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Nueva Ley de inmigración (Gobierno)

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Irene oliva
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Nueva Ley de inmigración (Gobierno) Empty Nueva Ley de inmigración (Gobierno)

Jue 19 Feb 2009 - 18:38
PREÁMBULO

Esta ley va destinada a todos aquellos que tuvieron que marcharse de su país para buscar un futuro mejor y para todos aquellos que lo tengan que hacer en un futuro con esta propuesta queremos garantizar que el inmigrante no se va sentir excluido de la sociedad y que va a disponer de todos los derechos que recibimos los españoles

TÍTULO I: DE LAS AYUDAS A PAÍSES EMIGRANTES

Artículo 1: Se destinarán 830 millones de euros , a países emigrantes hacia España
Artículo 2: Estas ayudas irán desde infraestructuras para mejorar las condiciones de dicho país a medidas de vigilancia para evitar la inmigración ilegal
Artículo 3.- Estas ayudas serán enviadas previo acuerdo entre países y con la supervisión de un enviado del ministerio de inmigración

TÍTULO II: DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN CONTRA INMIGRACIÓN ILEGAL

Artículo 4: Quedan prohibidos todas las infraestructuras que dañen la integridad física del inmigrante ,así se establece el deber de todo español en denunciar estas infraestructuras
Artículo 5: Se aumentarán la seguridad correspondiente en los puestos fronterizos

TÍTULO III: DE CÓMO CONVERTIRSE EN INMIGRANTE LEGAL

Artículo 6: Se obtendrá a trámite las solicitudes con las siguientes características
6.1 Haber residido en España una estancia máxima de 3 meses
6.2 No haber cometido ningún delito en la estancia en España
6.3 Lo establecido en el artículo 6.1 puede eliminarse si un empresario contrata a un extranjero antes del plazo dado por dicho artículo
Artículo 7: A partir del momento en que el extranjero se convierte en “legal”, tiene la obligación y derecho de cualquier español, exceptuando lo que le concierne exclusivamente a la Nacionalidad Española
Artículo 8: Todo inmigrante legal tiene el derecho de trabajar por el salario mínimo interprofesional establecidos en ese momento
Artículo 9: Todo empresario que incumpla lo establecido en el artículo 8 estará cometiendo un delito penado con hasta 6 meses de cárcel


TÍTULO IV: DE LA OBTENCIÓN DE LA NACIONALIDAD

Artículo 10 : Se obtendrá a trámite las solicitudes con las siguientes características :
10.1 Haber permanecido en España durante una estancia mínima de 2 años
10.2 No haber cometido ningún delito una vez residentes en España
10.3 jurar la constitución española, y fidelidad al Rey
Artículo 11 : Una vez obtenida la nacionalidad se convierte legalmente en Español , y pasa a obtener todos los derechos y deberes recogidos en la constitución Española así como votar

TÍTULO V: DEL MENOR DE EDAD EXTRANJERO

Artículo 12-Todo extranjero menor de edad se someterá a las leyes vigentes actualmente en España, quedan así abolidos todas las leyes y contratos fuera de estas
Artículo 13.- Todo extranjero menor de edad tiene la obligación de asistir a la educación obligatoria
Artículo 14.- Todo menor de edad que haya residido en nuestro país durante al menos dos año, que no haya cometido ningún delito, y que haya sido matriculado en cualquier centro escolar, podrá solicitar la tramitación de su nacionalidad.
Artículo 15.- Todos menor de edad que cometa delitos reincidentes, ya cuando sea ilegal e incluso cuando ya se haya obtenido la nacionalidad, los cuerpos de seguridad del Estado tendrán la obligación de devolverlo a su país de origen previa aprobación del Ministerio de Inmigración


TÍTULO VI: DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS A EMPRESARIOS INMIGRANTES

Artículo 16,- A todo aquel inmigrante legal que desee establecer una empresa o comprar una vivienda en nuestro país y se les concederá una ayuda económica de hasta 6000 €

TÍTULO VII: DE CÓMO RECIBIR LAS AYUDAS ECONÓMICAS

Artículo 17,- Ser Inmigrante legal , es decir , lo establecido en el artículo 6
Artículo 18- Poseer unos beneficios anuales inferiores a 18.000 €
Artículos 19 ,- Estas ayudas se solicitarán en el ayuntamiento donde resida el extranjero

