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Héctor Fernández.
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Sáb 16 Ene 2010 - 0:07
Sánchez Romero
DEBATE/VOTACIÓN//Ley de refuerzo de la Agricultura y la Ganadería (PP) 250_0_schwarzenegger-deficit

Bien, esta es la ley presentada por el PP, la cual empezaremos a debatir ahora mismo, pero antes, el PP hará una intervención aclaratoria y expositiva de la ley presentada, (tienen 48 horas)

Ley de refuerzo de la Agricultura y la Ganadería (PP)

Preámbulo
La agricultura españoles es la menos subvencionada de Europa y eso merece un cambio. Esta ley pretende dar a Castilla la Mancha esas subvenciones requeridas por gran parte de los agricultores y que solucionarán algunos de sus problemas. La situación actual, como ya he dicho es demasiado floja en cuanto a subvenciones al campo, por ello presentamos esta medida con gran entusiasmo, ya que con un plan de subvenciones y alguna medida en cuanto a impuestos darán solución a muchos agricultores castellanomanchegos.

Título Único

Artículo 1.1.- Todo agricultor con una plantación mayor o igual a 12 hectáreas sin contar cerros obtendrá una subvención proveniente de la Consejería encargada de Agricultura y Ganadería de 60.000 € en el caso de que esta plantación destine un 25% o más al cultivo de alimentos transgénicos que no dañen ni el medio ambiente ni la salud pública.

Artículo 1.2.- El dueño de dicha explotación deberá mantener el estatus del artículo 1.1 durante al menos 3 años seguidos.

Artículo 1.3.- Solo se consentirá que los requisitos no se cumplan durante 30 días al año. Si esto no se cumple el dueño de la explotación deberá devolver todo el importe subvencionado en un plazo de 730 días

Artículo 2.1.- Toda explotación agrícola de 12 hectáreas o más de extensión que tenga a su vez una explotación ganadera extensiva de 100 unidades o más de ganado bovino, 400 unidades o más de ganado ovino o caprino, 60 unidades o más de ganado porcino, 600 unidades o más de aves con objetivo de explotación ganadera o 550 unidades o más de conejos, obtendrá una subvención proveniente de la Consejería Consejería encargada de Agricultura y Ganadería de 400.000 €.

Artículo 2.2.-
El dueño de dicha explotación deberá mantener el estatus del artículo 2.1 durante al menos 10 años seguidos.

Artículo 2.3.- Solo se consentirá que los requisitos no se cumplan durante 60 días al año. Si esto no se cumple el dueño de la explotación deberá devolver todo el importe subvencionado en un plazo de 730 días.

Artículo 3.1.- Todo agricultor que elimine la utilización de fertilizantes artificiales, insecticidas y cualquier producto tóxico y utilice abono natural, fertilizante natural y métodos naturales antiinsectos y antiplagas, recibirá una subvención proveniente de la Consejería Consejería encargada de Agricultura y Ganadería de 220.000 €

Artículo 3.2.- El dueño de dicha explotación deberá mantener el estatus del artículo 3.1 durante al menos 5 años seguidos. Si esto no se cumple el dueño de la explotación deberá devolver todo el importe subvencionado en un plazo de 730 días.

Artículo 4.- Se eliminarán los impuestos autonómicos sobre semillas, abonos naturales y fertilizantes naturales así como de todo tipo de maquinaria agrícola, considerando maquinaria agrícola todo vehículo de tracción utilizado a la hora de realizar las labores del campo.

Disposición Derogatoria

Se derogan las ordenanzas normativas, reglamentos impositivos de interferencia, así como también las leyes, códigos o decretos de menor condición o en oposición con esta ley.

Disposición Final

Se reglamentará la presente ley dentro de los treinta días (30) días desde su publicación en el Boletín Oficial de Castilla la Mancha
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Sáb 16 Ene 2010 - 0:10
Alicia de Cospedal
DEBATE/VOTACIÓN//Ley de refuerzo de la Agricultura y la Ganadería (PP) 250_0_cospedal0209
Bien señorías, este plan es ambicioso, este plan pretende ser el inicio del Gobierno de Castilla la Mancha en matería de agricultura y ganadería. Por lo tanto queremos que se bien acojido. Este plan ayudará a los agricultores, de todos es sabido que lo que ellos piden son subvenciones al campo ya que nuestro país es de los que menos subvencionan a su agriculrtura y ganadería y eso ahoga a nuestro trabajadores del campo. Por ello el PP quiere poner remedio, quiere que los agricultores y ganaderos puedan cumplir su profesión como ellos siempre han querido, desde el PP queremos que los problemas de los agricultores y ganaderos para salir adelante se vayan eliminando y por ello vamos a promover este medida, muchas gracias.
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Sáb 16 Ene 2010 - 0:11
Sánchez Romero
DEBATE/VOTACIÓN//Ley de refuerzo de la Agricultura y la Ganadería (PP) 250_0_schwarzenegger-deficit

