 horas.

Artículo 11. Ofrecerá a las víctimas acogida y acompañamiento permanente ante las situaciones que viven.

Artículo 12. Ofrecerá una atención personalizada y especial, administrará las demandas de agresión contra la mujer a través de pautas jurídicas y administrativas.

Artículo 13. Los medios telefónicos ofrecerán un total anonimato a quienes llamen, sin dejar constancia de las llamadas efectuadas a los servicios 900 gratuitos.

Artículo 14. Velar por la mejora de vida y calidad de las mujeres que padecen agresiones de este tipo, ofrecer alternativas de vida así como de trabajo, cultura y educación fundamental basada en los derechos humanos legislados por Naciones Unidas.

Artículo 15. Utilizar los recursos existentes de este servicio integramente.


Título IV. Presupuesto.

Artículo 16. El presupuesto inicial de creación es de 50,4 M de euros.

Artículo 13. Además del presupuesto, se destinarán 18,9 M de euros al mantenimiento anual del servicio.

Artículo 14. El presupuesto de la creación del servicio correrá a cuenta de:

  • Consejería de Empleo y Mujer: -8% de 630 M € = 50,4 M €
Artículo 15. El presupuesto del mantenimiento del servicio correrá a cuenta de:

  • Consejería de Empleo y Mujer: -3% de 630 M € = 18,9 M €
*Datos económicos de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Aragón.

Artículo 15. Los ayuntamientos del Artículo 2 se harán cargo del 20% de la inversión de la Consejería anualmente.


Disposición final derogatoria

En la vigencia de la presente quedaran derogados automáticamente cuanto decreto, leyes estatutos o reglamentos de rango inferior contradigan en el todo en una porción de la misma.


Disposición final

La presente Ley entrará en vigor 5 días naturales a su publicación en el BOA.
Andrés Arriaga Couto
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Dom 14 Mar 2010 - 2:15
Julio Morales, Vicepresidente de Las Cortes de Aragón

Tiene la palabra Lucía Algara, portavoz de UCE.
Andrés Arriaga Couto
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LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER (UCE) Empty Re: LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER (UCE)

Dom 14 Mar 2010 - 2:19
Lucía Algara

Señorías, gracias.
Presentamos en nuevo proyecto ante Las Cortes de Aragón, el mismo que ya anunciamos en nuestro programa electoral. Por nuestra parte, creemos que es un servicio esencial y público que ha de ser puesto en marcha a la mayor brevedad posible. Sus numerosas funciones darán ejemplo en toda España de como dar un servicio de calidad a las víctimas de maltrato físico y psicológico. Debemos sumarnos a la lucha contra la violencia de género, este proyecto apuesta por dar una mejorar calidad de vida y servicio a aquellas mujeres afectadas. El presupuesto creemos que es el justo y adecuado, además de destacar la cantidad de mantenimiento anual. En definitiva, es una apuesta por los derechos de la mujer cumpliendo las funciones de la Consejería de Empleo y Mujer. Daremos una cobertura muy amplia en toda la comunidad.

Gracias.
Andrés Arriaga Couto
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LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER (UCE) Empty Re: LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER (UCE)

Dom 14 Mar 2010 - 2:19
Julio Morales, Vicepresidente de Las Cortes de Aragón

Disponen de 24 horas prorrogables para debatir el proyecto de Ley.
Andrés Arriaga Couto
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LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER (UCE) Empty Re: LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER (UCE)

Miér 17 Mar 2010 - 21:34
Julio Morales, Vicepresidente de Las Cortes de Aragón

Pasamos a votación.

Disponen de 24 horas prorrogables para votar.
Andrés Arriaga Couto
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LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER (UCE) Empty Re: LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER (UCE)

Miér 17 Mar 2010 - 21:34
Lucía Algara

UCE (Grupo Mixto), con 3 escaño(s), vota A FAVOR.
Iria Mejide
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LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER (UCE) Empty Re: LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER (UCE)

Miér 17 Mar 2010 - 22:28
UPI, con 16 escaños, vota A FAVOR
Rufino Colorado.
Rufino Colorado.
Cantidad de envíos : 9585
Localización : Sevilla City
Fecha de inscripción : 27/02/2009

LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER (UCE) Empty Re: LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER (UCE)

Miér 17 Mar 2010 - 22:50
Pio Poyatos
------------------
UPyD (9 escaños) vota a FAVOR.
Laia Badia
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Demòcrates
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Fecha de inscripción : 19/11/2008

LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER (UCE) Empty Re: LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER (UCE)

Miér 17 Mar 2010 - 23:42
Luisa Garcés, Portavoz del GP Popular

GP POPULAR (19) vota A FAVOR
Andrés Arriaga Couto
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LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER (UCE) Empty Re: LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER (UCE)

Jue 18 Mar 2010 - 22:15
Julio Morales, Vicepresidente de Las Cortes de Aragón

Transcurridas más de 24 horas, finaliza el tiempo de votación.
LEY PARA LA CREACIÓN DEL SERVICIO 24 HORAS DE LA MUJER con,

A FAVOR: 47
EN CONTRA: 0
ABSTENCIÓN: 0

NO EMITIDOS: 20


APROBADA.
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