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J.Luis Sánchez Carpintero
J.Luis Sánchez Carpintero
Cantidad de envíos : 258
Fecha de inscripción : 25/02/2010

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Jue 5 Mayo 2011 - 15:34
Maximiliano Salas escribió:Desde la Presidencia de Madrid, Mario Conde(DNI XXXYYYXXX), Presidente de la Comunidad, desde la Presidencia de Canarias, Estafania Figueroa(DNIYYYYYYY), Presidenta de las islas y desde el Grupo Parlamentario UPyD, y en representacion de ellos, Maximiliano Salas (DNI XXYYYYYYY) presenta la siguiente denuncia de presunta inconstitucionalidad, del Real Decreto-Ley 03/2019 . Pido la suspencion Cautelar de la misma, hasta dictar sentencia.

Exposicion

Que por Real Decreto-Ley 08/2018 Se privatiza la empresa del Estado AENA, pasando a a Sociedad Anonima. Que Esta sociedad, se dividio en 2 sociedades, teniendo sus compradores la plena potestad y propiedad de los activos. Que un año despues el Real Decreto-Ley 03/2019 Modifica al anterior, pasando la empresa de sociedad anonima, a sociedad del Estado. Que unifica a las dos empresas, "hijas" de AENA, suprimiendo su funciones. Que la empresas ya son privatizadas y las acciones de esta reforma violan el derecho civil de propiedad privada.

Pruebas

Prueba A
Prueba B

Por Lo tanto, Solicitamos su estudio y su suspencion cautelar hasta dictar sentencia, debido a su inmediata aplicacion, ya que puede vulnerar el derecho de distintas sociedad y ciudadanos, siendo este su objetivo.
J.Luis Sánchez Carpintero
J.Luis Sánchez Carpintero
Cantidad de envíos : 258
Fecha de inscripción : 25/02/2010

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Jue 5 Mayo 2011 - 15:35
Tiene la palabra la acusación. Expongan de manera amplia y clara en que consiste esta presunta inconstitucionalidad y sus peticiones al respecto.
J.Luis Sánchez Carpintero
J.Luis Sánchez Carpintero
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Fecha de inscripción : 25/02/2010

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Sáb 7 Mayo 2011 - 18:25
FDP: yuhuuu!! hay alguien por ahi??
Maximiliano Salas
Maximiliano Salas
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TC. Caso Privatización AENA Empty Re: TC. Caso Privatización AENA

Sáb 7 Mayo 2011 - 21:11
Abogado.

Con su Venia, Señorias del tribunal Constitucional.

Las empresas aeronavegacion y Aeropuertos España Siglo XXI son empresas privadas, con plena propiedad en manos privadas. Estas dos empresas fueron privatizadas por el Estado, por un Real Decreto del anterior Gobierno, siendo finalmente ratificado por el Congreso., con motivo de la division y desaparicion de la Empresa del Estado AENA. Por supuesto, los procesos de licitacion y traspaso del Estado fueron concluidos con exito(FDP no puedo probarlo porque por alguna razon aqui no se llama a licitacion ni se sigue con la Ley y fue algo que en el pasado reclame)

Con estas premisas, concluimos que el Estado no puede, en ningun momento decidir sobre el futuro de las empresas que nombre(mas que un marco regulatario, que no existe), ya que la propiedad privada es un derecho civil garatinzado. Sin embargo, señorias, el Gobierno ha interferido sobre la empresa y de la peor manera que pueda hacerlo.

El nuevo Real Decreto, que no ha sido ratificado aun en el Congreso, modifica al anterior en dos aspectos, elimina la seccion donde dividia a AENA, y la vuelve a construir. Por otro lado, cambia su razon social de sociedad anonima a Sociedad del Estado. Por ultimo compra el 33% de las acciones de esta empresa, una vez unificada. Entonces, con que derecho el Gobierno, unifica lo que no dirige? Si uno de los principios de la propiedad privada es "Abusus non tollit usum", o sea que el propietario puede usar o abusar de su propiedad, porque el Gobierno "olvida" estos principios? La empresa podia ser unificada, cambiar su razon social, cambiar sus objetivos con el Gobierno, siempre que estuviese en manos del Estado y tenga ratificacion en el Congreso.