DISPOSICIÓN FINAL

Esta ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2012.
Pedro Valdivia
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Jue 19 Feb 2009 - 18:57
¿Es de su agrado esta ley ? ¿ O también van a decir que es xenófoba y chapuza?
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Nueva Ley de inmigración (Gobierno) Empty Re: Nueva Ley de inmigración (Gobierno)

Jue 19 Feb 2009 - 21:11
el PCE estudiara esta propuesta de ley, por ahora nos oponemos al articulo 15, en el cual se dice que un español que haya nacido en otro pais, aunque tenga la nacionalidad española puede ser desterrado por reincidir, me temo que ese articulo es hasta anticonstitucional, por otra parte los menores de edad tienen unos derechos sean de donde sean por lo tanto es dos veces anticonstitucional.
en cuanto al articulo 16, es injusto para el resto de residentes en España, se les deben de conceder las mismas ayudas que al resto de ciudadanos y trabajadores de España,
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Nueva Ley de inmigración (Gobierno) Empty Re: Nueva Ley de inmigración (Gobierno)

Jue 19 Feb 2009 - 21:27
el PCE estudiara esta propuesta de ley, por ahora nos oponemos al articulo 15, en el cual se dice que un español que haya nacido en otro pais, aunque tenga la nacionalidad española puede ser desterrado por reincidir, me temo que ese articulo es hasta anticonstitucional por otra parte los menores de edad tienen unos derechos sean de donde sean por lo tanto es dos veces anticonstitucional.
Es muy fácil no vamos a consentir que se venga a delinquir , obviamente tienen que ser casos reincidentes no vamos a desterrarlo porque hayan robado en una tienda una vez , le hablo de casos como por ejemplo de
de niños rumanos que han sidos fichados por la policía 18 veces y al cabo de 24 horas se les deja en la calle , pero ojo no solo vamos a detener sino a sancionar duramente a los padres que obliguen a sus hijos a robar

en cuanto al articulo 16, es injusto para el resto de residentes en España, se les deben de conceder las mismas ayudas que al resto de ciudadanos y trabajadores de España,

Obviamente pero eso no es competencia mía lo tendrá que hablar usted con el Ministerio de asuntos Sociales
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Jue 19 Feb 2009 - 21:44
los menores de edad no pueden ser expulsados y punto, y menos cuando son españoles hallan nacido donde hallan nacido, y si es español pero sus abuelos sona rgentinos y es reincidente? tambien se le destierra?
como España es un pais del primer mundo tenemos derecho a cojer a quien nos plazca y devolver los "defectuosos", pues señor valdivia, mientras la ley contenga este articulo sera xenofoba de una manera un tanto absurda y anticonstitucional, retire el articulo o lo hara el tribunal constitucional de ver la luz, le ruego que no sature los judgados con sus aberraciones.

respecto al articulo 16, si es tan obvio quite esa parte de la ley...
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Jue 19 Feb 2009 - 22:00
Peter Ibarruri escribió:los menores de edad no pueden ser expulsados y punto, y menos cuando son españoles hallan nacido donde hallan nacido, y si es español pero sus abuelos sona rgentinos y es reincidente? tambien se le destierra?
como España es un pais del primer mundo tenemos derecho a cojer a quien nos plazca y devolver los "defectuosos", pues señor valdivia, mientras la ley contenga este articulo sera xenofoba de una manera un tanto absurda y anticonstitucional, retire el articulo o lo hara el tribunal constitucional de ver la luz, le ruego que no sature los judgados con sus aberraciones.

respecto al articulo 16, si es tan obvio quite esa parte de la ley...
Si son españoles totalmente es decir , nacidos en España obviamente sean sus padres de donde sean no se les puede echar pero si son extranjeros si
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Nueva Ley de inmigración (Gobierno) Empty Re: Nueva Ley de inmigración (Gobierno)

Jue 19 Feb 2009 - 22:28
nCe se opone al artículo 15. No consideramos que un menor deba ser repatriado en ningún caso. SI comete algún delito, debe entrar en centros especiales y la Comunidad será su tutor. En caso de que haya obtenido la nacionalidad, es ya español y se le debería juzgar como a un menor español, es decir, que ingrese en un reformatorio o en un centro especial.
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Jue 19 Feb 2009 - 22:28
El Grupo Socialista se opone al artículo 15, como ya se ha opuesto el Grupo Comunista, entre otros motivos porque si el inmigrante ya ha obtenido la nacionalidad española no puede ser deportado, puesto que ya es legalmente español. También nos oponemos al artículo 16, ya que lo consideramos injusto e ilógico.

