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Héctor Fernández.
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Sáb 26 Sep 2015 - 18:29
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Número XX · Día, 27 de junio de 2017 · Sec. I

I. DISPOSICIONES GENERALES

JEFATURA DEL ESTADO


Ley 9/2017, de 27 de junio, por la cual se suprimen los Impuestos de Patrimonio, Sucesiones y Donaciones

FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
Esta proposición de ley tiene el objetivo y único fin de eliminar impuestos repetitivos y que lacran el ahorro y la inversión. El Estado se inmiscuye demasiado en las relaciones entre las personas y esto hecho debe tender a la desaparición.
Son impuestos que no traen ningún beneficio al Estado, solo son una falsa idea de justicia de algunos grupos parlamentarios. Estos impuestos atacan a sociedad, a herencias, a patrimonios y sobre todo a los más ahorradores. En algunos casos estos impuestos no están presentes en los países de la Unión Europea dado que en muchos de éstos hay un gran respeto al ahorro y la inversión.

ARTÍCULO ÚNICO. SUPRESIÓN DE IMPUESTOS.
Uno. Queda derogado el "Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados" y por tanto, el impuestos que éste regula.
Dos. Queda derogada la "Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones".
Tres. Queda derogada la "Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio".

DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Ley.

DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ley entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
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El Presidente del Gobierno,
HÉCTOR FERNÁNDEZ
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