Aqui, señoria, hubo un contrato entre las partes, y el Gobierno, que fue una de ellas, cambia el contrato sin consultarle a la otra parte. Muy bien se podria haber realizado con una Ley que expropie parte de la empresa, pero se decidio modificar un Real Decreto de privatizacion. Y esto afecta a la seguridad juridica. Podemos concluir que lo que se intento no fue expropiar, sino que esta reforma tenga el caracter de retroactivo, para primero unificar sin tener propiedad y luego comprar. Tengan en cuenta que si el Gobierno, lo hiciera al reves(en principio la Ley no estipula si comprar el 33% de AENA unificada o el 33% de cada una), la cantidad no seria en ningun caso, la suficiente como para decidir un unilateralmente los destinos de las empresas "herederas".

He de finalizar diciendo que no existe precedente en tal echo en el ambito publico, ni la jurisprudencia, ni la legislacion, tienen procedimientos para tal echo, por lo que solicitamos en principio una medida cautelar hasta la sentencia, como primera medida.

FDP sorry, tengo un examen y la campaña, asi que estoy con todo.

J.Luis Sánchez Carpintero
J.Luis Sánchez Carpintero
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Dom 8 Mayo 2011 - 20:18
Turno del representante del Gobierno

FDP: Dado que estamos en campaña, al igual que he echo con Maxi no hay limite de tiempo para presentar las alegaciones, pero tampoco os paseis xD
J.Luis Sánchez Carpintero
J.Luis Sánchez Carpintero
Cantidad de envíos : 258
Fecha de inscripción : 25/02/2010

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Jue 12 Mayo 2011 - 18:05
FDP: venga vamos, os dejo 48 horas, sino dicto sentencia directamente
J.Luis Sánchez Carpintero
J.Luis Sánchez Carpintero
Cantidad de envíos : 258
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Dom 15 Mayo 2011 - 1:08
Queda visto para sentencia
Maximiliano Salas
Maximiliano Salas
Cantidad de envíos : 7810
Fecha de inscripción : 14/09/2008

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Dom 29 Mayo 2011 - 0:01
La defensa descansa, literalmente.

FDP no podia dejar de decir la ironia xD.
J.Luis Sánchez Carpintero
J.Luis Sánchez Carpintero
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Mar 31 Mayo 2011 - 14:02
FDP: hostia! se me había olvidado esto

DDP:

FALLO


Se aprecia íntegramente lo mencionado por la acusación. El Real Decreto-Ley 03/2019 es inconstitucional y por ello procedemos a declararlo nulo de todos sus efectos.

Comuníquese a los afectados durante el período de vigencia de dicho decreto

Procédase a la reestructuración establecida por el anterior decreto-ley, el 08/2018 y la vuelta a la vigencia de éste.

Publíquese esta sentencia an el BOE con el fin de declarar oficialmente esta nulidad del Real Decreto-Ley 03/2019 y la vuelta de AENA a la estructura establecida por el Real Decreto-Ley 08/2018
Guillermo Canalejas
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Mar 31 Mayo 2011 - 17:04
FDP: ¿Y la fundamentación del fallo?
J.Luis Sánchez Carpintero
J.Luis Sánchez Carpintero
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Fecha de inscripción : 25/02/2010

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Miér 1 Jun 2011 - 22:26
Guillermo Canalejas escribió:FDP: ¿Y la fundamentación del fallo?
FDP: esque como corría prisa por que ya llevábamos retraso y además era obvia su inconstitucionalidad me la he ahorrado, ya se ha hecho en casos anteriores, no pasa nada, en ddp es como si hubiera fundamentación...

en otros casos que el tema sobre la inconstitucionalidad es menos evidente pues si me molesto en ponerla, pero en este caso lo he visto poco menos que una pérdida de tiempo dada la clara inconstitucionalidad xD
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