Un saludo.
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Vie 20 Feb 2009 - 14:48
Viendo que se postulan todos en contra modificaré esa ley a tan solo inmigrantes no nacionalizados


Artículo 15.- Todos menor de edad que cometa delitos reincidentes y no posea la nacionalidad , los cuerpos de seguridad del Estado tendrán la obligación de devolverlo a su país de origen previa aprobación del Ministerio de Inmigración


Señora Presidenta cuando pueda cámbielo
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Vie 20 Feb 2009 - 14:54
El PSOE se opone también al artículo 16. Se lo recuerdo porque como no ha hecho ningún comentario al respecto...

Un saludo.
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Vie 20 Feb 2009 - 14:55
Le digo lo mismo que al portavoz de PCE :

Obviamente pero eso no es competencia mía lo tendrá que hablar usted con el Ministerio de asuntos Sociales
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Vie 20 Feb 2009 - 14:59
Gracias, señor Valdivia. El Grupo Socialista reclama la presencia del Ministro de Asuntos Sociales para hablar de artículo en cuestión.

Un saludo.
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Vie 20 Feb 2009 - 15:08
El FN se postula en contra del título IV relativo a la "obtención de la nacionalidad".

1)solo se habla de la obtención de la adquisición de la nacionalidad española a inmigrantes por medio de la residencia pero nada dicen de la adquisición de la nacionalidad por opción.

2)Exige una estancia mínima de 2 años para nacionalizarse por residencia, lo cual resulta un agravio a los inmigrantes que tienen la condicion de refugiado,perseguidos por delitos politicos, que tienen que residir 5 años, y a los nacionales de paises Iberoamericanos, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardies que tienen que residir el mismo tiempo, 2 años, que cualquier inmigrante cuyo pais de origen no tiene estrechos lazos con España.

3)En una ley deben establecerse medidas concretas no proposiciones de intenciones como las del Artículo 5.

Por todo ello solicitamos la derogación del titulo IV y la concreción del artículo 5.
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Vie 20 Feb 2009 - 15:42
El GPR se sigue oponiendo al artículo 15, NINGÚN menor puede ser expatriado, sea cual sea su condición.

En cuanto al 16, ¿no es su ministerio el que ha elaborado la Ley? pues usted debe responder por los preceptos en ella contenidos, y si no, elimínelo y que el Ministerio de asuntos Sociales se encargue de incluir esto en otra Ley.

El GPR se opone también a:

* art 6.1: suponemos que se trata de un error de redacción, querrá decir mínima en vez de máxima

* art. 10.3: ya que un español de nacimiento, de ius soli o de ius sanguini no deben jurar la Constitución, ni fidelidad al Rey, no vemos porqué deben hacerlo los optantes a la nacionalidad. Máxime cuando estos pueden no representarles.

*art. 18: beneficios? desde cuándo una vivienda genera beneficios?

Por último señor Valdivia, le pediría que los "obviamente" se los guarde, pues cada uno de ellos representa una laguna en la Ley, se lo dije y se lo repito, una Ley debe ser concreta no orientaciones diversas.
Ah y frases como "¿Es de su agrado esta ley ? ¿ O también van a decir que es xenófoba y chapuza?" guárdeselas, que es parece usted un feriante en el Congreso.
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Vie 20 Feb 2009 - 17:29
En UPyD nos agrada saber que se va a modificar al art. 15 porque nos parecía realmente lamentable.

De todas formas solicitamos como el resto de grupos un debate sobre el art.16 por que creemos que puede mejorarse.
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Vie 20 Feb 2009 - 18:31
Respuesta al FN :

1)solo se habla de la obtención de la adquisición de la nacionalidad española a inmigrantes por medio de la residencia pero nada dicen de la adquisición de la nacionalidad por opción.

No , la adquisición de la nacionalidad solo se podrá obtener por estancia en España siempre que ellos la quieran , ahora bien , un extranjero puede convertirse en inmigrante legal si es avalado por el empresario que le de un empleo o en caso de llegar a 3 meses el inmigrante será automáticamente legal siempre que cumpla con lo establecido en la ley propuesta

2)Exige una estancia mínima de 2 años para nacionalizarse por residencia, lo cual resulta un agravio a los inmigrantes que tienen la condicion de refugiado,perseguidos por delitos politicos, que tienen que residir 5 años, y a los nacionales de paises Iberoamericanos, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardies que tienen que residir el mismo tiempo, 2 años, que cualquier inmigrante cuyo pais de origen no tiene estrechos lazos con España.

