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Carlos Lerner
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Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP) Empty Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP)

Dom 27 Nov 2011 - 21:43
Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP) 95px-Escudo_de_Espa%C3%B1a.svg
Presidente del Congreso de los Diputados
El Grupo Parlamentario Demócrata Popular presenta la siguiente Proposición de Ley ante el Congreso de los Diputados. Se abre la sesión.

PROPOSICIÓN DE LEY POR LA QUE SE MODIFICAN ALGUNOS ASPECTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS FÍSICAS EN EL CÓDIGO CIVIL


PREÁMBULO


El Código Civil español se basa, a la hora de determinar el momento de inicio de la personalidad civil en las personas físicas en concepciones romanas y napoleónicas tal como el nacimiento, la forma humana o la vida independiente durante, al menos, veinticuatro horas.

Los avances científicos sobre el inicio de la vida humana han llevado a determinar que cuando se produce la fecundación en el seno materno, las dos semanas siguientes son vitales para la viabilidad del embrión. Una vez finalizado este proceso de selección natural, el feto es completamente viable y, salvo muy raras excepciones, se producirá su nacimiento. Es por eso que podemos estar dispuestos a afirmar la personalidad jurídica del embrión de más de 14 días de vida.

Asimismo, el reconocimiento legal de esta evidencia científica, posibilitará que, a la hora del nacimiento, el recién nacido ya sea persona, sin tener que dale la prórroga de veinticuatro horas fuera del seno materno.

Esta reforma pretende ser la semilla de una política orientada hacia el humanismo y la protección de la persona humana sin ánimo de atribución de méritos personales o sectoriales.


TÍTULO ÚNICO: DE LA REFORMA

Artículo 1


Se modifica la rúbrica del Capítulo Primero del Título II del Código Civil que queda como sigue: “De las personas físicas”.

Artículo 2

El artículo 29 del Código Civil queda redactado como sigue: “La personalidad jurídica la determina la anidación exitosa del embrión en el seno materno. Esta determinación ginecológica sólo será válida a partir de la segunda semana de gestación confirmada por el facultativo especialista.”.

Artículo 3

El artículo 30 del Código Civil queda sin contenido.


DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ley entrará en vigor el 1 de enero de 1979.
Carlos Lerner
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Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP) Empty Re: Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP)

Dom 27 Nov 2011 - 21:47
En primer lugar, tiene la palabra el portavoz del Grupo Parlamentario Demócrata Popular que ha presentado la Proposición de Ley.
Jorge J. Churchill
Jorge J. Churchill
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Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP) Empty Re: Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP)

Lun 28 Nov 2011 - 15:00
MANUEL GONZÁLEZ- PORTAVOZ DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEMÓCRATA

Señorías, buenos días, para empezar. El derecho a la vida, reconocido en el art. 15 CE, se proyecta según ésta a todos, sin especificar si el Ordenamiento civil hace distinción o no a estos efectos. Analizando, pues, el Código Civil, se descubre que el nacimiento determina la personalidad jurídica pero que el concebido se entenderá nacido para todos los efectos que le sean favorables (art. 29) pasando, acto seguido, a marcar el inicio de la personalidad civil (art. 30).

Entender que un ser humano es persona a efectos civiles a partir de sus 24 h de existencia fuera del claustro materno da lugar a una tremenda inseguridad jurídica porque ¿qué pasa con algunas denuncias de determinados investigadores que, aunque minoritarias todavía, reclaman justicia para conocer casos de niños robados en el momento del parto? Si nos acogemos a la actual legislación, estos casos son impunes pues no se ataca a una persona en cuanto tal.

Por otro lado, esta reforma incide con el derecho a la vida del nasciturus. Esta reforma pretende evitar futuras regulaciones del aborto de forma libre e indiscriminada. Ello no excluye que éstas se puedan efectuar pero en éstas sólo se deberán primar los intereses de la madre bajo estados de necesidad expecialmente previstos (posibilidad de muerte o fuerte padecimiento físico).

