- Antonio Gil
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Caso 0018 CALUMNIAS
Sáb 20 Dic 2008 - 0:51
D. Pelayo Albasini con dni 84582342T interpone querella contra D.Anxo Teimudo por la comision de un delito de calumnias tipificado en articulo 205 del Codigo Penal vigente.
Una vez presentada esta demanda y admitida a trámite, insto a las partes a su legitima defensa en las próximas horas, así como la presentación de pruebas. saludos
Una vez presentada esta demanda y admitida a trámite, insto a las partes a su legitima defensa en las próximas horas, así como la presentación de pruebas. saludos
- Pelayo Albasini
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Re: Caso 0018 CALUMNIAS
Vie 2 Ene 2009 - 21:23
Con la venia de su señoria adjunto prueba documental sobre los hechos objeto de la querella interpuesta contra D. Anxo Teimudo y me ratifico en la misma.
"Ustedes no tenían ningún pudor cuando se cargaban también a mucha gente a base de palizas, y de disparos. Usted es el menos indicado para hablar del tema ya que si tiene dos dedos de frente se callaría y no hablaría así, porque delante de usted hay victimas de la represión que realizó el indeseable de Franco, igual que ustedes la Iglesia que también apoyo esta barbarie. Y no venga ahora con los muertes del comunismo, de ETA o de su santa mamá, cállese por favor que con esa frase a venido a decir que los terroristas no tienen los huevos que tenían usted cuando se cargaron a un pobre ganadero, padre de familia que ni sabía lo que era el comunismo. ASESINO!"
https://politicaxxi.forosactivos.net/agora-f2/comunicado-de-los-unicos-y-verdaderos-grapo-t2931-30.htm#54568
Solicito la condena del querellado por parte de su señoria por entender desde esta acusación que concurren los elementos del tipo de calumnias previsto en el artículo 205 del Codigo Penal vigente. No solo el querellado me imputa participación en el regimen de Franco sino que directa y expresamente me profiere el apelativo de "asesino" .
Dicha denominacion corresponde al tipo penal de asesinato previsto en el artículo 139 del CP y por tanto conmino a la representacion procesal del querellado que pruebe la veracidad de los hechos que me imputan.
"Ustedes no tenían ningún pudor cuando se cargaban también a mucha gente a base de palizas, y de disparos. Usted es el menos indicado para hablar del tema ya que si tiene dos dedos de frente se callaría y no hablaría así, porque delante de usted hay victimas de la represión que realizó el indeseable de Franco, igual que ustedes la Iglesia que también apoyo esta barbarie. Y no venga ahora con los muertes del comunismo, de ETA o de su santa mamá, cállese por favor que con esa frase a venido a decir que los terroristas no tienen los huevos que tenían usted cuando se cargaron a un pobre ganadero, padre de familia que ni sabía lo que era el comunismo. ASESINO!"
https://politicaxxi.forosactivos.net/agora-f2/comunicado-de-los-unicos-y-verdaderos-grapo-t2931-30.htm#54568
Solicito la condena del querellado por parte de su señoria por entender desde esta acusación que concurren los elementos del tipo de calumnias previsto en el artículo 205 del Codigo Penal vigente. No solo el querellado me imputa participación en el regimen de Franco sino que directa y expresamente me profiere el apelativo de "asesino" .
Dicha denominacion corresponde al tipo penal de asesinato previsto en el artículo 139 del CP y por tanto conmino a la representacion procesal del querellado que pruebe la veracidad de los hechos que me imputan.
- Antonio Gil
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Re: Caso 0018 CALUMNIAS
Vie 2 Ene 2009 - 21:57
Voy a esperar varios días para que la defensa pueda defenderse. sino lo hace dictare sentencia. saludos
- Pedro Valdivia
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Re: Caso 0018 CALUMNIAS
Lun 23 Feb 2009 - 15:16
se reabre el juicio , se pide la comparecencia de la defensa para que se explique tiene 72 horas
EDITO : en vista de su no presentación el juez dicta sentencia a continuación
EDITO : en vista de su no presentación el juez dicta sentencia a continuación
- Pedro Valdivia
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Re: Caso 0018 CALUMNIAS
Miér 25 Feb 2009 - 16:26
El juez Pedro Valdivia , dirigente de este tribunal ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia
La denunciar hecha por Don Pelayo Albasini y representado por el mismo siendo el motivo de tal denuncia calumnias ante su persona por parte de Don Antxo Temudo
Antecedentes
Mediante escrito registrado en este Tribunal por parte de Don Pelayo Albasini insta al tribunal a abrir un juicio contra el acusado por un incumplimiento de la ley
2. Los hechos de los que trae causa la denuncia son :
a)
https://politicaxxi.forosactivos.net/agora-f2/comunicado-de-los-unicos-y-verdaderos-grapo-t2931-30.htm#54568
II. Fundamentos jurídicos
1. El objetivo es condenar al acusado según lo previsto en el artículo 205 del código penal
FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal que dirige el juez Don Pedro Valdivia y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA,
Ha decidido
Conceder la razón al denunciante Pelayo Albasini e imponer por un delito de calumnias a Don Antxo Teimudo una multa de 6.000 euros en un plazo de 6 meses
Publíquese esta Sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.
Dada en Madrid , a 11 de octubre de 2011
La denunciar hecha por Don Pelayo Albasini y representado por el mismo siendo el motivo de tal denuncia calumnias ante su persona por parte de Don Antxo Temudo
Antecedentes
Mediante escrito registrado en este Tribunal por parte de Don Pelayo Albasini insta al tribunal a abrir un juicio contra el acusado por un incumplimiento de la ley
2. Los hechos de los que trae causa la denuncia son :
a)
Ustedes no tenían ningún pudor cuando se cargaban también a mucha gente a base de palizas, y de disparos. Usted es el menos indicado para hablar del tema ya que si tiene dos dedos de frente se callaría y no hablaría así, porque delante de usted hay victimas de la represión que realizó el indeseable de Franco, igual que ustedes la Iglesia que también apoyo esta barbarie. Y no venga ahora con los muertes del comunismo, de ETA o de su santa mamá, cállese por favor que con esa frase a venido a decir que los terroristas no tienen los huevos que tenían usted cuando se cargaron a un pobre ganadero, padre de familia que ni sabía lo que era el comunismo. ASESINO!"
https://politicaxxi.forosactivos.net/agora-f2/comunicado-de-los-unicos-y-verdaderos-grapo-t2931-30.htm#54568
II. Fundamentos jurídicos
1. El objetivo es condenar al acusado según lo previsto en el artículo 205 del código penal
FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal que dirige el juez Don Pedro Valdivia y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA,
Ha decidido
Conceder la razón al denunciante Pelayo Albasini e imponer por un delito de calumnias a Don Antxo Teimudo una multa de 6.000 euros en un plazo de 6 meses
Publíquese esta Sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.
Dada en Madrid , a 11 de octubre de 2011
- Recurso del Caso 101. Condena a GARA por injurias y calumnias al MGR.
- Caso 140. Señora Mercé Coristanco contra Clara Soto por difamación y calumnias.
- Caso 141. Señora Ana Ramos contra León Miralles por un delito de difamación y calumnias.
- Caso 142. Señor León Miralles contra Ana Ramos por un delito de difamación y calumnias.
- (CERRADO) Caso 102: Señor Ibarrola en representación del Diario GARA contra el Señor Ocampo por injurias y calumnias a dicha publicación, sus redactores y simpatizantes.
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