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Manuel Carballal Reyes
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Jue 18 Abr 2013 - 2:32
Lugar para hablar FDP de cualquier cosa que afecte al desarrollo de los casos del Tribunal Constitucional.
Manuel Carballal Reyes
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Vie 26 Abr 2013 - 17:28
http://www.politicaxxi.net/t32938-ley-organica-17-1980-de-1-de-diciembre-del-tribunal-constitucional

La LOTC del SIM. Hay que tenerla en cuenta, puede tener diferencias con la original.
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Lun 29 Abr 2013 - 19:56
No tiene muchas, creo que sólo cambié la elección de los Magistrados.

Si hay alguna trampa mía (tipo 155 CE) lo cierto es que ya no la recuerdo. Pero creo que no, no soy tan retorcido como para asegurarme también ventaja en el TC...
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Mar 30 Abr 2013 - 0:44
Hay una importante. El plazo para presentar recursos de inconstitucionalidad es de un año desde la publicación de la norma, no de tres meses.
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Mar 30 Abr 2013 - 0:49
Pues ésa se me había olvidado, y fíjate que lo he alegado. Si es que en realidad soy un blando...
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Mar 30 Abr 2013 - 18:27
Una cosilla, voy a plantear una queja formal a la Administración a causa del penúltimo escrito de De la Ztorre, lo digo porque en función de lo que se diga de la misma redactare mi alegación. Por tanto, es posible que ésta tarde.
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Mar 30 Abr 2013 - 18:52
Explica lo de la Ztorre, que te has quedado con ganas.

Admins, celeridad.
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Mar 30 Abr 2013 - 18:57
No te burles, que es jodido escribir desde el iPod.
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Mar 30 Abr 2013 - 18:59
Karlos Ixidro Labayen escribió:No te burles, que es jodido escribir desde el iPod.
Qué decepción, creí que era un nuevo ingenio.

A mi me pasa con el móvil. He rescatado un pesquero en Mauritania (verano pasado) y resuelto un casi-golpe de Estado (estas Navidades, creo) desde la pantalla de un Samung Ace. Me solidarizo.
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Miér 1 Mayo 2013 - 15:19
Un día desaparecido y intervienen Navarra XD
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Dom 5 Mayo 2013 - 18:29
Tremps, mírate cómo ha quedado el hilo del Recurso. Ante la no personación del fiscal el Abogado del Estado va a interesar desestimación, por lo que necesito que o bien deshagas la convocatoria de vista oral para presentar el escrito, o bien abras plazo de alegaciones al apreciar el Tribunal motivos de inadmisiblidad a trámite (si los aprecia, claro está, porque puede hacerlo de oficio según 84 LOTC).
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Dom 5 Mayo 2013 - 19:27
En principio no cambia mucho la cosa, ya que la desestimación, la puede solicitar cualquiera de las partes, abogacía del Estado, abogados de la CAV o los de la Generalitar (esto último harto improbable). El artículo 84 está por si alguna de las partes no alega algo que el Tribunal estima importante, y a día de hoy nadie ha alegado nada.

Lo que me lleva a una duda, y es si las partes deben presentar un escrito oponiendose al recurso antes de comenzar la vista. Me supongo que sí, pero hasta que no vea Procesal Civil, no tendré ni idea. Por otra parte, siendo esto un juego, tampoco es muy necesario haceros decir lo mismo dos veces.

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Dom 5 Mayo 2013 - 22:33
Fabián, te voy a matar, que no te has leído en nada mi intervención, en la que literalmente doy la vuelta a tus argumentaciones xD.

Por cierto, Tremps. Si no me estoy equivocando, ¿cada una de las tres partes va a tener derecho a hacer uso de palabras tres veces sin que tú como magistrado digas nada? Lo pregunto porque me parece un tanto excesivo, aunque entiendo que una vez admitido o inadmitido el recurso directamente resuelves sin volver a darnos turno a explayarnos.

PD: Y pido disculpas por mis errores formales en mi última intervención, que todavía ando en primero de Derecho y aún no me han enseñado a redactar estas polladas. Confío de todas formas en que te haya molado el recurso que te he traído a examen, luego de tanta patraña por delitos de injurias y calumnias.
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Lun 6 Mayo 2013 - 1:07
Karlos Ixidro Labayen escribió:Fabián, te voy a matar, que no te has leído en nada mi intervención, en la que literalmente doy la vuelta a tus argumentaciones xD.

Por cierto, Tremps. Si no me estoy equivocando, ¿cada una de las tres partes va a tener derecho a hacer uso de palabras tres veces sin que tú como magistrado digas nada? Lo pregunto porque me parece un tanto excesivo, aunque entiendo que una vez admitido o inadmitido el recurso directamente resuelves sin volver a darnos turno a explayarnos.