Sin más, cierro mi intervención. Muchas gracias.
Carlos Lerner
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Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP) Empty Re: Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP)

Lun 28 Nov 2011 - 16:30
A continuación, el resto de formaciones políticas tienen la palabra para debatir la Proposición de Ley.

Disponen de 48 horas.
Carmen Giménez Montón
Carmen Giménez Montón
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Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP) Empty Re: Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP)

Lun 28 Nov 2011 - 17:50
Francisco Lorié, Portavoz de Sanidad del GPS

Señor Presidente, señorías.

Señor González, lo que nos presenta su Grupo Parlamentario hoy no busca realmente la protección del niño nacido referente a los robos de niños en el momento del parto, lo que busca esta proposición de ley es cerrar la legislación al aborto, de modo que la aprobación del mismo se dificulte e, incluso, se imposibilite. Señor González, esto es inaceptable. Presentan ustedes una proposición de ley fingiendo preocuparse por un problema cuando, en realidad, están penalizando legislativamente un acto de un modo encubierto.

Señor González, nosotros estamos a favor de proteger al nacido desde el mismo momento de su nacimiento y así lo propondremos a esta Cámara presentando una enmienda al texto de la proposición de ley que ustedes han propuesto. Nos gustaría el apoyo de su Grupo.

Señor González, el aborto se debatirán en su momento, no es esta la forma ni el modo de abordar dicho debate, máxime cuando usted quiere penalizarlo en la sombra y sin decirlo abiertamente.

Muchas gracias, señorías. Muchas gracias, señor Presidente.


Última edición por Carmen Giménez Montón el Lun 28 Nov 2011 - 18:38, editado 1 vez
Manuel Gonzalez
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Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP) Empty Re: Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP)

Lun 28 Nov 2011 - 18:34
FDP: No es Churchill, es Manuel González.

DDP:
Señorías:

Nos alegramos de que se haya dado cuenta, señor Lorié. El PDP pretende efectivamente restringir absolutamente el aborto en España. Es más, no se ha fingido en ningún momento. El mismo preámbulo habla de la existencia de la vida humana a partir de los 14 días desde la concepción del embrión.

Es de rogar que la próxima vez se lea mejor las propuestas, antes de echarnos en cara que pretendemos esconder algo aunque no lo intentemos esconder, sino que hacemos orgullosa propaganda de que lo queremos hacer.

El problema es el aborto y su existencia, y esta ley viene a cerrar definitivamente las puertas a la existencia en España de ese permiso para asesinar que se llama derecho al aborto.

Muchas gracias.

Carmen Giménez Montón
Carmen Giménez Montón
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Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP) Empty Re: Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP)

Lun 28 Nov 2011 - 18:50
Francisco Lorié, Portavoz de Sanidad del GPS

Señor Presidente, señorías.

Señor González, no hay quien le entienda a usted. En su primera intervención decía, y cito textualmente, que "esta reforma pretende evitar futuras regulaciones del aborto de forma libre e indiscriminada. Ello no excluye que éstas se puedan efectuar pero en éstas sólo se deberán primar los intereses de la madre bajo estados de necesidad expecialmente previstos", es decir, que usted dijo que lo que buscaban era que no existiera un aborto libre e indiscriminado, aceptando un aborto en ciertos casos. Ahoro usted ha dicho que "esta ley viene a cerrar definitivamente las puertas a la existencia en España de ese permiso para asesinar que se llama derecho al aborto". Lo que demuestra que es usted un demagogo y un mentiroso. Sí han intentado ocultar sus intenciones, puesto que de no ser así habría realizado la segunda afirmación desde el principio. Usted se ha visto obligado ha revelar sus verdaderas intenciones puesto que este diputado no se ha tragado su cortina de humo.

Está claro que no vamos a llegar a un acuerdo, así que, señor Presidente, señorías, el GPS presenta la siguiente enmienda a la proposición de ley del GPDP:

Actual redacción:

Artículo 2

El artículo 29 del Código Civil queda redactado como sigue: “La personalidad jurídica la determina la anidación exitosa del embrión en el seno materno. Esta determinación ginecológica sólo será válida a partir de la segunda semana de gestación confirmada por el facultativo especialista.”.