Que prosiga el debate y comience el turno de réplicas.
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Dom 17 Ene 2010 - 19:38
Me sorprende que ustedes con lo liberales que son intenten ahondar en el proteccionísmo. De todas maneras no estoy demasiado seguro de que la normativa europea lo permita.

En lo que se refiere estrictamente a la ley, desde UPI consideramos muy positivo el intento de fomentar la utilización de elementos naturales en la agricultura. No obstante, no se puede subvencionar por igual a todos, hay que tener en cuenta las ganancias. Quiero decir las características naturales de la tierra, la extensión de la propiedad y de las cabezas de ganado hacen que unos dueños ganen más que otros, ¿como vamos a subvencionarlos igual? Habría dar ayudas en proporción inversa a la renta adquirida, es decir más ganas menos recibes.

Si esto no es así desde esta coalición votaremos en contra.
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Dom 17 Ene 2010 - 21:53
Alicia de Cospedal
DEBATE/VOTACIÓN//Ley de refuerzo de la Agricultura y la Ganadería (PP) 250_0_cospedal0209

Hmmmm... me parece que puede llegar a gustarme, pero creo que no lo he entendido al 100%, si me permite la exigencia, me gustaría que lo presentara de manera formal en forma de enmienda para así poder ver cómo quedaría este plan si se aplicara lo que usted dice.
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Lun 18 Ene 2010 - 16:16
Desde la sede de UPI estamos trabajando en una enmienda, me prguntaba si podiamos aplazar la votación
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Lun 18 Ene 2010 - 20:44
Sánchez Romero
DEBATE/VOTACIÓN//Ley de refuerzo de la Agricultura y la Ganadería (PP) 250_0_schwarzenegger-deficit
Si, se soncede un aumento del plazo de debate, 24 horas más.
Francisco rogo
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Miér 20 Ene 2010 - 17:13
Título Único

Artículo 1.1.- Todo explotación agraria cuyos miembros trabajadores (dueños o no) tengan una renta mensual inferior o igual a mil euros obtendrá una subvención proveniente de la Consejería encargada de Agricultura y Ganadería de 60.000 € en el caso de que esta plantación destine un 25% o más al cultivo de alimentos transgénicos que no dañen ni el medio ambiente ni la salud pública.

Artículo 1.2.- El dueño de dicha explotación deberá mantener el estatus del artículo 1.1 durante al menos 3 años seguidos.

Artículo 1.3.- Solo se consentirá que los requisitos no se cumplan durante 30 días al año. Si esto no se cumple el dueño de la explotación deberá devolver todo el importe subvencionado en un plazo de 730 días

Artículo 2.1.- Toda explotación agraria cuyos trabajadores (dueños o no) tengan una renta mensual entre 1000 y 1500 euros obtendrá una subvención proveniente de la Consejería Consejería encargada de Agricultura y Ganadería de 400.000 €.

Artículo 2.2.- El dueño de dicha explotación deberá mantener el estatus del artículo 2.1 durante al menos 10 años seguidos.

Artículo 2.3.- Solo se consentirá que los requisitos no se cumplan durante 60 días al año. Si esto no se cumple el dueño de la explotación deberá devolver todo el importe subvencionado en un plazo de 730 días.

Artículo 3.1.- Todo agricultor que elimine la utilización de fertilizantes artificiales, insecticidas y cualquier producto tóxico y utilice abono natural, fertilizante natural y métodos naturales antiinsectos y antiplagas, recibirá una subvención proveniente de la Consejería Consejería encargada de Agricultura y Ganadería de 220.000 €

Artículo 3.2.- El dueño de dicha explotación deberá mantener el estatus del artículo 3.1 durante al menos 5 años seguidos. Si esto no se cumple el dueño de la explotación deberá devolver todo el importe subvencionado en un plazo de 730 días.