Todos los inmigrantes legales serán obtendrán la nacionalidad a los 2 años sean del país que sean y quieran además de cumplir con lo establecido para su nacionalización


3)En una ley deben establecerse medidas concretas no proposiciones de intenciones como las del Artículo 5.

Sinceramente puedo poner que se aumentará la seguridad ( más ahora por los motivos que sabemos) o puedo redactar ese artículo alegando :
A partir de la publicación en el boletín del Estado , en las fronteras no comunitarias , comunitarias , y demás puestos fronterizos se aumentará la seguridad del Estado , es decir , se añadirán fuerzas de la guarda civil , policia nacional e incluso ejército si hiciese falta para mantener fuera de nuestras fronteras a inmigrantes ilegales
Más palabras , mismo significado
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Vie 20 Feb 2009 - 18:44
Respuesta a IR

El GPR se sigue oponiendo al artículo 15, NINGÚN menor puede ser expatriado, sea cual sea su condición.
Si cumple la ley no se preocupe que no será expulsado

En cuanto al 16, ¿no es su ministerio el que ha elaborado la Ley? pues usted debe responder por los preceptos en ella contenidos, y si no, elimínelo y que el Ministerio de asuntos Sociales se encargue de incluir esto en otra Ley.
Yo añado ayudas a los inmigrantes que es parte de las competencias de mi ministerio , el PSOE como el PCE , me han dicho que les parece injusto que se les de ayudas a ellos y no a los demás españoles , tienen razón , estoy consultandolo con el ministro de asuntos sociales en Moncloa y veremos si lo dice él o yo , no se preocupe usted por eso



* art 6.1: suponemos que se trata de un error de redacción, querrá decir mínima en vez de máxima
Si gracias , en seguida se rectificará,

* art. 10.3: ya que un español de nacimiento, de ius soli o de ius sanguini no deben jurar la Constitución, ni fidelidad al Rey, no vemos porqué deben hacerlo los optantes a la nacionalidad. Máxime cuando estos pueden no representarles.
Es lo que ocurre actualmente en España , tienen que jurar ante la constitución y ante el rey , por si acaso lo he vuelto a incluir

*art. 18: beneficios? desde cuándo una vivienda genera beneficios?

Donde pone que una vivienda genera beneficios , usted se refiere al titulo de como conseguir las ayudas económicas y el artículo 18 dice claramente con beneficios , lo que gana al año dígalo como usted quiera

Por último señor Valdivia, le pediría que los "obviamente" se los guarde, pues cada uno de ellos representa una laguna en la Ley, se lo dije y se lo repito, una Ley debe ser concreta no orientaciones diversas.
Ah y frases como "¿Es de su agrado esta ley ? ¿ O también van a decir que es xenófoba y chapuza?" guárdeselas, que es parece usted un feriante en el Congreso.

Si le digo la verdad lo dije por usted y otro portavoz , que todavía no ha hablado que raro...
Señora Presidenta ahora cuando pueda en el artículo 6.1 ponga mínima en vez de máxima por favor , gracias...


Última edición por Pedro Valdivia el Vie 20 Feb 2009 - 18:45, editado 1 vez
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Vie 20 Feb 2009 - 18:45
Respuesta a UPyD

Pablo Guerra escribió:En UPyD nos agrada saber que se va a modificar al art. 15 porque nos parecía realmente lamentable.

De todas formas solicitamos como el resto de grupos un debate sobre el art.16 por que creemos que puede mejorarse.
Le digo lo mismo que a los demás grupos , lo entiendo , no es competencia mía pero se hablará con el ministro y ya se comentará
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Vie 20 Feb 2009 - 20:59
Pedro Valdivia escribió:Respuesta a UPyD

Pablo Guerra escribió:En UPyD nos agrada saber que se va a modificar al art. 15 porque nos parecía realmente lamentable.

De todas formas solicitamos como el resto de grupos un debate sobre el art.16 por que creemos que puede mejorarse.
Le digo lo mismo que a los demás grupos , lo entiendo , no es competencia mía pero se hablará con el ministro y ya se comentará

Nos parece correcta la postura, deseamos ese debate con el ministro competente
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Sáb 21 Feb 2009 - 2:24
nCe se sigue oponiendo al art. 15, ya que creemos que NINGUN menor debe ser expulsado de España, por lo que coincidimos con el GPR. Un saludo
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