Artículo 3

El artículo 30 del Código Civil queda sin contenido.

Enmienda:

Artículo 2

El artículo 30 del Código Civil queda redactado como sigue: “La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.”

(Anulación del Artículo 3 de la proposición de ley)

De este modo, modificamos el Art. 30 del Código Civil para que tenga personalidad física todos los nacidos desde el mismo momento de su nacimiento y mantenemos el Art. 29 tal y como está, puesto que no consideramso necesario modificarlo.

Muchas gracias, señorías. Muchas gracias, señor Presidente.
Vicent Moix
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Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP) Empty Re: Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP)

Lun 28 Nov 2011 - 19:33
Antoni Moix

Señorías,

La vida humana no se puede dejar a la torera y más cuando aún es tan débil en el momento del nacimiento o incluso en su progreso y desarrollo dentro del vientre materno.

Al igual que abortar a los 6 meses sería una asesinato a nuestros ojos, pues debemos defender que ésto no sucediese, el derecho al aborto también es más que necesario pues hay circunstancias que así lo requieren.

El derecho a aborto de una madre con el feto que lleva en su vientre se debería dejar en el límite de 3 meses o cuando el bebé aún no posea vida. En esos casos desde mi Grupo Parlamentario se ve con buenos ojos.

Tanto abortar con el feto ya está totalmente formada como coartar el derecho al mismo es totalmente inmoral y poco ético, debemos apreciar tanto las libertades de las personas como el derecho a la vida humana aunque en este tema estén tan ligadas.
José Valladares
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Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP) Empty Re: Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP)

Lun 28 Nov 2011 - 19:41
Señor Presidente. Señorías:

No es un asunto sencillo el que nos corresponde tratar. El Grupo Parlamentario Demócrata Popular propone una medida que no busca otra cosa que procurar, en una última instancia, bloquear un debate que se hace imprescindible y que está relacionado con la interrupción del embarazo, tal y como ustedes han dicho. Debo, por tanto, señor González, advertirle de que ese debate se va a llevar igualmente a cabo, porque es de justicia y porque la sociedad lo merece. De hecho, Señoría, ya está registrada en la Mesa de este Congreso la propuesta pertinente.

En coherencia, por tanto, con lo que consideramos oportuno y con lo que ya hemos expuesto, no podemos apoyar esta medida en su redacción original. Aceptaríamos, sin embargo, la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Socialista o, si está dispuesto el Grupo Parlamentario Demócrata, una nueva enmienda que no entre en contradicción con la proposición de Ley Orgánica de Atención a la Interrupción del Embarazo que mi grupo ha registrado.

Señorías. Señor Presidente.
Antonio Ulianov
Antonio Ulianov
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Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP) Empty Re: Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP)

Lun 28 Nov 2011 - 19:59
Señor presidente; señorías

Con todo el respeto señores del PDP: Pero vamos a ver ¿nos estamos volviendo locos?

Con dos semanas de embarazo, estamos hablando de un feto que todavía no es ni feto (valga la redundancia), ya que aún es un pequeño conjunto de células y todavía no ha comenzado a desarrollar ni el cerebro, ni el corazón, ni la médula espinal.

Ahora atendiendo al aspecto de la madre. Con dos semanas muy probablemente ni sepa que está embarazada y con esta ley se cerrarían todas las posibilidades a una futura ley del aborto ¿ustedes saben las graves consecuencias que puede tener esto par miles de mujeres que han sufrido embarazos accidentales?

Por otra parte, atendiendo al aspecto estrictamente penal, si una mujer, desconociendo que está embarazada de dos semanas, practica actividades o deportes muy duros y pierde el embrión, o como ustedes dicen, la "persona" ¿en serio debemos considerar "eso" un homicidio imprudente? Porfavor señores, no me hagan reír.