Artículo 4.- Se eliminarán los impuestos autonómicos sobre semillas, abonos naturales y fertilizantes naturales así como de todo tipo de maquinaria agrícola, considerando maquinaria agrícola todo vehículo de tracción utilizado a la hora de realizar las labores del campo
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Miér 20 Ene 2010 - 17:16
Esta es, desde el punto de vista de UPI la ley, que en principio aprobaríamos
Santiago Mercader
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Miér 20 Ene 2010 - 17:49
Portavoz del PSOE Castilla-La-Mancha

Vemos con buenos ojos la propuesta del grupo UPI, pero creemos que el plazo para devolver el dinero es extremadamente exajerado. El plazo que propondríamos sería de 1 año (365 días); ya que así mejoraremos la reinversión de este dinero.
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Miér 20 Ene 2010 - 20:57
Alicia de Cospedal
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Bueno, lo de las 730 días es mío del plan principal, no del señor Rogo, y estoy de acuerdo en mantener ese plazo, ya que, estamos hablando de mucho dinero, incluso de más de 100.000 € y eso en un año no se puede devolver, lo que se trata es que en caso de no cumplir con lo establecido, lo devuelva poco a poco, no se trata de arruinar al agricultor y hecharle "a los leones". Si el plazo es de 1 año (365 días) habremos arruinado al agricultor/ganadero y eso no lo podemos consentir, de modo que se acordó poner 730 días como medida más justa, muchas gracias.

Con respecto a la propuesta del señor Rogo, e aquí mi opinión:
No estoy de acuerdo respecto a lo de la renta mensual y se lo expongo en un momento, cre que todo el mundo tiene derecho a esa subvención, no solo los rentistas inferiores a 1000 € mensuales, creemos que tiene que tener derecho tanto el de 500 € de renta mensual como el de 1000, como el de 3.000.000. Desde nuestro punto de vista no nos parece ético restringir las subvenciones según la renta, aunque lo que si que se puede hacer es que aquellos con una renta inferior a X € mensuales reciba digamos... un 5%-8% más de ayuda, lo cual no terminaría de parecernos del todo mal y así la cosa se quedaría de manera que se quedara en una media de lo que decimos cada uno y así ambos estaríamos contentos, ¿no le parece?, muchas gracias.
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Miér 20 Ene 2010 - 21:56
Portavoz del PSOE Castilla-La-Mancha

Bien, pues aceptaremos el plan, pero no estamos de acuerdo con dar ayudas a quien tenga una renta alta, pues entendemos que estos no tienen problemas de liquidez ni les son necesarias tales ayudas. Eso sería fomentar la fuerzas de los latifundios y guardarles ventajas respecto a las pequeñas instalaciones agrarias o ganaderas.

Proponemos que la renta para recibir ayudas no pueda exceder de los 3.000 euros mensuales.
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Miér 20 Ene 2010 - 22:08
Alicia de Cospedal
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Yo lo que puedo hacer es poner que los agricultores/ganaderos con rentas más altas de 3000 € mensuales reciban un 8% más. Pero no creo que halla agricultores pobres o ricos, yo solo veo agricultores y ganaderos que buscan una subvención y conseguirla le va a costar mucho dinero, porque adaptarse a las instalaciones que se piden cuesta dinero y creo que no hay que quedar a nadie fuera ya que eso tendría un cierto grado de discriminación demasiado elevado, al menos, yo lo veo así. Estas reformas, repito, les costará dinero por igual a todos los agricultores, por ello veo necesario que se de subvención a todos pero, voy aceder en la medida de graduar las subvenciones, muchas gracias y espero que estén de acuerdo y que todos cedamos un poco para llevar esta medida a cabo y así mejorar nuestra agricultura y ganadería.
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Miér 20 Ene 2010 - 22:14
Carlos Barreda

He aquí el problema, que usted invierte los factores para alterar el producto: el dinero que les cuesta a los agricultores y ramaderos con menos capital es el que debe recueperar; mientras que aquellos que tienen más dinero no tienen esa necesidad. Además, el amoldarse a los requisitos debería ser una Ley a parte, que no dejase posibilidades, sino que obligase a los agricultores y ramaderos a tener plantaciones no transgénicas ni que afecten a la salud pública. El hecho de dar subvenciones sí debe estar atado a este requisito, pero el requisito en sí debería ser una obligación. Y lo que proponemos es que a rentas más bajas, tengan mayores subvenciones, es la facultad lógica de equiparación de posibilidades.
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Miér 20 Ene 2010 - 22:29
Alicia de Cospedal
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Pues eso último es lo que le he dicho yo a usted, lo de:
Y lo que proponemos es que a rentas más bajas, tengan mayores subvenciones, es la facultad lógica de equiparación de posibilidades
Es lo que he dicho yo, dar mayor subvención para aquellos con una renta menor a 300 euros
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Miér 20 Ene 2010 - 22:32
Carlos Bareda

Pues lo mismo he dicho respecto a sueldos, y se ha negado.