PD: Y pido disculpas por mis errores formales en mi última intervención, que todavía ando en primero de Derecho y aún no me han enseñado a redactar estas polladas. Confío de todas formas en que te haya molado el recurso que te he traído a examen, luego de tanta patraña por delitos de injurias y calumnias.

No es un error formal. Tu estás en primero, pero servidor en segundo. Voy adaptando lo que voy aprendiendo en clase al juego Very Happy

En realidad no haría falta explayarse tres veces. Suele ser bastante habitual en estas vistas que las partes no usen el turno de palabra, o lo usen parcialmente, adhiriendose a lo que han dicho previamente. Por ejemplo, como hizo Fabían con la Fiscalía, antes de que la Administración tumbara. Si en tu primera intervención crees que no tienes más que añadir a lo que está en el recurso/petición, vale con que ratifiques lo que escribiste. También puede ser que quieres aclarar algo, puntualizarlo, darle más importancia de la que tiene en el escrito...

El meollo está en el segundo turno, en el que tenéis que rebatiros entre vosotros. El tercero está para acabar de puntualizar cualquier cosa, es un cierre no tan extenso.

De todas formas es un formato propio, de mi cosecha. No existe nada FDP ni DDP que establezca como debe ser, lo que investigue en la Ley de Enjuiciamiento Civil da potestad al juzgador para organizar las vistas como crea oportuno. Con el tiempo, cuantos más recursos lleguen, iré viendo como modificar el sistema.
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Lun 6 Mayo 2013 - 1:25
Pues no, con total sinceridad no me la he leído, pero voy a proceder a hacerlo ahora xD
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Lun 6 Mayo 2013 - 1:37
Ugh, qué asco das con lo de la DT2 de la LOTC. Pero me viene muy bien para un recurso mío contra una Ley del PSOE...

Lo de la legitimación es tan sumamente difuso que cada uno de vosostros haríais bien en preguntarle a vuestros respectivos catedráticos de Constitucional II; probablemente cada uno tenga una opinión diferente. Si estuviéramos en hace uno o dos años tendría las suficientes ganas como para buscar jurisprudencia del TC al respecto pero me temo que Tremps tendrá que hacerlo o sacar a relucir su propia doctrina xD

Es más... yo se lo voy a preguntar al mío mañana. Sí. Acabo de decidirlo. No hablo con él desde hace un par de meses y es mi asignatura fetén, de hecho es la única en la que no estudio. Martí tiene razón, mientras vosotros jugabais a Pokemon yo me iba empezando la CE... xD
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Lun 6 Mayo 2013 - 1:57
Tuve a bien coger una asignatura optativa que se llamaba (y se sigue llamando) Justicia Constitucional e Interpretación Constitucional. Mi profesor (y catedrático) era Luis Aguiar de Luque, amiguete de Pablo Pérez Tremps y Luis López Guerra, ambos magistrados del TC (el segundo magistrado emérito desde 1995) y también catedráticos de Constitucional en mi uni. Quieras o no, aprendes cosas del Tribunal Constitucional de España, de sus procesos y de los distintos problemas que han ido planteando a lo largo de la historia.

Desde el momento en el que llegó el caso, vi que se podía plantear ese problema de legitimidad, y de hecho tengo a mano la doctrina actual del TC en un par de sentencias. El Tribunal Constitucional del foro se prepara los casos concienzudamente Very Happy
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Lun 6 Mayo 2013 - 2:01
Mañana te cuento qué me dice el mío (Fco. Javier García Fernández, Secretario General Técnico de Presidencia del Gobierno unos cuantos años, entraba y salía del despacho de Felipe González más que él... Un profesor muy bueno y paisano encantador (muy descontento con el PSOE, algo poco extraño a decir verdad) pese a ser eso, socialista "amigo de Rubalcaba", que al fin y al cabo fue su jefe inmediato... Es su única pega).

Pero bien, bien, no esperaba menos de nuestro juez estrella.
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Lun 6 Mayo 2013 - 12:06
Acabo de leerme entera la primera intervención de Karlos (cuando la publicaste la eché un vistazo rápido). Es bastante buena. Y esta bien eso de remitirte a tu recurso. Presentas tus argumentos contra la desestimación (aunque aprovechándote del escrito del Fiscal anulado, porque sin él no hay en el DDP quien haya solicitado la desestimación Very Happy), los desarrollas, y por último haces esa remisión, para no repetirte.
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Sáb 11 Mayo 2013 - 13:05
Labayen, ¿por qué no aprovechas cuando vas como un chuzo para declarar ante la sala? Me sería de gran utilidad.
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