Esta ley es brutal, es incluso una ley más obsoleta y atrasada que la que teníamos antes, que venía desde los romanos, con su antiguo término del "nasciturus" (el concebido pero no nato). Si queremos ponernos al nivel de Europa debemos dejar estas leyes medievales señorías.
Manuel Gonzalez
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Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP) Empty Re: Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP)

Lun 28 Nov 2011 - 22:00
Señorías:

Lo primero es contestar al señor Lorié. Sigue sin leerse la ley, sigue sin escucharme y sigue diciendo estupideces. Supongo que para usted es dificil comprenderlo, pero entre las dos frases no existe ninguna contradicción. Por un lado, si, queremos cerrar las puertas al asesinato llamado aborto. Por otro lado no nos negamos a que en casos muy puntuales se permita abortar para salvar la vida de la madre. Porque no es lo mismo. Si la supervivencia del bebé depende de la vida de la madre, es la madre, o el padre en su defecto, o en última instancia el médico, el que debe decidir a quién salvar la vida. En ese caso es algo ciertamente doloroso, pero que es entendible. Entendible para cualquiera con un mínimo de capacidad.

En cuanto al señor Ulianov, ha sacado un argumento muy peligroso. La llegada de la democracia a España ha traido muchas cosas buenas. El problema es que los partidos más radicales quieren traer también una ausencia de valores, un relativismo absoluto, una falta de ética, un dejar hacer absoluto, que es cuanto menos peligroso. Ante el embarazo accidental existe la medida de la educación, del respeto a unos valores, la existencia de unos anticonceptivos, y en última instancia, LA RESPONSABILIDAD. Ustedes pretenden eliminar en España el sentido de la responsabilidad.

No es casualidad que el partido del matrimonio homosexual sea el mismo que el del aborto completamente libre.

Muchas gracias.

Fabián de la Torre
Fabián de la Torre
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Miér 30 Nov 2011 - 16:32
Gracias, señor Presidente.

Señorías, hoy estamos ante un debate que nos acerca a un tema de trascendental importancia para España y su futuro.

En primer lugar, he de decir que la posición del PLD es la de restringir, en efecto, el aborto. Nuestra consideración a ese respecto es que hay que evitarlo, siempre en la medida de lo posible.

Señorías, la interrupción de un embarazo es la destrucción de una vida, se mire por donde se mire y se adopte la posición que se adopte. Podremos estar sesiones y sesiones debatiendo sobre cuándo se considera que nace la vida, pero eso es un asunto que ni nosotros ni seguramente nadie en mucho tiempo podremos determinar. Tampoco nos corresponde.

Como digo, un aborto es interrumpir de forma violenta un proceso natural que consiste en el alumbramiento de una vida. Es por ello que consideramos un deber del Estado el garantizar que esto no se produce, antendiendo siempre a una serie de criterios. Mi Grupo Parlamentario opina que el aborto debe prohibirse a partir de la décima semana del embarazo, con la excepción de dos supuestos, que son los siguientes:

Primero, terapéuticos: si la vida de la madre corre un grave peligro en caso de parto, si su salud física o psicológica puede verse gravemente afectada, o si se pretende evitar el nacimiento de un niño con una enfermedad congénita o genética grave que sea fatal o que le condene a padecimientos o discapacidades muy graves.

Segundo, criminológicos: si el embarazo es fruto de una violación o de una fecundación artificial que no ha sido consentida.

En estos casos, la Ley deberá aceptar que la mujer interrumpa su embarazo y garantizará que pueda hacerlo con las garantías de la sanidad pública, o privada si así lo esima oportuno.

Expresada nuestra opinión, señorías, consideramos que el sebate sobre la presente Ley no es concluyente en tanto en cuanto no se regularice de forma explícita el aborto como tal. Por lo tanto, nos abstendermos de votar tanto la enmienda como el proyecto y emplazamos a los Grupos a continuuar este debate en la Propuesta de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Laborista.

Muchas gracias.
Carlos Lerner
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Miér 30 Nov 2011 - 23:42
Proposición de Ley por la que se Modifican Algunos Aspectos Relativos a las Personas Físicas en el Código Civil (GPDP) 95px-Escudo_de_Espa%C3%B1a.svg
Presidente del Congreso de los Diputados
Finaliza el tiempo de debate. Les emplazo a acudir a la votación de la Proposición de Ley. Se levanta la sesión.
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