Les pido que presenten la propuesta final y pasemos a la votación de tal.
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Miér 20 Ene 2010 - 22:44
Santiago Mercader escribió:Carlos Bareda

Pues lo mismo he dicho respecto a sueldos, y se ha negado.

Les pido que presenten la propuesta final y pasemos a la votación de tal.
Bien, pues no tengo más que añadir pues.
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Miér 20 Ene 2010 - 22:52
Sánchez Romero
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Bien, tienen 48 horas para votar, gracias.

Ley de refuerzo de la Agricultura y la Ganadería (PP)

Preámbulo
La agricultura españoles es la menos subvencionada de Europa y eso merece un cambio. Esta ley pretende dar a Castilla la Mancha esas subvenciones requeridas por gran parte de los agricultores y que solucionarán algunos de sus problemas. La situación actual, como ya he dicho es demasiado floja en cuanto a subvenciones al campo, por ello presentamos esta medida con gran entusiasmo, ya que con un plan de subvenciones y alguna medida en cuanto a impuestos darán solución a muchos agricultores castellanomanchegos.

Título Único

Artículo 1.1.- Todo agricultor con una plantación mayor o igual a 12 hectáreas sin contar cerros obtendrá una subvención proveniente de la Consejería encargada de Agricultura y Ganadería de 60.000 € en el caso de que esta plantación destine un 25% o más al cultivo de alimentos transgénicos que no dañen ni el medio ambiente ni la salud pública. Si el agricultor tiene una renta menor a 3.000 euros mensuales recibiría una subvención de 71.000 euros.

Artículo 1.2.- El dueño de dicha explotación deberá mantener el estatus del artículo 1.1 durante al menos 3 años seguidos.

Artículo 1.3.- Solo se consentirá que los requisitos no se cumplan durante 30 días al año. Si esto no se cumple el dueño de la explotación deberá devolver todo el importe subvencionado en un plazo de 730 días

Artículo 2.1.- Toda explotación agrícola de 12 hectáreas o más de extensión que tenga a su vez una explotación ganadera extensiva de 100 unidades o más de ganado bovino, 400 unidades o más de ganado ovino o caprino, 60 unidades o más de ganado porcino, 600 unidades o más de aves con objetivo de explotación ganadera o 550 unidades o más de conejos, obtendrá una subvención proveniente de la Consejería Consejería encargada de Agricultura y Ganadería de 400.000 €.Si el agricultor tiene una renta menor a 3.000 euros mensuales recibiría una subvención de 422.000 euros.

Artículo 2.2.-
El dueño de dicha explotación deberá mantener el estatus del artículo 2.1 durante al menos 10 años seguidos.

Artículo 2.3.- Solo se consentirá que los requisitos no se cumplan durante 60 días al año. Si esto no se cumple el dueño de la explotación deberá devolver todo el importe subvencionado en un plazo de 730 días.

Artículo 3.1.- Todo agricultor que elimine la utilización de fertilizantes artificiales, insecticidas y cualquier producto tóxico y utilice abono natural, fertilizante natural y métodos naturales antiinsectos y antiplagas, recibirá una subvención proveniente de la Consejería Consejería encargada de Agricultura y Ganadería de 220.000 €. Si el agricultor tiene una renta menor a 3.000 euros mensuales recibiría una subvención de 236.000 euros.

Artículo 3.2.- El dueño de dicha explotación deberá mantener el estatus del artículo 3.1 durante al menos 5 años seguidos. Si esto no se cumple el dueño de la explotación deberá devolver todo el importe subvencionado en un plazo de 730 días.

Artículo 4.- Se eliminarán los impuestos autonómicos sobre semillas, abonos naturales y fertilizantes naturales así como de todo tipo de maquinaria agrícola, considerando maquinaria agrícola todo vehículo de tracción utilizado a la hora de realizar las labores del campo.

Disposición Derogatoria

Se derogan las ordenanzas normativas, reglamentos impositivos de interferencia, así como también las leyes, códigos o decretos de menor condición o en oposición con esta ley.

Disposición Final

Se reglamentará la presente ley dentro de los treinta días (30) días desde su publicación en el Boletín Oficial de Castilla la Mancha
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Miér 20 Ene 2010 - 22:58
El PP (18 ) vota A FAVOR
Santiago Mercader
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Miér 20 Ene 2010 - 23:41
El PSOE (16) vota A FAVOR
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